FUERZA AÉREA ARGENTINA

DEPARTAMENTO CONTRATACIONES PALOMAR

Disposición 349/2020

DI-2020-349-APN-DCON#FAA

El Palomar, Buenos Aires, 02/06/2020

VISTO la DI-2020-33198467-APN-DCON#FAA de fecha miércoles 20 de Mayo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la mencionada Disposición en el Visto se adjudicó el procedimiento de Contratación por Emergencia COVID – 19 40/45-0245-CDI20 que tuvo por objeto la “Adquisición de Elementos de Ferretería” destinados al trabajo técnico sobre el material aéreo empleado para atender la Emergencia Sanitaria COVID – 19.

Que se ha incurrido en un error material involuntario en el artículo 8° de la citada Disposición al omitir indicar la publicación de la norma en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos -Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972- contempla la facultad del órgano emisor del acto de rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos, en cualquier momento, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que en razón de ello, corresponde rectificar el dictado del artículo 8° de la DI-2020-33198467-APN-DCON#FAA.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades contempladas en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72.

Por ello,

EL JEFE DEL DEPARTAMENTO CONTRATACIONES PALOMAR DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA

DISPONE

ARTÍCULO 1°.- Ordénese la publicación de la DI -2020-33198467-APN-DCON#FAA, junto con la presente medida, en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 2°.- Rectifíquese el error material involuntario contenido en el artículo 8° DI-2020-33198467-APN-DCON#FAA de fecha miércoles 20 de mayo de 2020 la cual quedará redactada de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.”

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Enrique Luna Maldonado

e. 04/06/2020 N° 22036/20 v. 04/06/2020