MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 184/2020
RESOL-2020-184-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 19/02/2020
VISTO el EX.-2018-51534263-APN-DGDMT#MPYT del registro del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 23.546,
CONSIDERANDO:
Que con fecha 03 de Octubre de 2018, a páginas 3/5 del
IF-2018-51565924-APN-DGDMT#MPYT, obra el Acuerdo, del Expediente de
Referencia, celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE
LUZ Y FUERZA, por la parte sindical y la empresa COMPAÑÍA DE TRANSPORTE
DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTA TENSION TRANSENER SOCIEDAD ANONIMA, por la
parte empresaria, cuya homologación las partes solicitan en los
términos de lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho Acuerdo las precitadas partes pactaron las nuevas
escalas salariales cuya vigencia opera a partir del mes de Octubre de
2018, conforme surge de los lineamientos estipulados en el mismo.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería por ante esta Cartera de Estado.
Que el ámbito de aplicación de dicho instrumento se circunscribe a la
correspondencia entre el objeto de la representación empleadora
firmante, y el ámbito de la entidad sindical signataria, emergente de
su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención
que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004)
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
Acuerdo se procederá a remitir a la Dirección de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar
el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de
conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declarase homologado el Acuerdo, celebrado entre la
FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte
sindical y la empresa COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA EN
ALTA TENSION TRANSENER SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora,
obrante a páginas 3/5 del IF-51565924-APN-DGDMT#MPYT, de fecha 03 de
Octubre de 2018, del Expediente de Referencia, conforme a lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
Acuerdo obrante a páginas 3/5 del IF-51565924-APN-DGDMT#MPYT, de autos,
de fecha 03 de Octubre de 2018.
ARTICULO N° 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de
evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del
cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.
Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº
14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/06/2020 N° 19706/20 v. 04/06/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)