MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCADecisión Administrativa 973/2020DECAD-2020-973-APN-JGM - Dase por designado Director Nacional Lácteo.Ciudad de Buenos Aires, 04/06/2020
VISTOel Expediente N° EX-2020-30111247-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.467, los
Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 50 del
19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020
y la Decisión Administrativa N° 324 del 14 de marzo de 2018 y su
modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 4/20
se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 regirán a
partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo establecido por el
artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Que por el
Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de
personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango
y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados
presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas,
será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la
Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por
el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus
respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes
al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que por el
artículo 6º del citado decreto se estableció que hasta tanto se
concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán
vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a
Subsecretaría.
Que por la Decisión Administrativa N° 324/18 se
aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo
del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
Que por razones de
servicio resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del
cargo vacante y financiado de Director/a Nacional Lácteo de la
SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA Y PRODUCCIÓN ANIMAL de la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del citado Ministerio.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que
la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de
los artículos 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del Decreto
N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO
1º.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 4 de
mayo de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente decisión administrativa,
al señor Arturo Jorge VIDELA (D.N.I. N° 18.157.937) en el cargo de
Director Nacional Lácteo de la SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA Y PRODUCCIÓN
ANIMAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Nivel A - Grado 0 del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por
Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con
autorización excepcional por no reunir el señor VIDELA los requisitos
mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO
2°.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente decisión
administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas
de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la
presente medida.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el
cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con
cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese,
publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. Santiago Andrés Cafiero - Luis Eugenio Basterra
e. 05/06/2020 N° 22301/20 v. 05/06/2020