JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

Resolución 28/2020

RESOL-2020-28-APN-SIP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 02/06/2020

VISTO el Expediente EX-2020-31888978- -APN-SSTIYC#JGM, la Ley de Ministerios N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias, el Decreto N° 7 del 10 de diciembre de 2019, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, el Decreto N° 513 del 14 de julio de 2017, la Ley N° 27.078 y sus modificatorias, el Decreto N° 1759 del 3 de abril de 1972, texto ordenado por Decreto N° 894 del 1° de noviembre de 2017 y la Resolución General Conjunta de la ex SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACION y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS N° 4406 del 25 de enero de 2019 ; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 7 del 10 de diciembre de 2019 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias, sustituyéndose el artículo 1º, determinando las Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Ministerios que asistirán al PODER EJECUTIVO NACIONAL para cumplir con las responsabilidades que le son propias y estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que por Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, creándose, entre otras, la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, dependiente de la citada Secretaría.

Que así también, el Decreto N° 50/19 aprobó los objetivos de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, entre los cuales se destaca entender en la elaboración, ejecución, fiscalización y reglamentación del régimen del servicio postal.

Que por el artículo 80 de la Ley N° 27.078 corresponde al Estado Nacional, a través del ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES, las funciones de regulación, control, fiscalización y verificación en materia de las TIC en general, de las telecomunicaciones en particular, del servicio postal y todas aquellas materias que se integren a su órbita conforme el texto de la presente ley, la normativa aplicable y las políticas fijadas por el Gobierno nacional.

Que por Decreto N° 513 del 14 de julio de 2017 se transfirieron al entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN las competencias del ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES.

Que la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA es continuadora del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, devenido a la sazón en Secretaría, en virtud del principio de continuidad funcional de las instituciones y de los actos administrativos, resultando ello atinente a lo estipulado por los Decretos N° 513/17 y N° 632/17 y la Decisión Administrativa N° 126 de fecha 26 de febrero de 2016.

Que en esta línea, corresponde señalar que mediante el Decreto N° 50/19 se han definido los objetivos de la actual SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, estableciéndose entre ellos el de asesorar a la Secretaría en el diseño de políticas y regulaciones tendientes al desarrollo e inclusión de las comunicaciones y de los servicios postales, y elaborar estudios y propuestas de regulaciones, cuyo dictado corresponda el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto N° 1759/72, texto ordenado por Decreto N° 894/17, faculta al Jefe de Gabinete de Ministros, los ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y órganos directivos de entes descentralizados a delegarles facultades a sus inferiores jerárquicos.

Que la Resolución General Conjunta de la ex SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACION y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS N° 4406 del 25 de enero de 2019, crea el Comité Permanente de Contacto Correo-Aduana para el tratamiento de cuestiones políticas, técnicas y operativas relativas al despacho aduanero de los envíos postales internacionales.

Que el artículo 2° de la citada Resolución establece que el Comité Permanente de Contacto Correo-Aduana estará compuesto por un Consejo Ejecutivo, el cual se integra entre otros miembros por el Secretario de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en representación de la ex Secretaría de Gobierno de Modernización.

Que en este contexto, y en función de optimizar las tareas de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, resulta oportuno y conveniente facultar a la citada Subsecretaría para determinadas potestades que permitan llevar adelante funciones y competencias pertinentes en un entorno ágil y eficiente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARIA DE INNOVACION PUBLICA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 50/19, la Ley de Ministerios N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92, y sus modificatorias y la Ley N° 27.078 sus modificatorias y la Ley de Procedimiento Administrativo N° 17.549 y su Decreto Reglamentario N° 1759/72.

Por ello,

LA SECRETARIA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°- Facúltase a la Subsecretaría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a integrar el Consejo Ejecutivo del Comité Permanente de Contacto Correo-Aduana, creado por Resolución General Conjunta de la ex SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACION y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS N° 4406 del 24 de enero de 2019, en representación de la Secretaría de Innovación Pública.

ARTÍCULO 2°- Facultáse al Subsecretario de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a designar a los miembros titulares y suplentes necesarios para ejercer la representación en el Comité Permanente de Contacto Correo-Aduana, su Consejo Ejecutivo y el Subcomité Técnico.

ARTÍCULO 3°- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Micaela Sánchez Malcolm

e. 08/06/2020 N° 22287/20 v. 08/06/2020