JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA
Resolución 28/2020
RESOL-2020-28-APN-SIP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 02/06/2020
VISTO el Expediente EX-2020-31888978- -APN-SSTIYC#JGM, la Ley de
Ministerios N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992 y sus modificatorias, el Decreto N° 7 del 10 de diciembre
de 2019, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, el Decreto N°
513 del 14 de julio de 2017, la Ley N° 27.078 y sus modificatorias, el
Decreto N° 1759 del 3 de abril de 1972, texto ordenado por Decreto N°
894 del 1° de noviembre de 2017 y la Resolución General Conjunta de la
ex SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACION y la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS N° 4406 del 25 de enero de 2019 ; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 7 del 10 de diciembre de 2019 se modificó la Ley de
Ministerios N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992 y sus modificatorias, sustituyéndose el artículo 1º,
determinando las Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los
Ministerios que asistirán al PODER EJECUTIVO NACIONAL para cumplir con
las responsabilidades que le son propias y estableciendo, asimismo, sus
competencias.
Que por Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 se aprobó el
Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría, creándose, entre otras, la SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN PÚBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
y la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES, dependiente de la citada Secretaría.
Que así también, el Decreto N° 50/19 aprobó los objetivos de la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, entre los cuales se destaca entender
en la elaboración, ejecución, fiscalización y reglamentación del
régimen del servicio postal.
Que por el artículo 80 de la Ley N° 27.078 corresponde al Estado
Nacional, a través del ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES, las funciones
de regulación, control, fiscalización y verificación en materia de las
TIC en general, de las telecomunicaciones en particular, del servicio
postal y todas aquellas materias que se integren a su órbita conforme
el texto de la presente ley, la normativa aplicable y las políticas
fijadas por el Gobierno nacional.
Que por Decreto N° 513 del 14 de julio de 2017 se transfirieron al
entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN las competencias del ex MINISTERIO
DE COMUNICACIONES.
Que la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA es continuadora del entonces
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, devenido a la sazón en Secretaría, en
virtud del principio de continuidad funcional de las instituciones y de
los actos administrativos, resultando ello atinente a lo estipulado por
los Decretos N° 513/17 y N° 632/17 y la Decisión Administrativa N° 126
de fecha 26 de febrero de 2016.
Que en esta línea, corresponde señalar que mediante el Decreto N° 50/19
se han definido los objetivos de la actual SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS
DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, estableciéndose entre ellos el
de asesorar a la Secretaría en el diseño de políticas y regulaciones
tendientes al desarrollo e inclusión de las comunicaciones y de los
servicios postales, y elaborar estudios y propuestas de regulaciones,
cuyo dictado corresponda el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos
aprobado por Decreto N° 1759/72, texto ordenado por Decreto N° 894/17,
faculta al Jefe de Gabinete de Ministros, los ministros, Secretarios de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y órganos directivos de entes
descentralizados a delegarles facultades a sus inferiores jerárquicos.
Que la Resolución General Conjunta de la ex SECRETARIA DE GOBIERNO DE
MODERNIZACION y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS N° 4406
del 25 de enero de 2019, crea el Comité Permanente de Contacto
Correo-Aduana para el tratamiento de cuestiones políticas, técnicas y
operativas relativas al despacho aduanero de los envíos postales
internacionales.
Que el artículo 2° de la citada Resolución establece que el Comité
Permanente de Contacto Correo-Aduana estará compuesto por un Consejo
Ejecutivo, el cual se integra entre otros miembros por el Secretario de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en representación de
la ex Secretaría de Gobierno de Modernización.
Que en este contexto, y en función de optimizar las tareas de la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, resulta oportuno y conveniente
facultar a la citada Subsecretaría para determinadas potestades que
permitan llevar adelante funciones y competencias pertinentes en un
entorno ágil y eficiente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARIA DE
INNOVACION PUBLICA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Decreto N° 50/19, la Ley de Ministerios N° 22.520, texto
ordenado por Decreto N° 438/92, y sus modificatorias y la Ley N° 27.078
sus modificatorias y la Ley de Procedimiento Administrativo N° 17.549 y
su Decreto Reglamentario N° 1759/72.
Por ello,
LA SECRETARIA DE INNOVACIÓN PÚBLICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Facúltase a la Subsecretaría de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones a integrar el Consejo Ejecutivo del
Comité Permanente de Contacto Correo-Aduana, creado por Resolución
General Conjunta de la ex SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACION y la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS N° 4406 del 24 de enero de
2019, en representación de la Secretaría de Innovación Pública.
ARTÍCULO 2°- Facultáse al Subsecretario de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones a designar a los miembros titulares y
suplentes necesarios para ejercer la representación en el Comité
Permanente de Contacto Correo-Aduana, su Consejo Ejecutivo y el
Subcomité Técnico.
ARTÍCULO 3°- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Micaela Sánchez Malcolm
e. 08/06/2020 N° 22287/20 v. 08/06/2020