Resolución 363/2020
RESOL-2020-363-APN-MDS
Ciudad de Buenos Aires, 05/06/2020
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2020-27582787-APN-DCYC#MDS, y la
Resolución N° 318 del 19 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente citado en el VISTO se dictó la Resolución MDS N°
318/20 por la cual, entre otros, se aprobó y declaró fracasada la
Contratación por Emergencia COVID-19 Nº 14/20, tendiente a lograr la
adquisición de UN MILLÓN SETECIENTOS MIL (1.700.000) kilogramos de
azúcar común tipo A, solicitada por la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL,
detectándose un error material en la misma.
Que en virtud de ello, corresponde rectificar dicha Resolución MDS N°
318/20, de conformidad con el artículo 101 del Reglamento de
Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 -T.O. 2017-, toda vez
que la enmienda no altera lo sustancial del acto.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente acto se dicta en el marco de las facultades conferidas
por la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y
complementarias, la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional, su Decreto
Reglamentario N° 1344/07 y sus modificatorios y el artículo 101 del
Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 -T.O.
2017-.
Por ello,
EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rectifícase el artículo 4° de la Resolución N° 318 del 19
de mayo de 2020 de este Ministerio, el cual quedará redactado de la
siguiente forma:
“ARTÍCULO 4º.- Desaféctese la suma de PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES
CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL ($65.467.000.-) de las partidas
presupuestarias de este Ministerio.”
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Daniel Fernando Arroyo
e. 09/06/2020 N° 22676/20 v. 09/06/2020