FUERZA AÉREA ARGENTINA
DEPARTAMENTO CONTRATACIONES PALOMAR
Disposición 318/2020
DI-2020-318-APN-DCON#FAA
El Palomar, Buenos Aires, 26/05/2020
VISTO, el Expediente EX-2020-29445186- APN-DCON#FAA, aprobado por el
Decreto DECNU-2020-297-APN-PTE, sus modificatorias y complementarias y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGN de fecha 19 de marzo
de 2020, la Oficina Nacional de Contrataciones aprueba el procedimiento
complementario al establecido en la Decisión Administrativa Nº
DECAD-2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo de 2020, para las
contrataciones de bienes y servicios en el marco de la emergencia
pública en materia sanitaria dictada por el Decreto Nº 260 de fecha 12
de marzo de 2020 y sus modificatorios.
Que en virtud de lo mencionado anteriormente, las normativas expuestas
habilitan al señor Jefe del Departamento de Contrataciones Palomar, a
realizar el procedimiento sin previa Disposición de Autorización la
Contratación Directa 40/45-0246-CDI20, sin modalidad, compulsa
abreviada por emergencia, por la que se gestiona la “COMPULSA –
COVID-19 Nº 2 – ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS PARA DESINFECCIÓN”.
Que el monto preventivo del contrato, importa la suma de PESOS
OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL VEINTIDOS CON 87/100 CENTAVOS ($
839.022,87).
Que el día 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud
(OMS) declaro el brote del corona virus como una “pandemia”, dado que
el alcance y magnitud de personas infectadas y victimas existentes a
nivel global.
Que según lo mencionado anteriormente, el Poder Ejecutivo Nacional
ordeno a través del Decreto Nº 297/20, de fecha 19 de marzo de 2020, el
“Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, tomando en
consideración dicho decreto en su artículo 6, inciso 1ª, las Fuerzas
Armadas fueron contenidas en una medida de excepción. Por lo cual, la
priorización de las actividades generales y operativas de la Fuerza
Aérea Argentina, quedaron sujetas a lo dispuesto en el Plan de
Operaciones del Comandante Operacional de las FFAA Nº 01/2020 “R” Apoyo
a la Emergencia COVID-19, contribuyente a la Directiva del jefe del
Estado Mayor Conjunto de las FFAA Nº 1/2020 “R” Apoyo al Plan Operativo
de Preparación y Respuesta al COVID-19.
Que a la I Brigada Aérea por ser una Unidad de Transporte Aéreo,
dependiente del Comando de Adiestramiento y Alistamiento (CAA), se le
ha sido ordenado las tareas de transporte de personal, cargas,
respiradores, suministros sanitarios y evacuaciones sanitarias, la
repatriación y traslado aéreo de ciudadanos argentinos debido al cierre
fronterizo y cancelación de vuelos comerciales y medios de transporte
terrestres de larga distancia.
Que la presente contratación es necesaria para la adquisición inmediata
de los elementos que permita realizar las desinfecciones y tareas de
mantenimiento necesarias que garanticen poner a las aeronaves en
condiciones de cumplimentar los vuelos requeridos para contrarrestar
los efectos de la situación epidemiológica causada por el CORONAVIRUS
COVID-19.
Que se fijó como fecha y hora de apertura de las propuestas el día 11 de mayo de 2020 a las 09:00 horas.
Que se difundió el presente procedimiento en el sistema COMPR.AR.
Que mediante sistema COMPR.AR se cursó invitación general a todos los
proveedores inscriptos en los rubros indumentaria textil y
confecciones, químicos, herramientas, elementos de limpieza, producto
medico / farmacéuticos / laboratorio, repuestos, equipos.
Que realizado el acto de apertura dentro de la fecha y hora fijada
presentaron propuestas las Razones sociales: Ana carolina szilak (CUIT
23-32560918-4), Gonzalo Ezequiel López (CUIT 20-30834212-4), EL CACIQUE
LIMPIEZA SRL (CUIT 30-71081955-2), JUAN CARLOS CARDINALE SRL (CUIT
30-70930125-6), HUGO ROBERTO FLORES (CUIT 20-16524462-2), UNOLEX SA
(CUIT 33-70936634-9), Papelera EP SRL (CUIT 33-71214191-9), VIALERG
S.A.(CUIT 30-71624187-0).
Que se elevó mediante nota NO-2020-31153549-APN-DCON#FAA de fecha 11 de
mayo de 2020 al Jefe de la I Brigada Aérea las ofertas (económica y
técnica) recibidas, a los efectos que se confeccione el “Informe
Técnico y Económico” pertinente y se recibió el mismo mediante
NO-2020-31418421-APN-IBAR#FAA y rectificación mediante
NO-2020-31986330-APN-IBAR#FAA.
Que se corroboró que las firmas Ana carolina szilak (CUIT
23-32560918-4), Gonzalo Ezequiel López (CUIT 20-30834212-4), EL CACIQUE
LIMPIEZA SRL (CUIT 30-71081955-2), JUAN CARLOS CARDINALE SRL (CUIT
30-70930125-6), HUGO ROBERTO FLORES (CUIT 20-16524462-2), UNOLEX SA
(CUIT 33-70936634-9), Papelera EP SRL (CUIT 33-71214191-9), VIALERG
S.A.(CUIT 30-71624187-0), no registran sanciones en el REPSAL.
Que se verifico que las firmas Ana carolina szilak (CUIT
23-32560918-4), Gonzalo Ezequiel López (CUIT 20-30834212-4), EL CACIQUE
LIMPIEZA SRL (CUIT 30-71081955-2), JUAN CARLOS CARDINALE SRL (CUIT
30-70930125-6), HUGO ROBERTO FLORES (CUIT 20-16524462-2), UNOLEX SA
(CUIT 33-70936634-9), Papelera EP SRL (CUIT 33-71214191-9), VIALERG
S.A.(CUIT 30-71624187-0) se encuentren inscriptos y con los datos
actualizados.
Que se le solicito al oferente HUGO ROBERTO FLORES (CUIT 20-16524462-2)
una mejora de precio de los renglones Nº 10, 13 y 17 no resultando
admisibles.
Que se le solicito al oferente EL CACIQUE LIMPIEZA SRL (CUIT
30-71081955-2), una mejora de precio de los renglones 9 y 14 resultando
admisible.
Que la Unidad Operativa de Compras emitió informe de Recomendación,
aconsejando adjudicar los renglones N° 7, 9, 12, 14 y 16 a la firma EL
CACIQUE LIMPIEZA SRL (CUIT 30-71081955-2), el renglón Nº 8 a la firma
HUGO ROBERTO FLORES (CUIT 20-16524462-2), los renglones N° 11 y 18 a la
firma JUAN CARLOS CARDINALE SRL (CUIT 30-70930125-6) por ser las
ofertas de precios convenientes y ajustarse técnicamente a lo
solicitado.
Que la Asesoría Jurídica ha tomado la intervención que le compete,
mediante Dictamen Jurídico Nº IF-2020-33485497- APN-DCON#FAA de fecha
21 de mayo de 2020.
Que de acuerdo a las observaciones realizadas por la Asesoría Jurídica
antes mencionada se solicitó mediante NO-2020-33700087-APN-DCON#FAA a
la Unidad requirente amplié informe técnico., y mediante
NO-2020-33721861-APN-IBAR#FAA, la I Brigada Aérea remitió ampliación de
informe técnico informando que el renglón Nº 15 de la firma CAROLINA
SZILAK se ajusta técnicamente a lo solicitado.
Que de acuerdo al dictamen jurídico antes mencionado, respecto al
renglón Nº 16 ofertado por EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L, se observa que en
la misma no presento marca por lo que se procede a desestimar.,
asimismo también se desestima el renglón Nº 8 ofertado por la firma
HUGO R. FLORES, de acuerdo a su correo electrónico remitido.
Que se observó que el renglón Nº 12 correspondiente a la Firma EL
CACIQUE LIMPIEZA S.R.L cotizo con marca genérica impidiendo un
comparación con otras ofertas por lo que se procede a desestimar el
mismo.
Que la contratación que se gestiona resultan aplicables los precios
máximos de referencia, establecidos por la Resolución Nº 100/20 y la
Resolución Nº 115/20.
Que es facultad del señor Jefe de Departamento Contrataciones Palomar,
aprobar lo actuado y adjudicar la presente contratación de acuerdo a
las facultades delegadas en el Anexo IV de la Resolución Nº 265-E/2016
del señor Ministro de Defensa y conforme a las autoridades y los montos
para llevar a cabo los actos administrativos correspondientes
establecidos en la Directiva Nº 02/16 del señor Director General de
Intendencia de acuerdo a la Resolución Nº 1248/16 del señor Jefe de
Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina hasta tanto se expida
el señor Ministro de Defensa y posterior intervención del señor Jefe
del Estado Mayor de la Fuerza Aérea Argentina sobre las autoridades
competentes para el dictado de los actos administrativos de los
procedimientos de selección general.
Por ello
EL JEFE DEL DEPARTAMENTO CONTRATACIONES PALOMAR
DISPONE,
1°) APRUÉBASE lo actuado en la Contratación Directa N°
40/45-0246-CDI20, sin modalidad, compulsa abreviada por emergencia,
correspondiente a la “COMPULSA – COVID-19 Nº 2 – ADQUISICIÓN DE
ELEMENTOS PARA DESINFECCIÓN”
2º) ADJUDIQUESE la Contratación Directa N° 40/45-0246-CDI20 a las
firmas, los renglones y por los importes totales que abajo se detallan:
Razón Social | EL CACIQUE LIMPIEZA SRL |
C.U.I.T. Nº | 30-71081955-2 |
Renglones Nº | 7, 9, 14. |
IMPORTE TOTAL EN PESOS | TREINTA Y SES MIL DOSCIENTOS SEIS CON 00/100 CENTAVOS. | $ 36.206,00 |
Plazo de Entrega: | SEGÚN PLIEGO |
Razón Social | JUAN CARLOS CARDINALE SRL |
C.U.I.T. Nº | 30-70930125-6 |
Renglones Nº | 11 y 18. |
IMPORTE TOTAL EN PESOS | CINCUENTA MIL CINCUENTA Y OCHOS CON 72/100 CENTAVOS. | $ 50.058,72 |
Plazo de Entrega: | SEGÚN PLIEGO |
Por ser dichas ofertas admisibles y convenientes, importando la
contratación la suma total de PESOS OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS
SESENTA Y CUATRO CON 72/100 CENTAVOS ($ 86.264,72).
3°) DECLARAR FRACASADO los renglones Nº 1 al 6, 8, 10, 12, 13, 15, 16 y 17 por faltas de ofertas validas.
4º) TÉNGASE POR DESIGNADOS al personal integrante de la Comisión de
Recepción adjunta mediante el Anexo I de la Solicitud de Contratación.
I BRIGADA AEREA
Titulares: - Mayor Eduardo Javier SCHIAFFINO (E. AIR. 101.624)
- Capitán Joaquín DEL POZO (E. AIR 102.074)
- Capitán Juan Cruz BERTOLDI (E. TEC. 102.242)
Suplente: - Mayor Christian Marcelo MURIAS (E. GEN. 101.816)
- Primer Teniente Guillermo PAVON (E. AIR 102.798)
- Suboficial Auxiliar María Alejandra MENENDEZ (VYCA. 205.383)
5º) IMPUTESE los importes mencionados precedentemente, según se detalla más abajo:
I BRIGADA AEREA |
El Cacique Limpieza SRL 30-71081955-2 |
Eje | Inc. | Ppal | Ppcial | M | MONTO |
2020 | 2 | 3 | 4 | 1 | $ 13.216,00 |
2020 | 2 | 5 | 4 | 1 | $ 9.276,00 |
2020 | 2 | 9 | 1 | 1 | $ 13.714,00 |
SUBTOTAL | $ 36.206,00 |
JUAN CARLOS CARDINALE SRL 30-70930125-6 |
Eje | Inc. | Ppal | Ppcial | M | MONTO |
2020 | 2 | 7 | 5 | 1 | $ 31.581,12 |
2020 | 2 | 5 | 2 | 1 | $ 18.477,60 |
SUBTOTAL | $ 50.058,72 |
TOTAL | $ 86.264,72 |
6º) COMUNIQUESE lo aquí dispuesto al organismo que solicitó la
Contratación que se tramita y realizar la difusión y notificación a los
oferentes a través del portal COMPR.AR.
7º) EMITASE las Ordenes de Compras respectivas, dentro del plazo de mantenimiento de ofertas.
8º) Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
(Artículo rectificado por art. 2° de la Disposición N° 354/2020 del Departamento Contrataciones Palomar B.O. 09/06/2020)
e. 09/06/2020 N° 22573/20 v. 09/06/2020