DEPARTAMENTO CONTRATACIONES PALOMAR
Disposición 354/2020
DI-2020-354-APN-DCON#FAA
El Palomar, Buenos Aires, 05/06/2020
VISTO la DI-2020-34233350-APN-DCON#FAA de fecha martes 26 de Mayo de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la mencionada Disposición en el Visto se adjudicó el
procedimiento de Contratación por Emergencia COVID – 19
40/45-0246-CDI20 que tuvo por objeto la “Adquisición de Elementos
Desinfección” destinados a atender y garantizar las barreras
epidemiológicas del personal perteneciente a la I Brigada Aérea contra
la pandemia COVID – 19 en marco de la Emergencia Sanitaria de público
conocimiento.
Que se ha incurrido en un error material involuntario en el artículo 8°
de la citada Disposición al omitir indicar la publicación de la norma
en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos
-Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972- contempla la facultad del
órgano emisor del acto de rectificar los errores materiales o de hecho
y los aritméticos, en cualquier momento, siempre que la enmienda no
altere lo sustancial del acto o decisión.
Que en razón de ello, corresponde rectificar el dictado del artículo 8° de la DI-2020-34233350-APN-DCON#FAA.
Que la presente rectificación del error material no modifica ni altera lo sustancial del acto o decisión.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades contempladas
en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos,
Decreto N° 1.759/72.
Por ello,
EL JEFE DEL DEPARTAMENTO CONTRATACIONES PALOMAR DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Ordénese la publicación de la
DI-2020-34233350-APN-DCON#FAA, junto con la presente medida, en el
Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 2°.- Rectifíquese el error material involuntario contenido en
el artículo 8° DI-2020-34233350-APN-DCON#FAA de fecha martes 26 de mayo
de 2020 la cual quedará redactada de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.”
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. Lucas Enrique Luna Maldonado
e. 09/06/2020 N° 22574/20 v. 09/06/2020