MINISTERIO DE EDUCACIÓNDecisión Administrativa 1024/2020DECAD-2020-1024-APN-JGM - Dase por designada Directora Nacional de Fortalecimiento Educativo Territorial.Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2020
VISTOel Expediente N° EX-2020-18076448-APN-SIP#JGM, la Ley Nº 27.467, los
Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del
10 de enero de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020 y la Decisión Administrativa
N° 315 del 13 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por
el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N°
27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de
lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Que
por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria
de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con
rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados
presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas,
será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la
Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por
el Decreto Nº 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios
(Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que
por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus
respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes
al citado Ministerio.
Que por la Decisión Administrativa N°
315/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel
operativo del citado Ministerio.
Que resulta necesario proceder
a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director/a
Nacional de Fortalecimiento Educativo Territorial de la SUBSECRETARÍA
DE EDUCACIÓN SOCIAL Y CULTURAL de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, con el objeto de cumplir en tiempo y forma las
exigencias del servicio.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que
la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del
artículo 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2º del
Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO
1º.- Dase por designada con carácter transitorio, a partir del 1º de
febrero de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente medida, a la licenciada
Laura Elena PENACCA (D.N.I. Nº 27.263.341) en el cargo de Directora
Nacional de Fortalecimiento Educativo Territorial de la SUBSECRETARÍA
DE EDUCACIÓN SOCIAL Y CULTURAL de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el
correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del
citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.
ARTÍCULO 2º.- El
cargo involucrado en el artículo 1° de la presente decisión
administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas
de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la
presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el
cumplimiento de la presente decisión administrativa, será atendido con
cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 70 – MINISTERIO DE
EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés
Cafiero - Nicolás A. Trotta
e. 11/06/2020 N° 23025/20 v. 11/06/2020