ARMADA ARGENTINA HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLODisposición 197/2020DI-2020-197-APN-DGSA#ARACiudad de Buenos Aires, 05/06/2020
VISTOel expediente electrónico EX-2020-28584429- -APN-DGSA#ARA, el artículo
15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la Decisión
Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y la
Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto
según Disposición ONC N° 55/20), y
CONSIDERANDO:
Que el
señor Jefe del Departamento Farmacia y Esterilización solicitó la
inmediata contratación de un servicio de Drogueria para la provisión de
especialidades medicinales.
Que el procedimiento de selección de
co-contratante particular elegido fue el previsto en el artículo 15 ter
del Decreto citado en el visto, y que el mismo ha sido sustanciado a
través de la plataforma COMPR.AR.
Que el contenido de las
invitaciones cursadas a los proveedores cumplen con las pautas fijadas
en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la Disposición N° 48/20 de la
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N°
55/20), en número de orden 27.
Que, a las diez horas y quince
minutos del día 5 de mayo de 2020, se realizó el acto de apertura de
ofertas de la presente contratación, tal como estaba previsto en número
de orden 42.
Que se puso en conocimiento el acta de apertura a
la INSPECCIÓN GENERAL DE LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna
del MINISTERIO DE DEFENSA, en número de orden 25.
Que las
ofertas de las empresas CENTRO DE MEZCLAS INTRAVENOSAS S.A. CUIT
30695455220 y DNM Farma SA CUIT 30710138474 cumplen con los
requerimientos de admisibilidad objetiva y subjetiva exigidos en las
invitaciones a participar en el presente procedimiento.
Que, a
la fecha, los oferentes no registran sanciones en el Registro Público
de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) creado por la Ley Nº
26.940, según consta en número de orden 61.
Que, de acuerdo a
las averiguaciones oficiosas efectuadas ante la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), CENTRO DE MEZCLAS INTRAVENOSAS S.A. CUIT
30695455220 y DNM Farma SA CUIT 30710138474 no registran
incumplimientos de sus obligaciones tributarias y previsionales, según
consta en número de orden 59.
Que la Resolución N° 100/2020 de
la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO no prevé precios máximos de referencia para los bienes
requeridos, según consta en número de orden 60. Asimismo se dará
cumplimiento a la mencionada Resolución cuando sean individualizados
los bienes a entregar con carácter previo a autorizar las solicitudes
de provisión.
Que la Unidad Operativa de Contrataciones
interviniente recomendó adjudicar el renglón N° 1 de la presente
contratación a las firmas DNM Farma SA CUIT 30710138474, por la suma de
PESOS SEIS MILLONES CON CERO CENTAVOS ($ 6.000.000,00). A la firma
CENTRO DE MEZCLAS INTRAVENOSAS S.A.. CUIT 30695455220, por la suma de
PESOS CUATRO MILLONES CON CERO CENTAVOS ($ 4.000.000,00), en concepto
de los bienes cotizados, según consta en número de orden 64.
Que se comparte el juicio de la Unidad Operativa de Contrataciones y se advierte que la necesidad pública aún subsiste.
Que
la presente contratación cuenta con saldo de crédito presupuestario y
cuota de compromiso, según consta en número de orden 63.
Que los
artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS y 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20 de la
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N°
55/20) establecen que se aplica la distribución de competencias
efectuada en el artículo 9° Anexo del Decreto N° 1030/16 para los
procedimientos de contratación directa por compulsa abreviada y
adjudicación simple.
Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD 265/16.
Que,
por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la ARMADA
ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la Resolución
ministerial indicada.
Que el señor DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL
NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” – en tanto
Director General- tiene competencia para dictar el acto de conclusión
del procedimiento siempre que la contratación a adjudicar o declarar
fracasada no supere la suma equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS Módulos
(M 7.500), es decir, a PESOS DOCE MILLONES ($12.000.000,00), de acuerdo
al valor actual del Módulo.
Que el Departamento Asesoría Legal
del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” ha
tomado la intervención que le corresponde, en número de orden 69.
Que
los oferentes poseen actualizada la Declaración Jurada de Intereses en
el SIPRO, dándose por cumplida la presentación de la misma, según
consta en número de orden 72.
Que los oferentes presentaron declaración de oferta nacional, según consta en número de orden 73.
Que,
en razón de los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20
del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, 5° del Anexo de la Disposición
N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según
Disposición ONC N° 55/20), el artículo 9° Anexo del Decreto N° 1030/16
y el Anexo III de la Resolución MD 265/16, el suscripto es competente
para dictar la presente medida.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”
DISPONE:
ARTÍCULO
1º.- Convalidar y aprobar lo actuado en la COMPULSA - COVID-19
N°0059/2020 Contratar un servicio de Drogueria para la provisión de
especialidades medicinales.
ARTICULO 2º.- Adjudicar a la firma
DNM Farma SA CUIT 30710138474, el renglón N° 1 de la presente
contratación por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones
Particulares, por la suma de PESOS SEIS MILLONES CON CERO CENTAVOS ($
6.000.000,00).
ARTICULO 3º.- Adjudicar a la firma CENTRO DE
MEZCLAS INTRAVENOSAS S.A.. CUIT 30695455220, el renglón N° 1 de la
presente contratación por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones
Particulares, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES CON CERO CENTAVOS ($
4.000.000,00).
ARTICULO 4º.- Notifíquese fehacientemente lo dispuesto a los oferentes que cotizaron en esta contratación.
ARTICULO
5º.- Autorícese al Departamento Contrataciones a emitir las
correspondientes Ordenes de Compra y comunicaciones relacionadas, por
un importe total de PESOS DIEZ MILLONES CON CERO CENTAVOS ($
10.000.000,00), e imputar a la partida presupuestaria correspondiente,
a fin de ejecutar la adjudicación dispuesta en el presente Acto
Administrativo.
ARTICULO 6º.- Certifíquense, por medio de la
Comisión de Recepción, los insumos detallados en la respectiva Orden de
Compra, dando cumplimiento a lo establecido en la Orden Transitoria Nº
05/20 del Director General de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES
“CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO”.
ARTICULO 7º.- Pásese, para
conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO CONTRATACIONES Y COMPRAS de
este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”.
ARTICULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto Hugo Croci
e. 11/06/2020 N° 23040/20 v. 11/06/2020