MINISTERIO DE SEGURIDADDecisión Administrativa 1035/2020DECAD-2020-1035-APN-JGM - Dase por designado Director Nacional de Control de Fronteras e Hidrovías.Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2020
VISTOel Expediente N° EX-2020-12633967-APN-SGM#JGM, la Ley N° 27.467, los
Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 50 del
19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020,
las Decisiones Administrativas Nros. 299 del 9 de marzo de 2018 y 335
del 6 de marzo de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el
Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.467
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo
establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Que
por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria
de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con
rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados
presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas,
será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la
Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por
el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus
respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes
al MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que por la Decisión Administrativa
N° 299/18 se aprobó la entonces estructura organizativa de primer y
segundo nivel operativo del citado Ministerio y por su similar N°
335/20, la actual estructura de dicha Jurisdicción.
Que resulta
necesario proceder a la cobertura transitoria del entonces cargo
vacante y financiado de Director/a de Vigilancia y Control en Fronteras
de la ex SUBSECRETARÍA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE FRONTERAS y del cargo
vacante y financiado de Director/a Nacional de Control de Fronteras e
Hidrovías de la SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL de la SECRETARÍA
DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL, ambos del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención que le compete.
Que
la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de
los artículos 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto
Nº 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO
1º.- Dase por designado, a partir del 7 de enero de 2020 y hasta el 5
de marzo de 2020, al doctor Alejandro Gabriel BENEDETTI (D.N.I. N°
21.907.930) en el entonces cargo de Director de Vigilancia y Control en
Fronteras de la ex SUBSECRETARÍA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE FRONTERAS
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Se
autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva
Nivel II del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.
ARTÍCULO
2°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 6 de
marzo de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente medida, al doctor
Alejandro Gabriel BENEDETTI (D.N.I. N° 21.907.930) en el cargo de
Director Nacional de Control de Fronteras e Hidrovías de la
SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y
POLÍTICA CRIMINAL del MINISTERIO DE SEGURIDAD, Nivel A - Grado 0 del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por
Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial.
ARTÍCULO 3°.- El cargo involucrado en el artículo 2°
de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande
el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido
con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 41 – MINISTERIO
DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés
Cafiero - Sabina Andrea Frederic
e. 12/06/2020 N° 23039/20 v. 12/06/2020