MINISTERIO
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución 200/2020
RESOL-2020-200-APN-MAD
Ciudad de Buenos Aires, 10/06/2020
VISTO: el Expediente Nº EX-2020-36385024-APN-DRI#MAD del Registro del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, la Ley General del
Ambiente N° 25.675, la Ley de Presupuestos Mínimos de Adaptación y
Mitigación al Cambio Climático Global N° 27.520, el Decreto N° 7 de
fecha 10 de diciembre de 2019, y el Decreto N° 50 de fecha 19 de
diciembre de 2019, la Decisión Administrativa N° 262 de fecha 28 de
febrero de 2020, la Resolución N° 378 de fecha 13 de octubre de 2016
del ex MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, y sus
respectivas modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL establece el derecho de
todos los habitantes a un ambiente sano, equilibrado y apto para el
desarrollo humano donde las actividades productivas satisfagan las
necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras,
atribuyendo, asimismo, a las autoridades el deber de proveer protección
del derecho a la utilización racional de los recursos naturales, a la
preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad
biológica, y a la información y educación ambientales.
Que mediante la Ley General del Ambiente N° 25.675 se establecieron los
presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y
adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad
biológica y la implementación del desarrollo sustentable.
Que mediante la Ley de Adapatación y Mitigación al Cambio Climático
Global N° 27.520 se establecieron los presupuestos mínimos de
protección ambiental para garantizar acciones, instrumentos y
estrategias adecuadas de adaptación y mitigación al cambio climático en
todo el territorio nacional.
Que la precitada Ley, establece en sus artículos 18 y 19 que el “Plan
Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático” tiene como una
de sus finalidades la de la reevaluación de los planes actuales para
aumentar la solidez de los diseños de infraestructuras y las
inversiones a largo plazo, incluyendo en la misma las proyecciones de
crecimiento poblacional y de posibles migrantes ambientales y que debe
contener como Contenidos Mínimos acciones y medidas de Definición y
aplicación de los métodos y herramientas para evaluar los impactos y la
capacidad de adaptación de los sistemas sociales y naturales y la
determinación de los puntos vulnerables y de medidas de adaptación
adecuadas a corto, mediano y largo plazo.
Que existe una problemática vinculada a la presión que se ejerce sobre
la infraestructura existente en las grandes ciudades que requiere para
su solución de una planificación integral ambiental que permita mejorar
la calidad de vida de los argentinos.
Que en el contexto global de crecimiento constante de las ciudades y de
sus conurbaciones, se observa una mayor incidencia de éstas en los
impactos negativos al ambiente a escala planetaria y por ende se
requiere contrarrestar esta tendencia mediante la adopción de medidas
conducentes a reducir dichos impactos, incluyendo el incremento de la
resiliencia y la reducción de la vulnerabilidad.
Que la promoción de patrones sostenibles de consumo y producción, es
parte de los requisitos indispensables para alcanzar el desarrollo
sostenible, y así han sido reconocidos en los Objetivos de Desarrollo
Sostenible.
Que, en atención a ello, resulta evidente la necesidad de integrar,
articular, promover y apoyar esfuerzos locales de carácter técnico,
político y social tendientes al mejoramiento y conservación del
ambiente como estrategia para mejorar la calidad de vida de todos los
habitantes de la Nación Argentina.
Que por el artículo 1° de la Ley N° 27.541 se declaró la emergencia
pública en materia sanitaria con relación al coronavirus COVID-19,
escenario que conllevó a la adopción de nuevas medidas oportunas,
rápidas, eficaces y urgentes a fin de mitigar su propagación y su
impacto sanitario creando una situación socio-económica sin precedentes
por lo cual creemos imprescindible entrar en un ciclo de “reactivación
sostenible”.
Que la participación de organizaciones de la sociedad civil de todo el
territorio nacional es relevante a fin de desarrollar lineamientos
estratégicos de anclaje territorial basados en la participación, en
especial de la población joven, y la educación ciudadana con
perspectiva ambiental por lo cual se contempla como parte del plan CASA
COMÚN el PROGRAMA DE INVOLUCRAMIENTO DE JOVENES Y ADOLESCENTES AL
DESARROLLO SOSTENIBLE “HACIENDO LÍO POR NUESTRA TIERRA”.
Que abordar la promoción de la producción sostenible de alimentos y el
fortalecimiento institucional de municipios en materia de agroecología
constituirá una forma de contribuir al Plan Nacional Argentina contra
el hambre, en especial en su objetivo para garantizar la seguridad y
soberanía alimentaria de toda la población, a través del PROGRAMA DE
PRODUCCION SOSTENIBLE DE ALIMENTOS “TIERRA VIVA”.
Que es fundamental iniciar acciones tendientes a desvincular el
crecimiento económico del uso de los materiales y la contaminación, por
lo cual se promoverá la recuperación de materiales y el aprovechamiento
eficiente de los recursos a lo largo de todo el ciclo de vida de los
productos a través del PROGRAMA DE FOMENTO A LA ECONOMIA CIRCULAR
MUNICIPAL “RE-HACER”.
Que los nuevos proyectos que brindan soluciones innovadoras y crean
oportunidades a partir de la perspectiva ambiental requieren
herramientas específicas para desarrollarse y crecer, lo cual se
ejecutará a través del PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE EMPRENDEDORES Y
PROYECTOS SOSTENIBLES “REACTIVACION SOSTENIBLE”.
Que las áreas naturales y el arbolado constituyen elementos centrales
para la mejora de la calidad de vida y para garantizar el acceso a un
ambiente sano, en especial en contextos urbanos, por lo cual estos
serán apoyados desde el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO RESERVAS NATURALES
URBANAS, VIVEROS MUNICIPALES Y ÁREAS VERDES “VERDE VIDA”.
Que la transición hacia patrones de consumo y producción sostenibles
requiere un abordaje particular a nivel local, y considerando el rol
que pueden cumplir las ciudades para alcanzar este objetivo, se
trabajará a través del PROGRAMA DE CONSUMO Y PRODUCCIÓN SOSTENIBLE
“CRECER”.
Que el presente plan constituye una política de Estado basada en un
enfoque integral, guiada por el consenso y la participación de
distintos actores de la sociedad. La implementación del Plan involucra
el trabajo conjunto de diversos organismos y niveles del Estado
nacional, provincial, y municipal, y actores de la sociedad civil que
acompañan acciones para la atención de la población destinataria y el
logro de los objetivos planteados.
Que todo esto demandará un importante esfuerzo de trabajo
interdisciplinario e interjurisdiccional dada la transversabilidad y la
territorialidad de las políticas planteadas, por lo cual, es menester
instruir a las áreas pertinentes a consolidar planes y proyectos
conjuntamente con las demás carteras del Poder Ejecutivo Nacional para
desarrollar acuerdos que impulsen la consecución de los objetivos aquí
planteados.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades comprendidas
en la Ley N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) modificada mediante el
Decreto N° 7 de fecha 10 de Diciembre de 2019 y del Decreto N° 50 de
fecha 19 de Diciembre de 2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Créase el Plan Integral “Casa Común” conforme Plan de
Acción que se aprueba como ANEXO I (IF-2020-37217537-APN-DIDS#MAD) que
forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2° — Pasa a formar parte del Plan Integral “Casa Común” la
UNIDAD CIUDADES SUSTENTABLES (UCS) dependiente de la DIRECCIÓN DE
INNOVACIÓN Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
ARTÍCULO 3° — La asignación de los fondos que se transfieran para
asistir a los proyectos que se presenten, deberá efectuarse de acuerdo
al Instructivo del Plan Integral “Casa Común”, que se aprueba como
ANEXO II (IF-2020-37223832-APN-DIDS#MAD) que forma parte de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 4° — La implementación y ejecución del PROGRAMA DE
INVOLUCRAMIENTO DE JOVENES Y ADOLESCENTES AL DESARROLLO SOSTENIBLE
“HACIENDO LÍO POR NUESTRA TIERRA” estará a cargo de la SUBSECRETARÍA
INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL.
ARTÍCULO 5° — El PROGRAMA DE PRODUCCION SOSTENIBLE DE ALIMENTOS “TIERRA
VIVA”, el PROGRAMA DE FOMENTO A LA ECONOMIA CIRCULAR MUNICIPAL
“RE-HACER”, el PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE EMPRENDEDORES Y PROYECTOS
SOSTENIBLES “REACTIVACION SOSTENIBLE”, el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO
RESERVAS NATURALES URBANAS, VIVEROS MUNICIPALES Y AREAS VERDES “VERDE
VIDA” y el PROGRAMA DE CONSUMO Y PRODUCCIÓN SOSTENIBLE “CRECER”estarán
a cargo de la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E
INNOVACIÓN y se ejecutará a través de la DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN PARA
EL DESARROLLO SOSTENIBLE.
ARTÍCULO 6° — Instrúyase a la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E
INTERINSTITUCIONAL y a la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO
SOSTENIBLE E INNOVACIÓN a impulsar todos los acuerdos necesarios para
alcanzar los objetivos del presente PLAN.
ARTÍCULO 7° —Instrúyase a la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E
INTERINSTITUCIONAL y a la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO
SOSTENIBLE E INNOVACIÓN a instrumentar todas las acciones necesarias
para el desarrollo de los programas mencionados en los artículos 4° y
artículo 5° respectivamente, utilizando, de preferencia, la recepción y
remisión por medios electrónicos de presentaciones, solicitudes,
escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros.
ARTÍCULO 8° — La SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA arbitrará
los medios necesarios a los fines de asignar a la DIRECCIÓN DE
INNOVACIÓN Y DESARROLLO SOSTENIBLElos créditos presupuestarios
disponibles que fueran imputados a la Unidad indicada en el artículo 2°
de la presente.
ARTÍCULO 9°. - Deróguese la Resolución N° 378 de fecha 13 de octubre de
2016 del ex MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y la
Resolución N° 391 del 19 de Octubre del 2016 del ex-MINISTERIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
ARTÍCULO 10° — Invítase a los Estados Provinciales a través del COFEMA,
a la FEDERACIÓN ARGENTINA DE MUNICIPIOS, a los municipios, a las
Universidades Nacionales y a las organizaciones de la sociedad civil,
cooperativas involucradas en temáticas ambientales a efectos de
interiorizarse, inscribirse y/o participar del presente plan integral y
en particular a los municipios y comunas de todo el país a efectos de
realizar todas las acciones necesarias conducentes a la suscripción de
los Planes de Acción Territorial Innovadores (PlaTI).
ARTÍCULO 11º. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Cabandie
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/06/2020 N° 23217/20 v. 12/06/2020
(Nota
Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)
ANEXO
Informe
Número: IF-2020-3 72175 3
7-APN-DIDS#MAD
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 9 de Junio de 2020
Referencia: ANEXO I - PLAN DE
ACCIÓN DEL PLAN INTEGRAL "CASA COMÚN"
ANEXO I
PLAN DE ACCIÓN DEL PLAN INTEGRAL "CASA COMÚN"
INTRODUCCIÓN
El Plan Integral "Casa Común" (de aquí en adelante "CASA COMÚN") se
inscribe en los preceptos de la Carta Encíclica "Laudato si" del Papa
Francisco sobre el cuidado de la Casa Común. En este sentido, el Papa
hace un llamado a los líderes políticos mundiales, a los Estados
nacionales y a los pueblos para que se asuma, en forma responsable, el
peligro en que se encuentra la humanidad, y se adopten soluciones
concretas y consensuadas en vistas de hacer frente a las consecuencias
del cambio climático y a la degradación del ambiente.
CASA COMÚN se compone de diversos programas, que abordan las diferentes
temáticas que definen una ciudad sostenible conforme las diversas
clasificaciones existentes a nivel global y de manera articulada con el
resto de las políticas públicas del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE. Trabajar en conjunto con los diferentes actores y niveles
involucrados, demandará un importante esfuerzo interdisciplinario e
interjurisdiccional, dada la transversalidad y la territorialidad de
las temáticas objetivos propuestos.
FUNDAMENTOS
CASA COMÚN tiene como objetivo articular acciones entre, actores
públicos, privados y de la sociedad civil, en temáticas y necesidades
que conlleven a alcanzar una ciudad sostenible adoptando para ésta
última la siguiente definición:
"Una ciudad sostenible es aquella que
ofrece una adecuada calidad de vida a sus ciudadanos, minimiza su
impacto al medio natural, preserva sus activos ambientales y físicos
para generaciones futuras, y promueve el desarrollo económico y la
competitividad. De la misma manera, cuenta con un gobierno con
capacidad fiscal y administrativa para llevar a cabo sus funciones
urbanas con la participación activa de la ciudadanía".
Los niveles de urbanización alcanzados en Argentina, ponen de
manifiesto la relevancia de trabajar para el desarrollo sostenible de
las ciudades.
En este sentido, el Objetivo 11 de la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible es "Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean
inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles". Para ello, en sus
Metas, propone "aumentar la urbanización inclusiva y sostenible y la
capacidad para la planificación y la gestión participativas, integradas
y sostenibles de los asentamientos humanos en todos los países".
Asimismo, la Nueva Agenda Urbana, adoptada en la Conferencia Hábitat
III, nos recuerda la correlación entre la urbanización sostenible, el
desarrollo y la mejora en la calidad de vida como aspectos que deberían
incluirse en todas las políticas y estrategias de renovación urbana.
El rol de las ciudades ha sido identificado como clave para el
cumplimiento de los objetivos, estrategias o planes de acción de
diferentes Acuerdos Multilaterales sobre Medio Ambiente, entre los
cuales la Convención Marco sobre el Cambio Climático y el Convenio
sobre la Diversidad Biológica son imprescindibles de mencionar.
En materia de cambio climático, en el marco del Plan Nacional de
Adaptación, el abordaje territorial y la articulación con los gobiernos
subnacionales resultan esenciales.
El cambio hacia patrones sostenibles de consumo y producción, también
tiene un peso relevante en las ciudades. La necesidad de desvincular el
crecimiento económico de la degradación del medio ambiente debe
plasmarse a través de la eficiencia en el uso de los recursos, la
promoción de tecnologías y procesos industriales limpios y
ambientalmente racionales. En materia de consumo, los municipios pueden
jugar un rol clave al incorporar criterios de sustentabilidad en sus
procesos de compras y contrataciones.
I. OBJETIVO GENERAL
CASA COMÚN tiene como objetivo general el desarrollo sostenible de los
municipios, considerando su dimensión ambiental, social y económica,
asegurando la participación e involucramiento de todos los actores
locales.
II. OBJETIVOS ESPECIFICOS
• Asistir técnica y económicamente a los actores involucrados en los
Planes de Acción Territoriales e Innovadores (PlaTI).
• Implementar el reconocimiento público a iniciativas y herramientas
locales sostenibles, y su difusión.
• Desarrollar e implementar programas y/o planes específicos a nivel
local de manera articulada con las distintas carteras ministeriales
competentes en las siguientes temáticas:
- Hábitat y Vivienda Sostenible O Producción Sostenible O Consumo
Público Sostenible
- Emprendedores, microempresas y PyMES en materia de sostenibilidad O
Turismo Sostenible O Trabajo Sostenible
- Eficiencia Energética O Transporte y Movilidad Sostenible O Seguridad
Alimentaria
• Desarrollar e implementar programas y/o planes específicos a nivel
local de manera articulada con las distintas áreas del Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible en las siguientes temáticas:
- Gestión de Residuos Sólidos Urbanos O Educación ambiental y
participación ciudadana O Planes Locales para la Mitigación y
adaptación de Cambio Climático O Forestación y Espacios Verdes
- Construcción y monitoreo de políticas y acciones ambientales O
Innovación tecnológica sostenible
• Generar espacios de participación ciudadana, especialmente orientados
a la población joven;
• Diseñar e implementar proyectos de centros de producción alimentaria
municipales;
• Fomentar el desarrollo de áreas naturales urbanas y viveros
municipales;
• Incentivar el desarrollo de proyectos de economía circular
municipales;
• Impulsar la transición hacia patrones de consumo y producción
sostenibles;
• Apoyar el crecimiento y consolidación de iniciativas innovadoras que
incorporen criterios ambientales.
• Diseñar e implementar un sistema de monitoreo y evaluación de
resultados e impactos de del presente Plan;
• Diseñar metodologías e indicadores comunes para medir y guiar el
desarrollo sostenible en ciudades;
• Establecer mecanismos de capacitación técnica-ambiental para los
sectores públicos municipales y organizaciones no gubernamentales,
cooperativas, mutuales, gremios involucrados.
III. POBLACIÓN DESTINATARIA
Serán beneficiarios de este Plan, los habitantes de municipios y áreas
periurbanas.
IV. METODOLOGÍA
CASA COMÚN será implementado a través de programas, que darán
cumplimiento a los objetivos específicos señalados.
La propuesta metodológica de abordaje territorial consiste en el
trabajo en tres ejes, en los dos primeros, se elaborará un marco de
referencia para que los municipios puedan desarrollar estos temas,
mientras que el tercero consistirá en acciones territoriales concretas.
Estos ejes son:
1. El sistema de indicadores para conocer el estado y evolución de la
sostenibilidad de las ciudades: esto implica sistematizar indicadores
existentes y elaborar una guía para su medición y seguimiento.
2. Los planes de acción de sostenibilidad de las ciudades: para este
eje se establecerá una metodología de base para la elaboración de los
planes de sostenibilidad municipales.
3. Las intervenciones mediante Planes de Acción Territorial Innovadores
(PlaTI) consisten en el apoyo Proyectos puntuales que se encuentran
dentro de los temas planteados financiables con el presupuesto de la
DIDS. Estos temas podrán ser ampliados ante la identificación de otras
áreas de oportunidad
V. MODELO DE GESTIÓN Y ENFOQUE INTEGRADO DE CIUDADES SOSTENIBLES
El Plan será implementado desde el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE con otros organismos públicos, para garantizar la
coordinación interjurisdiccional e intersectorial de los distintos
componentes de CASA COMÚN.
Los programas de CASA COMÚN se construirán trabajando desde el
territorio y a partir de una dinámica participativa y transversal con
los actores para tener en cuenta un abanico de perspectivas en la
elaboración de los documentos de referencia.
Considerando los planes de adaptación locales y marcos regulatorios
existentes, se trabajará en territorio para elaborar una metodología de
desarrollo de Planes de Acción de Sostenibilidad (PASos) que contemplen
a la ciudadanía y las organizaciones sociales, su rol en la
planificación y el monitoreo, las estrategias existentes y el contexto
en el que desarrollan sus actividades las ciudades, involucrando para
lograr esta perspectiva amplia tanto a las autoridades locales
municipales, diversas jurisdicciones conforme las temáticas, todas las
áreas necesarias del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE y
las provincias a través del COFEMA.
VI. PROGRAMAS
CASA COMÚN comprenderá los siguientes programas:
A. PROGRAMA DE INVOLUCRAMIENTO DE JOVENES Y ADOLESCENTES AL DESARROLLO
SOSTENIBLE "HACIENDO LÍO POR NUESTRA TIERRA"
Fundamentación
La cuestión ambiental se ha convertido en una problemática central para
el desarrollo humano. Ante el deterioro, degradación y descuido del
ambiente y sus consecuencias es necesario generar las herramientas y
mecanismos necesarios que permitan modificar los modos de vincularse
del ser humano con el ambiente. El Programa impulsa el ejercicio
solidario de la acción y re significa los saberes comunitarios poniendo
en marcha nuevas formas de convivencia y cooperación, atendiendo
necesidades reales y sentidas de las comunidades. Esta acción
territorial contará con el aval de los gobiernos locales, quienes
acompañarán en la difusión y convocatoria para el Programa como en el
proceso de formación de los jóvenes y su integración a programas o
acciones locales, como un recurso valioso de la comunidad.
Objetivos
El objetivo de este programa consiste en contribuir al fortalecimiento
de la capacidad local en conocimiento y promoción en materia ambiental:
- Promover y acompañar el desarrollo de proyectos socios ambientales
por parte de organizaciones de la sociedad civil en diferentes
localidades del territorio argentino, fortaleciendo a las
organizaciones comunitarias a través de apoyo académico y técnico para
consolidar su papel como entidades de cambio.
- Capacitar jóvenes de entre 18 y 24 años, con un concepto holístico de
Desarrollo Sostenible, como promotores ambientales, para que adquieran
las herramientas que les permita llevar adelante prácticas específicas
de cuidado ambiental en sus comunidades.
- Sensibilizar y capacitar jóvenes de entre 18 y 24 años, sobre
diversos temas ambientales para impulsar su inserción laboral en el
campo del empleo verde, específicamente en la promoción ambiental de
programas de entidades gubernamentales, organizaciones civiles y
cooperativas.
Acciones
1. Convocatoria Nacional de participación de organizaciones de la
sociedad civil a fin de desarrollar lineamientos estratégicos de
anclaje territorial basados en la participación y la educación
ciudadana con perspectiva ambiental.
2. Entrega de Kits para diversos proyectos seleccionados, conforme
reglamentación del Programa, para las siguientes temáticas.
A. Promoción y producción de huertas con técnicas agroecológicas
B. Promoción de la economía circular
D. Promoción de la protección de la biodiversidad nativa
C. Promoción y producción de energías renovables/ecoconstrucción
3. Sensibilización y capacitación sobre:
A. Prácticas de producción de huertas con técnicas agroecológicas,
suburbanas, urbanas o rurales, para incentivar y promover la producción
de alimentos saludables de acceso local, contribuyendo a la soberanía
alimentaria de la comunidad y generar estrategias de concientización
vinculadas al uso de los espacios comunitarios.
B. Buenas prácticas de la gestión de residuos y las oportunidades de la
valorización de los mismos, para incentivar su implementación a nivel
institucional, comunitario y/o municipal.
C. Técnicas de producción y consumo de energía renovable a escala
domiciliaria y/o comunitaria para promover el uso de fuentes
alternativas de energía que permitan reducir la demanda de fuentes no
renovables y no amigables con el ambiente y ofrecer una solución a las
dificultades de acceso a las mismas.
D. Sensibilización y capacitación sobre el valor de la biodiversidad
nativa, sus amenazas y posibilidades de protección, técnicas de
reproducción de especies y de plantación, fomento de arbolado de
especies nativas en las comunidades locales, reconocimiento de la
biodiversidad nativa a nivel local, como un recurso de revalorización
de la misma.
B. PROGRAMA DE PRODUCCION SOSTENIBLE DE ALIMENTOS "TIERRA VIVA"
Fundamentos
El Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Resolución N° 8/2020
dispuso la creación del PLAN NACIONAL "ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE" en
el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de la NACIÓN. Su objetivo
general es "...garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de toda
la población...apoyándose en todo otro programa y/o dispositivo
institucional que se complemente y/o tenga como finalidad última
brindar respuesta a la temática alimentaria".
El Programa de Producción Sostenible de Alimentos "TIERRA VIVA" espera
contribuir a ese objetivo, a partir de acciones donde la producción
agroecológica pueda tomar un rol preponderante, asegurando a las
poblaciones locales el acceso a alimentos saludables, producidos en el
ámbito municipal.
Asimismo, en el marco de los compromisos internacionales asumidos por
la República Argentina, este Programa se inscribe en los Objetivos de
Desarrollo Sostenible, particularmente en aquellas Metas asociadas a
asegurar la sostenibilidad de los sistemas de producción de alimentos y
aplicar prácticas agrícolas resilientes y a apoyar los vínculos
económicos, sociales y ambientales positivos entre las zonas urbanas,
periurbanas y rurales.
Objetivos
El objetivo general de este Programa es promover la producción
sostenible de alimentos y el fortalecimiento institucional de
municipios en materia de agroecología, a través del desarrollo de
nuevos Centros de Producción Agroecológica Municipal (CEPAM), el
fortalecimiento de aquellos preexistentes y la asistencia a productores
con altos niveles de vulnerabilidad.
Los objetivos específicos del Programa son: ampliar el número de
productores bajo sistemas de producción, distribución y consumo de
productos agroecológicos, capacitación y entrenamiento en mejores
prácticas y herramientas, réplica de los mejores casos desarrolladas en
el marco de CASA COMÚN y apoyo a la reconversión de productores en
situación de vulnerabilidad, especialmente aquellos más afectados por
los impactos de la pandemia mundial COVID-19.
Acciones
La DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE, de la
SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACION,
asistirá a los municipios, comunas, consorcios de municipios y
organizaciones no gubernamentales que requieran asistencia técnica y/o
económica, entre otras, en las siguientes acciones:
- Creación y fortalecimiento de Centros de Producción Agroecológica
Municipal (CEPAM), para la producción sostenible de alimentos,
destinados a satisfacer las demandas de instituciones del sector
público local, como ser: comedores de jardines maternales, comedores
comunitarios, centros asistenciales, entre otros.
- Apoyo a la reconversión de productores en situación de
vulnerabilidad, especialmente aquellos más afectados por los impactos
de la pandemia mundial COVID-19.
Esta acción será ejecutada en forma conjunta entre la DIRECCIÓN DE
INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE de la SECRETARÍA DE CAMBIO
CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN y la DIRECCIÓN NACIONAL
DE PLANIFICACIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE LA
SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES.
- Asistencia técnica y financiera para la creación, remodelación de
áreas para cultivo y de infraestructura en general, provisión de
insumos y herramientas, todos ellos vinculados para el cumplimiento de
los objetivos del presente Programa.
- Desarrollo de talleres de capacitación en el ámbito de los CEPAM, en
materia de introducción a la producción agroecológica y todos sus
componentes a actores locales y pequeños productores.
- Promoción de la producción agroecológica a través de acciones de
sensibilización, información, difusión e intercambio de experiencias,
articulando con organismos del sector público y de la sociedad civil.
C. PROGRAMA DE FOMENTO A LA ECONOMIA CIRCULAR MUNICIPAL "RE-HACER"
Fundamentos
El aprovechamiento eficiente de los recursos a lo largo de todo el
ciclo de vida de los productos es uno de los puntos fundamentales que
hacen a la transición a un modelo de desarrollo sostenible, que debe
desvincular el crecimiento económico del uso de los materiales y la
contaminación.
Objetivos
- Apoyar iniciativas municipales que promuevan el uso eficiente de los
recursos y la energía través de modelos de producción circular.
- Impulsar la incorporación de pautas de gestión sostenible y esquemas
circulares en la gestión municipal de residuos.
- Fomentar el desarrollo económico a través de actividades que fomenten
la sostenibilidad en la gestión municipal.
Acciones
La DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE, de la
SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACION,
asistirá a los municipios, comunas, consorcios de municipios y
organizaciones no gubernamentales que requieran asistencia técnica y/o
económica, entre otras, en las siguientes acciones:
- Desarrollo y potenciamiento de iniciativas municipales para la
gestión circular de residuos.
- Implementación de centros municipales de transformación de residuos
plásticos post-consumo.
- Sensibilización y capacitación sobre buenas prácticas municipales de
la gestión de residuos y las oportunidades de la valorización de los
mismos.
D. PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE EMPRENDEDORES Y PROYECTOS SOSTENIBLES
"REACTIVACION SOSTENIBLE"
Objetivos
Tiene por objetivo detectar, promover y fortalecer emprendimientos de
alto impacto que fomenten el desarrollo sostenible mediante la
utilización de nuevas tecnologías que incorporen el componente
medioambiental
Acciones
- Consolidación de emprendedores sostenibles a través de la
reformulación de herramientas para promover el efectivo desarrollo del
sector productivo sostenible.
- Implementación de una estrategia de comunicación mediante plataformas
y redes colaborativas para darle visibilidad al trabajo de los
emprendedores de impacto, las nuevas formas de producción y consumo y
la innovación para el desarrollo sostenible.
- Consolidación de líderes de comunidades emprendedoras locales para
promover el desarrollo sostenible a través de actividades de formación,
capacitación y vinculación entre los miembros de la comunidad.
E. PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO RESERVAS NATURALES URBANAS, VIVEROS
MUNICIPALES Y AREAS VERDES "VERDE VIDA"
Fundamentos
La constante tendencia de concentración de la población humana en las
ciudades implica una fuerte presión sobre los recursos naturales
circundantes. Actualmente, los espacios naturales vecinos a los centros
urbanos van disminuyendo y terminan en fragmentos de naturaleza cada
vez más pequeños y desconectados entre sí, los cuales, si bien pierden
parte de sus funciones ecológicas, siguen siendo de gran importancia
para el sostenimiento de la calidad de vida urbana.
Objetivos
Como una contribución efectiva a esta temática, a través de CASA COMÚN
se propone acompañar a todas aquellas gestiones municipales destinadas
a la creación, mejoramiento, ampliación y manejo de áreas de
preservación de biodiversidad municipales y fomentar la incorporación
de prácticas sostenibles y de manejo eficiente en los viveros
municipales para potenciar su capacidad de acción, contribuyendo al
mejoramiento del hábitat humano en las ciudades.
Acciones
La DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE, de la
SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACION,
asistirá a los municipios, comunas, consorcios de municipios y
organizaciones no gubernamentales que requieran asistencia técnica y/o
económica, entre otras, para el desarrollo o puesta en valor de las
áreas de biodiversidad, viveros y áreas verdes, existentes o las nuevas
a crearse.
F. PROGRAMA DE CONSUMO Y PRODUCCIÓN SOSTENIBLE "CRECER"
Fundamentos
Los Objetivos de Desarrollo Sostenible han definido el sendero para
transitar hacia el progreso económico y social en armonía con la
naturaleza, es decir articulando de manera integrada las tres
dimensiones del desarrollo sostenible: económica, social y ambiental.
Por ello la comunidad internacional ha acordado la necesidad de
promover una industrialización inclusiva y sostenible, mejorar la
calidad del agua reduciendo la contaminación, modernizar la
infraestructura, reconvertir las industrias para que sean sostenibles,
promover la adopción de tecnologías y procesos industriales limpios y
ambientalmente racionales.
Las ciudades y municipios no están exentos de estos desafíos, dado que
en sus espacios territoriales se llevan adelante procesos de producción
y consumo, tanto a nivel institucional como individual.
Objetivos
Impulsar el crecimiento económico sostenido e inclusivo local, a través
de la promoción de modalidades sostenibles de consumo y producción.
Los objetivos específicos del Programa son:
- Mejora del desempeño y la gestión ambiental de establecimientos
industriales localizados en áreas bajo jurisdicción municipal, a través
de la prevención, reducción y eliminación de la contaminación, y
eficiencia en el uso de los recursos.
- Fortalecimiento de las capacidades técnicas e institucionales para la
promoción y fomento de prácticas de producción y consumo sostenible.
- Apoyo a los municipios en la implementación de compras públicas
sostenibles
Acciones
La DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE, de la
SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACION,
asistirá a los municipios, comunas, consorcios de municipios y
organizaciones no gubernamentales que requieran asistencia técnica y/o
económica, entre otras, en las siguientes acciones:
- Asistencia técnica y capacitación a establecimientos industriales, a
través de instrumentos de política pública del MAYDS, como el Programa
de Reconversión Industrial, aplicado a municipios.
- Fortalecimiento de la gestión ambiental de PyMEs locales, en función
de su importancia como generadoras de empleo y producción industrial
nacional.
- Creación de sistemas de reconocimientos a aquellas iniciativas que se
destaquen en la incorporación de prácticas de Producción Sostenible.
- Desarrollo de capacidades a los municipios en procesos de compras
públicas sostenibles, a través de acciones de sensibilización, difusión
y entrenamiento, provisión de material de capacitación.
G. DESARROLLO DE NUEVOS PROGRAMAS
Estos programas no son limitativos, pudiéndose crear otros en base al
desarrollo e implementación del presente Plan Integral.
VII. MONITOREO Y EVALUACIÓN
Se desarrollarán las acciones necesarias para implementar un sistema
integrado de monitoreo, seguimiento y evaluación de CASA COMÚN. Se
promocionará la aplicación de las ciencias y de las tecnologías para
mejorar la calidad ambiental y se realizarán capacitaciones
interdisciplinarias a promotoras y promotores del medio ambiente.
VIII. MODALIDAD DE EJECUCIÓN
La implementación del Plan involucra acciones de diversos organismos y
niveles del Estado, organizaciones sociales y comunitarias,
organizaciones empresariales, instituciones religiosas, etcétera.
Compete a la DIDS: diseñar e implementar los programas complementarios
desarrollados en conjunto con las áreas de competencia, impulsando los
acuerdos y convenios necesarios para su implementación.
IX. DOCUMENTOS MODELO
Por último, se aprueban los modelos de referencia a ser suscriptos por
las partes que voluntariamente adhieran al presente plan: MODELO DE
CARTA DE ADHESIÓN (ANEXO 1), como así también el MODELO DE CONVENIO
ESPECÍFICO A SER SUSCRIPTO ENTRE EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE Y LAS CONTRAPARTES PLAN DE ACCIÓN TERRITORIAL INNOVADOR
(ANEXO 2). Los modelos citados se incorporan como pautas a seguir y
podrán ser modificados de acuerdo a los requerimientos de
implementación sin alterar el espíritu de la norma.
ANEXO 1
Modelo de Carta de Adhesión al Plan Integral "Casa Común"
CARTA DE ADHESIÓN AL PLAN INTEGRAL
"CASA COMÚN"
(NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN O ENTIDAD PÚBLICA Y/O PRIVADA, ASOCIACIÓN U
ORGANIZACIÓN)
Estimado MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE (en adelante
MAYDS), XXX (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN O ENTIDAD PÚBLICA Y/O PRIVADA,
ASOCIACIÓN U ORGANIZACIÓN), representado legalmente en este acto por
"XXX", declara su adhesión al Plan Integral "CASA COMÚN" (en adelante
PLAN) en un todo de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución N° XXX, de
fecha XX, del MAYDS.
Considerando:
Que adoptamos los principios y metodologías de CASA COMÚN que lleva
adelante SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E
INNOVACIÓN aprobado mediante Resolución SAyDS N° XX de fecha XXX,
comenzando a impulsar las acciones necesarias para el desarrollo del
Plan de Acción Territorial Innovador del Municipio de XXX.
Que el mentado PLAN tiene por objetivo general el desarrollo sostenible
de los municipios, considerando su dimensión ambiental, social y
económica, asegurando la participación e involucramiento de todos los
actores locales, lo cual compartimos y adoptamos.
Que a través de su ARTÍCULO 10° se invita a los Estados Provinciales a
través del COFEMA, a la FEDERACIÓN ARGENTINA DE MUNICIPIOS, a los
municipios, a las Universidades Nacionales y a las organizaciones de la
sociedad civil y cooperativas de temáticas ambientales a efectos de
interiorizarse, inscribirse y/o participar del presente PLAN y en
particular a los municipios y comunas de todo el país a efectos de
realizar todas las acciones necesarias conducentes a la suscripción de
los Planes Territoriales Innovadores (PlaTI).
Que XXX (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN O ENTIDAD PÚBLICA Y/O PRIVADA,
ASOCIACIÓN U
ORGANIZACIÓN) está dispuesta a colaborar con todos los medios a su
alcance para la elaboración de los planes mencionados y presentará su/s
proyecto/s a la DIDS conforme los reglamentos aprobados a tales efectos.
En prueba de conformidad, se suscribe la presente en la ciudad de …, a
los … días del mes de … de 20…-
ANEXO 2
Modelo de Convenio Específico a ser suscripto entre el Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible y las contrapartes Plan de Acción
Territorial Innovador (PlaTI)
CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN Y
COLABORACIÓN ENTRE LA SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMATICO, DESARROLLO
SOSTENIBLE E INNOVACIÓN DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE DE LA NACIÓN Y LA MUNICIPALIDAD DE XXX DE LA PROVINCIA DE
XXX EN EL MARCO DEL PLAN INTEGRAL "CASA COMÚN"
Entre la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E
INNOVACIÓN DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA
NACIÓN, con domicilio en la calle San Martín N° 451 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por su titular, ...
, en adelante "SCCDSeI" por una parte y la MUNICIPALIDAD de
... de la PROVINCIA DE ... , con domicilio en la
calle ... de la localidad de ... Provincia de
... , representado en este acto por ... , DNI
N° ... , en adelante "LA MUNICIPALIDAD", por la otra,
acuerdan celebrar el presente7 CONVENIO ESPECIFICO:
CLÁUSULA PRIMERA: El presente Convenio Específico tiene por objeto la
mutua colaboración entre las PARTES en el desarrollo y coordinación de
acciones vinculadas a la elaboración del Plan de Acción de
Sostenibilidad (en adelante PASos) de la Municipalidad de
... y el desarrollo de actividades de asistencia técnica,
económica y de capacitación en el marco del Plan Integral CASA COMÚN,
aprobado por la Resolución XXX.
CLÁUSULA SEGUNDA: La "SCCDSeI" asistirá a "LA MUNICIPALIDAD" en la
implementación del PlaTI, que como Anexo I forma parte integrante del
presente.
CLÁUSULA TERCERA: "LA MUNICIPALIDAD" designará un Responsable Técnico,
quien será el contacto con "SCCDSeI" en todas las cuestiones atinentes
al desarrollo del PlaTI. En caso de sustitución de éste, "LA
MUNICIPALIDAD" deberá notificar inmediatamente y en forma fehaciente a
la "SCCDSeI".
CLÁUSULA CUARTA: "LA MUNICIPALIDAD" tendrá a su cargo, y por tanto será
la única responsable, de la implementación de todos los actos
necesarios para impulsarlas acciones descriptas en el ANEXO I. El plazo
de ejecución a cargo de "LA MUNICIPALIDAD" será de XX días desde la
suscripción del presente.
CLÁUSULA QUINTA: Para cumplir con el objeto establecido en la Cláusula
Primera, la "SCCDSeI" se atendrá a lo estrictamente descripto en el
Anexo I que se acompaña al presente. La "SCCDSeI" estará facultada para
realizar los controles y auditorías que considere pertinentes durante
todo el proceso que conlleve la implementación del PLAN mencionado.
CLÁUSULA SEXTA: El personal afectado para el desarrollo de las tareas
acordadas en el PlaTI, no tendrá vinculación laboral alguna con la
"SCCDSeI" "LA MUNICIPALIDAD" mantendrá indemne a su costa a la
"SCCDSeI" y a su personal contra todos los juicios, reclamos, demandas
y responsabilidades de toda naturaleza o especie, incluidas las costas
y gastos que se deriven de cualquier acto u omisión.
CLÁUSULA SEPTIMA: El plazo de duración del presente Convenio Específico
será de TRES (3) años contados a partir de su suscripción.
CLAUSULA OCTAVA: "LA MUNICIPALIDAD", una vez vencido el plazo de
ejecución, deberá rendir cuentas del cumplimiento de las metas del
PlaTI, conforme las pautas establecidas en la Resolución de creación
del Plan "Casa Común", sujeto a la aprobación a través de las visitas
técnicas por parte de la "SCCDSeI".
CLAUSULA NOVENA: Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente
mediando notificación fehaciente a los domicilios denunciados "ut
supra" con una antelación mínima de TREINTA (30) días corridos y no
dará derecho a ningún tipo de indemnización.
CLÁUSULA DECIMA: Para todos los efectos que se deriven del presente
Convenio Específico, LAS PARTES convienen en someterse a la
Jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal
con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a
cualquier otro fuero de excepción que pudiera corresponderles, y fijan
sus domicilios a todos los efectos legales en los denunciados en el
encabezado
En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo
tenor y a un solo efecto.
Informe
Número:
IF-2020-37223832-APN-DIDS#MAD
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 9 de Junio de 2020
Referencia: ANEXO II -
INSTRUCTIVO PLAN INTEGRAL CASA COMUN
ANEXO II
INSTRUCTIVO
PLAN INTEGRAL "CASA COMÚN"
INDICE
1. OBJETIVOS, PROGRAMAS Y PRODUCTOS
1.1 INDICADORES PARA LA DEFINICIÓN DE LAS METAS DEL PLAN
2. ESQUEMA INSTITUCIONAL
2.1 PARTES INTERVENIENTES
2.2 RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
2.2.1 SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMATICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN
2.2.2 SUBSECRETARIA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL
2.2.3 DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
2.2.4 ENTES EJECUTORES
a) Provincias y Municipios
b) Organismos descentralizados y/o otros entes de la Administración
Pública Provincial y Municipal
c) Universidades Públicas
3. ASPECTOS FINANCIEROS Y
PRESUPUESTARIOS
3.1 PARÁMETROS PARA LA FEDERALIZACIÓN DE LOS RECURSOS
3.2 FINANCIAMIENTO COMPARTIDO
3.3 FINANCIAMIENTO DE PROGRAMAS PROVINCIALES Y MUNICIPALES
3.4 ANTICIPOS Y MODALIDAD DE LAS TRANSFERENCIASFINANCIERAS
4. CICLO DE LOS PROYECTOS
4.1 FASE DE EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS PROYECTOS
a) Instrumentación y Presentación
b) Presentación del proyecto
c) Fundamentos de la solicitud
d) Proyecto
e) Proyectos elegibles
f) Criterios de elegibilidad
g) Requisitos
h) Firma de Convenio Particular
4.2 FASE DE EJECUCIÓN
a) Inicio del Proyecto
b) Ejecución de los módulos específicos
c) Condiciones de acceso a la asistencia
d) Modificación del Proyecto
e) Rescisión o Cesión del Contrato de Ejecución de Proyectos
f) Metodología de Rendición de Cuentas
4.3 FASE DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS PROYECTOS
4.4 FASE DE CIERRE
1. OBJETIVOS, PROGRAMAS Y PRODUCTOS
Los objetivos, programas y productos de CASA COMÚN son los aprobados
mediante la Resolución que lo crea y sus normas complementarias o
modificatorias.
1.1 INDICADORES PARA LA DEFINICIÓN DE LAS METAS DEL PLAN
Las metas físicas e indicadores son los aprobados en el marco de la
Planificación presupuestaria e se irán ampliando o modificando en
función a la reglamentación de los nuevos programas y los sistemas
creados a la medición de los mismos.
2. ESQUEMA INSTITUCIONAL
2.1 PARTES INTERVENIENTES:
• SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMATICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN
del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
• SUBSECRETARIA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONALdel Ministerio
de Ambiente y Desarrollo Sostenible
• Unidad de Gestión: Dirección de Innovación para el Desarrollo
Sostenibles (en adelante DIDS) a través de las Coordinaciones bajo su
órbita.
• Entes Ejecutores: La ejecución de los proyectos se realizará a través
de las Provincias, Municipios, organismos descentralizados u otros
Entes de la Administración Pública Provincial y Municipal, las
Universidades Públicas y Organizaciones de la Sociedad Civil.
2.2 RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
2.2.1 SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMATICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E
INNOVACIÓN del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
- Suscribir los convenios específicos promovidos por la DIDS.
- Monitorear el seguimiento de los proyectos e interactuar con las
temáticas de su incumbencia en la planeación territorial.
- Gestionar los desembolsos de cada proyecto que se lleve adelante en
el marco del Plan Integral "Casa Común" de conformidad con el
procedimiento administrativo que se establezca.
- Informar los incumplimientos de los convenios particulares a la
UNIDAD GABINETE DE ASESORES y a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA a efectos de tomar las medidas que estimen corresponder.
2.2.2 SUBSECRETARIA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
- Elaborar y suscribir los instrumentos necesarios para la
implementación del PROGRAMA DE INVOLUCRAMIENTO DE JOVENES Y
ADOLESCENTES AL DESARROLLO SOSTENIBLE "HACIENDO LÍO POR NUESTRA TIERRA"
- Aprobar la Convocatoria Nacional de participación de organizaciones
de la sociedad civil al Programa citado precedentemente
- Aprobar los resultados de la Convocatoria y la asignación de los
beneficios a los destinatarios.
- Aprobar los contenidos y las herramientas para realizar las
capacitaciones. Todo ello, a través de las áreas específicas
correspondientes.
2.2.3 DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
- Confeccionar y difundir los manuales y guías de presentación y
gestión deproyectos.
- Definir los criterios de elegibilidad.
- Canalizar las solicitudes de financiamiento de los Entes Ejecutores
coordinando su correspondiente evaluación con ajuste a los parámetros
establecidos en este Plan, asegurando brindar a dichos entes la
respuesta e información correspondiente.
- Analizar y evaluar la documentación presentada por los Entes
Ejecutores y solicitar y recibir correcciones y/o ampliaciones del
proyecto.
- Autorizar la emisión de la Constancia de Factibilidad Técnica y la
Constancia de Factibilidad Financiera para cada proyecto a ser
financiado.
- Promover la firma de los convenios específicos entre la SCCYDS y los
Entes Ejecutores.
- Llevar adelante las acciones necesarias de supervisión para el logro
de una ejecución adecuada y eficiente de los proyectos, verificando el
cumplimiento de los convenios particulares que se suscriban.
- Supervisar el cumplimiento de las planificaciones, metas y objetivos
establecidos.
- Colaborar con las auditorías y preparar los informes que correspondan
a tal fin.
2.2.4 ENTES EJECUTORES
a) Provincias y Municipios
- Participar de jornadas de planificación estratégica, identificación y
concertación de prioridades de actuación.
- Presentar los proyectos y eventualmente adecuarlos según las
correcciones que se le indiquen a los efectos de obtener la Constancia
de Factibilidad Técnica y la Constancia de Factibilidad Financiera.
- Propender al cofinanciamiento de los proyectos que en el marco del
presente plan se ejecuten.
- Suscribir los convenios específicos con el MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE
- De corresponder, llevar adelante la selección de los contratistas y
su posterior contratación, en el marco de la normativa vigente. En el
caso de realizarse el procedimiento de Licitación Pública, el valor de
los pliegos deberá ser gratuito y los mismos deberán ser publicados en
el sitio web de los Entes Ejecutores, siempre que se no contraríe la
normativa local aplicable.
- De corresponder, llevar adelante los procesos de selección de las
cooperativas u organizaciones no gubernamentales, en el marco de la
normativa vigente, debiendo éstas encontrarse legalmente constituidas.
- Llevar adelante la ejecución y dirección de cada componente del
proyecto que se ejecute por administración, cumpliendo las obligaciones
acordadas.
- Llevar adelante un exhaustivo seguimiento de los proyectos así como
las inspecciones que correspondan, controlando el cumplimiento de los
mismos cuando fuese ejecutado por empresas, cooperativas, u otras
personas jurídicas y notificando en forma inmediata a la Unidad de
Gestión respecto de cualquier tipo de incumplimiento.
- Realizar y visar las certificaciones de avance, actas de inicio y de
final de los proyectos.
- Realizar los informes específicos con carácter de declaración jurada
que le sean solicitados, incluyendo la recepción provisoria y
definitiva de la obra.
- Fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico en materia
laboral y de la seguridad social, riesgos del trabajo y de seguridad e
higiene en el trabajo.
- Llevar adelante las acciones posteriores a la finalización de la obra
que se convengan.
- En caso de obras acreditar que el proyecto se encuentra localizado en
inmuebles pertenecientes al Estado Nacional, Provincial, Municipal; o
adquiridos por sus ocupantes, por si o por intermedio de alguna entidad
que los represente; o bien por un proceso expropiatorio.
En el caso de que el inmueble pertenezca al Estado Nacional, deberá
acreditarse la correspondiente autorización para llevar adelante las
obras.
- Asegurar la participación ciudadana como un pilar esencial para el
desarrollo sostenible del proyecto, construyendo espacios de
participación, convivencia y concertación colectiva.
- Obtener las autorizaciones, aprobaciones y demás actos que
correspondan, que permitan la viabilidad del proyecto y/o de su
ejecución, debiendo presentar las factibilidades en materia
medioambientales.
- Proveer, cuando corresponda, los recursos de financiación en la forma
comprometida, incluyendo la obtención de las garantías convenidas.
b) Organismos descentralizados y/o otros entes de la Administración
Pública Provincial y Municipal
- Presentar los proyectos y eventualmente adecuarlos según las
correcciones que se indiquen a los efectos de obtener la Constancia de
Factibilidad Técnica y la Constancia de Factibilidad Financiera.
- Propender al cofinanciamiento de los proyectos que en el marco del
presente plan se ejecuten.
- Suscribir los convenios particulares con el MINISTERIO AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE
- De corresponder, llevar adelante la selección de los contratistas y
su posterior contratación, en el marco de la normativa vigente. En el
caso de realizarse una Licitación Pública, el valor de los pliegos
deberá ser gratuito y los mismos deberán ser publicados a través del
sitio web de los Entes Ejecutores, siempre que no se contraríe la
normativa local vigente.
- Acreditar que el proyecto se encuentra localizado en inmuebles
pertenecientes al Estado Nacional, Provincial, Municipal; o adquiridos
por sus ocupantes, por si o por intermedio de alguna entidad que los
represente; o bien por un proceso expropiatorio.
- En el caso de que el inmueble pertenezca al Estado Nacional, debe
acreditarse la correspondiente autorización para llevar adelante las
obras.
- Llevar adelante un exhaustivo seguimiento de los proyectos así como
las inspecciones que correspondan, controlando el cumplimiento de los
mismos cuando fuese ejecutado por empresas, cooperativas, u otras
personas jurídicas, y notificando en forma inmediata a la Unidad de
Gestión respecto a cualquier tipo de incumplimiento.
- Realizar y visar las certificaciones de avance, actas de inicio y de
final los proyectos.
- Realizar informes específicos con carácter de declaración jurada que
le sean solicitados, incluyendo la recepción provisoria y definitiva de
la obra/servicios.
- Fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico en materia
laboral y de la seguridad social, riesgos del trabajo y de seguridad e
higiene en el trabajo.
- Asegurar la participación ciudadana como un pilar esencial para el
desarrollo sostenible del proyecto, construyendo espacios de
participación, convivencia y concertación colectiva.
- Obtener las autorizaciones, aprobaciones y demás actos que
correspondan, que permitan la viabilidad del proyecto y/o de su
ejecución, debiendo presentar las factibilidades en materia ambientales.
- Proveer, cuando corresponda, los recursos de financiación en la forma
comprometida, incluyendo la obtención de las garantías convenidas.
c) Universidades Públicas
- Presentar los proyectos y eventualmente adecuarlos según las
correcciones que se indiquen a los efectos de obtener la Constancia de
Factibilidad Técnica y la Constancia de Factibilidad Financiera.
- Suscribir los convenios particulares con el MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE
- Llevar adelante un exhaustivo seguimiento los proyectos así como las
inspecciones que correspondan, controlando el cumplimiento del los
mismos cuando fuese ejecutado por empresas, cooperativas, u otras
personas jurídicas, y notificando en forma inmediata a la Unidad de
Gestión respecto a cualquier tipo de incumplimiento. -Realizar y visar
las certificaciones de avance, actas de inicio y de final de los
proyectos.
- Realizar los informes específicos con carácter de declaración jurada
que le sean solicitados, incluyendo la recepción provisoria y
definitiva de la obra.
- Fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico en materia
laboral y de la seguridad social, riesgos del trabajo y de seguridad e
higiene en el trabajo.
- Llevar adelante las acciones posteriores a la finalización de las
obras o proyectos que se convengan.
- Acreditar que el proyecto se encuentra localizado en inmuebles
pertenecientes al Estado Nacional, Provincial, Municipal; o adquiridos
por sus ocupantes, por si o por intermedio de alguna entidad que los
represente; o bien por un proceso expropiatorio.
- En caso que el inmueble pertenezca al Estado Nacional, deberá
acreditarse la correspondiente autorización para llevar adelante las
obras.
- Asegurar la participación ciudadana como un pilar esencial para el
desarrollo sostenible del proyecto, construyendo espacios de
participación, convivencia y concertación colectiva.
- Obtener las autorizaciones, aprobaciones y demás actos provenientes
del área competente de la administración pública o de particulares, que
permitan la viabilidad del proyecto y/o de su ejecución, debiendo
presentar las factibilidades en materia medioambientales.
- Proveer, cuando corresponda, los recursos de financiación en la forma
comprometida, incluyendo la obtención de las garantías convenidas.
3. ASPECTOS FINANCIEROS Y PRESUPUESTARIOS
3.1 PARÁMETROS PARA LA FEDERALIZACIÓN DE LOS RECURSOS
Los recursos presupuestarios de "CASA COMÚN" se asignarán por
provincia, por municipio o comuna, de manera equitativa y solidaria,
dando prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad
de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional.
3.2 FINANCIAMIENTO COMPARTIDO
El financiamiento de los proyectos podrá ser compartido entre la DIDS y
los Entes Ejecutores, debiendo los Entes Ejecutores fundar
adecuadamente su solicitud, de acuerdo a la normativa vigente.
3.3 FINANCIAMIENTO DE PROGRAMAS PROVINCIALES Y MUNICIPALES
Se podrán financiar programas provinciales y/o municipales, siempre que
compartan los objetivos y sean equivalentes sus componentes y productos
con los del presente plan.
Los Entes Ejecutores deberán solicitar la correspondiente Constancia de
Factibilidad Técnica y la Constancia de Factibilidad Financiera para
cada uno de los proyectos a ejecutar.
3.4 ANTICIPOS Y MODALIDAD DE LAS TRANSFERENCIAS FINANCIERAS
En cada convenio particular se definirá el anticipo financiero el cual
podrá alcanzar hasta el TREINTA POR CIENTO (30%) del monto del total
acordado. Salvo estipulación particular, el saldo restante del Proyecto
se transferirá contra certificación de avance hasta el TREINTA POR
CIENTO (30%) del monto del total acordado y descuento proporcional del
anticipo y una vez finalizado el proyecto hasta el CUARENTA POR CIENTO
(40%) restante.
4. CICLO DE LOS PROYECTOS
CASA COMUN se instrumenta en base a los lineamientos fijados en el
presente Reglamento, las normas complementarias que se dicten y los
Convenios Específicos que se suscriban en el marco del mismo.
4.1 FASE DE EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS PROYECTOS
a) Instrumentación y Presentación
Los Solicitantes, podrán presentar proyectos ante la DIDS, mediante
nota de solicitud física o mediante la modalidad TAD, en la cual
deberán incluir la información y la documentación específica necesaria
según se establezca para cada tipo de proyecto.
b) Presentación del proyecto
Los Entes Ejecutores deberán presentar ante la DIDS el Plan de Acción
Territorial Innovador (en adelante "PlaTI") con todos sus proyectos
relacionados conforme lo aquí reglamentado.
c) Fundamentos de la solicitud
La cantidad y especificidad de los proyectos cuya financiación se
solicite, deberá estar adecuadamente justificada por los Solicitantes
según los lineamientos específicos de cada programa, en base a datos
fehacientemente comprobables, teniendo en cuenta para su
dimensionamiento las necesidades y problemáticas abordadas por cada
ciudad donde se prevé llevar adelante el proyecto.
d) Proyecto
Información sobre el Proyecto a desarrollar que debe incluirse al
solicitar los fondos para su ejecución.
1) El problema o necesidad a resolver.
2) El diagnóstico de la situación socio ambiental.
3) La justificación y breve descripción del proyecto que se presenta.
La memoria técnica del Proyecto; parámetros de diseño; especificaciones
técnicas; planos de las intervenciones; beneficiarios; mano de obra a
emplear; insumos necesarios; actividades de mantenimiento; construcción
de alambrados perimetrales y/o para la realización de clausuras; etc.
(dependiendo de las características de la intervención propuesta). Si
el proyecto contempla la adquisición de equipamiento deberá
presentarse: (i) Memoria descriptiva indicando la necesidad de adquirir
el equipamiento. (ii) Especificaciones técnicas. (iii) Mecanismo
previsto para la adquisición: licitación o concurso de precios, de
acuerdo a la legislación local vigente. (iv) Plan de capacitación del
personal encargado de la operación del equipamiento, en caso que
corresponda.
4) El esquema de gestión para la ejecución y el posterior
mantenimiento. Metodología de ejecución, ya sea por administración o
por contratación a terceros.
5) El plan de capacitación del personal encargado de la ejecución del
proyecto.
6) Los resultados esperados al finalizar la ejecución del Proyecto.
7) La continuidad y autosustentabilidad del Proyecto una vez finalizado.
8) La planilla de cómputo y presupuesto, análisis de precios de insumos
y mano de obra.
9) El presupuesto del Proyecto.
10) Las otras fuentes de financiación o de aportes, en caso de
corresponder.
11) El cronograma de Desembolsos previsto. Fecha tentativa de inicio de
las actividades. Cronograma de actividades.
12) Las consideraciones ambientales: precauciones a tomar y/o medidas
de mitigación.
e) Proyectos elegibles
Los proyectos elegibles para la asistencia técnica y/o económica
(financiera o mediante entrega de bienes) por parte de la DIDS son
aquellos que:
1) Contribuyan a proteger y potenciar el patrimonio natural, la
biodiversidad y los recursos naturales.
2) Contribuyan a la optimización del consumo energético, la promoción
de las energías renovables y la reducción de la emisión de gases de
efecto invernadero producto de los procesos de generación de energía.
3) Permitan asistir y capacitar para la generación de redes de
movilidad sostenibles.
4) Contribuyan en la mejora del acceso al agua segura y el saneamiento
del agua y de ríos.
5) Fomenten la movilidad sostenible, la gestión sostenible de residuos,
el tratamiento de efluentes y el mantenimiento de reservas naturales
municipales.
6) Promuevan la equidad, el fortalecimiento institucional y la
educación ambiental.
7) Contribuyan a fomentar técnicas de resiliencia en el ámbito local
8) Contribuyan con la sostenibilidad en todo el ciclo de vida de uso de
materiales y recursos, comprendiendo las etapas de compra, operación y
mantenimiento, re-uso y reciclaje y disposición y gestión integral de
residuos.
9) Contribuyan a modernizar la gestión local con incidencia en el eje
ambiental.
10) Fomenten el desarrollo del turismo local sustentable, en especial,
aquellos que reduzcan el impacto de la actividad turística en el
ambiente adoptando criterios amigables con el entorno.
11) Fomenten el acceso universal a zonas verdes y espacios públicos
seguros, inclusivos y accesibles, en particular para los niños, las
personas de edad y las personas con discapacidad.
12) Promuevan la implementación de prácticas sostenibles en viviendas y
edificaciones urbanas y rurales y el empleo verde.
13) Propicien el desarrollo de una urbanización inclusiva y sostenible
con una planificación y gestiones participativas, integradas y
sostenibles.
14) Impulsen la capacitación de agentes de cambio activos que promuevan
la ecologización del mercado laboral en general, creando oportunidades
de empleo decente.
15) Establezcan un ámbito de reflexión, sensibilización y compromiso
entre los sectores vinculados al Hábitat, la Arquitectura y la
Construcción, teniendo como eje principal la dimensión de la
sostenibilidad en su desarrollo
Las áreas temáticas de intervención y asistencia enunciadas
precedentemente no son excluyentes, pudiendo un proyecto incluir más de
una categoría. Si el proyecto presentado no estuviera comprendido
dentro de una de las categorías tipificadas precedentemente, pero por
su relación con los objetivos, resultará de interés su puesta en
marcha, podrá ser considerado elegible por la DIDS.
f) Criterios de elegibilidad
Las Coordinaciones de la DIDS analizarán los criterios de elegibilidad
de los proyectos, a fin de colaborar en el orden de prioridad a
establecerse en las solicitudes presentadas por los Entes Ejecutores
debiendo privilegiar aquellos proyectos que contemplen los siguientes
requisitos:
- Cuidado y uso responsable del medioambiente.
- Aprovechamiento de las facilidades existentes en el lugar.
- Menor costo con máximo beneficio.
- Innovación y sostenibilidad del proyecto.
- Utilización de mano de obra del lugar en la ejecución del proyecto,
ya sea por medio de Cooperativas de Trabajo, autogestión, o cualquier
forma de participación comunitaria.
- Cuestiones de género
g) Requisitos
Un Proyecto será considerado elegible cuando reúna los siguientes
requisitos:
1) Que se ajuste a las áreas temáticas de intervención y asistencia
atendidas por la DIDS en sus planes específicos.
2) Que el Ente Ejecutor disponga de la capacidad legal, técnica,
espacial y operativa para ejecutar el Proyecto presentado de acuerdo al
cronograma propuesto.
3) Que los componentes del proyecto se encuentres justificados técnica
y presupuestariamente. No se dará curso a gastos presupuestados que no
estén especificados y sustentados en presupuestos previos al
otorgamiento de los fondos.
4) Que el Ente Ejecutor no se halle incurso en incumplimientos o
morosidad ni en la ejecución ni en la rendición de acuerdos celebrados
o subsidios otorgados en el ámbito del MINISTERIO.
h) Firma del Convenio Particular
Sorteadas las etapas anteriores, se procederá a suscribir el Convenio
correspondiente a efectos de concretar las asistencias financieras,
técnicas o las entregas de equipamientos conforme las condiciones y
obligaciones establecidos en los mismos.
El aporte a realizar a cada Proyecto será libremente determinado por la
DIDS en función de la evaluación que se realice de la propuesta técnica
y presupuestaria presentada y la disponibilidad de los créditos legales
vigentes en el Programa presupuestario correspondiente. No se admitirá
ni se asistirá económicamente la ejecución de actividades que no fueran
aprobadas, ni se reconocerán costos o gastos adicionales a los
previstos en el mismo; salvo acuerdo entre las partes que deberá ser
refrendado por el MINISTERIO como adenda el Proyecto original.
4.2 FASE DE EJECUCIÓN
La tramitación administrativa de todo Proyecto se ajustará a los
siguientes criterios:
a) Inicio del Proyecto
Los plazos de tramitación y ejecución, tanto con relación al Ente
Ejecutor como a la DIDS deberán cumplirse estrictamente. La mora en el
suministro de información o documentación relativa al Proyecto, podrá
dar lugar a la suspensión del trámite de asistencia, y al reclamo por
la devolución de los fondos y/o bienes transferidos. La demora en la
fase de ejecución podrá dar lugar a que se disponga la suspensión y
hasta la cancelación del Proyecto conforme se establece en la presente
Guía
b) Ejecución de los módulos específicos
La tramitación de la asistencia evitará toda complejidad innecesaria.
Los expedientes para la tramitación de la aprobación de los Proyectos
deben contener:
i. La carta de adhesión y la registración en el Sistema Integral para
el Desarrollo Sostenible (SIDeS)
ii. El envío de la Nota de presentación del Proyecto solicitando la
asistencia correspondiente. El Proyecto deberá ser presentado en dos
(2) copias impresas, signado en todas sus hojas por la máxima autoridad
municipal o de la entidad presentante, y una (I) copia digitalizada.
iii. La acreditación de personería de la máxima autoridad municipal en
copia debidamente certificada, o el acta de constitución de la entidad
solicitante y de la designación de sus autoridades.
iv. La designación del referente técnico del proyecto, signada por el
intendente o el titular de la entidad solicitante.
v. La presentación de la documentación que acredite al uso, goce y/o
disposición del predio en el cual se llevará a cabo el proyecto, de
corresponder.
vi. La presentación de la documentación referente a la situación frente
al IVA del Municipio o de la entidad solicitante y el comprobante de la
habilitación de una cuenta corriente específica en el BANCO DE LA
NACION ARGENTINA u otra institución bancaria habilitada. No se podrán
acreditar fondos en cuentas bancarias cuya denominación responda a
gastos corrientes del Municipio u entidades no aplicables al Proyecto.
vii. La evaluación y aprobación del Proyecto por parte de la DIDS
mediante un informe técnico detallado suscripto por los coordinadores
de la DIDS.
viii. La firma del Convenio Específico a celebrar (estableciendo
responsabilidades, garantías, monto de la asignación, compromisos y
Planes de Trabajo, si los hubiere).
ix. El control del cumplimiento de los recaudos establecidos para el
desembolso: Estatutos, Acta de formación del Ente, Ley de creación u
otra documentación legal que habilite la capacidad jurídica del mismo
para aceptar asistencias no reembolsables o contraer préstamos.
c) Condiciones de acceso a la asistencia
Durante la ejecución del Proyecto o a su finalización, se deberán
prever:
i. Actos de verificación del cumplimiento de la ejecución, y su
constancia para la aprobación de la rendición.
ii. La presentación en término de las rendiciones de cuentas y la
aprobación de las mismas.
No existirán otras condiciones para acceder a la asistencia a través de
los proyectos que las contempladas en el presente reglamento. El
derecho de recibir asistencia a toda población potencialmente
beneficiaría está sujeto a la correspondiente disponibilidad de
recursos.
El estudio del proyecto comprenderá el análisis de su viabilidad
técnica, presupuestaria, legal, ambiental, institucional y
socioeconómica. Durante la etapa de estudio, la DIDS podrá requerir al
solicitante que formule correcciones o ampliaciones, o bien proporcione
la información o documentación respaldatoria o complementaria que se
considere necesaria, concediéndole en todos los casos, plazos acordes a
la complejidad y motivo de la requisitoria
A los efectos de facilitar el control de gestión de los Proyectos se
observarán las siguientes reglas de gestión interna:
1) Para cada Proyecto se llevará un sólo y único expediente numerado,
identificado por el nombre de la localidad o núcleo beneficiario, en el
cual se agregarán todas las actuaciones relativas al Proyecto.
2) La Coordinación de Ciudades Sostenibles y Resilientes de la DIDS
podrá llevar un registro ad-hoc con copias de los documentos
requeridos. Sera su responsabilidad mantener el buen orden y la
seguridad de cada tramitación.
3) Los actos administrativos y acuerdos deberán contar con control de
legalidad y control financiero de las áreas competentes del MINISTERIO
en un todo conforme a lo establecido mediante Resolución 494 - E/2016.
Se tendrá por desistido todo Proyecto procediendo a su archivo, cuando
el Ente Ejecutor no complete los requisitos de esta Guía dentro de los
NOVENTA (90) días corridos de iniciado el expediente administrativo,
salvo razones excepcionales. La caducidad del trámite operara de pleno
derecho, sin necesidad que el MINISTERIO formule notificación alguna.
d) Modificación del Proyecto.
Por circunstancias imprevistas debidamente justificadas podrán
modificarse aspectos técnicos del proyecto o ampliaciones de plazos de
los proyectos. Las eventuales modificaciones técnicas o ampliaciones de
plazo sólo podrán realizarse con el control previo de la Subsecretaría
de Hábitat y Desarrollo Humano y la aprobación de la SECRETARÍA DE
CAMBIO CLIMATICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN
e) Rescisión o Cesión del Contrato de Ejecución de Proyectos.
Cuando los proyectos sean ejecutados por terceros contratados mediante
el procedimiento de Licitación Pública, los Entes Ejecutores, ante el
incumplimiento por parte de la empresa contratista del contrato
firmado, podrán resolver dicho contrato o promover la cesión del mismo
a otra empresa. En ambos casos, deberán informar en forma previa a la
DIDS las razones por las cuales se resuelve o cede el contrato,
acreditándose el cumplimiento de todos los pasos legales previstos en
los pliegos y toda la normativa aplicable al efecto.
f) Metodología de Rendición de Cuentas.
En lo que respecta a rendición de cuentas y control, será aplicable al
presente plan la normativa vigente en el Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible. (Resolución 494 - E/2016) con sus normas
complementarias o modificatorias y la Disposición 42/2019 de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.
Asimismo, a efectos de mejorar los ambientes de control para el fácil
ejercicio de las auditorías internas y externas del sistema de control
gubernamental y su trabajo conjunto con el sistema federal de control y
los tribunales de cuentas provinciales, se recomienda complementar sus
requerimientos con:
1) Un ítem valorizable en cada plan a efectos cubrir los costos
correspondientes a un agente que certifique y controle todos los gastos
incluidos en las rendiciones. Dicho costo se canalizará a través de un
sistema del tipo fondo rotatorio donde se adelantara un 20 % del costo
total y será repuesto una vez rendida la asignación del agente de
control con su correspondiente identidad y certificaron pertinente.
2) Asimismo los beneficiarios deberán acogerse al siguiente tratamiento
de apertura de cuentas bancarias:
La individualización de la cuenta bancaria receptora de los fondos, la
cual deberá cumplir con las siguientes consideraciones:
- Entes Provinciales, que tengan operativo el Sistema de Cuenta Única
del Tesoro Provincial, deberán abrir una cuenta escritural por cada
Acuerdo y/o Convenio, a los efectos de identificar las transacciones
pertinentes que surjan de la ejecución de dicho instrumento.
- Entes Provinciales que no tengan operativo el Sistema de Cuenta Única
del Tesoro Provincial y Municipios que integran el Gran Buenos Aires
(1), de la Provincia de BUENOS AIRES, deberán abrir una cuenta
corriente bancaria, en una de las Entidades financieras que operan como
agentes de pago de la Cuenta Única del Tesoro Nacional, por la
SECRETARIA DE CAMBIO CLIMATICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN
dependiente del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
(1) Entiéndase comprendidos entre los Municipios que integran el Gran
Buenos Aires, a los definidos por el INDEC, los que forman parte de los
siguientes Partidos: Lomas de Zamora, Quilmes, Lanús, General San
Martín, Tres de Febrero, Avellaneda, Morón, San Isidro, Malvinas
Argentinas, Vicente López, San Miguel, José C. Paz, Hurlingham,
Ituzaingó, La Matanza, Almirante Brown, Merlo, Moreno, Florencio
Varela, Tigre, Berazategui, Esteban Echeverría, San Fernando y Ezeiza.
Asimismo, deberán abrir una cuenta contable especial de acuerdo a la
normativa aplicable a cada caso, a efectos de identificar las
transacciones pertinentes que surjan de la ejecución de cada acuerdo
y/o convenio. Se aclara que podrá obviarse la apertura de una cuenta
bancaria específica, en los casos en que se prevea, que el envío de
fondos no se efectúe en forma parcializada y su cumplimiento no sea de
tracto sucesivo. Asimismo, para el caso precedente, la incorporación en
la Tabla de Beneficiarios del Sistema de Información Financiera
"eSIDIF" de nuevas cuentas bancarias receptoras de fondos se deberá
iniciar a través de la unidad ejecutora de programa que corresponda, de
acuerdo a los procedimientos y normativa vigente.
- Otros Entes ajenos al Sector Público Nacional y Municipios no
incluidos en el punto 2) citado precedentemente, deberán utilizar una
cuenta corriente bancaria que tengan habilitada en una de las
instituciones financieras que operan como agentes de pago de la Cuenta
Única del Tesoro Nacional y que estén dadas de alta en la Tabla de
Beneficiaros del "eSIDIF". Asimismo, deberán abrir una cuenta contable
especial de acuerdo a la normativa aplicable a cada caso, a efectos de
identificar las transacciones pertinentes que surjan de la ejecución de
cada acuerdo y/o convenio.
En base a la información suministrada por la DIDS y la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA deberá elaborar un informe en el que se detalle
la situación de las CONTRAPARTES que no hayan cumplido con la
obligación de rendir cuentas, a efectos de elevarlo a consideración de
las máximas autoridades de la Jurisdicción y a la SINDICATURA GENERAL
DE LA NACION, previa intervención de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del
MINISTERIO.
Asimismo, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA realizará las
intimaciones correspondientes conforme el Modelo adjunto en ANEXO 1.
4.3 FASE DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS PROYECTOS
Suscripto el convenio particular, se comenzará con la etapa de
ejecución del proyecto, comenzando a computarse el plazo a partir de la
primera trasferencia acordada conforme lo establecido en el proyecto y
la Resolución 494 - E/2016.
La DIDS deberá realizar el seguimiento de la ejecución de los PlaTi
aprobados. En tal sentido, podrá requerir la presentación de los
documentos que se detallan a continuación, los cuales deberán ser
entregados sin demoras por los Entes Ejecutores:
- Cronogramas de obras y acciones actualizados, con cálculo de fechas
de finalización probable en función a posibles desvíos en los plazos de
ejecución originalmente previstos.
- Resumen de movimientos de la cuenta bancaria destinataria de los
desembolsos del período de tiempo que le fuese requerido.
- Auditorías técnicas independientes con costas al Ente Ejecutor
- Copias autenticadas de actas, partes o libros.
- Listado de pre adjudicatarios y/o adjudicatarios con la información
que de cada uno de ellos se requiera.
- Cualquier otra documentación pertinente necesaria para el control en
la ejecución de las obras y acciones.
4.4 FASE DE CIERRE
Una vez concluidos los proyectos y acciones comprometidas en los
convenios específicos, se efectuará un informe por parte de la
Coordinación de Ciudades Sostenibles sobre los resultados y el cierre
definitivo de los mismos con sus correspondientes mejoras.
ANEXO 1
MODELO DE INTIMACION
Buenos Aires, ... de … de …
SEÑOR GOBERNADOR / INTENDENTE / OTROS:
No habiéndose recibido hasta la fecha la rendición de cuentas
correspondiente en los términos de la Resolución del MINISTERIO DE
AMBIENTE y DESARROLLO SOSTENIBLE N°494 - E/2016 y sus modificatorias,
intimo a Usted para que en el plazo perentorio e improrrogable de
TREINTA (30) días hábiles, proceda a efectuar la misma o a reintegrar
al ESTADO NACIONAL la suma total de PESOS ... ($ ... ) en concepto de
fondos transferidos en virtud del Convenio ... (Marco/Específico/otros)
suscrito en fecha ... , efectuando un depósito en la Cuenta Recaudación
TGN N° 2510/46 de la TESORERIA GENERAL DE LA NACION en el BANCO NACION
ARGENTINA - Sucursal Plaza de Mayo o bien entregando un cheque
certificado a la orden del BANCO NACION ARGENTINA, endosado con la
leyenda "para ser depositado en la Cuenta N° 2510/ 46 Recaudación TGN".
Transcurrido el plazo antes mencionado sin que se verifique el
reintegro de los fondos transferidos y/o la regularización de tal
situación, se procederá a iniciar las acciones judiciales pertinentes
para hacer efectivo el cobro de dichas sumas. Asimismo, en caso que sea
de aplicación el Decreto N° 225 de fecha 13 de marzo de 2007, se
comunicará a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, órgano actuante en el
ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la existencia de tal situación,
quien será la encargada de comunicarlo a los Órganos de Control de la
Jurisdicción Provincial o Municipal según corresponda.
Saludo a usted atentamente.
AL SEÑOR GOBERNADOR / INTENDENTE / OTROS D.
(nombre del funcionario)
S/D
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