MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Resolución 200/2020

RESOL-2020-200-APN-MAD

Ciudad de Buenos Aires, 10/06/2020

VISTO: el Expediente Nº EX-2020-36385024-APN-DRI#MAD del Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, la Ley General del Ambiente N° 25.675, la Ley de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global N° 27.520, el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, y el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, la Decisión Administrativa N° 262 de fecha 28 de febrero de 2020, la Resolución N° 378 de fecha 13 de octubre de 2016 del ex MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, y sus respectivas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL establece el derecho de todos los habitantes a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano donde las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, atribuyendo, asimismo, a las autoridades el deber de proveer protección del derecho a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.

Que mediante la Ley General del Ambiente N° 25.675 se establecieron los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.

Que mediante la Ley de Adapatación y Mitigación al Cambio Climático Global N° 27.520 se establecieron los presupuestos mínimos de protección ambiental para garantizar acciones, instrumentos y estrategias adecuadas de adaptación y mitigación al cambio climático en todo el territorio nacional.

Que la precitada Ley, establece en sus artículos 18 y 19 que el “Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático” tiene como una de sus finalidades la de la reevaluación de los planes actuales para aumentar la solidez de los diseños de infraestructuras y las inversiones a largo plazo, incluyendo en la misma las proyecciones de crecimiento poblacional y de posibles migrantes ambientales y que debe contener como Contenidos Mínimos acciones y medidas de Definición y aplicación de los métodos y herramientas para evaluar los impactos y la capacidad de adaptación de los sistemas sociales y naturales y la determinación de los puntos vulnerables y de medidas de adaptación adecuadas a corto, mediano y largo plazo.

Que existe una problemática vinculada a la presión que se ejerce sobre la infraestructura existente en las grandes ciudades que requiere para su solución de una planificación integral ambiental que permita mejorar la calidad de vida de los argentinos.

Que en el contexto global de crecimiento constante de las ciudades y de sus conurbaciones, se observa una mayor incidencia de éstas en los impactos negativos al ambiente a escala planetaria y por ende se requiere contrarrestar esta tendencia mediante la adopción de medidas conducentes a reducir dichos impactos, incluyendo el incremento de la resiliencia y la reducción de la vulnerabilidad.

Que la promoción de patrones sostenibles de consumo y producción, es parte de los requisitos indispensables para alcanzar el desarrollo sostenible, y así han sido reconocidos en los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Que, en atención a ello, resulta evidente la necesidad de integrar, articular, promover y apoyar esfuerzos locales de carácter técnico, político y social tendientes al mejoramiento y conservación del ambiente como estrategia para mejorar la calidad de vida de todos los habitantes de la Nación Argentina.

Que por el artículo 1° de la Ley N° 27.541 se declaró la emergencia pública en materia sanitaria con relación al coronavirus COVID-19, escenario que conllevó a la adopción de nuevas medidas oportunas, rápidas, eficaces y urgentes a fin de mitigar su propagación y su impacto sanitario creando una situación socio-económica sin precedentes por lo cual creemos imprescindible entrar en un ciclo de “reactivación sostenible”.

Que la participación de organizaciones de la sociedad civil de todo el territorio nacional es relevante a fin de desarrollar lineamientos estratégicos de anclaje territorial basados en la participación, en especial de la población joven, y la educación ciudadana con perspectiva ambiental por lo cual se contempla como parte del plan CASA COMÚN el PROGRAMA DE INVOLUCRAMIENTO DE JOVENES Y ADOLESCENTES AL DESARROLLO SOSTENIBLE “HACIENDO LÍO POR NUESTRA TIERRA”.

Que abordar la promoción de la producción sostenible de alimentos y el fortalecimiento institucional de municipios en materia de agroecología constituirá una forma de contribuir al Plan Nacional Argentina contra el hambre, en especial en su objetivo para garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de toda la población, a través del PROGRAMA DE PRODUCCION SOSTENIBLE DE ALIMENTOS “TIERRA VIVA”.

Que es fundamental iniciar acciones tendientes a desvincular el crecimiento económico del uso de los materiales y la contaminación, por lo cual se promoverá la recuperación de materiales y el aprovechamiento eficiente de los recursos a lo largo de todo el ciclo de vida de los productos a través del PROGRAMA DE FOMENTO A LA ECONOMIA CIRCULAR MUNICIPAL “RE-HACER”.

Que los nuevos proyectos que brindan soluciones innovadoras y crean oportunidades a partir de la perspectiva ambiental requieren herramientas específicas para desarrollarse y crecer, lo cual se ejecutará a través del PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE EMPRENDEDORES Y PROYECTOS SOSTENIBLES “REACTIVACION SOSTENIBLE”.

Que las áreas naturales y el arbolado constituyen elementos centrales para la mejora de la calidad de vida y para garantizar el acceso a un ambiente sano, en especial en contextos urbanos, por lo cual estos serán apoyados desde el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO RESERVAS NATURALES URBANAS, VIVEROS MUNICIPALES Y ÁREAS VERDES “VERDE VIDA”.

Que la transición hacia patrones de consumo y producción sostenibles requiere un abordaje particular a nivel local, y considerando el rol que pueden cumplir las ciudades para alcanzar este objetivo, se trabajará a través del PROGRAMA DE CONSUMO Y PRODUCCIÓN SOSTENIBLE “CRECER”.

Que el presente plan constituye una política de Estado basada en un enfoque integral, guiada por el consenso y la participación de distintos actores de la sociedad. La implementación del Plan involucra el trabajo conjunto de diversos organismos y niveles del Estado nacional, provincial, y municipal, y actores de la sociedad civil que acompañan acciones para la atención de la población destinataria y el logro de los objetivos planteados.

Que todo esto demandará un importante esfuerzo de trabajo interdisciplinario e interjurisdiccional dada la transversabilidad y la territorialidad de las políticas planteadas, por lo cual, es menester instruir a las áreas pertinentes a consolidar planes y proyectos conjuntamente con las demás carteras del Poder Ejecutivo Nacional para desarrollar acuerdos que impulsen la consecución de los objetivos aquí planteados.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades comprendidas en la Ley N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) modificada mediante el Decreto N° 7 de fecha 10 de Diciembre de 2019 y del Decreto N° 50 de fecha 19 de Diciembre de 2019.

Por ello,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Créase el Plan Integral “Casa Común” conforme Plan de Acción que se aprueba como ANEXO I (IF-2020-37217537-APN-DIDS#MAD) que forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — Pasa a formar parte del Plan Integral “Casa Común” la UNIDAD CIUDADES SUSTENTABLES (UCS) dependiente de la DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

ARTÍCULO 3° — La asignación de los fondos que se transfieran para asistir a los proyectos que se presenten, deberá efectuarse de acuerdo al Instructivo del Plan Integral “Casa Común”, que se aprueba como ANEXO II (IF-2020-37223832-APN-DIDS#MAD) que forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4° — La implementación y ejecución del PROGRAMA DE INVOLUCRAMIENTO DE JOVENES Y ADOLESCENTES AL DESARROLLO SOSTENIBLE “HACIENDO LÍO POR NUESTRA TIERRA” estará a cargo de la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL.

ARTÍCULO 5° — El PROGRAMA DE PRODUCCION SOSTENIBLE DE ALIMENTOS “TIERRA VIVA”, el PROGRAMA DE FOMENTO A LA ECONOMIA CIRCULAR MUNICIPAL “RE-HACER”, el PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE EMPRENDEDORES Y PROYECTOS SOSTENIBLES “REACTIVACION SOSTENIBLE”, el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO RESERVAS NATURALES URBANAS, VIVEROS MUNICIPALES Y AREAS VERDES “VERDE VIDA” y el PROGRAMA DE CONSUMO Y PRODUCCIÓN SOSTENIBLE “CRECER”estarán a cargo de la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN y se ejecutará a través de la DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE.

ARTÍCULO 6° — Instrúyase a la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL y a la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN a impulsar todos los acuerdos necesarios para alcanzar los objetivos del presente PLAN.

ARTÍCULO 7° —Instrúyase a la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL y a la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN a instrumentar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los programas mencionados en los artículos 4° y artículo 5° respectivamente, utilizando, de preferencia, la recepción y remisión por medios electrónicos de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros.

ARTÍCULO 8° — La SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA arbitrará los medios necesarios a los fines de asignar a la DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO SOSTENIBLElos créditos presupuestarios disponibles que fueran imputados a la Unidad indicada en el artículo 2° de la presente.

ARTÍCULO 9°. - Deróguese la Resolución N° 378 de fecha 13 de octubre de 2016 del ex MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y la Resolución N° 391 del 19 de Octubre del 2016 del ex-MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

ARTÍCULO 10° — Invítase a los Estados Provinciales a través del COFEMA, a la FEDERACIÓN ARGENTINA DE MUNICIPIOS, a los municipios, a las Universidades Nacionales y a las organizaciones de la sociedad civil, cooperativas involucradas en temáticas ambientales a efectos de interiorizarse, inscribirse y/o participar del presente plan integral y en particular a los municipios y comunas de todo el país a efectos de realizar todas las acciones necesarias conducentes a la suscripción de los Planes de Acción Territorial Innovadores (PlaTI).

ARTÍCULO 11º. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Cabandie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/06/2020 N° 23217/20 v. 12/06/2020

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)

ANEXO



Informe

Número: IF-2020-3 72175 3 7-APN-DIDS#MAD

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 9 de Junio de 2020

Referencia: ANEXO I - PLAN DE ACCIÓN DEL PLAN INTEGRAL "CASA COMÚN"

ANEXO I

PLAN DE ACCIÓN DEL PLAN INTEGRAL "CASA COMÚN"

INTRODUCCIÓN

El Plan Integral "Casa Común" (de aquí en adelante "CASA COMÚN") se inscribe en los preceptos de la Carta Encíclica "Laudato si" del Papa Francisco sobre el cuidado de la Casa Común. En este sentido, el Papa hace un llamado a los líderes políticos mundiales, a los Estados nacionales y a los pueblos para que se asuma, en forma responsable, el peligro en que se encuentra la humanidad, y se adopten soluciones concretas y consensuadas en vistas de hacer frente a las consecuencias del cambio climático y a la degradación del ambiente.

CASA COMÚN se compone de diversos programas, que abordan las diferentes temáticas que definen una ciudad sostenible conforme las diversas clasificaciones existentes a nivel global y de manera articulada con el resto de las políticas públicas del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. Trabajar en conjunto con los diferentes actores y niveles involucrados, demandará un importante esfuerzo interdisciplinario e interjurisdiccional, dada la transversalidad y la territorialidad de las temáticas objetivos propuestos.

FUNDAMENTOS

CASA COMÚN tiene como objetivo articular acciones entre, actores públicos, privados y de la sociedad civil, en temáticas y necesidades que conlleven a alcanzar una ciudad sostenible adoptando para ésta última la siguiente definición:

"Una ciudad sostenible es aquella que ofrece una adecuada calidad de vida a sus ciudadanos, minimiza su impacto al medio natural, preserva sus activos ambientales y físicos para generaciones futuras, y promueve el desarrollo económico y la competitividad. De la misma manera, cuenta con un gobierno con capacidad fiscal y administrativa para llevar a cabo sus funciones urbanas con la participación activa de la ciudadanía".

Los niveles de urbanización alcanzados en Argentina, ponen de manifiesto la relevancia de trabajar para el desarrollo sostenible de las ciudades.

En este sentido, el Objetivo 11 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible es "Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles". Para ello, en sus Metas, propone "aumentar la urbanización inclusiva y sostenible y la capacidad para la planificación y la gestión participativas, integradas y sostenibles de los asentamientos humanos en todos los países".

Asimismo, la Nueva Agenda Urbana, adoptada en la Conferencia Hábitat III, nos recuerda la correlación entre la urbanización sostenible, el desarrollo y la mejora en la calidad de vida como aspectos que deberían incluirse en todas las políticas y estrategias de renovación urbana.

El rol de las ciudades ha sido identificado como clave para el cumplimiento de los objetivos, estrategias o planes de acción de diferentes Acuerdos Multilaterales sobre Medio Ambiente, entre los cuales la Convención Marco sobre el Cambio Climático y el Convenio sobre la Diversidad Biológica son imprescindibles de mencionar.

En materia de cambio climático, en el marco del Plan Nacional de Adaptación, el abordaje territorial y la articulación con los gobiernos subnacionales resultan esenciales.

El cambio hacia patrones sostenibles de consumo y producción, también tiene un peso relevante en las ciudades. La necesidad de desvincular el crecimiento económico de la degradación del medio ambiente debe plasmarse a través de la eficiencia en el uso de los recursos, la promoción de tecnologías y procesos industriales limpios y ambientalmente racionales. En materia de consumo, los municipios pueden jugar un rol clave al incorporar criterios de sustentabilidad en sus procesos de compras y contrataciones.

I. OBJETIVO GENERAL

CASA COMÚN tiene como objetivo general el desarrollo sostenible de los municipios, considerando su dimensión ambiental, social y económica, asegurando la participación e involucramiento de todos los actores locales.

II. OBJETIVOS ESPECIFICOS

• Asistir técnica y económicamente a los actores involucrados en los Planes de Acción Territoriales e Innovadores (PlaTI).

• Implementar el reconocimiento público a iniciativas y herramientas locales sostenibles, y su difusión.

• Desarrollar e implementar programas y/o planes específicos a nivel local de manera articulada con las distintas carteras ministeriales competentes en las siguientes temáticas:

- Hábitat y Vivienda Sostenible O Producción Sostenible O Consumo Público Sostenible

- Emprendedores, microempresas y PyMES en materia de sostenibilidad O Turismo Sostenible O Trabajo Sostenible

- Eficiencia Energética O Transporte y Movilidad Sostenible O Seguridad Alimentaria

• Desarrollar e implementar programas y/o planes específicos a nivel local de manera articulada con las distintas áreas del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en las siguientes temáticas:

- Gestión de Residuos Sólidos Urbanos O Educación ambiental y participación ciudadana O Planes Locales para la Mitigación y adaptación de Cambio Climático O Forestación y Espacios Verdes

- Construcción y monitoreo de políticas y acciones ambientales O Innovación tecnológica sostenible

• Generar espacios de participación ciudadana, especialmente orientados a la población joven;

• Diseñar e implementar proyectos de centros de producción alimentaria municipales;

• Fomentar el desarrollo de áreas naturales urbanas y viveros municipales;

• Incentivar el desarrollo de proyectos de economía circular municipales;

• Impulsar la transición hacia patrones de consumo y producción sostenibles;

• Apoyar el crecimiento y consolidación de iniciativas innovadoras que incorporen criterios ambientales.

• Diseñar e implementar un sistema de monitoreo y evaluación de resultados e impactos de del presente Plan;

• Diseñar metodologías e indicadores comunes para medir y guiar el desarrollo sostenible en ciudades;

• Establecer mecanismos de capacitación técnica-ambiental para los sectores públicos municipales y organizaciones no gubernamentales, cooperativas, mutuales, gremios involucrados.

III. POBLACIÓN DESTINATARIA

Serán beneficiarios de este Plan, los habitantes de municipios y áreas periurbanas.

IV. METODOLOGÍA

CASA COMÚN será implementado a través de programas, que darán cumplimiento a los objetivos específicos señalados.

La propuesta metodológica de abordaje territorial consiste en el trabajo en tres ejes, en los dos primeros, se elaborará un marco de referencia para que los municipios puedan desarrollar estos temas, mientras que el tercero consistirá en acciones territoriales concretas. Estos ejes son:

1. El sistema de indicadores para conocer el estado y evolución de la sostenibilidad de las ciudades: esto implica sistematizar indicadores existentes y elaborar una guía para su medición y seguimiento.

2. Los planes de acción de sostenibilidad de las ciudades: para este eje se establecerá una metodología de base para la elaboración de los planes de sostenibilidad municipales.

3. Las intervenciones mediante Planes de Acción Territorial Innovadores (PlaTI) consisten en el apoyo Proyectos puntuales que se encuentran dentro de los temas planteados financiables con el presupuesto de la DIDS. Estos temas podrán ser ampliados ante la identificación de otras áreas de oportunidad

V. MODELO DE GESTIÓN Y ENFOQUE INTEGRADO DE CIUDADES SOSTENIBLES

El Plan será implementado desde el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE con otros organismos públicos, para garantizar la coordinación interjurisdiccional e intersectorial de los distintos componentes de CASA COMÚN.

Los programas de CASA COMÚN se construirán trabajando desde el territorio y a partir de una dinámica participativa y transversal con los actores para tener en cuenta un abanico de perspectivas en la elaboración de los documentos de referencia.

Considerando los planes de adaptación locales y marcos regulatorios existentes, se trabajará en territorio para elaborar una metodología de desarrollo de Planes de Acción de Sostenibilidad (PASos) que contemplen a la ciudadanía y las organizaciones sociales, su rol en la planificación y el monitoreo, las estrategias existentes y el contexto en el que desarrollan sus actividades las ciudades, involucrando para lograr esta perspectiva amplia tanto a las autoridades locales municipales, diversas jurisdicciones conforme las temáticas, todas las áreas necesarias del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE y las provincias a través del COFEMA.

VI. PROGRAMAS

CASA COMÚN comprenderá los siguientes programas:

A. PROGRAMA DE INVOLUCRAMIENTO DE JOVENES Y ADOLESCENTES AL DESARROLLO SOSTENIBLE "HACIENDO LÍO POR NUESTRA TIERRA"

Fundamentación

La cuestión ambiental se ha convertido en una problemática central para el desarrollo humano. Ante el deterioro, degradación y descuido del ambiente y sus consecuencias es necesario generar las herramientas y mecanismos necesarios que permitan modificar los modos de vincularse del ser humano con el ambiente. El Programa impulsa el ejercicio solidario de la acción y re significa los saberes comunitarios poniendo en marcha nuevas formas de convivencia y cooperación, atendiendo necesidades reales y sentidas de las comunidades. Esta acción territorial contará con el aval de los gobiernos locales, quienes acompañarán en la difusión y convocatoria para el Programa como en el proceso de formación de los jóvenes y su integración a programas o acciones locales, como un recurso valioso de la comunidad.

Objetivos

El objetivo de este programa consiste en contribuir al fortalecimiento de la capacidad local en conocimiento y promoción en materia ambiental:

- Promover y acompañar el desarrollo de proyectos socios ambientales por parte de organizaciones de la sociedad civil en diferentes localidades del territorio argentino, fortaleciendo a las organizaciones comunitarias a través de apoyo académico y técnico para consolidar su papel como entidades de cambio.

- Capacitar jóvenes de entre 18 y 24 años, con un concepto holístico de Desarrollo Sostenible, como promotores ambientales, para que adquieran las herramientas que les permita llevar adelante prácticas específicas de cuidado ambiental en sus comunidades.

- Sensibilizar y capacitar jóvenes de entre 18 y 24 años, sobre diversos temas ambientales para impulsar su inserción laboral en el campo del empleo verde, específicamente en la promoción ambiental de programas de entidades gubernamentales, organizaciones civiles y cooperativas.

Acciones

1. Convocatoria Nacional de participación de organizaciones de la sociedad civil a fin de desarrollar lineamientos estratégicos de anclaje territorial basados en la participación y la educación ciudadana con perspectiva ambiental.

2. Entrega de Kits para diversos proyectos seleccionados, conforme reglamentación del Programa, para las siguientes temáticas.

A. Promoción y producción de huertas con técnicas agroecológicas

B. Promoción de la economía circular

D. Promoción de la protección de la biodiversidad nativa

C. Promoción y producción de energías renovables/ecoconstrucción

3. Sensibilización y capacitación sobre:

A. Prácticas de producción de huertas con técnicas agroecológicas, suburbanas, urbanas o rurales, para incentivar y promover la producción de alimentos saludables de acceso local, contribuyendo a la soberanía alimentaria de la comunidad y generar estrategias de concientización vinculadas al uso de los espacios comunitarios.

B. Buenas prácticas de la gestión de residuos y las oportunidades de la valorización de los mismos, para incentivar su implementación a nivel institucional, comunitario y/o municipal.

C. Técnicas de producción y consumo de energía renovable a escala domiciliaria y/o comunitaria para promover el uso de fuentes alternativas de energía que permitan reducir la demanda de fuentes no renovables y no amigables con el ambiente y ofrecer una solución a las dificultades de acceso a las mismas.

D. Sensibilización y capacitación sobre el valor de la biodiversidad nativa, sus amenazas y posibilidades de protección, técnicas de reproducción de especies y de plantación, fomento de arbolado de especies nativas en las comunidades locales, reconocimiento de la biodiversidad nativa a nivel local, como un recurso de revalorización de la misma.

B. PROGRAMA DE PRODUCCION SOSTENIBLE DE ALIMENTOS "TIERRA VIVA" Fundamentos

El Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Resolución N° 8/2020 dispuso la creación del PLAN NACIONAL "ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE" en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de la NACIÓN. Su objetivo general es "...garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de toda la población...apoyándose en todo otro programa y/o dispositivo institucional que se complemente y/o tenga como finalidad última brindar respuesta a la temática alimentaria".

El Programa de Producción Sostenible de Alimentos "TIERRA VIVA" espera contribuir a ese objetivo, a partir de acciones donde la producción agroecológica pueda tomar un rol preponderante, asegurando a las poblaciones locales el acceso a alimentos saludables, producidos en el ámbito municipal.

Asimismo, en el marco de los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina, este Programa se inscribe en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, particularmente en aquellas Metas asociadas a asegurar la sostenibilidad de los sistemas de producción de alimentos y aplicar prácticas agrícolas resilientes y a apoyar los vínculos económicos, sociales y ambientales positivos entre las zonas urbanas, periurbanas y rurales.

Objetivos

El objetivo general de este Programa es promover la producción sostenible de alimentos y el fortalecimiento institucional de municipios en materia de agroecología, a través del desarrollo de nuevos Centros de Producción Agroecológica Municipal (CEPAM), el fortalecimiento de aquellos preexistentes y la asistencia a productores con altos niveles de vulnerabilidad.

Los objetivos específicos del Programa son: ampliar el número de productores bajo sistemas de producción, distribución y consumo de productos agroecológicos, capacitación y entrenamiento en mejores prácticas y herramientas, réplica de los mejores casos desarrolladas en el marco de CASA COMÚN y apoyo a la reconversión de productores en situación de vulnerabilidad, especialmente aquellos más afectados por los impactos de la pandemia mundial COVID-19.

Acciones

La DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE, de la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACION, asistirá a los municipios, comunas, consorcios de municipios y organizaciones no gubernamentales que requieran asistencia técnica y/o económica, entre otras, en las siguientes acciones:

- Creación y fortalecimiento de Centros de Producción Agroecológica Municipal (CEPAM), para la producción sostenible de alimentos, destinados a satisfacer las demandas de instituciones del sector público local, como ser: comedores de jardines maternales, comedores comunitarios, centros asistenciales, entre otros.

- Apoyo a la reconversión de productores en situación de vulnerabilidad, especialmente aquellos más afectados por los impactos de la pandemia mundial COVID-19.

Esta acción será ejecutada en forma conjunta entre la DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE de la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN y la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE LA SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES.

- Asistencia técnica y financiera para la creación, remodelación de áreas para cultivo y de infraestructura en general, provisión de insumos y herramientas, todos ellos vinculados para el cumplimiento de los objetivos del presente Programa.

- Desarrollo de talleres de capacitación en el ámbito de los CEPAM, en materia de introducción a la producción agroecológica y todos sus componentes a actores locales y pequeños productores.

- Promoción de la producción agroecológica a través de acciones de sensibilización, información, difusión e intercambio de experiencias, articulando con organismos del sector público y de la sociedad civil.

C. PROGRAMA DE FOMENTO A LA ECONOMIA CIRCULAR MUNICIPAL "RE-HACER"

Fundamentos

El aprovechamiento eficiente de los recursos a lo largo de todo el ciclo de vida de los productos es uno de los puntos fundamentales que hacen a la transición a un modelo de desarrollo sostenible, que debe desvincular el crecimiento económico del uso de los materiales y la contaminación.

Objetivos

- Apoyar iniciativas municipales que promuevan el uso eficiente de los recursos y la energía través de modelos de producción circular.

- Impulsar la incorporación de pautas de gestión sostenible y esquemas circulares en la gestión municipal de residuos.

- Fomentar el desarrollo económico a través de actividades que fomenten la sostenibilidad en la gestión municipal.

Acciones

La DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE, de la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACION, asistirá a los municipios, comunas, consorcios de municipios y organizaciones no gubernamentales que requieran asistencia técnica y/o económica, entre otras, en las siguientes acciones:

- Desarrollo y potenciamiento de iniciativas municipales para la gestión circular de residuos.

- Implementación de centros municipales de transformación de residuos plásticos post-consumo.

- Sensibilización y capacitación sobre buenas prácticas municipales de la gestión de residuos y las oportunidades de la valorización de los mismos.

D. PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE EMPRENDEDORES Y PROYECTOS SOSTENIBLES "REACTIVACION SOSTENIBLE"

Objetivos

Tiene por objetivo detectar, promover y fortalecer emprendimientos de alto impacto que fomenten el desarrollo sostenible mediante la utilización de nuevas tecnologías que incorporen el componente medioambiental

Acciones

- Consolidación de emprendedores sostenibles a través de la reformulación de herramientas para promover el efectivo desarrollo del sector productivo sostenible.

- Implementación de una estrategia de comunicación mediante plataformas y redes colaborativas para darle visibilidad al trabajo de los emprendedores de impacto, las nuevas formas de producción y consumo y la innovación para el desarrollo sostenible.

- Consolidación de líderes de comunidades emprendedoras locales para promover el desarrollo sostenible a través de actividades de formación, capacitación y vinculación entre los miembros de la comunidad.

E. PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO RESERVAS NATURALES URBANAS, VIVEROS MUNICIPALES Y AREAS VERDES "VERDE VIDA"

Fundamentos

La constante tendencia de concentración de la población humana en las ciudades implica una fuerte presión sobre los recursos naturales circundantes. Actualmente, los espacios naturales vecinos a los centros urbanos van disminuyendo y terminan en fragmentos de naturaleza cada vez más pequeños y desconectados entre sí, los cuales, si bien pierden parte de sus funciones ecológicas, siguen siendo de gran importancia para el sostenimiento de la calidad de vida urbana.

Objetivos

Como una contribución efectiva a esta temática, a través de CASA COMÚN se propone acompañar a todas aquellas gestiones municipales destinadas a la creación, mejoramiento, ampliación y manejo de áreas de preservación de biodiversidad municipales y fomentar la incorporación de prácticas sostenibles y de manejo eficiente en los viveros municipales para potenciar su capacidad de acción, contribuyendo al mejoramiento del hábitat humano en las ciudades.

Acciones

La DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE, de la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACION, asistirá a los municipios, comunas, consorcios de municipios y organizaciones no gubernamentales que requieran asistencia técnica y/o económica, entre otras, para el desarrollo o puesta en valor de las áreas de biodiversidad, viveros y áreas verdes, existentes o las nuevas a crearse.

F. PROGRAMA DE CONSUMO Y PRODUCCIÓN SOSTENIBLE "CRECER"

Fundamentos

Los Objetivos de Desarrollo Sostenible han definido el sendero para transitar hacia el progreso económico y social en armonía con la naturaleza, es decir articulando de manera integrada las tres dimensiones del desarrollo sostenible: económica, social y ambiental.

Por ello la comunidad internacional ha acordado la necesidad de promover una industrialización inclusiva y sostenible, mejorar la calidad del agua reduciendo la contaminación, modernizar la infraestructura, reconvertir las industrias para que sean sostenibles, promover la adopción de tecnologías y procesos industriales limpios y ambientalmente racionales.

Las ciudades y municipios no están exentos de estos desafíos, dado que en sus espacios territoriales se llevan adelante procesos de producción y consumo, tanto a nivel institucional como individual.

Objetivos

Impulsar el crecimiento económico sostenido e inclusivo local, a través de la promoción de modalidades sostenibles de consumo y producción.

Los objetivos específicos del Programa son:

- Mejora del desempeño y la gestión ambiental de establecimientos industriales localizados en áreas bajo jurisdicción municipal, a través de la prevención, reducción y eliminación de la contaminación, y eficiencia en el uso de los recursos.

- Fortalecimiento de las capacidades técnicas e institucionales para la promoción y fomento de prácticas de producción y consumo sostenible.

- Apoyo a los municipios en la implementación de compras públicas sostenibles

Acciones

La DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE, de la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACION, asistirá a los municipios, comunas, consorcios de municipios y organizaciones no gubernamentales que requieran asistencia técnica y/o económica, entre otras, en las siguientes acciones:

- Asistencia técnica y capacitación a establecimientos industriales, a través de instrumentos de política pública del MAYDS, como el Programa de Reconversión Industrial, aplicado a municipios.

- Fortalecimiento de la gestión ambiental de PyMEs locales, en función de su importancia como generadoras de empleo y producción industrial nacional.

- Creación de sistemas de reconocimientos a aquellas iniciativas que se destaquen en la incorporación de prácticas de Producción Sostenible.

- Desarrollo de capacidades a los municipios en procesos de compras públicas sostenibles, a través de acciones de sensibilización, difusión y entrenamiento, provisión de material de capacitación.

G. DESARROLLO DE NUEVOS PROGRAMAS

Estos programas no son limitativos, pudiéndose crear otros en base al desarrollo e implementación del presente Plan Integral.

VII. MONITOREO Y EVALUACIÓN

Se desarrollarán las acciones necesarias para implementar un sistema integrado de monitoreo, seguimiento y evaluación de CASA COMÚN. Se promocionará la aplicación de las ciencias y de las tecnologías para mejorar la calidad ambiental y se realizarán capacitaciones interdisciplinarias a promotoras y promotores del medio ambiente.

VIII. MODALIDAD DE EJECUCIÓN

La implementación del Plan involucra acciones de diversos organismos y niveles del Estado, organizaciones sociales y comunitarias, organizaciones empresariales, instituciones religiosas, etcétera.

Compete a la DIDS: diseñar e implementar los programas complementarios desarrollados en conjunto con las áreas de competencia, impulsando los acuerdos y convenios necesarios para su implementación.

IX. DOCUMENTOS MODELO

Por último, se aprueban los modelos de referencia a ser suscriptos por las partes que voluntariamente adhieran al presente plan: MODELO DE CARTA DE ADHESIÓN (ANEXO 1), como así también el MODELO DE CONVENIO ESPECÍFICO A SER SUSCRIPTO ENTRE EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE Y LAS CONTRAPARTES PLAN DE ACCIÓN TERRITORIAL INNOVADOR (ANEXO 2). Los modelos citados se incorporan como pautas a seguir y podrán ser modificados de acuerdo a los requerimientos de implementación sin alterar el espíritu de la norma.

ANEXO 1

Modelo de Carta de Adhesión al Plan Integral "Casa Común"

CARTA DE ADHESIÓN AL PLAN INTEGRAL "CASA COMÚN"

(NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN O ENTIDAD PÚBLICA Y/O PRIVADA, ASOCIACIÓN U

ORGANIZACIÓN)

Estimado MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE (en adelante MAYDS), XXX (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN O ENTIDAD PÚBLICA Y/O PRIVADA, ASOCIACIÓN U ORGANIZACIÓN), representado legalmente en este acto por "XXX", declara su adhesión al Plan Integral "CASA COMÚN" (en adelante PLAN) en un todo de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución N° XXX, de fecha XX, del MAYDS.

Considerando:

Que adoptamos los principios y metodologías de CASA COMÚN que lleva adelante SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN aprobado mediante Resolución SAyDS N° XX de fecha XXX, comenzando a impulsar las acciones necesarias para el desarrollo del Plan de Acción Territorial Innovador del Municipio de XXX.

Que el mentado PLAN tiene por objetivo general el desarrollo sostenible de los municipios, considerando su dimensión ambiental, social y económica, asegurando la participación e involucramiento de todos los actores locales, lo cual compartimos y adoptamos.

Que a través de su ARTÍCULO 10° se invita a los Estados Provinciales a través del COFEMA, a la FEDERACIÓN ARGENTINA DE MUNICIPIOS, a los municipios, a las Universidades Nacionales y a las organizaciones de la sociedad civil y cooperativas de temáticas ambientales a efectos de interiorizarse, inscribirse y/o participar del presente PLAN y en particular a los municipios y comunas de todo el país a efectos de realizar todas las acciones necesarias conducentes a la suscripción de los Planes Territoriales Innovadores (PlaTI).

Que XXX (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN O ENTIDAD PÚBLICA Y/O PRIVADA, ASOCIACIÓN U

ORGANIZACIÓN) está dispuesta a colaborar con todos los medios a su alcance para la elaboración de los planes mencionados y presentará su/s proyecto/s a la DIDS conforme los reglamentos aprobados a tales efectos.

En prueba de conformidad, se suscribe la presente en la ciudad de …, a los … días del mes de … de 20…-

ANEXO 2

Modelo de Convenio Específico a ser suscripto entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y las contrapartes Plan de Acción Territorial Innovador (PlaTI)

CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN Y COLABORACIÓN ENTRE LA SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMATICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN Y LA MUNICIPALIDAD DE XXX DE LA PROVINCIA DE XXX EN EL MARCO DEL PLAN INTEGRAL "CASA COMÚN"

Entre la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN, con domicilio en la calle San Martín N° 451 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por su titular, ... , en adelante "SCCDSeI" por una parte y la MUNICIPALIDAD de  ...  de la PROVINCIA DE  ... , con domicilio en la calle  ... de la localidad de  ... Provincia de  ...  , representado en este acto por  ...  , DNI N°  ...  , en adelante "LA MUNICIPALIDAD", por la otra, acuerdan celebrar el presente7 CONVENIO ESPECIFICO:

CLÁUSULA PRIMERA: El presente Convenio Específico tiene por objeto la mutua colaboración entre las PARTES en el desarrollo y coordinación de acciones vinculadas a la elaboración del Plan de Acción de Sostenibilidad (en adelante PASos) de la Municipalidad de  ...  y el desarrollo de actividades de asistencia técnica, económica y de capacitación en el marco del Plan Integral CASA COMÚN, aprobado por la Resolución XXX.

CLÁUSULA SEGUNDA: La "SCCDSeI" asistirá a "LA MUNICIPALIDAD" en la implementación del PlaTI, que como Anexo I forma parte integrante del presente.

CLÁUSULA TERCERA: "LA MUNICIPALIDAD" designará un Responsable Técnico, quien será el contacto con "SCCDSeI" en todas las cuestiones atinentes al desarrollo del PlaTI. En caso de sustitución de éste, "LA MUNICIPALIDAD" deberá notificar inmediatamente y en forma fehaciente a la "SCCDSeI".

CLÁUSULA CUARTA: "LA MUNICIPALIDAD" tendrá a su cargo, y por tanto será la única responsable, de la implementación de todos los actos necesarios para impulsarlas acciones descriptas en el ANEXO I. El plazo de ejecución a cargo de "LA MUNICIPALIDAD" será de XX días desde la suscripción del presente.

CLÁUSULA QUINTA: Para cumplir con el objeto establecido en la Cláusula Primera, la "SCCDSeI" se atendrá a lo estrictamente descripto en el Anexo I que se acompaña al presente. La "SCCDSeI" estará facultada para realizar los controles y auditorías que considere pertinentes durante todo el proceso que conlleve la implementación del PLAN mencionado.

CLÁUSULA SEXTA: El personal afectado para el desarrollo de las tareas acordadas en el PlaTI, no tendrá vinculación laboral alguna con la "SCCDSeI" "LA MUNICIPALIDAD" mantendrá indemne a su costa a la "SCCDSeI" y a su personal contra todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza o especie, incluidas las costas y gastos que se deriven de cualquier acto u omisión.

CLÁUSULA SEPTIMA: El plazo de duración del presente Convenio Específico será de TRES (3) años contados a partir de su suscripción.

CLAUSULA OCTAVA: "LA MUNICIPALIDAD", una vez vencido el plazo de ejecución, deberá rendir cuentas del cumplimiento de las metas del PlaTI, conforme las pautas establecidas en la Resolución de creación del Plan "Casa Común", sujeto a la aprobación a través de las visitas técnicas por parte de la "SCCDSeI".

CLAUSULA NOVENA: Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente mediando notificación fehaciente a los domicilios denunciados "ut supra" con una antelación mínima de TREINTA (30) días corridos y no dará derecho a ningún tipo de indemnización.

CLÁUSULA DECIMA: Para todos los efectos que se deriven del presente Convenio Específico, LAS PARTES convienen en someterse a la Jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero de excepción que pudiera corresponderles, y fijan sus domicilios a todos los efectos legales en los denunciados en el encabezado

En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.





Informe

Número: IF-2020-37223832-APN-DIDS#MAD

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 9 de Junio de 2020

Referencia: ANEXO II - INSTRUCTIVO PLAN INTEGRAL CASA COMUN

ANEXO II

INSTRUCTIVO

PLAN INTEGRAL "CASA COMÚN"

INDICE

1. OBJETIVOS, PROGRAMAS Y PRODUCTOS

1.1 INDICADORES PARA LA DEFINICIÓN DE LAS METAS DEL PLAN

2. ESQUEMA INSTITUCIONAL

2.1 PARTES INTERVENIENTES

2.2 RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

2.2.1 SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMATICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN

2.2.2 SUBSECRETARIA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL

2.2.3 DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE

2.2.4 ENTES EJECUTORES

a) Provincias y Municipios

b) Organismos descentralizados y/o otros entes de la Administración Pública Provincial y Municipal

c) Universidades Públicas

3. ASPECTOS FINANCIEROS Y PRESUPUESTARIOS

3.1 PARÁMETROS PARA LA FEDERALIZACIÓN DE LOS RECURSOS

3.2 FINANCIAMIENTO COMPARTIDO

3.3 FINANCIAMIENTO DE PROGRAMAS PROVINCIALES Y MUNICIPALES

3.4 ANTICIPOS Y MODALIDAD DE LAS TRANSFERENCIASFINANCIERAS

4. CICLO DE LOS PROYECTOS

4.1 FASE DE EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS PROYECTOS

a) Instrumentación y Presentación

b) Presentación del proyecto

c) Fundamentos de la solicitud

d) Proyecto

e) Proyectos elegibles

f) Criterios de elegibilidad

g) Requisitos

h) Firma de Convenio Particular

4.2 FASE DE EJECUCIÓN

a) Inicio del Proyecto

b) Ejecución de los módulos específicos

c) Condiciones de acceso a la asistencia

d) Modificación del Proyecto

e) Rescisión o Cesión del Contrato de Ejecución de Proyectos

f) Metodología de Rendición de Cuentas

4.3 FASE DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS PROYECTOS

4.4 FASE DE CIERRE

1. OBJETIVOS, PROGRAMAS Y PRODUCTOS

Los objetivos, programas y productos de CASA COMÚN son los aprobados mediante la Resolución que lo crea y sus normas complementarias o modificatorias.

1.1 INDICADORES PARA LA DEFINICIÓN DE LAS METAS DEL PLAN

Las metas físicas e indicadores son los aprobados en el marco de la Planificación presupuestaria e se irán ampliando o modificando en función a la reglamentación de los nuevos programas y los sistemas creados a la medición de los mismos.

2. ESQUEMA INSTITUCIONAL

2.1 PARTES INTERVENIENTES:

• SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMATICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

• SUBSECRETARIA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONALdel Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

• Unidad de Gestión: Dirección de Innovación para el Desarrollo Sostenibles (en adelante DIDS) a través de las Coordinaciones bajo su órbita.

• Entes Ejecutores: La ejecución de los proyectos se realizará a través de las Provincias, Municipios, organismos descentralizados u otros Entes de la Administración Pública Provincial y Municipal, las Universidades Públicas y Organizaciones de la Sociedad Civil.

2.2 RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

2.2.1 SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMATICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

- Suscribir los convenios específicos promovidos por la DIDS.

- Monitorear el seguimiento de los proyectos e interactuar con las temáticas de su incumbencia en la planeación territorial.

- Gestionar los desembolsos de cada proyecto que se lleve adelante en el marco del Plan Integral "Casa Común" de conformidad con el procedimiento administrativo que se establezca.

- Informar los incumplimientos de los convenios particulares a la UNIDAD GABINETE DE ASESORES y a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA a efectos de tomar las medidas que estimen corresponder.

2.2.2 SUBSECRETARIA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

- Elaborar y suscribir los instrumentos necesarios para la implementación del PROGRAMA DE INVOLUCRAMIENTO DE JOVENES Y ADOLESCENTES AL DESARROLLO SOSTENIBLE "HACIENDO LÍO POR NUESTRA TIERRA"

- Aprobar la Convocatoria Nacional de participación de organizaciones de la sociedad civil al Programa citado precedentemente

- Aprobar los resultados de la Convocatoria y la asignación de los beneficios a los destinatarios.

- Aprobar los contenidos y las herramientas para realizar las capacitaciones. Todo ello, a través de las áreas específicas correspondientes.

2.2.3 DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE

- Confeccionar y difundir los manuales y guías de presentación y gestión deproyectos.

- Definir los criterios de elegibilidad.

- Canalizar las solicitudes de financiamiento de los Entes Ejecutores coordinando su correspondiente evaluación con ajuste a los parámetros establecidos en este Plan, asegurando brindar a dichos entes la respuesta e información correspondiente.

- Analizar y evaluar la documentación presentada por los Entes Ejecutores y solicitar y recibir correcciones y/o ampliaciones del proyecto.

- Autorizar la emisión de la Constancia de Factibilidad Técnica y la Constancia de Factibilidad Financiera para cada proyecto a ser financiado.

- Promover la firma de los convenios específicos entre la SCCYDS y los Entes Ejecutores.

- Llevar adelante las acciones necesarias de supervisión para el logro de una ejecución adecuada y eficiente de los proyectos, verificando el cumplimiento de los convenios particulares que se suscriban.

- Supervisar el cumplimiento de las planificaciones, metas y objetivos establecidos.

- Colaborar con las auditorías y preparar los informes que correspondan a tal fin.

2.2.4 ENTES EJECUTORES

a) Provincias y Municipios

- Participar de jornadas de planificación estratégica, identificación y concertación de prioridades de actuación.

- Presentar los proyectos y eventualmente adecuarlos según las correcciones que se le indiquen a los efectos de obtener la Constancia de Factibilidad Técnica y la Constancia de Factibilidad Financiera.

- Propender al cofinanciamiento de los proyectos que en el marco del presente plan se ejecuten.

- Suscribir los convenios específicos con el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

- De corresponder, llevar adelante la selección de los contratistas y su posterior contratación, en el marco de la normativa vigente. En el caso de realizarse el procedimiento de Licitación Pública, el valor de los pliegos deberá ser gratuito y los mismos deberán ser publicados en el sitio web de los Entes Ejecutores, siempre que se no contraríe la normativa local aplicable.

- De corresponder, llevar adelante los procesos de selección de las cooperativas u organizaciones no gubernamentales, en el marco de la normativa vigente, debiendo éstas encontrarse legalmente constituidas.

- Llevar adelante la ejecución y dirección de cada componente del proyecto que se ejecute por administración, cumpliendo las obligaciones acordadas.

- Llevar adelante un exhaustivo seguimiento de los proyectos así como las inspecciones que correspondan, controlando el cumplimiento de los mismos cuando fuese ejecutado por empresas, cooperativas, u otras personas jurídicas y notificando en forma inmediata a la Unidad de Gestión respecto de cualquier tipo de incumplimiento.

- Realizar y visar las certificaciones de avance, actas de inicio y de final de los proyectos.

- Realizar los informes específicos con carácter de declaración jurada que le sean solicitados, incluyendo la recepción provisoria y definitiva de la obra.

- Fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico en materia laboral y de la seguridad social, riesgos del trabajo y de seguridad e higiene en el trabajo.

- Llevar adelante las acciones posteriores a la finalización de la obra que se convengan.

- En caso de obras acreditar que el proyecto se encuentra localizado en inmuebles pertenecientes al Estado Nacional, Provincial, Municipal; o adquiridos por sus ocupantes, por si o por intermedio de alguna entidad que los represente; o bien por un proceso expropiatorio.

En el caso de que el inmueble pertenezca al Estado Nacional, deberá acreditarse la correspondiente autorización para llevar adelante las obras.

- Asegurar la participación ciudadana como un pilar esencial para el desarrollo sostenible del proyecto, construyendo espacios de participación, convivencia y concertación colectiva.

- Obtener las autorizaciones, aprobaciones y demás actos que correspondan, que permitan la viabilidad del proyecto y/o de su ejecución, debiendo presentar las factibilidades en materia medioambientales.

- Proveer, cuando corresponda, los recursos de financiación en la forma comprometida, incluyendo la obtención de las garantías convenidas.

b) Organismos descentralizados y/o otros entes de la Administración Pública Provincial y Municipal

- Presentar los proyectos y eventualmente adecuarlos según las correcciones que se indiquen a los efectos de obtener la Constancia de Factibilidad Técnica y la Constancia de Factibilidad Financiera.

- Propender al cofinanciamiento de los proyectos que en el marco del presente plan se ejecuten.

- Suscribir los convenios particulares con el MINISTERIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

- De corresponder, llevar adelante la selección de los contratistas y su posterior contratación, en el marco de la normativa vigente. En el caso de realizarse una Licitación Pública, el valor de los pliegos deberá ser gratuito y los mismos deberán ser publicados a través del sitio web de los Entes Ejecutores, siempre que no se contraríe la normativa local vigente.

- Acreditar que el proyecto se encuentra localizado en inmuebles pertenecientes al Estado Nacional, Provincial, Municipal; o adquiridos por sus ocupantes, por si o por intermedio de alguna entidad que los represente; o bien por un proceso expropiatorio.

- En el caso de que el inmueble pertenezca al Estado Nacional, debe acreditarse la correspondiente autorización para llevar adelante las obras.

- Llevar adelante un exhaustivo seguimiento de los proyectos así como las inspecciones que correspondan, controlando el cumplimiento de los mismos cuando fuese ejecutado por empresas, cooperativas, u otras personas jurídicas, y notificando en forma inmediata a la Unidad de Gestión respecto a cualquier tipo de incumplimiento.

- Realizar y visar las certificaciones de avance, actas de inicio y de final los proyectos.

- Realizar informes específicos con carácter de declaración jurada que le sean solicitados, incluyendo la recepción provisoria y definitiva de la obra/servicios.

- Fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico en materia laboral y de la seguridad social, riesgos del trabajo y de seguridad e higiene en el trabajo.

- Asegurar la participación ciudadana como un pilar esencial para el desarrollo sostenible del proyecto, construyendo espacios de participación, convivencia y concertación colectiva.

- Obtener las autorizaciones, aprobaciones y demás actos que correspondan, que permitan la viabilidad del proyecto y/o de su ejecución, debiendo presentar las factibilidades en materia ambientales.

- Proveer, cuando corresponda, los recursos de financiación en la forma comprometida, incluyendo la obtención de las garantías convenidas.

c) Universidades Públicas

- Presentar los proyectos y eventualmente adecuarlos según las correcciones que se indiquen a los efectos de obtener la Constancia de Factibilidad Técnica y la Constancia de Factibilidad Financiera.

- Suscribir los convenios particulares con el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

- Llevar adelante un exhaustivo seguimiento los proyectos así como las inspecciones que correspondan, controlando el cumplimiento del los mismos cuando fuese ejecutado por empresas, cooperativas, u otras personas jurídicas, y notificando en forma inmediata a la Unidad de Gestión respecto a cualquier tipo de incumplimiento. -Realizar y visar las certificaciones de avance, actas de inicio y de final de los proyectos.

- Realizar los informes específicos con carácter de declaración jurada que le sean solicitados, incluyendo la recepción provisoria y definitiva de la obra.

- Fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico en materia laboral y de la seguridad social, riesgos del trabajo y de seguridad e higiene en el trabajo.

- Llevar adelante las acciones posteriores a la finalización de las obras o proyectos que se convengan.

- Acreditar que el proyecto se encuentra localizado en inmuebles pertenecientes al Estado Nacional, Provincial, Municipal; o adquiridos por sus ocupantes, por si o por intermedio de alguna entidad que los represente; o bien por un proceso expropiatorio.

- En caso que el inmueble pertenezca al Estado Nacional, deberá acreditarse la correspondiente autorización para llevar adelante las obras.

- Asegurar la participación ciudadana como un pilar esencial para el desarrollo sostenible del proyecto, construyendo espacios de participación, convivencia y concertación colectiva.

- Obtener las autorizaciones, aprobaciones y demás actos provenientes del área competente de la administración pública o de particulares, que permitan la viabilidad del proyecto y/o de su ejecución, debiendo presentar las factibilidades en materia medioambientales.

- Proveer, cuando corresponda, los recursos de financiación en la forma comprometida, incluyendo la obtención de las garantías convenidas.

3. ASPECTOS FINANCIEROS Y PRESUPUESTARIOS

3.1 PARÁMETROS PARA LA FEDERALIZACIÓN DE LOS RECURSOS

Los recursos presupuestarios de "CASA COMÚN" se asignarán por provincia, por municipio o comuna, de manera equitativa y solidaria, dando prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional.

3.2 FINANCIAMIENTO COMPARTIDO

El financiamiento de los proyectos podrá ser compartido entre la DIDS y los Entes Ejecutores, debiendo los Entes Ejecutores fundar adecuadamente su solicitud, de acuerdo a la normativa vigente.

3.3 FINANCIAMIENTO DE PROGRAMAS PROVINCIALES Y MUNICIPALES

Se podrán financiar programas provinciales y/o municipales, siempre que compartan los objetivos y sean equivalentes sus componentes y productos con los del presente plan.

Los Entes Ejecutores deberán solicitar la correspondiente Constancia de Factibilidad Técnica y la Constancia de Factibilidad Financiera para cada uno de los proyectos a ejecutar.

3.4 ANTICIPOS Y MODALIDAD DE LAS TRANSFERENCIAS FINANCIERAS

En cada convenio particular se definirá el anticipo financiero el cual podrá alcanzar hasta el TREINTA POR CIENTO (30%) del monto del total acordado. Salvo estipulación particular, el saldo restante del Proyecto se transferirá contra certificación de avance hasta el TREINTA POR CIENTO (30%) del monto del total acordado y descuento proporcional del anticipo y una vez finalizado el proyecto hasta el CUARENTA POR CIENTO (40%) restante.

4. CICLO DE LOS PROYECTOS

CASA COMUN se instrumenta en base a los lineamientos fijados en el presente Reglamento, las normas complementarias que se dicten y los Convenios Específicos que se suscriban en el marco del mismo.

4.1 FASE DE EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS PROYECTOS

a) Instrumentación y Presentación

Los Solicitantes, podrán presentar proyectos ante la DIDS, mediante nota de solicitud física o mediante la modalidad TAD, en la cual deberán incluir la información y la documentación específica necesaria según se establezca para cada tipo de proyecto.

b) Presentación del proyecto

Los Entes Ejecutores deberán presentar ante la DIDS el Plan de Acción Territorial Innovador (en adelante "PlaTI") con todos sus proyectos relacionados conforme lo aquí reglamentado.

c) Fundamentos de la solicitud

La cantidad y especificidad de los proyectos cuya financiación se solicite, deberá estar adecuadamente justificada por los Solicitantes según los lineamientos específicos de cada programa, en base a datos fehacientemente comprobables, teniendo en cuenta para su dimensionamiento las necesidades y problemáticas abordadas por cada ciudad donde se prevé llevar adelante el proyecto.

d) Proyecto

Información sobre el Proyecto a desarrollar que debe incluirse al solicitar los fondos para su ejecución.

1) El problema o necesidad a resolver.

2) El diagnóstico de la situación socio ambiental.

3) La justificación y breve descripción del proyecto que se presenta.

La memoria técnica del Proyecto; parámetros de diseño; especificaciones técnicas; planos de las intervenciones; beneficiarios; mano de obra a emplear; insumos necesarios; actividades de mantenimiento; construcción de alambrados perimetrales y/o para la realización de clausuras; etc. (dependiendo de las características de la intervención propuesta). Si el proyecto contempla la adquisición de equipamiento deberá presentarse: (i) Memoria descriptiva indicando la necesidad de adquirir el equipamiento. (ii) Especificaciones técnicas. (iii) Mecanismo previsto para la adquisición: licitación o concurso de precios, de acuerdo a la legislación local vigente. (iv) Plan de capacitación del personal encargado de la operación del equipamiento, en caso que corresponda.

4) El esquema de gestión para la ejecución y el posterior mantenimiento. Metodología de ejecución, ya sea por administración o por contratación a terceros.

5) El plan de capacitación del personal encargado de la ejecución del proyecto.

6) Los resultados esperados al finalizar la ejecución del Proyecto.

7) La continuidad y autosustentabilidad del Proyecto una vez finalizado.

8) La planilla de cómputo y presupuesto, análisis de precios de insumos y mano de obra.

9) El presupuesto del Proyecto.

10) Las otras fuentes de financiación o de aportes, en caso de corresponder.

11) El cronograma de Desembolsos previsto. Fecha tentativa de inicio de las actividades. Cronograma de actividades.

12) Las consideraciones ambientales: precauciones a tomar y/o medidas de mitigación.

e) Proyectos elegibles

Los proyectos elegibles para la asistencia técnica y/o económica (financiera o mediante entrega de bienes) por parte de la DIDS son aquellos que:

1) Contribuyan a proteger y potenciar el patrimonio natural, la biodiversidad y los recursos naturales.

2) Contribuyan a la optimización del consumo energético, la promoción de las energías renovables y la reducción de la emisión de gases de efecto invernadero producto de los procesos de generación de energía.

3) Permitan asistir y capacitar para la generación de redes de movilidad sostenibles.

4) Contribuyan en la mejora del acceso al agua segura y el saneamiento del agua y de ríos.

5) Fomenten la movilidad sostenible, la gestión sostenible de residuos, el tratamiento de efluentes y el mantenimiento de reservas naturales municipales.

6) Promuevan la equidad, el fortalecimiento institucional y la educación ambiental.

7) Contribuyan a fomentar técnicas de resiliencia en el ámbito local

8) Contribuyan con la sostenibilidad en todo el ciclo de vida de uso de materiales y recursos, comprendiendo las etapas de compra, operación y mantenimiento, re-uso y reciclaje y disposición y gestión integral de residuos.

9) Contribuyan a modernizar la gestión local con incidencia en el eje ambiental.

10) Fomenten el desarrollo del turismo local sustentable, en especial, aquellos que reduzcan el impacto de la actividad turística en el ambiente adoptando criterios amigables con el entorno.

11) Fomenten el acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles, en particular para los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad.

12) Promuevan la implementación de prácticas sostenibles en viviendas y edificaciones urbanas y rurales y el empleo verde.

13) Propicien el desarrollo de una urbanización inclusiva y sostenible con una planificación y gestiones participativas, integradas y sostenibles.

14) Impulsen la capacitación de agentes de cambio activos que promuevan la ecologización del mercado laboral en general, creando oportunidades de empleo decente.

15) Establezcan un ámbito de reflexión, sensibilización y compromiso entre los sectores vinculados al Hábitat, la Arquitectura y la Construcción, teniendo como eje principal la dimensión de la sostenibilidad en su desarrollo

Las áreas temáticas de intervención y asistencia enunciadas precedentemente no son excluyentes, pudiendo un proyecto incluir más de una categoría. Si el proyecto presentado no estuviera comprendido dentro de una de las categorías tipificadas precedentemente, pero por su relación con los objetivos, resultará de interés su puesta en marcha, podrá ser considerado elegible por la DIDS.

f) Criterios de elegibilidad

Las Coordinaciones de la DIDS analizarán los criterios de elegibilidad de los proyectos, a fin de colaborar en el orden de prioridad a establecerse en las solicitudes presentadas por los Entes Ejecutores debiendo privilegiar aquellos proyectos que contemplen los siguientes requisitos:

- Cuidado y uso responsable del medioambiente.

- Aprovechamiento de las facilidades existentes en el lugar.

- Menor costo con máximo beneficio.

- Innovación y sostenibilidad del proyecto.

- Utilización de mano de obra del lugar en la ejecución del proyecto, ya sea por medio de Cooperativas de Trabajo, autogestión, o cualquier forma de participación comunitaria.

- Cuestiones de género

g) Requisitos

Un Proyecto será considerado elegible cuando reúna los siguientes requisitos:

1) Que se ajuste a las áreas temáticas de intervención y asistencia atendidas por la DIDS en sus planes específicos.

2) Que el Ente Ejecutor disponga de la capacidad legal, técnica, espacial y operativa para ejecutar el Proyecto presentado de acuerdo al cronograma propuesto.

3) Que los componentes del proyecto se encuentres justificados técnica y presupuestariamente. No se dará curso a gastos presupuestados que no estén especificados y sustentados en presupuestos previos al otorgamiento de los fondos.

4) Que el Ente Ejecutor no se halle incurso en incumplimientos o morosidad ni en la ejecución ni en la rendición de acuerdos celebrados o subsidios otorgados en el ámbito del MINISTERIO.

h) Firma del Convenio Particular

Sorteadas las etapas anteriores, se procederá a suscribir el Convenio correspondiente a efectos de concretar las asistencias financieras, técnicas o las entregas de equipamientos conforme las condiciones y obligaciones establecidos en los mismos.

El aporte a realizar a cada Proyecto será libremente determinado por la DIDS en función de la evaluación que se realice de la propuesta técnica y presupuestaria presentada y la disponibilidad de los créditos legales vigentes en el Programa presupuestario correspondiente. No se admitirá ni se asistirá económicamente la ejecución de actividades que no fueran aprobadas, ni se reconocerán costos o gastos adicionales a los previstos en el mismo; salvo acuerdo entre las partes que deberá ser refrendado por el MINISTERIO como adenda el Proyecto original.

4.2 FASE DE EJECUCIÓN

La tramitación administrativa de todo Proyecto se ajustará a los siguientes criterios:

a) Inicio del Proyecto

Los plazos de tramitación y ejecución, tanto con relación al Ente Ejecutor como a la DIDS deberán cumplirse estrictamente. La mora en el suministro de información o documentación relativa al Proyecto, podrá dar lugar a la suspensión del trámite de asistencia, y al reclamo por la devolución de los fondos y/o bienes transferidos. La demora en la fase de ejecución podrá dar lugar a que se disponga la suspensión y hasta la cancelación del Proyecto conforme se establece en la presente Guía

b) Ejecución de los módulos específicos

La tramitación de la asistencia evitará toda complejidad innecesaria. Los expedientes para la tramitación de la aprobación de los Proyectos deben contener:

i. La carta de adhesión y la registración en el Sistema Integral para el Desarrollo Sostenible (SIDeS)

ii. El envío de la Nota de presentación del Proyecto solicitando la asistencia correspondiente. El Proyecto deberá ser presentado en dos (2) copias impresas, signado en todas sus hojas por la máxima autoridad municipal o de la entidad presentante, y una (I) copia digitalizada.

iii. La acreditación de personería de la máxima autoridad municipal en copia debidamente certificada, o el acta de constitución de la entidad solicitante y de la designación de sus autoridades.

iv. La designación del referente técnico del proyecto, signada por el intendente o el titular de la entidad solicitante.

v. La presentación de la documentación que acredite al uso, goce y/o disposición del predio en el cual se llevará a cabo el proyecto, de corresponder.

vi. La presentación de la documentación referente a la situación frente al IVA del Municipio o de la entidad solicitante y el comprobante de la habilitación de una cuenta corriente específica en el BANCO DE LA NACION ARGENTINA u otra institución bancaria habilitada. No se podrán acreditar fondos en cuentas bancarias cuya denominación responda a gastos corrientes del Municipio u entidades no aplicables al Proyecto.

vii. La evaluación y aprobación del Proyecto por parte de la DIDS mediante un informe técnico detallado suscripto por los coordinadores de la DIDS.

viii. La firma del Convenio Específico a celebrar (estableciendo responsabilidades, garantías, monto de la asignación, compromisos y Planes de Trabajo, si los hubiere).

ix. El control del cumplimiento de los recaudos establecidos para el desembolso: Estatutos, Acta de formación del Ente, Ley de creación u otra documentación legal que habilite la capacidad jurídica del mismo para aceptar asistencias no reembolsables o contraer préstamos.

c) Condiciones de acceso a la asistencia

Durante la ejecución del Proyecto o a su finalización, se deberán prever:

i. Actos de verificación del cumplimiento de la ejecución, y su constancia para la aprobación de la rendición.

ii. La presentación en término de las rendiciones de cuentas y la aprobación de las mismas.

No existirán otras condiciones para acceder a la asistencia a través de los proyectos que las contempladas en el presente reglamento. El derecho de recibir asistencia a toda población potencialmente beneficiaría está sujeto a la correspondiente disponibilidad de recursos.

El estudio del proyecto comprenderá el análisis de su viabilidad técnica, presupuestaria, legal, ambiental, institucional y socioeconómica. Durante la etapa de estudio, la DIDS podrá requerir al solicitante que formule correcciones o ampliaciones, o bien proporcione la información o documentación respaldatoria o complementaria que se considere necesaria, concediéndole en todos los casos, plazos acordes a la complejidad y motivo de la requisitoria

A los efectos de facilitar el control de gestión de los Proyectos se observarán las siguientes reglas de gestión interna:

1) Para cada Proyecto se llevará un sólo y único expediente numerado, identificado por el nombre de la localidad o núcleo beneficiario, en el cual se agregarán todas las actuaciones relativas al Proyecto.

2) La Coordinación de Ciudades Sostenibles y Resilientes de la DIDS podrá llevar un registro ad-hoc con copias de los documentos requeridos. Sera su responsabilidad mantener el buen orden y la seguridad de cada tramitación.

3) Los actos administrativos y acuerdos deberán contar con control de legalidad y control financiero de las áreas competentes del MINISTERIO en un todo conforme a lo establecido mediante Resolución 494 - E/2016.

Se tendrá por desistido todo Proyecto procediendo a su archivo, cuando el Ente Ejecutor no complete los requisitos de esta Guía dentro de los NOVENTA (90) días corridos de iniciado el expediente administrativo, salvo razones excepcionales. La caducidad del trámite operara de pleno derecho, sin necesidad que el MINISTERIO formule notificación alguna.

d) Modificación del Proyecto.

Por circunstancias imprevistas debidamente justificadas podrán modificarse aspectos técnicos del proyecto o ampliaciones de plazos de los proyectos. Las eventuales modificaciones técnicas o ampliaciones de plazo sólo podrán realizarse con el control previo de la Subsecretaría de Hábitat y Desarrollo Humano y la aprobación de la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMATICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN

e) Rescisión o Cesión del Contrato de Ejecución de Proyectos.

Cuando los proyectos sean ejecutados por terceros contratados mediante el procedimiento de Licitación Pública, los Entes Ejecutores, ante el incumplimiento por parte de la empresa contratista del contrato firmado, podrán resolver dicho contrato o promover la cesión del mismo a otra empresa. En ambos casos, deberán informar en forma previa a la DIDS las razones por las cuales se resuelve o cede el contrato, acreditándose el cumplimiento de todos los pasos legales previstos en los pliegos y toda la normativa aplicable al efecto.

f) Metodología de Rendición de Cuentas.

En lo que respecta a rendición de cuentas y control, será aplicable al presente plan la normativa vigente en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. (Resolución 494 - E/2016) con sus normas complementarias o modificatorias y la Disposición 42/2019 de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.

Asimismo, a efectos de mejorar los ambientes de control para el fácil ejercicio de las auditorías internas y externas del sistema de control gubernamental y su trabajo conjunto con el sistema federal de control y los tribunales de cuentas provinciales, se recomienda complementar sus requerimientos con:

1) Un ítem valorizable en cada plan a efectos cubrir los costos correspondientes a un agente que certifique y controle todos los gastos incluidos en las rendiciones. Dicho costo se canalizará a través de un sistema del tipo fondo rotatorio donde se adelantara un 20 % del costo total y será repuesto una vez rendida la asignación del agente de control con su correspondiente identidad y certificaron pertinente.

2) Asimismo los beneficiarios deberán acogerse al siguiente tratamiento de apertura de cuentas bancarias:

La individualización de la cuenta bancaria receptora de los fondos, la cual deberá cumplir con las siguientes consideraciones:

- Entes Provinciales, que tengan operativo el Sistema de Cuenta Única del Tesoro Provincial, deberán abrir una cuenta escritural por cada Acuerdo y/o Convenio, a los efectos de identificar las transacciones pertinentes que surjan de la ejecución de dicho instrumento.

- Entes Provinciales que no tengan operativo el Sistema de Cuenta Única del Tesoro Provincial y Municipios que integran el Gran Buenos Aires (1), de la Provincia de BUENOS AIRES, deberán abrir una cuenta corriente bancaria, en una de las Entidades financieras que operan como agentes de pago de la Cuenta Única del Tesoro Nacional, por la SECRETARIA DE CAMBIO CLIMATICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN dependiente del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

(1) Entiéndase comprendidos entre los Municipios que integran el Gran Buenos Aires, a los definidos por el INDEC, los que forman parte de los siguientes Partidos: Lomas de Zamora, Quilmes, Lanús, General San Martín, Tres de Febrero, Avellaneda, Morón, San Isidro, Malvinas Argentinas, Vicente López, San Miguel, José C. Paz, Hurlingham, Ituzaingó, La Matanza, Almirante Brown, Merlo, Moreno, Florencio Varela, Tigre, Berazategui, Esteban Echeverría, San Fernando y Ezeiza.

Asimismo, deberán abrir una cuenta contable especial de acuerdo a la normativa aplicable a cada caso, a efectos de identificar las transacciones pertinentes que surjan de la ejecución de cada acuerdo y/o convenio. Se aclara que podrá obviarse la apertura de una cuenta bancaria específica, en los casos en que se prevea, que el envío de fondos no se efectúe en forma parcializada y su cumplimiento no sea de tracto sucesivo. Asimismo, para el caso precedente, la incorporación en la Tabla de Beneficiarios del Sistema de Información Financiera "eSIDIF" de nuevas cuentas bancarias receptoras de fondos se deberá iniciar a través de la unidad ejecutora de programa que corresponda, de acuerdo a los procedimientos y normativa vigente.

- Otros Entes ajenos al Sector Público Nacional y Municipios no incluidos en el punto 2) citado precedentemente, deberán utilizar una cuenta corriente bancaria que tengan habilitada en una de las instituciones financieras que operan como agentes de pago de la Cuenta Única del Tesoro Nacional y que estén dadas de alta en la Tabla de Beneficiaros del "eSIDIF". Asimismo, deberán abrir una cuenta contable especial de acuerdo a la normativa aplicable a cada caso, a efectos de identificar las transacciones pertinentes que surjan de la ejecución de cada acuerdo y/o convenio.

En base a la información suministrada por la DIDS y la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA deberá elaborar un informe en el que se detalle la situación de las CONTRAPARTES que no hayan cumplido con la obligación de rendir cuentas, a efectos de elevarlo a consideración de las máximas autoridades de la Jurisdicción y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, previa intervención de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO.

Asimismo, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA realizará las intimaciones correspondientes conforme el Modelo adjunto en ANEXO 1.

4.3 FASE DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS PROYECTOS

Suscripto el convenio particular, se comenzará con la etapa de ejecución del proyecto, comenzando a computarse el plazo a partir de la primera trasferencia acordada conforme lo establecido en el proyecto y la Resolución 494 - E/2016.

La DIDS deberá realizar el seguimiento de la ejecución de los PlaTi aprobados. En tal sentido, podrá requerir la presentación de los documentos que se detallan a continuación, los cuales deberán ser entregados sin demoras por los Entes Ejecutores:

- Cronogramas de obras y acciones actualizados, con cálculo de fechas de finalización probable en función a posibles desvíos en los plazos de ejecución originalmente previstos.

- Resumen de movimientos de la cuenta bancaria destinataria de los desembolsos del período de tiempo que le fuese requerido.

- Auditorías técnicas independientes con costas al Ente Ejecutor

- Copias autenticadas de actas, partes o libros.

- Listado de pre adjudicatarios y/o adjudicatarios con la información que de cada uno de ellos se requiera.

- Cualquier otra documentación pertinente necesaria para el control en la ejecución de las obras y acciones.

4.4 FASE DE CIERRE

Una vez concluidos los proyectos y acciones comprometidas en los convenios específicos, se efectuará un informe por parte de la Coordinación de Ciudades Sostenibles sobre los resultados y el cierre definitivo de los mismos con sus correspondientes mejoras.

ANEXO 1

MODELO DE INTIMACION

Buenos Aires, ... de … de …

SEÑOR GOBERNADOR / INTENDENTE / OTROS:

No habiéndose recibido hasta la fecha la rendición de cuentas correspondiente en los términos de la Resolución del MINISTERIO DE AMBIENTE y DESARROLLO SOSTENIBLE N°494 - E/2016 y sus modificatorias, intimo a Usted para que en el plazo perentorio e improrrogable de TREINTA (30) días hábiles, proceda a efectuar la misma o a reintegrar al ESTADO NACIONAL la suma total de PESOS ... ($ ... ) en concepto de fondos transferidos en virtud del Convenio ... (Marco/Específico/otros) suscrito en fecha ... , efectuando un depósito en la Cuenta Recaudación TGN N° 2510/46 de la TESORERIA GENERAL DE LA NACION en el BANCO NACION ARGENTINA - Sucursal Plaza de Mayo o bien entregando un cheque certificado a la orden del BANCO NACION ARGENTINA, endosado con la leyenda "para ser depositado en la Cuenta N° 2510/ 46 Recaudación TGN".

Transcurrido el plazo antes mencionado sin que se verifique el reintegro de los fondos transferidos y/o la regularización de tal situación, se procederá a iniciar las acciones judiciales pertinentes para hacer efectivo el cobro de dichas sumas. Asimismo, en caso que sea de aplicación el Decreto N° 225 de fecha 13 de marzo de 2007, se comunicará a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, órgano actuante en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la existencia de tal situación, quien será la encargada de comunicarlo a los Órganos de Control de la Jurisdicción Provincial o Municipal según corresponda.

Saludo a usted atentamente.

AL SEÑOR GOBERNADOR / INTENDENTE / OTROS D.
 (nombre del funcionario)

S/D
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