MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 100/2020
RESOL-2020-100-APN-SE#MDP
Ciudad de Buenos Aires, 10/06/2020
Visto el expediente EX-2020-32717120- -APN-DGDOMEN#MHA, la Ley N°
15.336 y sus modificatorios, los Decretos Nros. 637 del 28 de abril de
1987 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y la
Resolución de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA N° 1.077 del 15 de octubre de
2004, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 24 de la Ley N° 15.336 y sus modificatorios,
se creó el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (C.F.E.E.),
organismo dependiente de esta SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que mediante el artículo 25 de dicha ley se estableció que el CONSEJO
FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (C.F.E.E.) estará constituído, entre
otros, por el Secretario de Energía, que lo presidirá, o el
Subsecretario en su reemplazo.
Que a través del Decreto N° 637 de fecha 28 de abril de 1987 se delegó
en la SECRETARÍA DE ENERGÍA la facultad de designar a los miembros del
Consejo a los que se refiere el artículo 25, incisos b), d) y e) de la
Ley N° 15.336 y sus modificatorios.
Que asimismo, mediante el punto 16 del Apartado X del Anexo II del
Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se
estableció, entre los objetivos de esta SECRETARÍA DE ENERGÍA, ejercer
la representación de la misma en el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA
ELÉCTRICA (C.F.E.E.).
Que a los fines de lograr mayor celeridad y eficiencia en el ejercicio
de las competencias que le fueran atribuidas a esta Secretaría por el
Decreto N° 50/2019 y sus modificatorios, y teniendo en cuenta el
principio de especialidad que rige en el ejercicio de la función
administrativa, se entiende necesario delegar la Presidencia del
CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (C.F.E.E.) en la SUBSECRETARÍA
DE ENERGÍA ELÉCTRICA.
Que asimismo, mediante la resolución de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA N°
1.077 del 15 de octubre de 2004, se aprobó el Reglamento Interno del
CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (C.F.E.E.), que forma parte de
la misma como Anexo I, y el cual, en su artículo 2º, inciso b)
determina que el Comité Ejecutivo del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA
ELÉCTRICA (C.F.E.E.), será presidido por un representante de la
Secretaría de Energía.
Que en consecuencia, se entiende necesario designar como Representante
de esta Secretaría y Presidente del Comité Ejecutivo del CONSEJO
FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (C.F.E.E.), al Coordinador de
Integración Regional y Exportación e Importación de Energía Eléctrica
de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DEL SECTOR ELÉCTRICO de la
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley N° 19.549 y sus modificatorios y los Decretos Nros. 1.759 de
fecha 3 de abril de 1972 (to. 2017) y 637/87.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Delégase la Presidencia del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA
ELÉCTRICA (C.F.E.E.), en la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO.
ARTÍCULO 2°- Desígnase como Representante de la SECRETARÍA DE ENERGÍA y
Presidente del Comité Ejecutivo del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA
ELÉCTRICA (C.F.E.E.) al Coordinador de Integración Regional y
Exportación e Importación de Energía Eléctrica de la DIRECCIÓN NACIONAL
DE DESARROLLO DEL SECTOR ELÉCTRICO de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA
ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO.
ARTÍCULO 3°.- La presente designación no implica erogación alguna para el Estado Nacional.
ARTÍCULO 4°- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sergio Enzo Lanziani
e. 12/06/2020 N° 23323/20 v. 12/06/2020