EJÉRCITO ARGENTINO
DIRECCIÓN DE ARSENALES
Resolución 96/2020
RESOL-2020-96-APN-DAR#EA
Boulogne Sur Mer, Buenos Aires, 12/06/2020
VISTO lo establecido en la Decisión Administrativa Nº
DECAD-2020-409-APN-JGM y el punto 3) h) del Anexo a la Disposición ONC
N°48/2020 - EX-2020-17989943- -APN-ONC#JGM (Procedimiento para las
contrataciones de Bienes y Servicios en el marco de la Emergencia
Publica en materia sanitaria - Pandemia COVID - 19), y el expediente
electrónico EX-2020-32984737- -APN-DAR#EA correspondiente a la
DIRECCIÓN DE ARSENALES, y CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar una contratación por emergencia con el fin de
adquirir los elementos/servicios que originan el presente llamado
“MANTENIMIENTO Y REPARACION DE OMNIBUS 19 + 1 PASAJEROS MB SPRINTER
515-CDI C43, VEHICULO DE DOTACION DE LA FUERZA”, en virtud de la
necesidad de contar con el mismo para afrontar la operación de apoyo a
la comunidad en emergencia sanitaria COVID-19.
Que el procedimiento a observar en la contratación se encuentra normado
en la Decisión Administrativa NºDECAD-2020-409-APN-JGM, la Disposición
Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM, la Disposición Nº DI-2020-53-APN-ONC#JGM y
la Disposición Nº DI-2020-55-APN-ONC#JGM.
Que se incorporan al expediente el DENU 260/2020, la
DECAD-2020-409-APN-JGM, la DI-2020-48-APNONC#JGM y la DIR JEMGE Nro
01/DK/20 (IF-2020-25195668-APN-DAR#EA), la DI-2020-53-APNONC#JGM y la
DI-2020-55-APNONC#JGM que regularán el procedimiento.
Que se incorpora al expediente la asignación de crédito para la
operación de apoyo a la comunidad, mediante
NO-2020-21597694-APN-DGPPP#EA. Que cuenta con la correspondiente
Solicitud de Gasto Nº 10/2020, confeccionada por el DEPARTAMENTO
OBTENCION de la DIRECCIÓN DE ARSENALES, por un importe de PESOS SETENTA
Y OCHO MIL SETENTA Y TRES CON 56/100 ($ 78.073,56).
Que mediante ME-2020-27459066-APN-DAR#EA se incorporó al expediente
solicitud de provisión, cuadro de costo estimado, informe de Costo
estimado, pedido de presupuesto, ET NRO ARS 029/00/20, acta de
justificación y solicitud de gasto, confeccionado por el DEPARTAMENTO
OBTENCIÓN de esta DIRECCIÓN.
Que con fecha 22 de mayo de 2020, se cursaron las invitaciones a
Proveedores inscriptos en el Rubro objeto del llamado, cumplimentando
lo normado en la DI-2020-48-APN-ONC#JGM, incorporado al expediente
mediante IF-2020-33722276-APN-DAR#EA.
Que con fecha 26 de mayo de 2020, se realizó el Acta para dejar
constancia de lo actuado, interviniendo el Jefe UOC y el funcionario
designado por la IGE, incorporado al expediente mediante
IF-2020-34124047-APN-IGE#EA.
Que con fecha 26 de mayo de 2020, se realizó el Acto de Apertura de
ofertas, presentándose UN (1) Oferente: COLCAR MERBUS S.A. - CUIT
30-69688775-2. Que con fecha 26 de mayo de 2020, se realizó el Acta de
Apertura, interviniendo el Jefe UOC, el funcionario designado por la
IGE y el funcionario designado por la UAI, incorporado al expediente
mediante IF-2020-34128609-APN-UAI#MD.
Que mediante IF-2020-35064677-APN-DAR#EA se incorpora al expediente la
única oferta que recibió la presente contratación. Que se incorpora el
informe de recomendación emitido por la Unidad Operativa de
Contrataciones, mediante IF-2020-37206878-APN-DAR#EA, en el cual se
estipula declarar fracasada la contratación por precio excesivo.
Que el DEPARTAMENTO ASESORÍA JURÍDICA, ha tomado la intervención que le
compete, emitiendo Dictamen jurídico y controlando el Acto
Administrativo de Resolución de Adjudicación, informando que una vez
agredada la Comunicación Nº 8 de la ONC, esa instancia de Asesoramiento
Jurídico no tiene observaciones que formular respecto al proyecto de
acto administrativo encontrándose en condiciones para ser suscripto por
parte del DIRECTOR DE ARSENALES, incorporado al expediente en
IF-2020-37707109-APN-DAR#EA.
Que se incorpora al expte la Comunicación General Nº 8/2020 mediante
nota NO-2020-24714817-APNONC#JGM en cual se establecen los Precios
Máximos en los procesos de compra que se lleven a cabo para atender la
emergencia.
Que el suscripto, posee las facultades suficientes para dictar el
presente acto administrativo conforme lo previsto por el Artículo 11,
Inciso a) y b) del Decreto 1023/2001 y lo establecido en la Resolución
del Ministerio de Defensa Nro Resol 2016-265-E-APN-MD, del 04Oct16.
Por ello
EL DIRECTOR DE ARSENALES
RESUELVE
ARTICULO 1º. Declarar fracasada la Contratación por Emergencia COVID-19
Nº 07/2020 para el SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACION DE OMNIBUS 19
+ 1 PASAJEROS MB SPRINTER 515-CDI C43, VEHICULO DE DOTACION DE LA
FUERZA, en virtud de encontrarse la oferta de la firma COLCAR MERBUS SA
(renglón 1) con precio excesivo en el renglón técnicamente aceptable.
ARTICULO 2º. Se deja constancia del cumplimiento a lo establecido en el
Art 1 inciso d) apéndice XII de la Disposición 53/2020 de la Oficina
Nacional Contrataciones, lo establecido en la Decisión Administrativa
Nro 472/2020 y la Comunicación General ONC Nº 8/2020, verificándose el
listado de precios máximos establecidos por la Resolución de la
Secretaria de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo
Nº 100/20, no encontrándose el servicio de reparación de la presente
contratación incluido en el mismo.
ARTICULO 3º. Comuníquese y Publíquese la presente resolución en el
Boletín Oficial de la Nación y en la Oficina Nacional de
Contrataciones, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en la
normativa aplicable a las contrataciones de bienes y servicios bajo el
régimen de emergencia COVID-19 mediante la cual los organismos deben
proceder a publicar el acto administrativo de conclusión del
procedimiento en la ONC y el Boletín Oficial por el término de un (1)
día.
ARTÍCULO 4º. El oferente, podrá presentar el Recurso de Reconsideración
previsto en el Artículo 84 del Decreto 1759/72, reglamentario de la Ley
Nacional de Procedimientos Administrativos Nro. 19.549, dentro del
plazo de DIEZ (10) días contados a partir de la notificación de la
presente, como así también podrá presentar el Recurso Jerárquico
previsto en el Artículo 88 del Decreto 1759/72, reglamentario de la Ley
Nacional de Procedimientos Administrativos Nro. 19.549, dentro del
plazo de QUINCE (15) días contados a partir de la notificación de la
presente.
ARTÍCULO 5°. Remítase el presente expediente al DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO de la DIRECCIÓN DE ARSENALES, a los efectos
de la prosecución del trámite correspondiente.
ARTÍCULO 6°. Regístrese, comuníquese y archívese. Francisco Javier Oteo
e. 17/06/2020 N° 23641/20 v. 17/06/2020