INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 320/2020

RESFC-2020-320-APN-DI#INAES

Ciudad de Buenos Aires, 16/06/2020

VISTO el EX-2020-37459827-APN-DAJ#INAES, el Decreto Nro. 721 del 25 de agosto de 2000 y modificatorios, Decisión Administrativa 423 de fecha 23 de mayo de 2019 y sus modificatorios, el Decreto Nro. 157 de fecha 14 de febrero de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 6° del Decreto N° 721/00 y su modificatorio se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por la DA 423/2019 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, organismo descentralizado actuante en su entonces bajo la órbita del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, y se establecieron, asimismo, sus competencias.

Que por Decreto 157/2020, considerando que las políticas públicas que el ESTADO NACIONAL desarrolla a través del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO se corresponden con los objetivos del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) y constituyendo la citada cartera ministerial un ámbito más propicio para el accionar del Organismo, se transfiere a través del Artículo 10º al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) del ámbito de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que toda estructura organizativa funcional, responde a ejes políticos filosóficos que dan cuenta de la direccionalidad institucional de un Gobierno.

Que, en este orden de ideas, el Poder Ejecutivo Nacional, en su estructura organizativa ministerial, creo el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.

Que, a fin de implementar los objetivos y las políticas de gobierno en cada una de las áreas de gestión, este Instituto considera necesario estructurar como política transversal la creación de un Área organizacional que tengan como objeto la EQUIDAD, los GÉNEROS, y los DERECHOS HUMANOS.

Que, en cumplimiento de acuerdos internacionales de los que la República Argentina es suscriptora, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, a la Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer y otros instrumentos de Derechos Humanos con jerarquía constitucional, se ha estipulado que la lucha contra la desigualdad de género sea prioridad de Estado.

Que esta iniciativa responde al compromiso asumido con los derechos de las mujeres y diversidades, frente a toda forma de discriminación y violencia, y en aras de la construcción de una sociedad más igualitaria que promueva la autonomía integral de todas las personas, sin establecer jerarquías entre las diversas orientaciones sexuales, identidades o expresiones de géneros, siendo estos objetivos prioridad del gobierno.

Que estos desafíos se llevarán adelante a través del área y de políticas específicas que abordarán el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales en materia de géneros y de igualdad en virtud de un enfoque de Derechos Humanos y el abordaje específico que demanda una mirada interseccional de la discriminación múltiple que tiene a determinados colectivos y poblaciones como principales destinatarios.

Que, a tales fines, resulta menester asignar responsabilidades en cuanto a las tareas que se desarrollan en dicho ámbito a fin de asegurar el normal desenvolvimiento de la referida Área, con el objeto de dar cumplimento a las políticas de estado, generadas desde el Gobierno Nacional y hoy abordadas desde este Instituto.

Que por el Decreto Nº 721/00 se aprobaron, entre otras cuestiones, las atribuciones y funciones del presidente del Directorio de este Instituto Nacional, estableciéndose en el punto 4 del Anexo al artículo 3º, el ejercicio de la representación legal del Instituto, la dirección de su administración interna y las actividades de índole económico, financiero y patrimonial; y, en el punto 18, la facultad de designar al personal de la planta permanente o transitoria, conforme la legislación vigente.

Que la creación del Área y el cargo aludido no implican cambios en la estructura orgánica funcional, ni asignación de recursos extraordinarios.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 721/00, N° 420/96, N° 336/17 y la DA N°423/19.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Créase, en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y ASUNTOS JURÍDICOS del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, el ÁREA de la Coordinación de EQUIDAD, GÉNEROS Y DERECHOS HUMANOS, de acuerdo a las acciones establecidas en el Anexo I identificado como “IF-2020-37464726-APN-DGAYAJ#INAES” que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido archívese. Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Mario Alejandro Hilario Cafiero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/06/2020 N° 23814/20 v. 18/06/2020

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y ASUNTOS JURÍDICOS

ÁREA DE COORDINACIÓN DE EQUIDAD, GÉNEROS y DERECHOS HUMANOS

ACCIONES

1. Promover y difundir la perspectiva integral y transversal de los Derechos Humanos, de equidad e igualdad de géneros, incluyendo niños, niñas y personas con discapacidad, en la gestión organizacional de las cooperativas y mutuales, como herramienta de inclusión social asociativa y solidaria y la participación igualitaria.

2. Asistir y asesorar al Presidente del Directorio y establecer vinculación reciproca con las Comisión Técnicas del Directorio, en la aprobación de programas, proyectos, acciones en el plano interno y externo del organismo, vinculado prioritariamente a los Derechos Humanos en relaciones a las políticas públicas con perspectiva de géneros destinadas a la igualdad de oportunidades/trato.

3. Asistir técnicamente a grupos y organizaciones que se propongan constituir cooperativas y mutuales en la temática de Derechos Humanos y de géneros, promoviendo y facilitando su formación y su adecuado desarrollo operativo, institucional y temático.

4. Entender en el diseño de programas de gestión, investigación, formación, capacitación, difusión y de implementación de políticas que tengan como objetivo la promoción integral de los Derechos Humanos y de las perspectivas de equidad e igualdad de géneros y la prevención de toda forma de discriminación y/o violencia hacia la mujer.

5. Elaborar publicaciones propias y en colaboración, sobre perspectiva de géneros en el sector de las cooperativas y mutuales.

6. Articular con los organismos públicos y organizaciones privadas vinculados a la temática, para la prosecución de los fines, objetivos y acciones prevista en el área de Coordinación de Equidad, Géneros, y Derechos Humanos; así como de manera integrada y colaborativa junto a las demás áreas del Instituto.