ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDADResolución Sintetizada 47/2020ACTA N° 1610Expediente EX-2019-105603851-APN-SD#ENREBuenos Aires, 17 DE JUNIO DE 2020
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.-Dar a publicidad el pedido de otorgamiento del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública presentado por la EMPRESA DE
TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.), a
requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA SOCIEDAD
ANÓNIMA (EDEA), para la obra de Ampliación consistente en la adecuación
y cambio de nivel de tensión del actual campo de alimentación
denominado “3VGES1” de 33 kV a nivel de 13,2 kV.
2.- EDEA
deberá incorporar en su proyecto todas las observaciones y
requerimientos técnicos presentados por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y TRANSBA S.A. a
efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino
De Interconexión (SADI).
3.- Publicar la solicitud referida en
el artículo 1, mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a CAMMESA que haga lo
propio por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos; también
se publicará por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia
difusión correspondiente al lugar donde la obra vaya a ser realizada o
pueda afectar eléctricamente, advirtiéndose en dichas publicaciones que
se otorgará un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos a ser
computados desde la última publicación efectuada, para que quien
considere que la obra en cuestión pudiese afectarlo en cuanto a las
prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee
su oposición fundada por escrito ante el ENRE.
4.- Establecer
que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre
distintos Usuarios, se convocará a Audiencia Pública para analizarlas,
recibir las oposiciones y permitir al solicitante contestar las mismas
y exponer sus argumentos en defensa de la solicitud publicada.
5.-
Disponer que una vez operado el vencimiento de los plazos señalados en
el artículo 3 sin que se registre la presentación de planteo de
oposición fundado en los términos allí referidos, este Ente Nacional
procederá a dictar un acto administrativo a fin de otorgar el
Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación
referida en el artículo 1 del presente acto.
6.- Notificar a
TRANSBA S.A., a EDEA, a CAMMESA y al ORGANISMO DE CONTROL DE LA ENERGÍA
ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OCEBA).
7.- Regístrese, comuníquese, publique en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Diego Emanuel Alarcón, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.
e. 19/06/2020 N° 24059/20 v. 19/06/2020