MINISTERIO DE ECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

Disposición 29/2020

DI-2020-29-APN-SSADYNP#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 23/06/2020

Visto el expediente EX-2020-33511428- -APN-DCPYS#MEC, COMPULSA - COVID-19 N° 2/2020, los decretos 260 del 12 de marzo de 2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE) y 297 del 19 de marzo de 2020 (DECNU- 2020-297-APN-PTE), la decisión administrativa 409 del 18 de marzo de 2020, y la disposición 48 del 19 de marzo de 2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones (DI-2020-48-ONC#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto, tramita la solicitud para la contratación de la adquisición de un (1) sistema para la realización de videoconferencias y telepresencias en la Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, en el marco de la emergencia y el aislamiento social preventivo y obligatorio declarado mediante los decretos 260 del 12 de marzo de 2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE) y 297 del 19 de marzo de 2020 (DECNU-2020-297-APN-PTE) (cf., NO-2020-32310479-APN-UGA#MEC).

Que el área requirente fundamenta la necesidad de la contratación en la urgencia de continuar con la estrategia de Sostenibilidad de la Deuda Pública Externa Argentina, en el marco de las leyes 27.514 y 27.544 y la imposibilidad del señor Ministro de realizar viajes y reuniones presenciales en forma masiva con otros funcionarios nacionales o extranjeros, en virtud del aislamiento social preventivo y obligatorio que fuera declarado por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el decreto citado en el considerando precedente.

Que el día 22 de mayo de 2020, se cursó la pertinente Invitación a Cotizar a través del Sistema COMPR.AR (cf., PLIEG-2020-33906137-APN-DCPYS#MEC).

Que en el Acta de Apertura de Ofertas del 27 de mayo de 2020, consta la recepción de una (1) oferta, correspondiente a la empresa Distecna.Com Sociedad Anónima (CUIT 30-71463682-7) (cf., IF-2020-34533764-APN-DCPYS#MEC y RE-2020-34533843-APN-DCPYS#MEC).

Que la Dirección de Ingeniería y Comunicaciones dependiente de la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones de esta subsecretaría señaló, en su Informe Técnico sobre la oferta, tras las aclaraciones a ella presentadas, que Distecna.Com Sociedad Anónima cumple técnicamente con lo requerido en las especificaciones técnicas, asimismo, examinó la conveniencia económica de la oferta que se propicia adjudicar (cf., IF-2020-36203455-APN-DCPYS#MEC e IF- 2020-36389191-APN-DIYC#MEC).

Que la Dirección de Compras, Patrimonio y Suministros dependiente de la Dirección General de Administración de esta subsecretaría, elaboró el informe de recomendación de estilo (cf., IF-2020-36777732-APN-DCPYS#MEC).

Que obra agregada la Solicitud de Contratación 34-27-SCO20 por la cual se realiza la reserva preventiva del gasto (cf., IF-2020-34358603-APN-DCPYS#MEC).

Que, por lo expuesto, procede autorizar, aprobar y adjudicar en este único acto la contratación requerida con encuadre en el apartado a del inciso 2 del anexo de la disposición 48 del 19 de marzo de 2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones (DI-2020-48-APN-ONC#JGM), complementaria de la decisión administrativa 409 del 18 de marzo de 2020, por razones de emergencia.

Que se han incorporado a las actuaciones la Declaración Jurada de Intereses de la adjudicataria respecto de los supuestos previstos en los artículos 1° y 2° del decreto 202 del 21 de marzo de 2017, aprobada mediante el anexo I de la resolución 11 del 19 de mayo de 2017 de la ex Secretaría de Ética Pública, Transparencia y Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (RESOL-2017-11-APN-OA#MJ) (cf., RE-2020-34533960-APN-DCPYS#MEC).

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades previstas en el inciso b del artículo 35 del anexo al decreto 1344 del 4 de octubre de 2007 y en el anexo al artículo 9° del reglamento aprobado mediante el decreto 1030 del 15 de septiembre de 2016, de aplicación al caso en virtud de lo dispuesto en el artículo 6° de la decisión administrativa 409/2020.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

DISPONE

ARTÍCULO 1º.- Autorizar y aprobar la Compulsa COVID-19 N° 2/2020, las Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas obrantes en la Invitación a Cotizar (PLIEG-2020-33906137-APN-DCPYS#MEC) para la adquisición de un (1) sistema para la realización de videoconferencias y telepresencias en la Sala de Reuniones del Ministerio de Economía.

ARTÍCULO 2°.- Adjudicar a Distecna.Com Sociedad Anónima (CUIT 30-71463682-7) la contratación de que se trata, de conformidad con su respectiva oferta, la que se acepta en la siguiente forma:

Renglón 1: provisión de una (1) unidad CS-KITPRO-K9 WebexRoom Kit Pro.

Precio total: veintiocho mil doscientos veintinueve dólares estadounidenses (USD 28.229).

Renglón 2: prestación de un servicio de soporte técnico y mantenimiento de hardware para el equipo detallado en el renglón 1, por doce (12) meses.

Precio total: doce mil seiscientos ochenta y cinco dólares estadounidenses (USD 12.685).

Renglón 3: provisión de un (1) paquete de licencias AFLEX.

Precio total: catorce mil ciento cincuenta y cinco dólares estadounidenses (USD 14.155).

Renglón 4: prestación de un (1) servicio de mantenimiento para las licencias del renglón 3.

Precio total: seis mil trescientos cincuenta y nueve dólares estadounidenses (USD 6.359).

Renglón 5: provisión de dos (2) televisores de 65 pulgadas.

Precio total: cinco mil nueve dólares estadounidenses (USD 5.009).

Renglón 6: prestación de un (1) servicio de instalación, configuración y puesta en marcha del equipamiento solicitado.

Precio total: un mil quinientos dólares estadounidenses (USD 1.500).

Monto total de la contratación: sesenta y siete mil novecientos treinta y siete dólares estadounidenses (USD 67.937), pagaderos en moneda nacional, al tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina, vigente a la fecha de la liberación del pago.

ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de esta medida a la partida presupuestaria correspondiente al SAF 357 - Ministerio de Economía, para el ejercicio que resulte pertinente.

ARTÍCULO 4°.- Autorizar a la Dirección de Compras, Patrimonio y Suministros dependiente de la Dirección General de Administración de esta subsecretaría, a emitir la orden de compra.

ARTÍCULO 5°.- Notificar a la Oficina Nacional de Contrataciones a los fines de la publicación del acto en su página web conforme lo dispuesto en el artículo 15 ter del decreto 260 del 12 de marzo de 2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE).

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dardo Hernan Perez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/06/2020 N° 24852/20 v. 24/06/2020

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)



INVITACIÓN A COTIZAR

EMERGENCIA COVID-19

Nombre de la Jurisdicción - Unidad Operativa de Contrataciones: 0034 - Dirección de Compras, Patrimonio y Suministros dependiente de la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía de la Nación.

Número de expediente: EX-2020-33511428-APN-DCPYS#MEC

Procedimiento - Sistema COMPR.AR: COMPULSA - COVID - 19 N° 2/2020 - Proceso: 34-0015-CDI20 - Adquisición de un sistema para la realización de videoconferencias y telepresencias.

Marco Normativo: Decreto N° 260/2020 (Art. 15 ter); Decisión Administrativa N° 409/2020, la Disposición N° 48/2020 y sus modificatorias de la Oficina Nacional de Contrataciones y la Decisión Administrativa N° 472/20. La normativa puede ser consultada en la página www.infoleg.gov.ar por tipo y número de norma.

Por aplicación del decreto 202/2017, se informa que la autoridad con capacidad para decidir en el presente procedimiento es la siguiente:

Nombre y apellido: Dardo Hernán Pérez.

DNI N° 23.569.709

Cargo: Subsecretario de Administración y Normalización Patrimonial.

Si ocurriera un cambio en los funcionarios con competencia o capacidad para decidir este procedimiento antes de la emisión del acto administrativo de cierre, se informará a la mayor brevedad posible los nombres de las nuevas autoridades, a efectos de que las personas interesadas actualicen lo declarado oportunamente.

Señor proveedor:

Por medio de la presente se solicita se sirva cotizar de acuerdo al siguiente detalle y sobre las bases, condiciones particulares y especificaciones técnicas que se describen a continuación:


Condiciones de Cotización: La cotización será global, por conjunto de renglones. Deberá cotizarse el renglón completo. El precio cotizado será total, final, por todo concepto y admitirá solamente dos (2) decimales. La moneda de cotización deberá ser el dólar estadounidense. A fin de constatar su experiencia en el rubro, el oferente deberá adjuntar -al momento de presentación de su oferta- la acreditación de la celebración de al menos dos (2) contratos en el país, de iguales o superiores características a las aquí requeridas -en cuanto a equipo, software y hardware-, en el trascurso de los últimos dos (2) años, con indicación del nombre del cliente o empresa, nombre y apellido del responsable, domicilio, e-mail, teléfono, cantidad de equipos y características del servicio prestado. En caso de que el oferente ofrezca proveer servicios de mantenimiento para bienes que no fabrica o produce, también deberá adjuntar documentación emitida por el fabricante o productor de los bienes donde conste que ha sido autorizado a representarlo y prestar los servicios requeridos por la presente o bien que es distribuidor autorizado para proveer los bienes y servicios de que se trate. Asimismo, deberá acompañar una nota emitida por el fabricante donde éste indique con claridad que la garantía de los bienes será brindada a través del fabricante. Como anexo I, se adjunta el formulario "Declaración Jurada de Intereses Decreto N° 202/17" aprobado por Resolución E-11/2017 que deberá ser completado, firmado, digitalizado y acompañado a la oferta en el sistema COMPR.AR.

Como anexo II, incorporada como anexo al proceso en el sistema COMPR.AR, obra el Compromiso de Integridad suscripto por autoridad competente, el cual deberá ser firmado por el oferente, digitalizado y acompañado a la oferta en el mencionado sistema.

Como anexo III, luce vinculada la Declaración Jurada de Programa de Integridad que también deberá completarse, firmarse, digitalizarse e incorporse al sistema COMpR.AR.

Día y hora de presentación de la oferta: hasta las 16:00 horas del día 27 de mayo de 2020, a través del sistema COMPR.AR, utilizando el formulario electrónico que suministra dicho sistema, cumpliendo con todos los requerimientos de la Invitación a Cotizar y acompañando la documentación que la integra, en soporte electrónico. A fin de garantizar su validez, la oferta electrónica cargada deberá ser confirmada por el oferente, quien podrá realizarlo únicamente mediante usuario habilitado para ello, conforme lo normado por el procedimiento de registración y autenticación de los usuarios de los proveedores, aprobado como Anexo III a la Disposición ONC N° 65/16.

Mantenimiento y Garantía de Mantenimiento de Oferta: El plazo de mantenimiento de las ofertas será de seis (6) días corridos, contados desde la fecha de apertura de ofertas; este plazo se prorrogará automáticamente por períodos sucesivos, salvo comunicación en contrario por parte del oferente, con una antelación mínima de un (1) día, previo al vencimiento del período respectivo. NO SE REQUIERE LA PRESENTACIÓN DE GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.

Personal de asistencia: El personal designado por la adjudicataria para el cumplimiento del contrato, no adquiere por medio de esta contratación ningún tipo o forma de relación laboral o de dependencia con el Ministerio contratante siendo por cuenta de la firma contratada todas las responsabilidades emergentes (sueldos, cargas sociales, seguros y demás obligaciones laborales, previsionales y tributarias). Es de exclusiva responsabilidad de la adjudicataria, todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados con la entrega de los bienes, su instalación y asistencia. El personal deberá contar con un seguro a cargo de la cocontratante en la forma más amplia permitida, emitido por montos suficientes para proteger a la adjudicataria de responsabilidad por lesiones, enfermedades o incapacidades de cualquier clase, sean totales o parciales, permanentes o temporales.

Criterio de Selección: De entre las ofertas técnica y formalmente admisibles por cumplir con las especificaciones técnicas, se seleccionará la de más bajo precio. Al efecto, el área técnica elaborará un informe analizando el cumplimiento de los recaudos exigidos de todas las ofertas presentadas, para lo cual podrá solicitar a los oferentes precisiones o aclaraciones sobre la composición de su oferta, que no impliquen su alteración. A los efectos de la evaluación de las ofertas no se tendrá en cuenta los incumplimientos de anteriores contratos.

Recomendación: El titular de la Unidad Operativa de Contrataciones emitirá un informe a través del cual recomendará la resolución a adoptar para concluir el procedimiento.

Adjudicación. Emisión de Orden de Compra. Comisión de Recepción: Analizadas las ofertas, se procederá a dictar el acto de adjudicación a la oferta más conveniente y a emitir la orden de compra correspondiente. La adjudicación será por el total de los renglones a un mismo oferente. Notificada la orden de compra, se dará intervención a la Comisión de Recepción.

Como condición para resultar adjudicatario, el oferente deberá estar dado de alta en la Tabla de Entes del Sidif que administra la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y, asimismo, deberá encontrarse incorporado en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), en estado "inscripto" y con los datos actualizados en forma previa a la emisión del acto de conclusión del procedimiento, por lo que se recuerda a todos los interesados la necesidad de cumplir con el procedimiento previsto enla Disposición N° 64/16 de la Oficina Nacional de Contrataciones.

Garantía de cumplimiento de contrato: La cocontratante deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato, equivalente al diez por ciento (10%) del monto de lo ofertado para dichos renglones, dentro del plazo de cinco (5) días corridos de notificada la Orden de Compra. Si el cocontratante no integrara la garantía de cumplimiento del contrato en el plazo fijado, la Unidad Operativa de Contrataciones lo podrá intimar para que la presente, otorgándole un nuevo plazo, o podrá propiciar la rescisión del contrato ante la autoridad competente y se deberá intimar al pago del importe equivalente al valor de la mencionada garantía.

Todo ello, sin prejuicio de lo establecido en los Requisitos y Especificaciones Técnicas en relación a la materia.

No será necesario presentar garantía de cumplimiento de contrato en los siguientes casos:

-Cuando el monto de la Orden de Compra no supere el monto de UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL PESOS ($ 1.600.000.-).

-Cuando el cocontratante ejecute la totalidad del contrato dentro del plazo de integración de la garantía. -Cuando el oferente sea una jurisdicción o entidad perteneciente al Sector Público Nacional en los términos del artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones.

-Cuando el oferente sea un organismo provincial, municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Forma de constitución de la garantía: las garantías podrán constituirse por cualquiera de las siguientes formas:

- Mediante depósito bancario en la cuenta del Ministerio de Economía (SAF 357) N° 3596/37 del Banco de la Nación Argentina - Casa Central.

- Mediante Póliza electrónica de Seguro de Caución, emitidas por entidades aseguradoras habilitadas a tal fin por la Superintendencia de Seguros de la Nación y extendida a favor del Ministerio de Economía.

Plazos de entrega e instalación de bienes y activación de servicios: El plazo máximo para la entrega de los bienes comprendidos en los renglones 1, 3 y 5 será de treinta (30) días corridos contados a partir de la notificación de la orden de compra. Mismo plazo y condiciones serán para la prestación del servicio del renglón 6. La activación de los servicios contratados en los renglones 2 y 4 se realizará dentro de los diez (10) días subsiguientes, debiendo surgir del sitio web de soporte del fabricante que el estado del contrato del servicio de mantenimiento se encuentra "activo". La Comisión de Recepción emitirá la correspondiente Acta de Recepción, a cuyo efecto podrá ser asistida por el Área Técnica que verificará el correcto funcionamiento de los bienes y servicios contratados.

Lugar de entrega: avenida Paseo Colón N° 135 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para coordinar la entrega, deberán, indefectiblemente, contactarse previamente con el señor Rodrigo Muñiz o el señor Pablo Alonso, por correo electrónico, a la dirección costysa@mecon.gov.ar.

Vigencia del Servicio: Los servicios contratados en los renglones Números 2 y 4 tendrán una vigencia de doce (12) meses, contados a partir de la fecha que se fije en el Acta de Recepción.

Penalidades: En caso de que la adjudicataria incurra en incumplimiento en el plazo de entrega de los bienes y/o prestación de los servicios, el Ministerio tendrá derecho a aplicar una (1) multa del cero coma cero cinco por ciento (0,05%) del valor de lo satisfecho fuera de término por cada día hábil de atraso. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Invitación a Cotizar, dará lugar a llamados de atención que serán formulados por medio de comunicación fehaciente. Será causal de un (1) llamado de atención cualquier incumplimiento en el que incurra la adjudicataria en los tiempos máximos definidos, así como también la falta de ejecución de las tareas programadas en los plazos establecidos. La acumulación de dos (2) llamados de atención, motivará la aplicación de una (1) multa que seguirá la siguiente escala: 1° multa: uno por ciento (1%) del valor de la facturación. 2° multa: dos por ciento (2%) del valor de la facturación y 3° multa: tres por ciento (3%) del valor de la facturación. La acumulación de ocho (8) llamados de atención dará lugar a la rescisión del contrato por culpa del cocontratante. La aplicación de las penalidades previstas será afectada de acuerdo a las previsiones del artículo 104 del anexo I del decreto 1030/2016.

Facturación y forma de pago: El pago se realizará dentro del plazo máximo de treinta (30) días corridos contados a partir de la presentación de la factura. Junto con la factura, la adjudicataria presentará la contragarantía correspondiente por el cien por ciento (100%) del total adjudicado para los renglones 2 y 4 que se abonan por adelantado.

Sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gastos contenidas en la normativa vigente. La factura deberá emitirse electrónicamente como único comprobante válido a través de la ventanilla electrónica conforme las Resoluciones Generales Nros. 4290/18 y 4291/18 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Para ello, el adjudicatario deberá poseer al menos Clave Fiscal Nivel 2 y haberse adherido previamente al servicio "MHA Ventanilla Electrónica de Proveedores" mediante el servicio "Administrador de Relaciones de Clave Fiscal" al que se accede a través del portal https://auth.afip.gob.ar/contribuyente /menu.xhtml. La factura, que deberá ser C o B, se emitirá en cabeza del " Ministerio de Economía ", CUIT N° 30-54667611-7 (en el segundo caso con IVA incluido, sin discriminar). No obstante, en caso de que el porcentaje de IVA aplicado a cada factura sea distinto del veintiuno por ciento (21%), la empresa deberá declararlo con una inscripción informativa en el frente de la factura, indicando cuál es el porcentaje aplicado para ese rubro o actividad y el monto correspondiente.

Los pagos que realiza el Tesoro Nacional se efectúan mediante acreditaciones en cuentas bancarias, corrientes o de ahorro, en moneda nacional. A tal fin, los beneficiarios de pago, cualquiera sea su carácter, deberán informar sólo una cuenta, la que deberá encontrarse abierta en alguno de los bancos adheridos al sistema, autorizados a operar como agentes pagadores del Tesoro Nacional, pudiendo consultar los mismos a través del link http://www.tgn.mecon.gov.ar/bancos-adheridos-sistema-cuenta-unica-tesoro.asp.

Se informa que en forma previa al libramiento de la orden de pago se verificará la inexistencia de deudas tributarias o previsionales y en el REPSAL de acuerdo a la normativa aplicable.

Jurisdicción: a todos los efectos legales emergentes de la presente contratación, serán competentes los tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Denuncias: si en el curso del procedimiento advirtiese prácticas que atenten contra la integridad y transparencia del Trámite, podrá formularse la denuncia correspondiente a través del canal de la Oficina Anticorrupción (https://www.argentina.gob.ar/denunciar-un-hecho-de-corrupcion) o que el organismo haya creado a estos efectos. A tal efecto puede consultar la guía del denunciante elaborada por esa Oficina https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/guia_del_denunciante_0.pdf).

Requerimientos y Especificaciones Técnicas:

RENGLÓN 1: CS-KITPRO-K9 Cisco WebexRoom Kit Pro.

Se deberá proveer un Kit de Videoconferencia y Telepresencia modelo CS-KITPRO-K9 Cisco WebexRoom Kit Pro con las siguientes características:

CODEC PRO, con salida para 3 monitores (dos para video conferencia, 1 para compartir contenido).

✓ Incluir Cisco WebexQuad Camera, con definición 5K Ultra HD y funcionalidad de seguimiento de orador (speaker track), 5x zoom digital.

✓ Todo el control del equipo, así como de cada reunión se realizará a través de un panel táctil de mesa (Touch 10), de manera gráfica e intuitiva.

✓ CUATRO (4) micrófonos con control automático de ganancia, y cancelación de eco y reducción de ruido.

✓ Deben poseer fuente de alimentación para poder conectarse directamente a la red de suministro de energía eléctrica de 220 V - 50 Hz, además de tener conexión a tierra.

✓ Todo el cableado de interconexión necesario para su funcionamiento.

RENGLÓN 2: Servicio de soporte técnico y mantenimiento de hardware para el equipo detallado en el Renglón 1

Servicio de soporte técnico: La adjudicataria deberá proveer soporte técnico y mantenimiento de hardware para el equipo ofertado en el Renglón 1 del tipo SMARTnet 8x5XNBD por un período de doce (12) meses, que incluye la provisión de partes, repuestos y accesorios que deban ser reemplazados. Los materiales y repuestos a emplear deberán ser originales o de calidad similar, nuevos y sin uso, debiendo presentarse la documentación que respalde las citadas características. Se deberá establecer el destino de los elementos reemplazados. La propiedad de los repuestos reemplazados será del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Los materiales, repuestos, etc. que resultaren rechazados serán retirados por el proveedor a su costo, como así también los defectuosos o de buena calidad puestos en desacuerdo con las reglas del arte, estando a su cargo los gastos que demandare la inmediata sustitución de los mismos.

La relación para el cumplimiento de la garantía será directamente entre el representante del adjudicatario y el responsable del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Durante los doce (12) meses del período de garantía, el proveedor deberá brindar el mantenimiento preventivo del equipo, en donde deberá de efectuar tareas como la actualización de firmware, parches o cualquier otro mantenimiento necesario, según las recomendaciones del fabricante para asegurar el correcto funcionamiento del equipamiento. Dicho mantenimiento deberá coordinarse con el personal encargado de la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Si hubiera elementos o situaciones para los cuales no fuera aplicable la garantía, éstos y éstas deberán estar detallados en forma clara y explícita en la oferta. NO se aceptarán descripciones ambiguas como ser "mal uso del equipamiento".

No se aceptarán posteriores adiciones a la lista explícita de elementos y/o situaciones no cubiertas por la garantía. Cuando la magnitud de la avería requiera el traslado del equipamiento para su reparación en laboratorio, el mismo será por cuenta y responsabilidad del adjudicatario y no generará ningún costo adicional para el MINISTERIO DE ECONOMIA. Sólo se aceptará que los equipos sean retirados de las oficinas del MINISTERIO DE ECONOMIA para su reparación sí previamente:

a) El proveedor reemplaza dicho equipo por otro de idénticas o superiores características mientras dure la reparación. En caso de requerirse la sustitución total del equipo, los equipos provistos como sustitución deberán ser similares a los averiados o de mayores prestaciones. En ningún caso se aceptará que la sustitución exija la modificación de la estructura de la red o provoque reducción en las funcionalidades del sistema. Todas las reconfiguraciones de software que sean necesarias como consecuencia de la sustitución deberán ser realizadas por el proveedor. La garantía deberá ser brindada por técnicos especializados y suministrada por un servicio técnico autorizado y certificado por el fabricante de los equipos.

b) El MINISTERIO DE ECONOMIA autoriza en forma explícita el retiro de los equipos.

c) Con respecto a cualquier información que ambas partes contratantes identifiquen como reservada y sea entregada por una de las partes a la otra para cualesquiera de los fines de esta contratación, el MINISTERIO DE ECONOMIA y el adjudicatario se comprometen a mantenerla en forma confidencial.

Servicio de mantenimiento correctivo de hardware: El adjudicatario tramitará con el fabricante las autorizaciones y permisos necesarios a fin de que este último pueda efectuar tareas de mantenimiento correctivo de hardware cuando las circunstancias así lo ameriten, a cuyo efecto el Ministerio de Economía -previa presentación de las credenciales respectivas- autoriza en tales supuestos la directa intervención del fabricante. La vigencia del contrato será de DOCE (12) meses a partir de la activación del equipamiento solicitado en el Renglón 1. Deberá poder verificarse dicha activación en el perfil jyenna2007 del Cisco Connection Online (CCO) del MINISTERIO DE ECONOMIA en el sitio web de Cisco.

Las personas de contacto para temas relacionados a la activación del servicio son: Martín Salomón y Marcos Dellajiustina a las siguientes cuentas de correo electrónico: msalomon@mecon.gob.ar y/o mdella@mecon.gov.ar

La solicitud de asistencia técnica podrá solicitarse telefónicamente, mediante correo electrónico o mediante sistema de registro de solicitudes basado en WEB, el que debe ponerse a disposición del MINISTERIO DE ECONOMIA a través de una URL pública en Internet (indicando usuario y contraseña requeridos para su uso).

La modalidad de atención es a demanda y no tendrá límites en la cantidad de incidentes.

Se encuentran incluidas todas las tareas, partes, repuestos y accesorios necesarios que permitan lograr que los equipos funcionen en forma correcta con la total conformidad del usuario final.

Días, horarios de atención y tiempos de respuesta y reparación del servicio:

✓ Días y Horarios de Atención: 5 días por 8 horas, de 10:00 a 18:00 hs.

✓ Tiempo de respuesta: Hasta el próximo día hábil, donde se deberá resolver la asistencia técnica correctiva.

Asimismo, el mantenimiento correctivo de hardware y el soporte a la suscripción deberá incluir:

✓ Soporte las 24 horas de TAC de Cisco, acceso registrado a Cisco.com y actualizaciones de software de aplicación (releases menores y de mantenimiento).

✓ Escalamiento de problemas críticos.

✓ Soporte por correo electrónico.

✓ Acceso a Cisco Connection Online (CCO).

✓ Actualización (updates) de software mediante Cisco Connection Online (CCO). El oferente deberá arbitrar los medios necesarios para que el perfil jyenna2007 del Cisco Connection Online (CCO) del MINISTERIO DE ECONOMIA en el sitio web de Cisco sea capaz de obtener actualizaciones de IOS de los equipos ofertados con características de encriptación durante la duración del presente contrato de mantenimiento.

✓ Instalación de todos los parches y cambios de BIOS y software mandatorios por fábrica e ingeniería.

✓ Para todos los casos, todos los repuestos que se empleen deberán ser nuevos y sin uso previo. No se autorizará la instalación de piezas y partes recuperadas o reparadas.

RENGLÓN 3: Paquete de Licencias AFLEX

Se deberá proveer UNO (1) paquete de licencias AFLEX con suscripción por doce (12) meses con las siguientes características:

✓ Se requiere una suscripción de licenciamiento inicial que permita que al menos 200 usuarios puedan iniciar reuniones con una concurrencia de 40 reuniones simultáneas.

✓ A cada reunión deberán poder asistir hasta 200 participantes. Deberá tener la capacidad de alojar la reunión "OnPremise" o "Nube" dependiendo de la necesidad del MINISTERIO DE ECONOMIA según el ancho de banda disponible. Cada reunión deberá poder ser grabada y encriptada.

✓ Los usuarios (Organizadores o invitados) deberán poder entrar a las salas virtuales desde cualquier tipo de dispositivo, Sala de Video Conferencia, Equipo de Video Personal, Computadora, Notebook, Tablet, Celular y deberán poder acceder desde el lugar donde se encuentren, siempre que tengan acceso a Internet.

RENGLÓN 4: Servicio de mantenimiento para las licencias del Renglón 3

Se deberá proveer de un servicio de soporte y mantenimiento para la suscripción solicitada en el Renglón 3 por un lapso de doce (12) meses y deberá tener la modalidad de 8x5xNBD.

Días, horarios de atención y tiempos de respuesta y reparación del servicio:

✓ Días y Horarios de Atención: 5 días por 8 horas, de 10:00 a 18:00 hs.

✓ Tiempo de respuesta: Hasta el próximo día hábil, donde se deberá resolver la asistencia técnica correctiva.

Asimismo, el mantenimiento correctivo de hardware y el soporte a la suscripción deberá incluir:

✓ Soporte las 24 horas de TAC de Cisco, acceso registrado a Cisco.com y actualizaciones de software de aplicación (releases menores y de mantenimiento).

✓ Escalamiento de problemas críticos.

✓ Soporte por correo electrónico.

✓ Acceso a Cisco Connection Online (CCO).

✓ Actualización (updates) de software mediante Cisco Connection Online (CCO). El oferente deberá arbitrar los medios necesarios para que el perfil jyenna2007 del Cisco Connection Online (CCO) del MINISTERIO DE ECONOMIA en el sitio web de Cisco sea capaz de obtener actualizaciones de IOS de los equipos ofertados con características de encriptación durante la duración del presente contrato de mantenimiento.

✓ Instalación de todos los parches y cambios de BIOS y software mandatorios por fábrica e ingeniería.

✓ Para todos los casos, todos los repuestos que se empleen deberán ser nuevos y sin uso previo. No se autorizará la instalación de piezas y partes recuperadas o reparadas.

RENGLÓN 5: Dos Televisores de 65 pulgadas

Se deberá proveer dos (2) televisores de 65 pulgadas marca LG modelo 65SM5KD o de características superiores. La garantía de los equipos será por doce (12) meses.

Se deberá proveer toda la mecánica de anclaje necesaria para que los mencionados equipos se instalen sobre placa de Durlock® existente en la sala.

RENGLÓN 6: Servicio de instalación, puesta en marcha y configuración del equipamiento solicitado

Se deberá proveer un servicio de instalación del equipamiento adquirido, teniendo en cuenta para ello de utilizar la cañería existente de 2.5" dedicada a tal fin y que la distancia mínima para cablear desde donde se ubicará el equipo del Renglón 1 y la mesa de reuniones es de 20 mts aproximadamente. Los equipos de TV del renglón CINCO (5) se deberán instalar sobre un tabique de Durlock® disponible en la sala.

Deberá también proveer la puesta en marcha del equipamiento, su configuración como así también la activación de la suscripción del Renglón 3.

Una vez finalizado este proceso se deberá realizar una transferencia de conocimientos sobre el uso y administración del equipo y la operatoria del servicio de suscripción al personal que el MINISTERIO DE ECONOMIA designe a tal fin.

PRUEBAS de ACEPTACIÓN: Se deberá demostrar el funcionamiento del sistema para realizar videoconferencias con equipos externos de similares características, y contra servicios de videoconferencias en la nube diferente a Webex, del tipo Zoom, etc.

En todo caso, el cocontratante deberá poseer las herramientas, el instrumental, los medios de comunicación, los equipos de prueba y los elementos necesarios, en cantidad y calidad suficientes, como para asegurar que el Servicio Técnico cumpla con el mantenimiento solicitado en la contratación.

ANEXO I

Anexo I de la resolución 11-E del 19 de mayo de 2017 de la Secretaría de Ética Pública. Transparencia y Lucha contra la Corrupción.

DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES- DECRETO N° 202/2017


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SECRETARÍA DE ÉTICA PÚBLICA, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN

RESOLUCIÓN 11-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 19/05/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-02843758-APN-OA#MJ, la Ley N° 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública y el Decreto N° DECTO-2017-202-APN-PTE del 21 de Marzo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que a los fines de preservar el uso adecuado de los recursos públicos, dando acabado cumplimiento de las reglas sobre ética e integridad, el Decreto N° DECTO-2017-202-APN-PTE estableció procedimientos y mecanismos especiales para los casos en que pudiera existir una vinculación particular relevante entre un interesado en contratar u obtener el otorgamiento de algunos de los actos mencionados en el artículo 1° de la norma referida precedentemente, del Estado por una parte, y el Presidente y el Vicepresidente de la Nación, el Jefe de Gabinete de Ministros, demás ministros y autoridades de igual rango y/o los titulares de cualquier organismo o entidad del Sector Público Nacional con competencia para contratar o aprobar cualquiera de las formas de relación jurídica allí contempladas.

Que la citada norma especificó aquellos vínculos entre los funcionarios y las personas que deben ser considerados relevantes a los fines de aplicar nuevas reglas y procedimientos especiales que, sumados a los mecanismos existentes, aseguren los más altos estándares de integridad, rectitud, transparencia, imparcialidad y defensa del interés general.

Que el Decreto N° DECTO-2017-202-APN-PTE dispuso la obligación de toda persona de presentar una "Declaración Jurada de Intereses". cuando se presente en un procedimiento de contratación pública o de otorgamiento de una licencia, permiso, autorización, habilitación o derecho real sobre un bien de dominio público o privado del Estado, llevado a cabo por cualquiera de los organismos y entidades del Sector Público Nacional comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156.

Que la citada norma en su artículo 4° dispone que en caso de existir un supuesto de vinculación alcanzado por la norma, el organismo o entidad en cuyo ámbito se desarrolle el respectivo procedimiento deberá adoptar al menos uno de los siguientes mecanismos: Pacto de Integridad; Testigo Social; Veeduría especial de organismo de control y/o Audiencia Pública.

Que, a su vez, la citada norma estableció que dentro del plazo de SESENTA (60) días corridos de su entrada en vigencia, la OFICINA ANTICORRUPCIÓN aprobará la normativa y los formularios necesarios para su implementación, facultándola a dictar las normas operativas, aclaratorias y complementarias que resulten necesarias, elaborando los planes, protocolos, manuales y/o estándares a ser aplicados por los organismos alcanzados.

Que resulta necesario determinar el alcance de la obligación de presentar la referida "Declaración Jurada de Intereses" y proveer las herramientas necesarias para el adecuado cumplimiento de la normativa.

Que, en tal sentido, resulta procedente establecer los lineamientos generales para la elaboración de Pacto de Integridad, la participación de Testigo Social, la realización de Veeduría de organismos de control y la celebración de Audiencia Pública. Que sin perjuicio de la normativa específica que rige la celebración de Audiencias Públicas, y teniendo en cuenta la multiplicidad de procedimientos en los cuales podrían ser aplicables, se hace necesario incluirlas en la presente.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 4° inciso c) último párrafo y el artículo 7° segundo párrafo del Decreto N° DECTO-2017-202-APN-PTE. Por ello,

LA SECRETARIA DE ÉTICA PÚBLICA, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RESUELVE:

ARTÍCULO 1°- La obligación de presentar la "Declaración Jurada de Intereses" prevista en el artículo 1° del Decreto N°

DECTO-2017-202-APN-PTE del 21 de Marzo de 2017 se tendrá por cumplida una vez presentado, ante el organismo o entidad o ante el Registro correspondiente, el Formulario que a tal efecto habilite la OFICINA ANTICORRUPCIÓN en su página web en los términos que surgen del ANEXO I (IF-2017-09333029-APN-OA#MJ) y que integra la presente resolución.

En los casos alcanzados por el artículo 2° del citado Decreto, deberá consignarse la vinculación exclusivamente en relación a los procedimientos en los que el funcionario de rango inferior a ministro tenga competencia o capacidad para decidir sobre la contratación o acto que interese al declarante. La omisión en la declaración de este vínculo no será considerada falsa cuando aquéllos no tengan competencia o capacidad para el dictado del acto definitivo que interese al declarante.

Las autoridades convocantes deberán informar en cada procedimiento los nombres y cargos de los funcionarios con competencia o capacidad de decisión sobre la contratación o acto correspondiente.

En todos los casos, el organismo contratante deberá incorporar en las actuaciones una copia de la última actualización presentada de la "Declaración Jurada de Intereses".

ARTÍCULO 2°- En los casos en que se requiera la inscripción previa en un registro determinado, las respectivas autoridades de aplicación arbitrarán las medidas pertinentes a fin de habilitar y poner a disposición de los interesados los formularios electrónicos necesarios para el cumplimiento de la "Declaración Jurada de Intereses", la que deberá reflejar la situación existente en forma actual al momento de su presentación.

En la primera presentación en el procedimiento de que se trate, deberá manifestar con igual carácter, si la declaración jurada de intereses obrante en el registro que corresponda, se encuentra actualizada. En esa misma oportunidad, deberá poner en conocimiento la existencia de alguno de los supuestos de vinculación previstos en el artículo 1 del Decreto N° DECTO-2017- 202-APN-PTE, dentro del último año.

Cuando no se requiera la inscripción previa en un registro, la "Declaración Jurada de Intereses" deberá acompañarse en la primera oportunidad prevista en las reglamentaciones, pliegos o convocatorias respectivas para que el interesado se presente ante el organismo o entidad a los fines de la contratación u otorgamiento de los actos mencionados en el artículo 1° del Decreto N° DECTO-2017-202-APN-PTE.

ARTÍCULO 3°- Establécese que la actualización anual prevista por el artículo 3° del Decreto N° N° DECTO-2017-202-APN-PTE deberá presentarse hasta el día 31 de marzo de cada año.

ARTÍCULO 4°- La obligación de presentar la "Declaración Jurada de Intereses" será exigible en aquellos procedimientos que se encontraran en trámite y que no hubiere sido adjudicado o, en su caso, que no hubiera sido emitido el acto administrativo respectivo al momento de la entrada en vigencia del Decreto N° DECTO-2017-202-APN-PTE. Los organismos o entidades deberán intimar a su presentación, dentro de un plazo razonable que fijen a tal efecto, considerando el tipo de procedimiento de que se trate.

En estos casos la obligación se tendrá por cumplida acompañando en las actuaciones administrativas correspondientes la "Declaración Jurada de Intereses" conforme los formularios aprobados en el artículo 1° de la presente.

ARTÍCULO 5°- Una vez adoptado de manera fundada el mecanismo a ser aplicado, de conformidad con el artículo 4°, inciso c) del Decreto N° DECTO-2017-202-APN-PTE, se pondrá ello en conocimiento de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, sin interrupción ni suspensión de los plazos.

La OFICINA ANTICORRUPCIÓN, considerando la jerarquía del funcionario, el supuesto de vinculación existente, el monto involucrado y el procedimiento de que se trate, podrá sugerir la adopción de otro mecanismo.

ARTÍCULO 6°- Apruébanse los lineamientos para la elaboración de Pacto de Integridad, Testigo Social, Veeduría especial de organismos de control y Audiencia Pública que como Anexos II (IF-2017-09332751- APN-OA#MJ), III (IF-2017-09332981-APN- OA#MJ), IV (IF-2017-09332908-APN-OA#MJ) y V (IF-2017-09332845-APN-OA#MJ) respectivamente forman parte integrante de la presente Resolución y que deberán regirse por el principio de transparencia, máxima divulgación y acceso. ARTÍCULO 7°- La presente resolución regirá desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 8°- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Laura Alonso.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central.

ANEXO III


PLIEG-2020-33906137-APN-DCPYS#MEC


Hoja Adicional de Firmas

Pliego

Número: PLIEG-2020-3 390613 7-APN-DCPYS#MEC

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Viernes 22 de Mayo de 2020

Referencia: EX-2020-33511428-APN-DCPYS#MEC - COMPULSA - COVID - 19 N° 2/2020 - Proceso: 34-0015- CDI20 - Adquisición de un sistema para la realización de videoconferencias y telepresencias.

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