COLONIA NACIONAL DR. MANUEL A. MONTES DE OCA
Resolución 222/2020
RESOL-2020-222-APN-D#CNMO
Torres, Buenos Aires, 16/06/2020
VISTO el EX-2020-32907476-APN-D#CNMO del Registro de la COLONIA
NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA y la Decisión Administrativa Nro 409/2020
y la Disposición ONC Nro 48/2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente de referencia tramita la CONTRATACIÓN POR
EMERGENCIA COVID-19 N° 08/2020 que tiene por objeto la adquisición de
INSUMOS Y MATERIALES PARA HOGARES.
Que el procedimiento se realiza a solicitud de la DIRECCION DE
COORDINACION ASISTENCIAL y la DIRECCIÓN TECNICA DE ADMINISTRACION
mediante notas identificadas como NO-2020-27768100-APNDCA#CNMO y
NO-2020-28153683-APN-DTA#CNMO, incorporadas en ordenes Nros. 2 y 4,
respectivamente, a los presentes actuados.
Que, la DIRECCION DE COORDINACION ASISTENCIAL manifiesta en la
mencionada nota del orden Nro. 2, que su requerimiento obedece a
imperiosa necesidad de disponer de nuevos espacios, con capacidad
reducida y acorde, habida cuenta, de las necesidades surgidas de la
pandemia COVID-19;
Que, ante la situación de emergencia por la pandemia declarada a raíz
de la propagación del coronavirus, amerita adoptar las medidas
pertinentes con el objeto de todas las acciones en tal sentido, en pos
de cuidado a las personas asistidas que la Institución tiene el deber
de garantizar, preservando el estado de salud en el marco de la grave
situación que se plantea, mediante la utilización de todos los medios
estratégicos y legales que desde el Poder Ejecutivo Nacional, se han
puesto al alcance de los organismos que requieran adquirir insumos con
carácter de MUY URGENTE provisión;
Que, en dicho orden de ideas y a efectos del encuadre legal de los
procesos adquisitivos en esta situación de extrema necesidad, se han
dictado instrumentos legales de CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID19
conforme a lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N°
DECNU-2020-260-APN-PTE; de fecha 12 de marzo de 2020 y
DECNU-2020-287-APN-PTE; de fecha 17 de marzo de 2020; la Decisión
Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo de 2020;
y la Disposición DI-2020-48- APN-ONC#JGM, sus complementarios y
modificatorios.
Que se realizaron las invitaciones a proveedores del ramo que trata,
según lo estipulado por la citada normativa, a las firmas del rubro
según consta en IF-2020-34242890-APN-DTA#CNMO.
Que con fecha 28/05/2020 a las 12:00 hs se celebró el Acto de Apertura
de Ofertas mediante IF-2020-34743064- APN-DTA#CNMO incorporada en el
orden 24 mediante y ACTA DE CONSTATACION en IF-2020-34777344 (32),
habiéndose recibido las propuestas de las firmas BENEDETTI SAIC
30-3054433919-9 y MEGACER SRL CUIT 30-69597462-7.
Que en Orden Nº 34 obra PV-2020-34827484-APN-DTA#CNMO de la DIRECCION
TECNICA ADMINISTRATIVA por cuanto consta que ha tomado la intervención
de su competencia.
Que, el area de OBRAS E INFRAESTRUCTURA mediante IF-2020-
35377750-APN-DTA#CNMO que luce en orden 35 realizó la evaluación de las
propuestas, de la cual surge el orden de merito 1 a la firma MEGACER
SRL CUIT 30-69597462-7- para los renglones 4,5,6,7,8,11,23,27 y 33
fundamentando la pre adjudicación, por cotizar lo solicitado y los
valores corresponderse con los del mercado.
Que se propicia desestimar totalmente a la BENEDETTI SAIC por no
presentar la cotización en el cuerpo del mensaje del e-mail y posee
deuda exigible ante la AFIP.
Que procede declarar desiertos los renglones N° 10,12, 13,17,18,
19,20,21,22, 24, 25, 26 31,32,34 y fracasados los renglones N°
1,2,3,9,14,15,16,28,29,30 y 35.
Que el presente informe de recomendación se realiza en el marco de los
instrumentos legales citados en el quinto considerando precedente;
Que en orden 25 y 26 mediante IF-2020-34746479-APN-DTA#CNMO e
IF-2020-34745808-APN-DTA#CNMO, respectivamente, la DIVISION COMPRAS Y
CONTRATACIONES agrega las constancias de inscripción en el sistema
COMPR.AR de las firmas proponentes.
Que la DIVISION COMPRAS Y CONTRATACIONES emite el informe en donde
recomienda la resolución a adoptar en el presente procedimiento
mediante IF-2020-36749359-APN-DTA#CNMO del orden donde lo hace en
concordancia con lo recomendado por el area de OBRAS E INFRAESTRUCTURA
mediante IF-2020- 35377750-APN-DTA#CNMO que luce en orden 35.
Que por todo lo obrado y expuesto en el expediente electrónico citado
en el preámbulo de la presente, corresponde proceder dictar el Acto
Administrativo de rigor, con el objeto de proceder a adjudicar a la
firma MEGACER SRL CUIT 30-69597462-7-, los renglones 4,5,6,7,8,11,23,27
y 33.
Que ha tomado la intervención de su competencia el DEPARTAMENTO DE
ASUNTOS JURÍDICOS de esta COLONIA NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Nro 125 de fecha 1 de abril de 2020.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA COLONIA NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento de CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA
COVID-19 N° 08/2020 substanciada con el objeto de contratar la
adquisición de INSUMOS Y MATERIALESPARA HOGARES, conforme con lo
establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N°
DECNU-2020-260-APN-PTE, y DECNU2020-287-APN-PTE; la Decisión
Administrativa N° DECAD-2020-409-APNJGM, la Disposición
DI-2020-48-APN-ONC#JGM, sus complementarios y modificatorios.
ARTÍCULO 2º.- Desestimar totalmente a la BENEDETTI SAIC por no
presentar la cotización en el cuerpo del mensaje del e-mail, y posee
deuda exigible por ante la AFIP.
ARTÍCULO 3º.- Declarar desiertos los renglones N° 10,12, 13,17,18, 19,20,21,22, 24, 25, 26 31,32,34.
ARTÍCULO 4º.- Declarar fracasados los renglones N° 1,2,3,9,14,15,16,28,29,30 y 35.
ARTÍCULO 5º.- Adjudicase la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N°
08/2020 a la firma MEGACER SRL CUIT 30-69597462-7- para los renglones
4,5,6,7,8,11,23,27 y 33 por el importe total de PESOS NOVENTA Y CUATRO
MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($94.544) según lo expuesto en los
considerandos de la presente.
ARTICULO 6º.- Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de
PESOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($94.544) con
cargo a las partidas presupuestarias que correspondan de este ORGANISMO
para el ejercicio que corresponda.
ARTICULO 7º.- Autorízase a la DIVISIÓN COMPRAS Y CONTRATACIONES a confeccionar la respectiva Orden de Compra.
ARTICULO 8º.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA y en la página web de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES. Cumplido, archívese. Gustavo Garcia
e. 25/06/2020 N° 24511/20 v. 25/06/2020