ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN
Resolución 258/2020
RESOL-2020-258-ANSES-SEA#ANSES
Ciudad de Buenos Aires, 24/06/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-35944608- -ANSES-DC#ANSES del Registro
de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, el Decreto N°
1023 de fecha 13 de agosto de 2001, el Decreto Reglamentario Nº 1030 de
fecha 15 de septiembre de 2016 los Decretos de Necesidad y Urgencia
Nros. 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y 287 de fecha 17 de marzo de
2020, ambos en el marco de la “EMERGENCIA SANITARIA”, la Decisión
Administrativa N°DECAD-2020-409-APN-JGM de fecha 18 de marzo de marzo
de 2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Disposición ONC
N° 48 de fecha 20 de marzo de 2020 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Contratación
por Emergencia COVID N° 19 – Proceso Nº 8/2020 – Proceso COMPR.AR Nº
63-0034-CDI20, tendiente a adquirir QUINIENTAS (500) alfombras
sanitizantes para desinfección de calzado para para ser instaladas en
diversas Unidades de Atención Integral (UDAI) y Oficinas de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, para prevenir el
contagio de COVID-19.
Que por el Decreto Nº 260/20, modificado por su similar N° 287/20, se
amplió por el plazo de UN (1) año el alcance de la emergencia pública
en materia sanitaria declarada por el Artículo 1° de la Ley N° 27.541,
a fin de abarcar las medidas adoptadas y a adoptar con relación al
Coronavirus COVID-19.
Que por su artículo 15 ter, se estableció que durante el plazo que dure
la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos
en el artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156, estarán
facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios
que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al Régimen
de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
Que a través de la Decisión Administrativa de JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N° 409/20, complementada por la Disposición ONC N° 48/20, se
establecieron los procedimientos de adquisición de bienes y servicios
en la emergencia, que habilitan a todas las áreas comprometidas en dar
respuestas integrales a utilizar herramientas que otorguen celeridad y
eficacia a la atención de las necesidades que se presenten con relación
al Coronavirus COVID-19.
Que la presente contratación obedece al requerimiento formulado por la
Dirección de Servicios y Suministros mediante la Nota de orden 3 y
Providencia de orden 9, en la cual el área requirente manifestó la
urgente necesidad de adquirir insumos de seguridad e higiene tendientes
a preservar la salud del personal que presta funciones en esta ANSES, a
fin de salvaguardarlos ante la actual situación epidemiológica y
mitigar el impacto sanitario del COVID-19.
Que, en la nota mencionada precedentemente, el área requirente
manifestó que los insumos aludidos serán destinados a la protección y
preservación de los agentes de esta Administración, conforme CIRCULAR
DGRH N°05/20 PROTOCOLO DE HIGIENE Y SEGURIDAD PARA TODO EL PERSONAL DE
ANSES- COVID-19.
Que en ese sentido se elaboraron las Especificaciones Técnicas N°
IF-2020-36695944- ANSES-DSYS#ANSES y el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares N° PLIEG-2020-36765945 -ANSES-DC#ANSES.
Que en las actuaciones se encuentra cumplido el requisito de publicidad
que debe darse al llamado, conforme Disposiciones ONC N° 48/2020 y sus
modificatorias, habiéndose publicado en el sistema COMPR.AR según surge
del documento de orden 13 y la constancia de invitación realizada a los
posibles interesados a la puja obrante a orden 14.
Que a orden 15 obra la Circular Modificatoria N°
PLIEG-2020-37155612-ANSES-DC#ANSES, mediante la cual “Se informa
mediante la presente que de forma involuntaria se omitió informar que
se requieren muestras del producto solicitado en el expediente. Las
mismas se recepcionarán hasta UN (1) día hábil inmediato anterior a la
fecha fijada para la apertura de ofertas, en la Dirección de Servicios
y Suministros, sita en la Av. Córdoba 720, Piso 3°, de la Ciudad de
Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles, en el horario de 10:00 a
16:00 hs, Coordina la entrega de las mismas a través de Mail:
calirusso@anses.gov.ar / javierolento@anses.gov.ar o través de
teléfono: 4015-1146/1471/1469.”
Que a orden 16, obra el Acta de Apertura, que da cuenta de la
presentación de CUATRO (4) ofertas confirmadas, correspondientes a las
firmas TROSHER S.A., PROVEMERG SRL, ERNESTO VAN ROSUUM Y CIA SRL y a la
Sra. DEBORA ALICIA LACUNZA, obrando a orden 33, el correspondiente
Cuadro Comparativo de Ofertas.
Que a ordenes 39 a 40 y 49, la Dirección Servicios y Suministros, emite
los informes técnicos realizados a las distintas ofertas, en virtud de
los cuales concluye que las ofertas presentadas por las firmas TROSHER
S.A. y PROVEMERG SRL, cumplen técnicamente con lo requerido.
Que en cuanto a la oferta presentada por la firma ERNESTO VAN ROSUUM Y
CÍA S.R.L., manifiesta que el oferente no presentó la muestra
requerida, sin perjuicio de lo cual, la mencionada área técnica informa
que de la documental incorporada a ordenes 28 a 30 surge que la misma
no cumple con las especificaciones técnicas, haciendo un pormenorizado
detalle de los incumplimientos incurridos.
Qué asimismo, la mencionada Dirección señala respecto de la oferta
arrimada por DÉBORA ALICIA LACUNZA, que no cumple con las
especificaciones técnicas, ya que no acompañó la muestra y no incorporó
foto o detalle técnico de su producto, resultando imposible su análisis.
Que a orden 43 toma intervención el titular de la Unidad Operativa de
Contrataciones, emitiendo la recomendación, en la que aconseja que, por
resultar válida, admisible y económicamente conveniente, corresponde
adjudicar a la firma TROSHER S.A. la adquisición de QUINIENTAS (500)
unidades de alfombra sanitizante para desinfección de calzado, por la
suma total PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ($1.375.000).
Qué asimismo, en dicha recomendación establece que corresponde
desestimar las ofertas presentadas por los oferentes ERNESTO VAN ROSUUM
Y CIA SRL y DEBORA ALICIA LANCUNZA, por no cumplir con las
Especificaciones Técnicas N° IF-2020-36695944-ANSES-DSYS#ANSES y el
Pliego de Bases y Condiciones N° PLIEG-2020-36765945-ANSES-DC#ANSES que
rigen la contratación.
Que respecto, la Dirección de Contrataciones señala que de la oferta
presentada por la firma PROVEMERG SRL, corresponde que sea desestimada,
ya que no obstante cumplir técnicamente con lo solicitado en las
Especificaciones Técnicas agregadas a orden N°
IF-2020-36695944-ANSESDSYS#ANSES, se encuentra desactualizada en SIPRO
y conforme lo establecido en el Procedimiento de Contrataciones en
Emergencia COVID 19 “… en todos los casos los oferentes deberán
encontrarse incorporados en el SIPRO asociado al COMPR.AR, en estado
“inscripto” y con los datos actualizados en forma previa a la emisión
del acto de conclusión del procedimiento, como condición para poder ser
adjudicados.”
Que a orden 55 la Dirección General Asuntos Jurídicos toma la
intervención de su competencia, conforme lo establecido en el art. 7º
inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº
19.549.
Que a orden 8, la Dirección de Gestión Presupuestaria, ha tomado la
intervención de su competencia, conforme surge de la cesta aprobada
N°110031544.
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
por el Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, el Decreto
Reglamentario Nº 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus
modificatorios, la Decisión Administrativa N°DECAD-2020-409-APN-JGM de
fecha 18 de marzo de 2020 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las
Disposiciones ONC N° 48 de fecha 20 de marzo de 2020 y sus
modificatorias, y las Resoluciones Nros. RESOL-2020-8-ANSES-ANSES de
fecha 20 de enero de 2020 y RESOL-2020-114-ANSES-ANSES de fecha 8 de
mayo de 2020.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACION DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébense el procedimiento realizado en el marco de la
Contratación por Emergencia COVID N° 19 – Proceso Nº 8/2020 – Proceso
COMPR.AR Nº 63-0034-CDI20, el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares N° PLIEG-2020-36765945-ANSES-DC#ANSES y el Anexo I -
Especificaciones Técnicas N° IF-2020-36695944-ANSES-DSYS#ANSES
tendiente a adquirir QUINIENTAS (500) alfombras sanitizantes para
desinfección de calzado para ser instaladas en diversas Unidades de
Atención Integral (UDAI) y Oficinas de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL, para prevenir el contagio de COVID-19.
ARTÍCULO 2°-Desestimanse las ofertas presentadas por los oferentes
PROVEMERG SRL, ERNESTO VAN ROSUUM Y CIA SRL y DEBORA ALICIA LACUNZA por
los motivos expuestos en los Considerandos de esta Resolución.
ARTÍCULO 3°-Adjudicase, en el marco de la Contratación por Emergencia
COVID N° 19 – Proceso Nº 8/2020 – Proceso COMPR.AR Nº 63-0034-CDI20,
conforme a los lineamientos de la presente Resolución para el RENGLÓN
N°1 correspondiente a QUINIENTAS (500) unidades de alfombras
sanitizantes para desinfección de calzado a la firma TROSHER S.A. (CUIT
33-71047881-9) por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA
Y CINCO MIL ($1.375.000), por los motivos indicados en los
considerandos precedentes.
ARTICULO 4º: Encomiéndase en el Director de Contrataciones la
suscripción, en nombre y representación del organismo de la respectiva
orden de compra.
ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en
la presente Resolución se atenderá con cargo a las partidas específicas
del presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- Notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL, comuníquese, pase a las Direcciones de Contrataciones
y de Gestión Presupuestaria para la intervención de su competencia y
oportunamente, archívese. Alejandro Merediz
e. 29/06/2020 N° 25608/20 v. 29/06/2020