COLONIA NACIONAL DR. MANUEL A. MONTES DE OCA
Resolución 212/2020
RESOL-2020-212-APN-D#CNMO
Torres, Buenos Aires, 12/06/2020
VISTO el EX-2020-27766303-APN-D#CNMO del Registro de la COLONIA
NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA y la Decisión Administrativa Nro 409/2020
y la Disposición ONC Nro 48/2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente de referencia tramita la CONTRATACIÓN POR
EMERGENCIA COVID-19 N° 07/2020 que tiene por objeto la adquisición de
INSUMOS DESCARTABLES PARA FARMACIA.
Que el procedimiento se realiza a solicitud del SECTOR FARMACIA y la
DIRECCIÓN DE COORDINACION ASISTENCIAL mediante notas identificadas como
NO-2020-27267362-APN-DCA#CNMO y NO-2020-27730193-APN-DCA#CNMO,
incorporadas en ordenes Nros. 4 y 5, respectivamente, a los presentes
actuados.
Que, el SECTOR FARMACIA manifiesta en la mencionada nota del orden Nro.
4, que su requerimiento obedece a imperiosa necesidad de disponer de
ingreso inmediato de medicamentos, materias primas e insumos biomédicos
de primera necesidad por la criticidad de los mismos para paliar los
efectos de la pandemia de COVID-19.;
Que, ante la situación de emergencia por la pandemia declarada a raíz
de la propagación del coronavirus, amerita adoptar las medidas
pertinentes con el objeto de todas las acciones en tal sentido, en pos
de cuidado a las personas asistidas que la Institución tiene el deber
de garantizar, preservando el estado de salud en el marco de la grave
situación que se plantea, mediante la utilización de todos los medios
estratégicos y legales que desde el Poder Ejecutivo Nacional, se han
puesto al alcance de los organismos que requieran adquirir insumos con
carácter de MUY URGENTE provisión;
Que en lo referente a la justificación respecto al encuadre de
CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 es conforme a lo establecido en
los Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE; de
fecha 12 de marzo de 2020 y DECNU-2020-287-APN-PTE; de fecha 17 de
marzo de 2020; la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, de
fecha 18 de marzo de 2020; y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y
sus complementarios y modificatorios.
Que se realizaron las invitaciones a proveedores del ramo que trata,
según lo estipulado en la normativa vigente, a las firmas que según
consta en IF-2020-33261001-APN-DTA#CNMO y IF-2020-33419946-APN-DTA#CNMO
que lucen en orden 23 y 25 respectivamente.
Que con fecha 26/05/2020 a las 12:00 hs se celebró el Acto de Apertura
de Ofertas mediante IF-2020-34293217-APN-DTA#CNMO del orden 32 y
mediante el ACTA DE CONSTATACION IF-2020-34311243-APN-DTA#CNMO del
orden 36, habiéndose recibido las propuestas de las firmas DOGUERIA LA
TRINIDAD-GRUPO DUKBART SA (30-71156923-1), BARDELLI SALUD SRL
(30-70929203-6), DROGUERIA FAMILY (30-71080734-1), XIMAX SRL
(30-70756341-5) y DENVER FARMA SA (33-62928265-9).
Que, en orden 39 obra IF-2020-34409516-APN-DTA#CNMO de la DIVISION
COMPRAS Y CONTRATACIONES desestimando totalmente a la firma DENVER
FARMA SA (33-62928265-9) por no cotizar su oferta en el cuerpo del
mensaje conforme lo establecido por la normativa vigente.
Que en Orden Nº 42 obra IF-2020-35024336-APN-DCA#CNMO de la DIRECCION
DE COORDINACION ASISTENCIAL por cuanto tomó intervención de su
competencia.
Que, de acuerdo al informe emitido por el Sector Farmacia en orden 44
ha resultado fracasado el renglón N°11 por precio excesivo y desiertos
los renglones N°2, 4, 6, 9 y 12.
Que en virtud de las cotizaciones recibidas, el SECTOR FARMACIA
mediante IF-2020-35296680-APN-DCA#CNMO que luce en orden 44 realizó la
evaluación de las propuestas recibidas por lo que estimó pertinente
asignar orden de merito 1 a la firma DOGUERIA LA TRINIDAD-GRUPO DUKBART
SA (30-71156923-1) los renglones 1, 5, 7, 8, 13, 14, 15, 16 y 19, a la
firma BARDELLI SALUD SRL (30-70929203-6) los renglones 17 y 18, a la
firma DROGUERIA FAMILY (30-71080734-1) el renglón N°3 y por último a la
firma XIMAX SRL (30-70756341-5) el renglón N°10, todos por responder a
las exigencias requeridas.
Que la DIVISION COMPRAS Y CONTRATACIONES emite el informe en donde
recomienda la resolución a adoptar en el presente procedimiento
mediante IF-2020-36721925-APN-DTA#CNMO del orden 57 donde lo hace en
concordancia con lo recomendado por el SECTOR FARMACIA mediante
IF-2020-35296680-APN-DCA#CNMO que luce en orden 44
Que el presente informe de recomendación se realiza en el marco de lo
establecido en la Disposición Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM, la Decisión
Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, el Decreto de Necesidad y
Urgencia Nº DECNU-2020-260-APN-PTE y sus complementarios y
modificatorios.
Que en orden 38 mediante IF-2020-34393782-APN-DTA#CNMO, la DIVISION
COMPRAS Y CONTRATACIONES agrega las constancias de inscripción en el
sistema COMPR.AR de las firmas cotizantes.
Que por todo lo obrado y expuesto en el expediente electrónico
corresponde proceder a la adjudicación de la firma DOGUERIA LA
TRINIDAD-GRUPO DUKBART SA (30-71156923-1) los renglones 1, 5, 7, 8, 13,
14, 15, 16 y 19, a la firma BARDELLI SALUD SRL (30-70929203-6) los
renglones 17 y 18, a la firma DROGUERIA FAMILY (30-71080734-1) el
renglón N°3 y por último a la firma XIMAX SRL (30-70756341-5) el
renglón N°10 .
Que en orden 48 mediante PV-2020-35763920-APN-DTA#CNMO la DIRECCION TECNICA ADMINISTRATIVA ha tomado intervención en lo actuado.
Que ha tomado la intervención de su competencia el DEPARTAMENTO DE
ASUNTOS JURÍDICOS de esta COLONIA NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Nro 125 de fecha 1 de abril de 2020.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA COLONIA NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N°
07/2020 que tiene por objeto la adquisición de INSUMOS DESCARTABLES,
conforme con lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N°
DECNU-2020-260-APN-PTE; de fecha 12de marzo de 2020 y
DECNU-2020-287-APN-PTE; de fecha 17 de marzo de 2020; la Decisión
Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo de 2020;
y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus complementarios y
modificatorios.
ARTICULO 2°.- Desestímase totalmente a la firma DENVER FARMA SA (33-62928265-9) de acuerdo a los considerandos de la presente.
ARTICULO 3°.- Declárase fracasado el renglón N°11 de acuerdo a lo sugerido por el SECTOR FARMACIA.
ARTICULO 4°.- Decláranse desiertos los renglones N°2, 4, 6, 9 y 12.
ARTÍCULO 5°.- Adjudicase la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N°
07/2020 a la firma DOGUERIA LA TRINIDAD-GRUPO DUKBART SA
(30-71156923-1) renglones 1, 5, 7, 8, 13, 14, 15, 16 y 19 por la suma
total de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS
CON CON OCHO CENTAVOS ($868.232,08), BARDELLI SALUD SRL (30-70929203-6)
renglones 17 y 18 por la suma total de PESOS CUARENTA Y UN MIL CIEN
($41.100,00), DROGUERIA FAMILY (30-71080734-1) renglón 3 por la suma
total de PESOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS ($71.500,00) y XIMAX SRL
(30-70756341-5) renglón 10 por la suma total de PESOS CIENTO DIECIOCHO
MIL SEISCIENTOS ($118.600,00) según lo expuesto en los considerandos de
la presente.
ARTICULO 6°.- Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de
PESOS UN MILLON NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS CON
OCHO CENTAVOS ($1.099.432,08) con cargo a las partidas presupuestarias
que correspondan de este ORGANISMO para el ejercicio que corresponda.
ARTICULO 7°.- Autorízase a la DIVISIÓN COMPRAS Y CONTRATACIONES a confeccionar la respectiva Orden de Compra.
ARTICULO 8°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA y en la página web de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES y archívese. Gustavo Garcia
e. 29/06/2020 N° 24758/20 v. 30/06/2020