MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALSECRETARÍA DE TRABAJOResolución 277/2020RESOL-2020-277-APN-ST#MTCiudad de Buenos Aires, 26/03/2020
VISTOel EX-2020-09727973- -APN-DGDMT#MPYT del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que
en el orden N° 8,páginas 1/2 del IF-2020-14487784-APN-DNRYRT#MPYT, del
EX-2020-09727973- -APN-DGDMT#MPYT, obra el acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO, la UNIÓN PERSONAL CIVIL DE LA
NACIÓN, por la parte sindical y el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y
CENSOS (INDEC), por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través
del presente se prorroga la vigencia temporal de lo pactado en el
acuerdo alcanzado en el acta de fecha 1 de Junio de 2018, debidamente
homologado mediante RESOL-2018-309-APN-SECT#MT, por el término de un
año, desde el 1° de Enero de 2020 al 31 de Diciembre de 2020; en lo
atinente a la liquidación del adicional rotulado como “Función
Estadística”.
Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO-SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO, tomó la intervención que le compete.
Que
los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas insertas,
acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente por
ante esta Cartera de Estado.
Que el ámbito de aplicación del
presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la
representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la
entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que
la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención
que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 ( t.o. 2004).
Que
en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo
de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que
las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DCTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN
TRABAJADORES DEL ESTADO, la UNIÓN PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN, por la
parte sindical y el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS
(INDEC), por la parte empleadora, que luce en el orden N° 8, páginas
1/2 del IF-2020-14487784-APN-DNRYRT#MPYT del EX-2020-09727973-
-APN-DGDMT#MPYT, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°. Gírese a la
Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de
Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido,
pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a
los fines del registro del acuerdo que luce en el orden N° 8, páginas
1/2 del IF-2020-14487784-APN-DNRYRT#MPYT, del EX-2020-09727973-
-APN-DGDMT#MPYT.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO
4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter
gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará
aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley
Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/06/2020 N° 21315/20 v. 29/06/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)