AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIAResolución 902/2020Ciudad de Buenos Aires, 29/06/2020
VISTO,la Ley N° 25.520 modificada por la Ley N° 27.126, el Decreto de
Necesidad y Urgencia Nº 52 de fecha 20 de diciembre de 2019 y el
Decreto 540/20 de fecha 12 de junio de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que
mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 52 de fecha 20 de
diciembre de 2019 se dispuso la intervención de esta AGENCIA FEDERAL DE
INTELIGENCIA y la derogación del Decreto Nº 656 de fecha 6 de mayo de
2016.
Que el artículo 4º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
52/19 otorga a la Interventora las facultades de gobierno y
administración del Organismo establecidas en la Ley Nº 25.520 y 27.126,
el Decreto Nº 1311/15 y el Decreto Nº 2415/15.
Que mediante el
Decreto 540/20 de fecha 12 de junio de 2020, se procedió a prorrogar
las facultades otorgadas en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 52 de
fecha 20 de diciembre de 2019 por ciento ochenta días a la Interventora
de esta AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA.
Que en el solar donde
actualmente desarrolla su actividad esta AGENCIA FEDERAL DE
INTELIGENCIA, sito en la calle 25 de mayo 11 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, se emplazaba el “Gran Hotel Argentino”, donde José
Hernández culminó su obra gauchesca “El Gaucho Martín Fierro”, un poema
de gran trascendencia en la historia de la literatura argentina.
Que
el edificio actual de esta AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA se denomina
Martínez de Hoz, un apellido también de trascendencia en la historia
nacional.
Que a partir de la recuperación de la democracia en
diciembre de 1983, se han implementado sendas medidas de distinta
trascendencia en relación a los principios de Memoria, Verdad y
Justicia, que no solamente refieren a los delitos contra la humanidad
cometidos en el marco de terrorismo de Estado durante la última
dictadura cívico-militar, sino que impone una necesaria revisión
histórica integral, que alcance a los propios orígenes de la Patria.
Que
ese proceso debe contemplar sin lugar a dudas el respeto a los pueblos
originarios, los criollos, los gauchos y otros colectivos marginados de
la historia oficial.
Que no puede soslayarse el rol de los
servicios de inteligencia en los procesos contrarios al Estado de
Derecho y las consecuentes violaciones a los Derechos Humanos, a través
de las distintas denominaciones que ha recibido el organismo en
cuestión.
Que en este edificio, donde funciona la sede central
de la actual Agencia Federal de Inteligencia, se recibió y procesó la
información de personas perseguidas por las Fuerzas Armadas y de
Seguridad durante distintos procesos que vivió nuestro país.
Que,
como es sabido, el origen de la riqueza familiar de los Martínez de Hoz
se remonta los albores de la lucha por la Independencia nacional,
cuando José Martínez de Hoz amasó un capital a partir de negocios
relacionados con el tráfico de personas destinadas a la esclavitud,
cuyas ganancias permitieron la adquisición de las primeras hectáreas
ubicadas en el sur de la Provincia de Buenos Aires, que luego se vieron
multiplicadas gracias a los beneficios generados por la llamada
“Conquista del Desierto”, y que un siglo después rondaban
aproximadamente las 2,5 millones de hectáreas.
Que el nieto del
iniciador de la fortuna familiar, José Alfredo, en 1866, fue uno de los
fundadores de Sociedad Rural Argentina y poco después del Jockey Club y
del Club del Progreso, organizaciones de la sociedad civil que
convocaban al grupo más selecto de los grandes terratenientes de la
Argentina.
Que el último integrante célebre de la familia
Martínez de Hoz fue José Alfredo, nacido en el año 1925, quien, como
ministro fue un exponente de la complicidad civil de los gobiernos de
facto de José María Guido y del llamado “Proceso de Reorganización
Nacional”, iniciado el 24 de marzo de 1976.
Que contrario a
ello, reivindicar la figura del gaucho, como lo ha hecho José Hernández
en su obra, es un reconocimiento a otros valores que fueron
protagonistas de los orígenes de la patria.
Que resulta
doblemente gratificante reivindicar la figura del autor del famoso
poema gauchesco al designar al presente edificio con su nombre y, en
simultáneo, quitar de un sitio emblemático ubicado frente a la Casa de
Gobierno y de la Plaza de Mayo, la figura de la familia Martínez de Hoz.
Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo han tomado intervención en lo que resulta materia de su competencia.
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del
artículo 4º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 52 de fecha 20 de
diciembre de 2019, el Decreto Nº 540 de fecha 12 de junio del 2020, la
Ley Nº 25.520 y sus modificaciones.
Por ello,
LA INTERVENTORA DE LA AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Disponer el cambio de nombre del edificio sito en la calle 25 de
mayo “11” “Martínez de Hoz” por el de “José Hernández”.
ARTÍCULO
2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y oportunamente archívese. Cristina Liliana Caamaño Iglesias
Paíz
e. 30/06/2020 N° 25865/20 v. 30/06/2020