e. 30/06/2020 N° 25815/20 v. 30/06/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)
1. FUNDAMENTACIÓN
Mucho se ha debatido acerca de la necesidad del Estado de desarrollar
recursos y optimizar sus instrumentos, de modo tal de aumentar su
capacidad organizacional y de intervención, en un marco de
involucramiento con la sociedad civil como condición para hacer
sostenibles los procesos de desarrollo y de construcción de la equidad
social y territorial. Por lo tanto, es imperioso avanzar en la
consolidación de instituciones públicas de calidad, orientadas a la
efectiva satisfacción de necesidades e intereses colectivos.
La Jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, en
adelante MAGyP, en virtud de los lineamientos del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, y a través del presente Plan, busca promover, capacitar y
difundir los principios y valores de la ética pública, como así también
garantizar la integridad en los procesos de formulación de políticas
públicas y en la efectiva implementación de las mismas, a través de un
conjunto de medidas que regulen situaciones de conflictos de interés, y
de integridad y transparencia institucional, con la finalidad de
fortalecer las capacidades y la cultura organizacional de la
Institución, en pos de desplegar políticas públicas íntegras,
transparentes, inclusivas y solidarias, logrando de esta manera que
prevalezca el interés público por encima de intereses particulares.
Asimismo, atento al reconocimiento de que los principios y valores de
una institución pública se basan en una ética de la responsabilidad y
en el compromiso de velar por el interés público y la satisfacción del
bienestar general, se busca promover que las entidades y quienes las
integran compartan un determinado marco regulatorio y ciertos valores
comunes como la probidad, honestidad, prudencia, transparencia y la
eficiencia (1).
2. FINALIDAD
El presente Plan tiene como finalidad promover, desarrollar, consolidar
y controlar sistemas de gestión de prevención de riesgos de todos los
procesos llevados a cabo en el ámbito del MAGyP, a fin de detectar
posibles desvíos e incumplimientos a la normativa vigente en materia de
integridad y transparencia, de forma tal de prevenir y dar un correcto
funcionamiento de acuerdo con los conceptos de predictibilidad,
estabilidad, controlabilidad y alcanzabilidad, garantizando la
transparencia, la eficacia y eficiencia de las acciones llevadas a cabo
por la Jurisdicción.
3. OBJETIVOS GENERALES
El objetivo principal del presente Plan es morigerar los riesgos
relacionados con cuestiones éticas y de integridad en ejercicio de la
función pública, estableciendo los mecanismos y procedimientos de
control adecuados y suficientes para garantizar que el MAGyP desarrolle
sus procesos, operaciones y actividades, conforme a la normativa legal
vigente.
Asimismo, buscará promover en su jurisdicción, una cultura basada en
principios y valores de integridad, transparencia, respeto, lealtad y
cooperación, procurando transmitir a la totalidad de sus agentes y
funcionarios, y a las contrapartes con las que éste se relaciona en el
desarrollo de sus operaciones y actividades, que las actividades que se
realizan, con y en el MAGyP, se desarrollan dentro de un estricto marco
de ética y transparencia. Bajo dicho marco, el MAGyP no tolera ninguna
forma de actividad, transacción, operación o acuerdo, considerado como
corrupción, soborno, fraude, o contrario a los principios éticos que
rigen su actividad.
A su vez, con la implementación del presente Plan se buscará reforzar
los mecanismos de prevención de riesgos del MAGyP, actuando de manera
preventiva con el objetivo de detectar los incumplimientos que pudieran
generar un riesgo de fraude y/o corrupción, implementando las acciones
necesarias para monitorear dichos riesgos y mejorar los controles que
enmarcan las funciones y procesos de las dependencias sustantivas y de
los programas y proyectos que ejecuta el MAGyP.
En tal sentido, para lograr cumplir con los objetivos que se plantean
en el presente documento, se debe contar con la colaboración de la
totalidad de los agentes y funcionarios del MAGyP, ya que estos serán
los encargados de la correcta implementación de las medidas para
gestionar los riesgos y proponer controles.
La cultura de integridad debe enfocarse a que las dependencias
sustantivas del MAGyP internalicen que deben dar cabal cumplimiento a
la normativa nacional vigente y a los más altos estándares existentes
en materia de integridad y transparencia.
3.1. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
▪ Establecer los Códigos de Ética necesarios para la jurisdicción del
MAGyP que delimiten un marco de ética y transparencia específico para
sus funcionarios y agentes, en línea con lo establecido en la Ley N°
25.188 de Ética para el Ejercicio de la Función Pública, y sus
modificaciones, en el Decreto N° 41 de fecha 27 de enero de 1999
"Código de Ética de la Función Pública", y demás concordantes.
▪ Reforzar el sistema de Gestión y Control de Riesgos del MAGyP,
implementando acciones correctivas y/o readecuando los procedimientos
existentes, para que su jurisdicción cumpla con sus objetivos, dentro
del marco normativo que regula su actividad.
▪ Detectar e implementar un sistema para gestionar los riesgos de los
procesos, y de los programas y proyectos en ejecución, enfocados en la
prevención de maniobras de impacto negativo para el MAGyP.
▪ Elaborar Informes de Debida Diligencia solicitados por las distintas
dependencias del MAGyP.
▪ Elaborar procesos y estrategias que permitan mejorar la trazabilidad
operativa del MAGyP.
▪ Elaborar informes de gestión en materia de Cumplimiento.
4. ESQUEMA DE TRABAJO
Para el cumplimiento de los objetivos ut supra mencionados, se diseña
el siguiente Esquema de Trabajo a ser implementado en la jurisdicción
del MAGyP:
4.1 Análisis de contexto
4.2 Análisis y gestión de riesgo
4.3 Gestión y control de riesgos / capacitación
4.4 Informes de Debida Diligencia
4.1. ANÁLISIS DE CONTEXTO
Todo análisis de contexto se realiza en pos de conocer las condiciones
de una determinada institución y las causas de los problemas que pueden
obstaculizar el cumplimiento de sus objetivos, misión y visión. Por lo
tanto, supone identificar las diversas realidades problemáticas a las
que se enfrenta y busca analizar cada problema a partir de sus
dimensiones, componentes, características y factores explicativos.
Es por ello, que, en primer lugar, se debe establecer el análisis de
Contexto del MAGyP, con la finalidad de determinar las cuestiones
externas e internas que son pertinentes para su propósito y que afectan
su capacidad para lograr los objetivos propuestos. Debe ponerse
especial atención a la búsqueda de herramientas existentes actualmente,
relacionadas con la transparencia, ética e integridad, su estado de
aplicación, su efectividad y resultados alcanzados.
Estas cuestiones incluyen, pero no se limitan, a los siguientes
factores:
a) Estructura Organizativa y delegación de autoridad con poder de
decisión de la Institución.
b) Identificación de la Jurisdicción - Marco Normativo que regula su
función.
c) Alcance Territorial.
d) La naturaleza, escala y complejidad de las actividades y operaciones
que realiza.
e) Los deberes y obligaciones legales, reglamentarios y contractuales
aplicables.
f) Mecanismos actuales de control de riesgo y auditoría.
g) Herramientas existentes de transparencia, ética pública e integridad.
4.2. ANÁLISIS Y GESTIÓN DE RIESGOS
La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, ratificada
por nuestro país por la Ley N° 26.097 (conforme los artículos 7, 9
inciso 2.d y 10 inciso c), instan a la adopción de medidas tendientes a
la detección, medición, gestión y comunicación de riesgos.
En tal sentido, el presente punto tiene como objeto establecer el
procedimiento para elaborar la Matriz de Gestión de Riesgos del MAGyP.
Este proceso consiste en identificar, analizar, clasificar, evaluar y
gestionar los riesgos que puedan generar hechos de corrupción, soborno,
fraude y/o maniobras de lavado de activos, como así también cualquier
incumplimiento al plexo normativo vigente, que se puedan ocasionar en
el desarrollo cotidiano de los procesos, acciones, operaciones y
actividades desarrolladas en su jurisdicción.
Una vez determinados y abordados los riesgos, se podrá determinar el
tipo y nivel de los controles a implementar con la finalidad de
garantizar que se lleven a cabo los lineamientos, previamente
establecidos, para mitigar y controlar los riesgos que inciden en el
cumplimiento de los objetivos del MAGyP.
I. Fases de la Elaboración de la
Matriz de Riesgo
La elaboración de la Matriz de Riesgo constará de 4 fases:
Identificación de los Procesos y Actividades del MAGyP; Evaluación del
Riesgo (Identificación, Análisis y Tratamiento del Riesgo);
Representación Gráfica de la Matriz de Riesgo y Seguimiento posterior.
Fase 1:
Identificación de los Procesos y Actividades del MAGyP
Se deberá identificar la totalidad de los procesos, operaciones y
actividades desarrollados por las distintas dependencias que actúan
bajo la órbita del MAGyP que sean señalados como procesos críticos.
En tal sentido, se deberán relevar los procesos existentes, verificar
su adecuación con la normativa nacional vigente y con los principios y
lineamientos de los más altos estándares de integridad y transparencia.
A su vez, se debe requerir a cada dependencia del MAGyP un detalle
pormenorizado de las acciones y actividades llevadas a cabo.
Una vez relevada la información solicitada, se deberá requerir la
celebración de reuniones con las distintas dependencias del MAGyP, para
obtener información adicional que se considere relevante.
Fase 2:
Evaluación del Riesgo: (Identificación — Análisis — Tratamiento)
Una vez recabada la información mencionada en el párrafo precedente, y
analizados todos los procesos y actividades llevados a cabo por el
MAGyP, se deberán identificar los posibles riesgos relacionados con
cuestiones de ética pública e integridad, y los motivos o factores que
intervienen en su manifestación y grado, distinguiendo los tipos de
riesgo y determinando cuáles de ellos representan un alto grado de
probabilidad u ocurrencia y la magnitud de su impacto.
En tal sentido, el presente acápite señala los lineamientos básicos
para el proceso general de Identificación, Análisis y Tratamiento del
riesgo.
A. Identificación y Tipos de Riesgo
1A.1 Identificación del Riesgo:
Se identificarán los riesgos relacionados con las obligaciones en
relación a los procesos y actividades desarrollados por el MAGyP, con
el objetivo de identificar situaciones en las que el interés público
pueda verse afectado. Como así también éste, o sus agentes y
funcionarios, puedan sufrir sanciones, procesos judiciales, pérdidas
financieras o de reputación, como resultado del incumplimiento de la
normativa vigente en materia de integridad o la comisión de hechos de
corrupción, violación de normas internas y/o de los procedimientos
internos que le son de aplicación.
Esta identificación de riesgos se hará de forma exhaustiva. Para ello,
se identificarán las fuentes de riesgo tanto si están o no bajo el
control del MAGyP, identificando las áreas de impacto de estos riesgos
en las operaciones, procesos y actividades.
En tal sentido, los riesgos a ser analizados podrán ser exógenos o
endógenos, los cuales, para su detección y tratamiento, deberán ser
analizados y abordados con diferentes enfoques.
Para la detección del riesgo externo se deberá realizar un análisis del
entorno social, cultural, político, económico, legal y reglamentario,
tecnológico, financiero y judicial, en los cuales se desarrollan las
operaciones, acciones y actividades del MAGyP.
Por su parte, el riesgo interno se encuentra constituido por todo
aquello que puede darse intra MAGyP, y en la manera en la que este
gestiona los riesgos inherentes de los procesos y actividades llevadas
a cabo.
Dentro de la detección del riesgo interno, se prestará especial
atención a cuestiones relativas a: grado de conocimiento y aplicación
de la normativa nacional relacionada con la ética en el ejercicio de la
función pública y la existencia de programas de concientización,
formación y capacitación al respecto; cumplimiento de la normativa
nacional vigente que regulan sus actividades; las operaciones y
actividades llevadas a cabo; la eficacia y eficiencia de los
procedimientos y de los mecanismos de Gestión y Control de Riesgos
existentes; los conocimientos y el desempeño de la Institución.
A.1.1 Procesos: La
identificación de los riesgos se realizará por cada uno de los procesos
desarrollados por el MAGyP en función del alcance definido. A mero
carácter enunciativo, se pueden mencionar los siguientes procesos:
-
Direccionamiento Estratégico:
Procesos que involucran directamente a las Secretarías y
Subsecretarías, en cuanto a la planificación y el alcance y
cumplimiento de los objetivos globales. Establecimiento de necesidades
de recursos y la definición de procesos que contribuyan al logro de las
metas. Incluye la generación, el diseño e implementación de
instrumentos de planeación, seguimiento y control, información y
comunicación.
-
Gestión Financiera: Procesos
que incluyan la gestión de movimiento de fondos, tesorería, pagos,
rendiciones, control presupuestario, es decir, todos los procesos que
incluyan el movimiento de dinero.
-
Gestión de Compras y Contrataciones:
Procesos que involucren la selección y evaluación de proveedores,
licitaciones, compra de bienes y servicios, mecanismos de contratación,
celebración de contratos, selección y contratación de personal.
-
Gestión de Patrimonio:
Procesos relacionados al seguimiento y mantenimiento de los bienes
adquiridos por el MAGyP y generación de la documentación respaldatoria
que indique el estado de situación, registro y ubicación física de los
mismos.
-
Gestión Informática:
Procesos relacionados a la elaboración y/o implementación de Sistemas
de Seguridad de la Información, protección de datos personales,
resguardo documental informático, entre otros.
-
Gestión Documental: Procesos
que tengan como fin elaborar, revisar, aprobar, organizar, clasificar,
distribuir, tramitar, consultar y en general controlar, gestionar y
custodiar la documentación de las distintas actividades, procesos y
operaciones del MAGyP.
-
Gestión de Programas y Proyectos:
Procesos que involucren la ejecución, control y seguimiento de los
Programas y Proyectos ejecutados por el MAGyP.
-
Gestión y Control de Riesgos:
Procesos de control y seguimiento de procesos institucionales, mediante
la aplicación de diferentes instrumentos de medición y evaluación,
indicadores, auditorías y acciones correctivas, cumplimiento legal y de
requisitos, elaboración de manuales de procedimientos, cumplimiento de
acciones y planes estratégicos.
-
Gestión de Control Comercial
Agropecuario y de Pesca: Procesos de control a los administrados
en relación al cumplimiento de materia específica relacionada con la
actividad agropecuaria y de pesca.
A.2 Tipos de Riesgo
A mero carácter enunciativo, se mencionan los tipos de riesgo que
pueden ser identificados durante la implementación del presente punto,
los cuales están asociados a los procesos y actividades llevadas a cabo
por el MAGyP:
-
Riesgo de Fraude - Corrupción:
Ocurrencia de fraude o corrupción en alguna de las etapas de los
procesos de flujo de dinero (compras y contrataciones, contratación de
personal, ejecución de programas y proyectos, licitaciones, entre
otros).
-
Riesgos Informáticos:
Relacionados con una deficiente implementación de sistemas de Seguridad
de la Información, protección de datos personales, resguardo de
documentación por medios informáticos, pérdida de información, ataques
externos (phishing, ransomware, acceso a base de datos, entre otros).
-
Riesgos Reputacionales:
Relacionados con la imagen del MAGyP y de sus funcionarios y agentes.
-
Riesgos Financieros:
Relacionados con la probabilidad de ocurrencia de un evento que tenga
consecuencias financieras negativas para el MAGyP.
-
Riesgos de Contagio: Por
adquisición o contratación de productos y/o servicios financiados con
fondos ilícitos, o por falta de la correcta implementación de la Debida
Diligencia a las contrapartes del MAGyP.
A.3 Causa del Riesgo e Impacto
Dentro de la Identificación y Tipos de Riesgos, se debe evaluar el
origen del mismo, es decir identificar los medios, circunstancias,
situaciones o agentes generadores. Asimismo, se deberá evaluar el
impacto que la ocurrencia del riesgo implicaría en las actividades y
operaciones realizadas por el MAGyP, identificando las consecuencias o
efectos que puede generar la materialización del riesgo identificado.
B. Análisis y Valoración del Riesgo
En el presente punto se describen los principales aspectos
metodológicos aplicados para el Análisis del Riesgo.
En primer lugar, se debe determinar el riesgo inherente, sin tener en
cuenta las medidas de mitigación o los controles a ser aplicados, y en
segundo lugar, el riesgo residual, que será analizado luego de aplicar
los mecanismos de control existentes, con la finalidad de verificar la
eficacia y eficiencia de los mismos, lo que permitirá identificar, si
en determinado proceso o actividad llevada a cabo en el MAGyP, se
requiere la implementación de mecanismos de control distintos o
adicionales a los ya existentes.
Cada dependencia sustantiva y de apoyo será responsable por la
detección, análisis, valoración, comunicación, carga y seguimiento del
riesgo.
C. Tratamiento del Riesgo
Una vez que los riesgos han sido evaluados y valorizados, se deberá
verificar la existencia de los mecanismos de control establecidos por
las distintas dependencias del MAGyP, para mitigar los riesgos
identificados, y su grado de efectividad y eficacia.
El tratamiento del riesgo implicará, en caso de resultar necesario, la
recomendación de creación de nuevos controles o modificación de los ya
existentes.
Los mecanismos de control deberán indicar las acciones establecidas a
través de políticas y procedimientos que contribuyen a garantizar que
se lleven a cabo las instrucciones para mitigar los riesgos que inciden
en el cumplimiento de los objetivos del MAGyP.
A partir de los resultados del análisis y evaluación de riesgos, se
determina cuáles son las medidas necesarias para reducir o evitar los
riesgos identificados.
C.1 Cálculo del Nivel de Riesgo
Residual
Para evaluar el riesgo residual se debe recalcular el impacto, la
probabilidad de ocurrencia y la vulnerabilidad.
La metodología deberá ser compatible y análoga a la de riesgo
inherente, pero adicionalmente se deberá calcular la vulnerabilidad de
la organización frente al riesgo identificado, de manera posterior al
establecimiento de las acciones de control.
Se comparará el valor de riesgo residual obtenido con el de riesgo
inherente. El objetivo es que siempre disminuya su valor respecto al
inherente y que se ubique en una zona de riesgo de moderado a bajo.
En caso de que el valor de riesgo residual no hubiese disminuido
respecto al valor de riesgo inherente, o no lo haya hecho de manera
significativa, se deberá optar entonces por implementar nuevas acciones
de gestión y control de riesgos o intensificar las ya existentes,
dependiendo de cada situación.
Fase 3:
Representación Gráfica de la Matriz de Riesgos
Los resultados del análisis se presentarán mediante un sistema de
presentación estructurado, sintético y gráfico que permita una rápida
interpretación de los resultados y facilite claramente la validación,
análisis y toma de decisiones.
Este sistema de representación define los riesgos posicionándolos en
una matriz dimensional y calificándolos según los parámetros supra
establecidos en conjunción con una escala de tonos de color por la
valoración del riesgo detectado.
Las dependencias de Informática de la jurisdicción, desarrollarán una
aplicación para la generación de la Matriz de Riesgos, pautando los
lineamientos y herramientas necesarias con la finalidad de crear un
sistema robusto y adecuado para la carga de los riesgos detectados en
la fase de análisis de los mismos, siguiendo los lineamientos definidos
en el presente acápite.
Fase 4:
Seguimiento
Se deben revisar los riesgos identificados y actualizarlos en la Matriz
de Riesgos.
La revisión se realizará al menos DOS (2) veces al año, o con mayor
frecuencia en caso de cambios organizacionales significativos tales
como:
▪ Cambios importantes en tecnología.
▪ Actividades nuevas o modificadas.
▪ Cambios en la estructura o en la estrategia de la Institución.
▪ Cambios externos significativos, tales como circunstancias
económico-financieras, condiciones de mercado, políticas, proveedores y
relaciones con partes interesadas.
▪ Cambios en las obligaciones legales y reglamentarias de aplicación
para la Institución.
Asimismo, se debe realizar un seguimiento periódico de las acciones
llevadas a cabo, comprobando su adecuación al plan de tratamiento de
riegos propuesto a lo largo del periodo en curso y siguientes.
4.3. GESTIÓN Y CONTROL DE RIESGOS /
CAPACITACIÓN
Se deberán aplicar circuitos tendientes a garantizar que el MAGyP
desarrolle los mecanismos de Gestión y Control de Riesgos necesarios
para que ejecute sus procesos, operaciones y actividades conforme a la
normativa nacional vigente en materia de integridad, promoviendo una
cultura de cumplimiento e integridad entre sus funcionarios y agentes,
y alcanzar de esa manera, el cumplimiento de los más altos estándares
existentes en materia de cumplimiento, integridad y transparencia.
Las recomendaciones sobre la implementación de los mecanismos de
Gestión y Control de Riesgos serán elaboradas una vez relevados los
Procesos desarrollados por las distintas dependencias de su
jurisdicción.
La posibilidad y calidad del correcto descargo de su responsabilidad,
para cualquier funcionario al que se le ha confiado la conducción de un
segmento del MAGyP (área, programa, proyecto o actividad), descansa en
gran medida en un funcionamiento eficiente, sinérgico y coordinado
entre el sistema de Gestión y Control de Riesgos y los Órganos de
Control.
4.3.1. OBJETIVOS DE LA GESTIÓN Y
CONTROL DE RIESGOS
La Gestión y Control de Riesgos es un proceso integrado a los procesos,
diseñado con el objeto de proporcionar una garantía razonable para el
logro de los objetivos de la Institución.
En tal sentido, la efectividad y la eficiencia de los mecanismos de
Gestión y Control de Riesgos que se implementen en la jurisdicción del
MAGyP, deben atender a TRES (3) cuestiones fundamentales:
▪ Suficiencia y Confiabilidad de la Información Financiera.
▪ Efectividad y Eficiencia de las Operaciones.
▪ Cumplimiento de la Normativa Aplicable.
Todo proceso, operación o actividad que realice el MAGyP en materia de
Integridad, debe estar enmarcada dentro las disposiciones legales
vigentes y debe obedecer al cumplimiento de toda la normativa que le
sea aplicable.
Este objetivo incluye los procedimientos, protocolos y políticas que
sean emitidos, los cuales deben ser suficientemente conocidos por todos
los agentes y funcionarios de la jurisdicción.
4.3.2. ANÁLISIS Y RELEVAMIENTO
Tomando en cuenta la información relevada y los riesgos detectados en
base al análisis mencionado en el punto precedente, se podrán analizar
los Mecanismos de Gestión y Control de Riesgos en los que se encuadran
los distintos procesos y actividades realizados por el MAGyP, evaluando
su grado de aplicabilidad y la eficacia y eficiencia de los mismos,
proponiendo, en caso de ser necesario, con la finalidad de reducir los
riesgos a los que pudiera estar expuesto, la implementación de
controles adicionales o modificación de los ya existentes con
intervención de los organismos competentes conforme Artículos 100 y 101
de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones.
Para una correcta aplicación del presente punto, resulta necesaria la
realización de un Análisis de Brecha.
4.3.2.1. ANÁLISIS DE BRECHA
El análisis de brecha refleja la información relevada considerando los
requisitos esperados, tomando en cuenta el cumplimiento de la normativa
nacional en materia de integridad y el alcance de los más altos
estándares de integridad y transparencia.
Además, establece cuáles deben ser las acciones generales a seguir para
dar cumplimiento con los mismos.
Una vez analizados los siguientes puntos, dependiendo del estado actual
de cumplimiento que se detecte en el relevamiento, se podrán definir
las acciones a realizar para lograr el desempeño deseado en la
concreción de los objetivos del MAGyP.
La siguiente lista, es a mero carácter enunciativo, pudiendo ser
analizados y evaluados otros aspectos no incluidos infra:
a) Verificar la existencia de un relevamiento normativo (Leyes,
Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones), aplicables a los
procesos, actividades y operaciones realizadas por el MAGyP en materia
de integridad y verificar su debido cumplimiento.
b) Constatar el conocimiento y el debido cumplimiento, por parte de la
totalidad de los agentes y funcionarios del MAGyP, de la citada Ley N°
25.188 "Ética en la Función Pública" y del mencionado Decreto N° 41/99
"Código de Ética en la Función Pública", y demás concordantes,
relacionadas con principios de integridad y transparencia, y las normas
anti corrupción y anti fraude existentes.
c) Relevar y analizar el grado de conocimiento por parte de los
funcionarios y agentes del MAGyP, sobre la normativa nacional
relacionada con conflictos de interés, regalos, hospitalidad,
donaciones y similares procedimientos.
d) Verificar la existencia de Manuales de Procedimientos dentro de las
distintas dependencias del MAGyP, y constatar la existencia de
Mecanismos de Gestión y Control de Riesgos suficientes para garantizar
el correcto desempeño de la Institución en la ejecución de sus procesos
y actividades, y su adecuación con la normativa nacional vigente.
e) Verificar la existencia de controles financieros, y si estos
resultan efectivos para detectar posibles hechos de corrupción, o
incumplimientos normativos, y documentar la metodología de diseño y
seguimiento.
f) Verificar la existencia y el grado de profundidad y análisis de la
Debida Diligencia aplicada sobre funcionarios y agentes que desempeñen
sus funciones sobre procesos críticos, como así también de las
contrapartes del MAGyP.
g) Verificar el debido cumplimiento de la Ley N° 27.275 de Acceso a la
Información Pública, fomentando la transparencia en todas las acciones
en las que participe de forma directa o indirecta el MAGyP.
h) Verificar la implementación de estrategias y mecanismos informáticos
para la protección, resguardo e integridad de la información. Constatar
su cumplimiento con las recomendaciones de Ciberseguridad desarrolladas
por la Dirección Nacional de Ciberseguridad.
i) Verificar la existencia, dentro del MAGyP, de estrategias de
sensibilización y capacitación en temas de integridad, transparencia,
ética y lucha contra la corrupción.
4.3.2.2. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
La participación ciudadana ocupa un lugar central en la lucha contra la
corrupción. En este sentido y con el objetivo de difundir el Canal de
Denuncias y el desarrollo de mecanismos que den acceso a un efectivo
control ciudadano, se instrumentarán reuniones periódicas con distintos
grupos de representantes de la ciudadanía.
Se realizará la difusión de dichas reuniones, como así también del
canal de denuncias, del código de ética y de las actividades del
presente Plan, orientadas a consolidar una estructura institucional,
basada en la integridad y la transparencia.
4.3.3. LÍNEA ÉTICA - CANAL DE DENUNCIAS
La Línea Ética es un canal de contacto que brinda herramientas a
quienes desean reportar o denunciar, entre otros, conductas contrarias
a los principios éticos, que se originen en el marco de las actividades
y operaciones realizadas por el MAGyP. Asimismo, este canal de contacto
debe permitir la posibilidad de realizar denuncias de manera anónima y
confidencial, brindando la posibilidad al denunciante de reservar su
identidad.
Se deberá relevar y evaluar en el ámbito del MAGyP, la efectividad de
los canales de denuncias existentes y su reglamentación, los cuales
deberán brindar la posibilidad al denunciante de agregar la información
y prueba que considere conducente para la acreditación de su denuncia y
la posibilidad de reservar su identidad.
A su vez, se deberá relevar el grado de conocimiento y utilización del
sistema por parte de los agentes y funcionarios de su jurisdicción, y
en caso de ser necesario, realizar jornadas de capacitación y
concientización sobre la importancia de la misma y fomentar su uso.
En caso de resultar necesaria una modificación del sistema existente,
se deberá coordinar con las dependencias informáticas del MAGyP el
desarrollo del mismo, acorde a los requerimientos supra mencionados,
prestando especial atención a resguardar la información efectuada por
medio del sistema, como así también la identidad del denunciante y
demás documentos que contenga la denuncia.
La Línea Ética se encontrará bajo la supervisión de la SUBSECRETARIA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MAGyP, y por quienes determinen las
autoridades de los Entes Descentralizados, siendo estas, las encargadas
de llevar adelante la investigación de las denuncias recibidas, y de
establecer los criterios a seguir respecto de los hechos y situaciones
denunciados, con la debida intervención de las Dependencias Jurídicas
y/o de Sumarios de la jurisdicción, con toda la información relevada,
para que prosiga con el trámite ordinario.
4.3.4. ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL
Dada la relevancia que en la materia de este Plan revisten la
SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la OFICINA ANTICORRUPCIÓN y la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN, se realizarán diferentes gestiones a los efectos de lograr una
articulación con dichos organismos que permita dinamizar y potenciar
las capacidades internas, en materias tales como:
1. Capacitación de agentes y funcionarios en forma general en materia
de ética pública, integridad y transparencia.
2. Capacitación técnica específica para agentes y funcionarios con
incumbencias directas en el presente Plan.
3. Vinculación en las actividades receptadas por los canales de
denuncia.
4. Elaboración de los Códigos de Ética.
Cabe mencionar como antecedente para contribuir al abordaje futuro de
la gestión en materia de integridad, la asistencia técnica en la
elaboración del presente Plan provista por la SUBSECRETARIA DE
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO
PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
4.3.5. SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO
La existencia de una estructura de Gestión y Control de Riesgos idónea
y eficiente requiere de mecanismos de revisión y actualización
periódica para mantenerla en un nivel adecuado.
Se deberá proceder a la evaluación de las actividades de control de
manera periódica, pues toda organización tiene áreas donde los mismos
están en desarrollo, necesitan ser reforzados o se impone directamente
su reemplazo debido a que perdieron su eficacia o resultaron
inaplicables.
4.3.5.1. ACTIVIDADES CONTINUAS
Son aquellas incorporadas a las actividades normales y recurrentes que,
ejecutándose en tiempo real y arraigadas a la gestión, generan
respuestas dinámicas a las circunstancias sobrevinientes.
4.3.5.2. MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE
CAPTURA DE LA DECISIÓN PÚBLICA
El Plan de integridad tendrá un especial enfoque de prevención respecto
de la captura de la decisión pública por parte de intereses
particulares. En este sentido, se incorporarán medidas tendientes a:
a) Fortalecer los mecanismos vigentes de supervisión del ingreso,
tránsito y egreso de funcionarios del MAGyP;
b) Incorporar a los Códigos de Ética el análisis del ejercicio de la
función pública para minimizar los riesgos que generan las situaciones
reales o potenciales de conflictos de interés;
c) Colaborar con los organismos de control en el análisis del ejercicio
de la función pública;
d) Imponer las sanciones establecidas por la normativa vigente ante
incumplimientos detectados en el ejercicio de la función pública.
4.3.5.3. EVALUACIONES PUNTUALES
En cuanto a las evaluaciones puntuales, corresponden las siguientes
consideraciones:
a) Su alcance y frecuencia están determinados por la naturaleza e
importancia de los cambios y riesgos que éstos conllevan, la
competencia y experiencia de quienes aplican los controles, y los
resultados de la supervisión continuada.
b) Son ejecutados por los propios responsables de las áreas de gestión
(autoevaluación), o en coordinación con los responsables de la
implementación del presente Plan, o por las auditorías previstas en la
precitada Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional.
4.3.5.4. PROGRAMAS DE ACCIÓN
Deben confeccionarse Programas de acción que contemplen:
▪ El alcance de la evaluación;
▪ Áreas o Programas de mayor riesgo;
▪ Programa de evaluaciones;
▪ Evaluadores, metodología y herramientas de control;
▪ Presentación de conclusiones y documentación de soporte;
▪ Seguimiento, para que se adopten las correcciones pertinentes;
Las deficiencias o debilidades del sistema de Gestión y Control de
Riesgos detectadas a través de los diferentes procedimientos de
supervisión deben ser comunicadas a efectos de que se adopten las
medidas de ajuste correspondientes.
Según el impacto de las deficiencias, los destinatarios de la
información pueden ser tanto las personas responsables de la función o
actividad implicada como las autoridades superiores.
4.3.6. CAPACITACIÓN
El MAGyP debe facilitar la toma de conciencia y la formación adecuada y
apropiada para sus agentes y funcionarios.
Dicha formación debe abordar las siguientes cuestiones, en la medida en
que sean adecuadas, teniendo en cuenta los resultados de la evaluación
de riesgos realizada:
▪ Conocimiento de la normativa nacional vigente en relación a la Ética
en el Ejercicio de la Función Pública y demás concordantes,
relacionadas con principios de integridad y transparencia, y las normas
anti corrupción y anti fraude existentes. Como así también del Plan
Nacional Anticorrupción y de los lineamientos de la OFICINA
ANTICORRUPCIÓN y de recomendaciones en materia de lucha contra el
fraude y la corrupción. El riesgo de hechos de corrupción, o contrarios
a la normativa nacional, y el daño que puede resultar para ellos y para
el MAGyP.
▪ Las circunstancias en que los incumplimientos y violaciones a la
normativa nacional vigente puedan ocurrir en relación con sus
funciones, y como reconocer las mismas.
▪ La implementación de nuevas medidas de Gestión y Control de Riesgos y
de sistemas, en cuanto a su uso e importancia de implementación.
▪ Cómo reportar cualquier inquietud y reportar cualquier sospecha por
medio de la utilización del Canal de Denuncias, y la importancia de
dicho sistema.
Se debe concientizar, formar y capacitar a los agentes y funcionarios
del MAGyP con regularidad (a intervalos planificados), según resulte
apropiado para sus funciones, respecto de los riesgos detectados a los
que estos están expuestos, en relación a las funciones y actividades
desarrolladas, y en cualquier cambio en las circunstancias.
Los programas de toma de conciencia y formación se deben actualizar
periódicamente según sea necesario para reflejar la nueva información
relevante.
Asimismo, se debe mantener información documentada sobre los
procedimientos de formación y capacitación, y el contenido de la misma,
como así también cuándo y quién lo recibió.
4.4. INFORMES DE DEBIDA DILIGENCIA
Se deberán realizar Informes de Debida Diligencia, en adelante IDD.
En consonancia con los lineamientos previstos en la Ley N° 27.401, su
reglamentación y demás concordantes, los IDD suelen tener alcances
definidos de investigación, en los cuales se delimita una nómina de
temas a ser sometidos a un análisis puntual y profundo para identificar
riesgos potenciales y reales de las personas humanas o jurídicas que
tienen relación con las actividades o procesos que ejecuta el MAGyP.
4.4.1. OBJETIVO
El objetivo es conformar un control específico adicional en la
prevención y detección de riesgos, e informar a las dependencias del
MAGyP sobre la conveniencia de posponer, suspender o revisar
transacciones, proyectos o las relaciones con contrapartes y/o agentes.
4.4.2. DESCRIPCIÓN
Informes de Debida diligencia para
contrapartes del MAGyP:
Previo al establecimiento de la relación contractual y partiendo del
reconocimiento de que los distintos tipos de procesos y actividades del
MAGyP imponen diferentes niveles de riesgo, se podrá determinar el
alcance del IDD dependiendo del nivel de riesgo detectado.
En tal sentido, se podrá clasificar el alcance del IDD dependiendo de
TRES (3) categorías de riesgo: Alto, Medio o Bajo, que se detecten para
el proceso, actividad u operación en donde se enmarque la relación
contractual.
Según los resultados obtenidos se podrán establecer, entre otros, los
siguientes requisitos de debida diligencia:
✔ Realizar Informes en base a la información encontrada utilizando las
herramientas analíticas sobre antecedentes incluidos en las bases de
datos públicas y privadas, remarcando los puntos relevantes de los
mismos.
✔ Verificar la reputación de la contraparte en cuestiones relativas a
soborno, fraude, previos incumplimientos contractuales y estado de
situación patrimonial.
✔ Verificar si han sido investigados, condenados, sancionados o
inhabilitados por soborno o conductas criminales similares.
✔ Investigar acerca de la reputación de la contraparte, solicitar
constancia de inscripción en AFIP, inscripción en ingresos brutos,
solicitar constancia de exenciones en caso de que las tuviere.
✔ Determinar si dispone de la calificación o experiencia para brindar
el producto o servicio requerido.
✔ Solicitar
Curriculum Vitae
y matrículas profesionales, en caso de corresponder y de que existieran
colegiaciones creadas por ley, siempre que se contraten personas
humanas.
✔ Completar y firmar una Declaración Jurada de Conflictos de Interés y
de Debida Diligencia.
✔ Verificar la existencia de alguna inhabilitación que excluya o
restrinja su capacidad para contratar con entidades públicas.
✔ Requerir estatutos o instrumento constitutivo, copia autenticada,
certificada por escribano en caso de ser persona jurídica. Solicitar
poderes en el caso de que el representante sea un apoderado, en todos
los casos la documentación debe contar con la correspondiente
inscripción en organismos nacionales y provinciales.
✔ Consulta de información sobre la vida crediticia y de solvencia
económica del proveedor y/o certificado de antecedentes penales.
✔ Acreditación de domicilio legal/fiscal.
✔ Solicitar DOS (2) últimos balances para determinar solvencia
económica, cantidad de personal afectado por la actividad, actividades
declaradas, capacidad máxima de producción, cargas sociales
regularizadas, de corresponder, informe de AFIP sobre cumplimiento para
la contratación con el Estado.
Asimismo, en todos los casos se deberá determinar si existe alguna
señal de alerta que sugiera irregularidades, como así también verificar
el cumplimiento y análisis de la documentación solicitada.
Cabe señalar que, dependiendo del tipo de proceso u actividad en
cuestión, como así también, del riesgo de la contraparte detectada, en
un análisis preliminar del mismo, se podrá requerir un IDD específico
para tales cuestiones.
Informes de Debida diligencia para
funcionarios del MAGyP:
Se deberá realizar la debida diligencia sobre los agentes y
funcionarios que tengan a su cargo procesos identificados como críticos
en la Matriz de Riesgo, adoptando medidas razonables para determinar si
han participado en hechos que pudieran comprometer la transparencia del
MAGyP.
La debida diligencia de los agentes y funcionarios del MAGyP deberá
también evaluar el riesgo de conflictos de interés, tanto reales como
potenciales, tales como conexiones familiares, financieras o de otro
tipo, relacionadas directa o indirectamente con su línea de trabajo,
como así también sobre el régimen de acumulación de cargos e
incompatibilidades, en conformidad con lo establecido en la Ley N°
25.188 "Ética para el Ejercicio de la Función Pública", en el Decreto
N° 41/99 "Código de Ética de la Función Pública", y demás concordantes.
4.4.3. INSTRUMENTACIÓN DE LA DEBIDA
DILIGENCIA
La realización de la debida diligencia resulta indispensable en las
operaciones realizadas por el MAGyP. Es por ello que el presente
documento contempla su implementación en los nuevos instrumentos
contractuales que se celebren. En tal sentido, las dependencias
intervinientes deberán facilitar toda la información que les sea
requerida a fin de poder realizar de manera eficiente el proceso de
debida diligencia.
En forma análoga, también está prevista su realización en determinadas
posiciones consideradas clave, desde el punto de vista de integridad y
transparencia, dentro de la estructura del MAGyP.
Resulta importante señalar que la Debida Diligencia representa un
instrumento muy poderoso y complementario a la gestión de riesgos.
Los resultados deben evaluarse con cuidado y el juicio racional,
basándose en los datos disponibles, para garantizar la eficiencia de
recursos y optimizar los resultados vinculados a la Debida Diligencia.
Sin embargo, la ausencia de información negativa no significa
necesariamente que la contraparte, o el funcionario o agente, no
represente un riesgo para el MAGyP.
5. PRESENTACIÓN DE LOS RESULTADOS
Se informará a las autoridades correspondientes sobre:
▪ Los riesgos detectados y su tratamiento en forma adecuada.
▪ La implementación de ajustes en los procedimientos, como así también
la recomendación sobre la implementación de nuevos Manuales de
Procedimientos.
▪ El cumplimiento del marco normativo.
▪ La utilización de los recursos de manera eficiente.
▪ El cumplimiento de los programas, planes y objetivos.
▪ El resultado de los Informes de Debida Diligencia realizados.
6. METODOLOGÍA DE TRABAJO
Para garantizar el cumplimiento de los objetivos mencionados ut supra,
se deberán adoptar criterios de priorización y selección de los
procesos con mayor grado de criticidad.
Dichos criterios consisten en tomar, en una primera etapa y como punto
de partida, los informes realizados por las Unidades de Auditoría
Interna de la jurisdicción y realizar un análisis riguroso de cada uno
de los procesos y proyectos en ejecución, con la finalidad de
identificar cuáles de ellos son real o potencialmente peligrosos para
alcanzar los objetivos estratégicos del MAGyP.
Una vez definido el Plan de Trabajo Inicial, los procesos priorizados
serán sometidos a un análisis de riesgos que permitirá desarrollar e
implementar tanto las acciones y mecanismos de Gestión y Control de
Riesgos adecuados, todo con el fin de mitigar y evitar los efectos
negativos de los mismos.
Concluida la etapa inicial, se ampliará gradualmente el alcance hasta
cubrir la totalidad de los procesos y actividades del MAGyP.
7. TÉRMINOS Y DEFINICIONES
A los fines del presente Plan se aplicarán los siguientes términos y
definiciones:
Soborno: Recibir, aceptar o
solicitar, ya sea en beneficio propio o de un tercero, sumas de dinero
o cualquier objeto de valor pecuniario u otras compensaciones, a cambio
de realizar, retardar u omitir realizar un acto relacionado con el
ejercicio de las funciones públicas.
Corrupción: Uso indebido del
poder, o abuso de un cargo público, con la finalidad de obtener
beneficios ilícitos, afectando el interés y la legitimidad de autoridad.
Fraude: Desapoderar mediante la
inducción a una disposición patrimonial ajena e injusta lograda con
ardid o engaño, causando un perjuicio patrimonial a la administración
pública.
Lavado de activos: Conjunto de
operaciones realizadas para ocultar o encubrir la naturaleza o el
origen de fondos provenientes de actividades ilegales, logrando que los
bienes de origen delictivo se integren en el sistema económico legal,
con apariencia de haber sido obtenidos de forma lícita.
Cumplimiento: Conjunto de
conceptos, procesos y actividades que permiten morigerar la
probabilidad de sufrir daños por la ocurrencia de sucesos que impliquen
un riesgo para la Institución, o sus funcionarios y agentes, por
violación de normas legales o éticas.
Integridad: Adhesión de valores
éticos comunes, así como el conjunto de principios y normas destinadas
a proteger, mantener y priorizar el interés público sobre los intereses
particulares.
Transparencia: Conjunto de
lineamientos y prácticas basadas en una amplia apertura y
disponibilidad de información, garantizando el derecho, a todos los
actores de la sociedad, al acceso de la información sobre la actividad
de la Institución.
Riesgo reputacional: Riesgo que
resulta de daños a la reputación para la Institución, o sus
funcionarios y agentes, como consecuencia de un evento adverso o ilegal.
Dependencias del MAGyP:
Comprende a las áreas sustantivas, de apoyo y de control en los
distintos niveles estructurales del MAGYP, comprendiendo dentro de
estos a las unidades de conducción política (Ministro, Unidad de
Gabinete de Asesores, Secretarios, Subsecretarios o máxima autoridad de
un ente desconcentrado o descentralizado); unidades de primer nivel
operativo (Dirección Nacional, Dirección General, Gerencia o
equivalente); unidades de segundo nivel operativo (Direcciones simples
y Coordinaciones); y unidades de tercer nivel operativo (Departamentos
y Divisiones).
Dependencias Sustantivas:
Aquellas áreas cuyas acciones contribuyen directamente al cumplimiento
de la misión y objetivos de la Jurisdicción y se relacionan con la
tecnología básica que debe dominarse para producir el resultado.
Funcionarios y Agentes: Toda
persona humana que desempeñe una actividad temporal o permanente,
remunerada u honoraria, en todos los niveles y jerarquías, incluyendo a
todos los funcionarios y empleados del Estado, que actúen en nombre del
Estado o al servicio del Estado o de sus entidades.
Contrapartes: Ciudadanos,
oferentes, adjudicatarios, contratistas, beneficiarios, y cualquier
otra persona humana o jurídica, que se relacionen de manera directa o
indirecta con el MAGYP.
Cuestiones internas: Entorno
dentro de la estructura organizativa de la Institución, en el cual
desarrolla sus actividades y busca alcanzar sus objetivos.
Cuestiones externas: Entorno
cultural y social, político, legal, reglamentario, financiero,
tecnológico, económico, natural y competitivo, ya sea a nivel local,
regional, nacional o internacional; en el cual la Institución
desarrolla sus actividades y busca alcanzar sus objetivos.
Proceso: Conjunto de
actividades relacionadas, o sucesión de tareas, que tienen como
finalidad transformar elementos de entrada en elementos de salida.
Operación: Decisión o acto de
la administración junto con su ejecución práctica, en tal forma que
constituyen en conjunto una sola actuación de la administración.
Eficacia: Capacidad para
realizar las actividades planificadas y lograr los resultados esperados.
Eficiencia: Capacidad para
lograr el cumplimiento de las actividades planificadas, logrando los
resultados esperados con la optimización de los recursos utilizados.
Riesgo: Todo evento contingente
que, de materializarse, puede impedir o comprometer el logro de los
objetivos propuestos.
Matriz de riesgos: Herramienta
dirigida a prever los riesgos a los que está expuesta la Institución
mediante su identificación, segmentación y ponderación.
Evaluación del riesgo: Proceso
general de identificación del riesgo, análisis del riesgo y tratamiento
del riesgo.
Identificación del riesgo:
Proceso por el cual se encuentran, reconocen y describen los riesgos
asociados a la Institución.
Análisis del riesgo: Proceso
por el cual se busca comprender la naturaleza del riesgo y determinar
el nivel del mismo.
Valoración del riesgo: proceso
por el cual se comparan los resultados del análisis del riesgo con los
criterios de riesgo, con el fin de determinar si el riesgo y/o su
magnitud son aceptables o tolerables.
Tratamiento del riesgo:
Establecimiento de procesos con la finalidad de modificar y mitigar los
riesgos detectados, o llevarlos a un nivel deseable.
Mecanismos de gestión y control de
riesgos: Conjunto de actividades coordinadas, o que interactúan
entre sí, para establecer lineamientos, objetivos y procesos para
dirigir y controlar la Institución con respecto al riesgo.
Conflictos de interés: Toda
situación o evento en que los intereses particulares, ya sean
personales, laborales, económicos o financieros del agente y/o
funcionario público y/o quien desempeñe una función pública, se
encuentren, o aparenten estarlo, ya sea de manera real o potencial, en
oposición con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo, o
lo lleve a actuar dando lugar a la parcialidad en la toma de sus
decisiones.
Debida diligencia: Proceso por
el cual se evalúa con mayor detalle la naturaleza y alcance del riesgo
de soborno, corrupción y/o incumplimiento normativo, para ayudar al
ente a la toma de decisiones en relación con contrataciones, proyectos,
actividades y desempeño de funcionarios y/o agentes.
Análisis de Brecha: Herramienta
que permite identificar la información relevada considerando los
requisitos esperados, tomando en cuenta el cumplimiento de la normativa
nacional y el alcance de los más altos estándares internacionales en
integridad y transparencia.
Supervisión y seguimiento:
Control, supervisión o determinación del estado de manera continua, con
la finalidad de identificar cambios en el nivel requerido o esperado
del desempeño.
(1) El Código de Ética Pública. según decreto 41/99 plantea los
siguientes principios generales y particulares que un funcionario
público debe seguir. Principios generales: probidad; prudencia;
justicia; templanza; idoneidad; responsabilidad. Principios
particulares: aptitud; capacitación; legalidad; evaluación; veracidad;
discreción; transparencia; declaración jurada patrimonial y financiera;
obediencia; independencia de criterio; equidad; igualdad en el trato;
ejercicio adecuado del cargo; uso adecuado de bienes del estado; uso
adecuado del tiempo de trabajo; colaboración; uso de la información;
obligación de denunciar; dignidad y decoro; honor; tolerancia;
equilibrio.
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número:
IF-2020-41059100-APN-MAGYP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 26 de Junio de 2020
Referencia: EX-2020-40420500-
-APN-DGDMA#MPYT "Plan de Integridad y Cumplimiento"
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