ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE
INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO
II
Disposición 34/2020
DI-2020-34-E-AFIP-DIRCII#SDGOPIM
Ciudad de Buenos Aires, 01/07/2020
VISTO el Expediente EX-2020-00325123- -AFIP-DADMDIRCII#SDGOPIM del
Registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO se tramita la adquisición de
protectores de acrílico para atención al público para Sede de Dirección
Regional Centro II y Agencias N° 1, 7, 46 y 50.
Que por intermedio de la Subdirección General de Operaciones
Impositivas Metropolitanas se comunicaron las especificaciones técnicas
elaboradas por la Dirección de Infraestructura y Logística que deben
tener los protectores a adquirir.
Que mediante relevamiento realizado por esta Dirección Regional,
documento IF-2020-00325727-AFIP-DADMDIRCII#SDGOPIM en el orden 2, se
identificó la necesidad de adquisición de mayor cantidad de protectores
como también otros de distintas dimensiones, atento a que en primera
instancia el informe se basó en la distancia preventiva social entre
personal y contribuyentes y cantidad de personas por superficie (m2),
sin poder plasmar la dinámica y comportamiento del contribuyente dentro
del establecimiento, información que fue aportada por el personal
responsable de cada Agencia en el momento de la colocación de los
mismos.
Que en orden 8, documento SC-2020-00334567-AFIP-DIRCII#SDGOPIM obra el
Formulario 1206 debidamente suscripto por el Director Regional en forma
digital para proceder con la contratación cuyo objeto se refieren los
presentes.
Que en orden 11, obra el Formulario 1236 a través del cual la División
Administrativa dependiente de la Dirección Regional Centro II autoriza
la realización de la contratación mediante el procedimiento
especificado en el mismo mediante el documento
DI-2020-00337141-AFIP-DADMDIRCII#SDGOPIM y aprueba el Pliego de Bases y
Condiciones.
Que por documento IF-2020-00348892-AFIP-SGCFDIRCII#SDGOPIM, (en el
orden 14), obra el Acta de Apertura, cotizando las firmas, URUGUAY
DISEÑOS S.R.L.(CUIT 30-71403968-3), CGB (CUIT 30-71598993-6) BONIFACIO
SA (CUIT 33-68965257-9) y CONSTRUCTORIA IMPACTO S.A. (CUIT
30-71611151-9) cumpliendo el requisito de TRES (3) presupuestos mínimos
necesarios.
Que mediante documento IF-2020-00365701-AFIP-SEDIDVJUII#SDGOPIM (en el
orden 27), obra el Dictamen Jurídico emitido por la Sección Dictámenes,
dependiente de la División Jurídica de esta Dirección Regional Centro
II.
Que en el orden 32, IF-2020-00374171-AFIP-SGCFDIRCII#SDGOPIM obran las
consultas de deuda, donde se verifica que las firmas CONSTRUCTORA
IMPACTO S.A., CGB y BONIFACIO S.A. no poseen deuda con este Organismo,
caso contrario con la firma URUGUAY DISEÑOS S.R.L.
Que evaluadas las ofertas por la División Administrativa, estableció en
sus considerandos que la oferta más conveniente para esta Dirección
Regional, teniendo en cuenta las especificaciones del pliego de bases y
condiciones, costo y cumplimiento de obligaciones fiscales es la de la
firma CONSTRUCTORA IMPACTO S.A, siguiéndole en orden de mérito, 2da.
CGB y 3era. BONIFACIO S.A., desestimándose la oferta de URUGUAY DISEÑOS
S.R.L. por tener deuda con este Organismo.
Que el gasto a realizar asciende a la suma de pesos CIENTO VEINTICINCO
MIL SETECIENTOS NOVENTA ($ 125.790,00).
Que se realizaron las reservas presupuestarias correspondientes.
Que en uso de las facultades otorgadas por la Disposición
DI-2020-71-E-AFIP-AFIP procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO II
DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°: Apruébase la Contratación Directa Nº 8/20 (DI RCII),
Trámite Simplificado, de acuerdo con lo normado en el artículo Nº 21,
Inciso 4), Apartado 9) y Artículo 22 del Régimen General para
Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras Públicas de la AFIP,
aprobado por la Disposición Nº 297/03 (AFIP).
ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese la presente Contratación a favor de la firma
CONSTRUCTORA IMPACTO S.A., CUIT 30-71611151-9, por un importe de PESOS
CIENTO VEINTICINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA ($ 125.790,00). de acuerdo a
los términos de referencia y oferta presentada.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL. Pase a la Sección Gestión de Compras y Financiera
(SGCFDIRCII) a fin de continuar con los trámites pertinentes. Cumplido,
archívese. Fernando Andres Weht
e. 03/07/2020 N° 26293/20
v. 03/07/2020