EJÉRCITO ARGENTINO
DIRECCIÓN DE ARSENALES
Resolución 123/2020
RESOL-2020-123-APN-DAR#EA
Boulogne Sur Mer, Buenos Aires, 30/06/2020
VISTO la Ley de Procedimiento Administrativos Nº 19549; la Ley Nº
24.156 – Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nación; el Decreto Delegado Nº 1023/01 y su
Reglamentario, Decreto Nº 1030/2016; lo prescripto por el Manual de
Procedimiento y el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales
dictados por la Oficina Nacional de Contrataciones, lo dispuesto por la
Disposición ONC N° 65 – E/2016 Manual de Procedimiento COMPR.AR”, y
expediente EX-2020-36701864- -APN-DAR#EA de la DIRECCIÓN DE ARSENALES,
y CONSIDERANDO:
Que con fecha 15 de junio de 2020, el DIRECTOR DE ARSENALES aprobó
mediante RS-2020-37936523-APN-DAR#EA, el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares con sus respectivos Anexos, que regulará la CONTRATACION
DIRECTA Nº PROCESO: 84/129-0117-CDI20 que tiene como objeto
“ADQUISICION REPUESTOS VEHICULOS (COVID-19) “OPERACIÓN GENERAL MANUEL
BELGRANO””.
Que dicha contratación ha sido encuadrada en las previsiones del
Artículo 25 Inciso d) del Decreto Delegado Nº 1023/2001 y en el
Artículo 19 del Decreto N° 1030/2016.
Que con fecha 16 de junio de 2020, se cursaron las invitaciones a
Proveedores inscriptos en el Rubro objeto del llamado, cumplimentando
lo normado en el Artículo 44 del Decreto Nº 1030/2016, incorporado al
expediente mediante PLIEG-2020- 38316342-APN-DAR#EA.
Que con fecha 16 de junio de 2020, mediante nota Nro
NO-2020-38464471-APN-DAR#EA, se informó la apertura de la presente
contratación a la Unidad de Auditoria Interna (UAI) e Inspectoría
General del Ejército (IGE).
Que con fecha 19 de junio de 2020, se realizó el Acto de Apertura de
ofertas, presentándose UN (01) oferente: NEUMATICOS VERONA S.R.L. CUIT
30-67747012-3 incorporado al expediente mediante IF-2020-
39224443-APN-DAR#EA.
Que la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES dió cumplimiento a lo normado
en el Artículo 25 de la Disposición Nro 62-E/2016 y Comunicación
General Nº 22/2015 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES,
verificación de la inscripción en el sistema de información de
proveedores.
Que la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES controló el registro de
sanciones laborales y estado de deuda AFIP de los eferentes,
incorporado al expediente mediante IF-2020- 39340100-APN-DAR#EA.
Que se dio cumplimiento al Artículo 26 “Cuadro Comparativo de las
Ofertas”, Anexo I Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones
de la Administración Nacional aprobado por la disposición N°
DI-2016-62-E-APN-ONC#MM, incorporado al expediente mediante IF-2020-
39224540-APN-DAR#EA.
Que la COMISIÓN EVALUADORA analizó las ofertas presentadas y
cumplimentó lo determinado en el Capítulo VII “Evaluación de las
Ofertas” Anexo I Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones
de la Administración Nacional aprobado por Disposición Nro.
DI-2016-62-E-APN-ONC#MM y Artículo 5º de la Disposición
Nro.6-E/2018-APN-ONC#MM, emitiendo el Dictamen de Evaluación de Ofertas
incorporado al expediente mediante IF-2020-40579764-APN-DAR#EA, con
fecha 22 de junio de 2020, donde recomienda pre adjudicar al único
oferente NEUMATICOS VERONA S.R.L CUIT: 30-67747012-3 los renglones 1, 2
y 3 por ser la oferta más conveniente y ajustarse a lo solicitado en el
PB y CP.
Que los renglones N° 4, 5 y 6 se encuentran desiertos, en función de no haber recibo ofertas.
Que la presente contratación cuenta con la solicitud de disponibilidad
de cuota para afrontar el gasto, de acuerdo a lo detallado en
ME-2020-40597676-APN-DAR#EA, de fecha 25 de junio de 2020.
Que se incorpora al expediente la asignación de crédito para la
operación de apoyo a la comunidad, mediante
NO-2020-21597694-APN-DGPPP#EA.
Que con fecha 26 de junio de 2020, el DEPARTAMENTO JURÍDICO tomó la
intervención correspondiente conforme al Artículo 7 inciso d) de la Ley
19.549 de Procedimientos Administrativos mediante
IF-2019-41137562-APN-DAR#EA, concluyendo su Dictamen con una
recomendación tendiente a que se declare sin efecto el presente acto
contractual por no haberse cumplimentado debidamente el procedimiento
especial determinado en la Disposición ONC 48/2020, siendo dicha
autoridad competente para el dictado del acto de rigor el Director de
Arsenales.
Que se ha dado especial observancia al cumplimiento de los “Principios
Generales” prescriptos en el Artículo 3 del Decreto Delegado Nº
1023/2001.
Que el suscripto tiene facultades suficientes para dictar el presente
acto conforme lo dispuesto por la Resolución del MINISTRO DE DEFENSA
Nro RESOL-2020-178-APN-MD, artículo 1º, Anexo II
(IF-2020-32628323-APN-DGAF#EA) de fecha 12 de junio 2020.
Por ello,
EL DIRECTOR DE ARSENALES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Declarar dejar sin efecto al proceso Nº 84/129-0117-CDI20
que tiene como objeto la adquisición de “REPUESTOS VEHICULOS (COVID-19)
“OPERACIÓN GENERAL MANUEL BELGRANO”, con motivo de no haberse
cumplimentado debidamente el procedimiento especial determinado en la
Disposición ONC 48/2020, de acuerdo a lo determinado en al artículo 11
del Decreto 1023/01.
ARTICULO 2º.- Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial
de la Nación y en la Oficina Nacional de Contrataciones, a los fines de
dar cumplimiento a lo establecido en la normativa aplicable a las
contrataciones de bienes y servicios bajo el régimen de emergencia
COVID-19 mediante la cual los organismos deben proceder a publicar el
acto administrativo de conclusión del procedimiento en la ONC y el
Boletín Oficial por el término de un (1) día.
ARTÍCULO 3°.- Remítase el presente expediente al DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO de la DIRECCIÓN DE ARSENALES, a los efectos
de la prosecución del trámite correspondiente. Francisco Javier Oteo
e. 06/07/2020 N° 26321/20 v. 06/07/2020