MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALResolución 570/2020RESOL-2020-570-APN-MTCiudad de Buenos Aires, 07/07/2020
VISTOel EX-2020-30757029-APN-DCP#MT, la Ley de Procedimientos
Administrativos N° 19.549, el Decreto N° 1759/1972 (T.O. Decreto N°
894/2017), el Decreto Nº 1.023 del 13 de agosto de 2001 y sus
modificatorios y el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1.030 del 15 de
septiembre de 2016 y sus modificatorios, el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, la
Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 370
del 28 de abril de 2020, la Disposición ONC N° 62 del 27 de septiembre
de 2016 y modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el
Expediente citado en el Visto, se gestiona las ampliaciones de las
Ordenes de Compras Nros 33-1044-OC20, 33-1046-OC20 y 33-1047-OC20,
emitidas en el marco de la CONTRATACION DIRECTA POR EMERGENCIA por
compulsa abreviada Nº 33-0008-CDI20 para la adquisición de elementos de
prevención de enfermedades con motivo de la emergencia sanitaria
declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo
de 2020 en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACION MUNDIAL
DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, a solicitud
del Departamento de Higiene y Seguridad, mediante
ME-2020-39277413-APN-DISG#MPYT, conformado por la Dirección de
Infraestructura y Servicios Generales bajo
ME-2020-39351592-APN-DISG#MPYT, y por la Dirección General de
Administración y Programación Financiera por
ME-2020-39869524-APN-DGAYPF#MPYT.
Que por la Resolución del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N°
RESOL-2020-450-APN-MT de fecha 28 de mayo de 2020, se aprobó y adjudicó
la mencionada contratación, emitiéndose en consecuencia la Orden de
Compra N° 33-1044-OC20 a favor de la firma DIAGNOSTICOS Y SOLUCIONES
CORDOBA S.A. (CUIT N° 30-71516329-9) para el renglón N° 1, por un monto
unitario de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA ($ 640) y total de PESOS
VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS ($ 25.600), y para el renglón N° 2 por un
monto unitario de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 275) y total de
PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL ($165.000); la Orden de Compra N°
33-1045-OC20 a favor de la firma RADIO SAPIENZA SACII (CUIT N°
30-54194320-6), para el renglón N° 3 por un monto unitario de PESOS
SEISCIENTOS SETENTA Y TRES CON TREINTA CENTAVOS ($673,30) y un total de
PESOS SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES ($6.733,00) y para el renglón
N° 9 por un monto unitario de PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y
SIETE CON NOVENTA CENTAVOS ($14.997,90) y un total de PESOS NOVECIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON SESENTA CENTAVOS
($959.865,60), la Orden de Compra N° 33-1046-OC20 a favor de la firma
COOPERATIVA DE TRABAJO LARA LTDA (CUIT N° 30-71189988-6) para el
renglón N° 4, por un monto unitario de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO ($
175) y total de PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS ($ 17.500), para el
renglón N° 7 por un monto unitario de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA ($ 280)
y total de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTE MIL ($1.120.000) y para el
renglón N° 8 por un monto unitario de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO ($
168) y total de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($ 84.000) y la Orden de
Compra N° 33-1047-OC20 a favor de la firma CAROLS S.A. (CUIT N°
30-70853831-7) para el renglón N° 6, por un monto unitario de PESOS
TREINTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 39,90) y total de PESOS
DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ($ 279.300).
Que el
área requirente motiva la ampliación requerida en razón de la necesidad
imperiosa de reforzar las cantidades previstas originalmente a fin de
dotar al personal de los elementos indispensables de prevención en el
contexto de la pandemia provocada por el COVID-19.
Que de
acuerdo a lo informado por la Dirección de Infraestructura y Servicios
Generales, bajo ME-2020-39351592-APN-DISG#MPYT, se considera pertinente
la ampliación mencionada en un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35 %), para
las Órdenes de Compra Nros. 33-1044-OC20 y 33-1046-OC20 y de un VEINTE
POR CIENTO ( 20%) para la Orden de Compra N° 33-1047-OC20.
Que a
efectos de cumplimentar lo solicitado resulta procedente realizar la
ampliación conforme surge la facultad contemplada en el artículo 12,
inciso b) del Decreto Delegado N° 1023/01 y en el artículo 100, inciso
a) del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.
Que las
firmas adjudicatarias de las Órdenes de Compra Nros. 33-1044-OC20 y
33-1046-OC20 han prestado conformidad al incremento del porcentaje de
ampliación, de acuerdo al IF-2020-40422611-APN-DCP#MT e
IF-2020-42410601-APN-DCP#MT, encontrándose acreditado el cumplimiento
de lo previsto en el artículo 100, inciso a), apartado 3, por lo que la
ampliación no excede el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35 %) del importe
del renglón sobre el cual recae el aumento del contrato.
Que en
consecuencia resulta pertinente proceder a la ampliación de la Orden de
Compra N° 33-1044-OC20 a favor de la firma DIAGNOSTICOS Y SOLUCIONES
CORDOBA S.A. (CUIT N° 30-71516329-9) para el renglón N° 1, por un monto
unitario de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA ($ 640) y total de PESOS OCHO
MIL NOVECIENTOS SESENTA ($ 8.960), y para el renglón N° 2 por un monto
unitario de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 275) y total de PESOS
CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($57.750), resultando para
la mencionada firma un total de PESOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS
DIEZ ($ 66.710).
Que asimismo respecto de la Orden de Compra N°
33-1046-OC20 a favor de la firma COOPERATIVA DE TRABAJO LARA LTDA (CUIT
N° 30-71189988-6) resulta conveniente proceder a la ampliación para el
renglón N° 4, por un monto unitario de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO ($
175) y total de PESOS SEIS MIL CIENTO VEINTICINCO ($ 6.125), para el
renglón N° 7 por un monto unitario de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA ($ 280)
y total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL ($ 392.000) y para el
renglón N° 8 por un monto unitario de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO ($
168) y total de PESOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 29.400),
resultando para la mencionada firma un total de PESOS CUATROCIENTOS
VEINTISIETE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO ($427.525).
Que
finalmente respecto de la Orden de Compra N° 33-1047-OC20 a favor de la
firma CAROLS S.A. (CUIT N° 30-70853831-7) resulta conveniente proceder
a la ampliación para el renglón N° 6, por un monto unitario de PESOS
TREINTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 39,90) y total de PESOS
CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($ 55.860).
Que
asimismo la ampliación de las Órdenes de Compra se encuadra dentro de
los plazos previstos en el artículo 100, inciso a), apartado 4 del
Reglamento aprobado por Decreto N° 1030/16.
Que se cuenta con los fondos para atender el gasto en causa, de acuerdo al PV-2020-40322813-APN-DACP#MPYT.
Que
la Dirección de Contrataciones y Patrimonio conforme
PV-2020-42113338-APN-DCP#MT, en encontrarse las actuaciones en etapa de
ampliación de las Órdenes de Compra, advierte que un error involuntario
de tipeo en el decimocuarto considerando de dicho Acto Administrativo,
el que fuera trasladado en el Artículo 3° Resolución N° 450/2020,
respecto a los montos totales parciales de los renglones 2 y 8.
Que
dicho error sólo quedo limitado a lo arriba indicado, siendo los
totales adjudicados, así como los importes imputados correctos, no
habiéndose afectado los derechos de las firmas adjudicatarias.
Que
el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos
faculta a la Administración a rectificar los errores materiales o de
hecho, y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo
sustancial del acto administrativo.
Que en consecuencia, por razones de buen orden administrativo corresponde rectificar el error material involuntario en cuestión.
Que
la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención en el ámbito de su
competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con
lo preceptuado en el artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (T.O. Decreto
N° 894/2017), y en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/01, en
virtud de las competencias establecidas en el artículo 100, inciso a) y
artículo 9° del Reglamento aprobado por Decreto N° 1030/16, el Decreto
de Necesidad y Urgencia N° 07 de fecha 10 de diciembre de 2019, y en el
Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO
1°.- Apruébase la ampliación de la Orden de Compra N° 33-1044-OC20
emitida en el marco de la CONTRATACION DIRECTA POR EMERGENCIA por
compulsa abreviada Nº 33-0008-CDI20, a favor de la firma DIAGNOSTICOS Y
SOLUCIONES CORDOBA S.A. (CUIT N° 30-71516329-9) para el renglón N° 1,
por un monto unitario de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA ($ 640) y total de
PESOS OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA ($ 8.960), y para el renglón N° 2
por un monto unitario de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 275) y
total de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($57.750),
resultando para la mencionada firma un total de PESOS SESENTA Y SEIS
MIL SETECIENTOS DIEZ ($ 66.710), conforme los motivos expuestos en la
presente.
ARTICULO 2°.- Apruébese la ampliación de la Orden de
Compra N° 33-1046-OC20 emitida en el marco de la CONTRATACION DIRECTA
POR EMERGENCIA por compulsa abreviada Nº 33-0008-CDI20, a favor de la
firma COOPERATIVA DE TRABAJO LARA LTDA (CUIT N° 30-71189988-6) para el
renglón N° 4, por un monto unitario de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO ($
175) y total de PESOS SEIS MIL CIENTO VEINTICINCO ($ 6.125), para el
renglón N° 7 por un monto unitario de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA ($280) y
total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL ($ 392.000) y para el
renglón N° 8 por un monto unitario de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO ($
168) y total de PESOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 29.400),
resultando para la mencionada firma un total de PESOS CUATROCIENTOS
VEINTISIETE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO ($ 427.525), de conformidad con
los motivos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.
ARTICULO
3°.- Apruébese la ampliación de la Orden de Compra N° 33-1047-OC20
emitida en el marco de la CONTRATACION DIRECTA POR EMERGENCIA por
compulsa abreviada Nº 33-0008-CDI20, a favor de la firma CAROLS S.A.
(CUIT N° 30-70853831-7) para el renglón N° 6, por un monto unitario de
PESOS TREINTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 39,90) y total de PESOS
CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($ 55.860), de conformidad
con los motivos expuestos en los considerandos de la presente
Resolución.
ARTICULO 4°.- Impútese el presente gasto, que en
total asciende a la suma total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL
NOVENTA Y CINCO ($ 550.095), con cargo a Finalidad 3 - Función 6 -
Jurisdicción 75 - Servicio Administrativo 350 - Ubicación Geográfica
02, Programa 01 - Subprograma 00 - Actividad 01 – Fuente de
Financiamiento 11, según el siguiente detalle: PESOS CUATROCIENTOS
VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS ($421.400), al Inciso 2, Partidas: Principal
5, Parcial 2, PESOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTE ($ 64.820),
al Inciso 2, Partidas: Principal 9, Parcial 5 y PESOS SESENTA Y TRES
MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 63.875), al Inciso 2, Partidas:
Principal 2, Parcial 2, para el ordenamiento presupuestario que rige el
Ejercicio Financiero 2020.
ARTICULO 5°.- Rectificase el artículo
3° de la Resolución RESOL- 2020-450-APN-MT de fecha 28 de mayo de 2020,
el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 3º.-
Adjudícase a favor de las firmas DIAGNÓSTICO Y SOLUCIONES CORDOBA S.A
(CUIT N° 30-71516329-9), para el renglón N° 1 por un monto unitario de
PESOS SEISCIENTOS CUARENTA ($640,00) y un total de PESOS VEINTICINCO
MIL SEISCIENTOS ($25.600,00), para el renglón N° 2 por un monto
unitario de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO ($275,00) y un total de
PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL ($165.000,00), RADIO SAPIENZA SACII
(CUIT N° 30-54194320-6), para el renglón N° 3 por un monto unitario de
PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y TRES CON TREINTA CENTAVOS ($673,30) y un
total de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES ($6.733,00) y para
el renglón N° 9 por un monto unitario de PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y SIETE CON NOVENTA CENTAVOS ($14.997,90) y un total de PESOS
NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON
SESENTA CENTAVOS ($959.865,60), COOPERATIVA de TRABAJO LARA LTDA. (CUIT
N° 30-71189988-6), para el renglón N° 4 por un monto unitario de PESOS
CIENTO SETENTA Y CINCO ($175,00) y un total de PESOS DIECISIETE MIL
QUINIENTOS ($17.500,00) para el renglón N° 7, por un monto unitario de
PESOS DOSCIENTOS OCHENTA ($280,00) y un total de PESOS UN MILLON CIENTO
VEINTE MIL ($1.120.000,00) y para el renglón N° 8 por un monto unitario
de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO ($168,00) y un total de PESOS OCHENTA Y
CUATRO MIL ($ 84.000,00) y CAROLS S.A. (CUIT N° 30-70853831-7), para el
renglón N° 6, por un monto unitario de PESOS TREINTA Y NUEVE CON
NOVENTA CENTAVOS ($39,90) y un total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y
NUEVE MIL TRESCIENTOS ($279.300,00) en virtud de los fundamentos
expuestos en PV-2020-33960829- - APN-DCP#MT,
PV-2020-33445228-APN-DCP#MT e IF-2020-33554387-APN-DISG#MPYT”.
ARTICULO
6°.- Gíranse las presentes actuaciones a la Dirección de Contrataciones
y Patrimonio, para registrar la imputación presupuestaria en el Sistema
COMPR.AR, a la Dirección de Administración y Control Presupuestario,
ambas dependientes de la Dirección General de Administración y
Programación Financiera de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA
para efectuar el respectivo compromiso; cumplido, sigan al Departamento
mencionado en primer término, para emitir las pertinentes Órdenes de
Compra, y al Departamento Liquidaciones dependiente de la Dirección
citada en segundo término, a sus efectos.
ARTICULO 7°- Delégase
en la titular de la Dirección de Contrataciones y Patrimonio la
facultad de autorizar las Órdenes de Compra en el sistema COMPR.AR.
ARTICULO
8°. - Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Claudio Omar Moroni
e. 13/07/2020 N° 27046/20 v. 13/07/2020