ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓNResolución 298/2020RESOL-2020-298-ANSES-SEA#ANSESCiudad de Buenos Aires, 13/07/2020
VISTOel Expediente N° EX-2020-40773485- -ANSES-DC#ANSES del Registro de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), el Decreto N°
1023 de fecha 13 de agosto de 2001, el Decreto Reglamentario Nº 1030 de
fecha 15 de septiembre de 2016 los Decretos de Necesidad y Urgencia
Nros. 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y 287 de fecha 17 de marzo de
2020, ambos en el marco de la “EMERGENCIA SANITARIA”, la Decisión
Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM de fecha 18 de marzo de 2020
de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Disposición ONC N° 48 de
fecha 20 de marzo de 2020 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que
por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Contratación por
Emergencia COVID-19 – Nº 12/2020 – Proceso Comprar Nº 63-0042-CDI20,
tendiente adquirir MIL QUINIENTAS (1500) pantallas sanitarias para ser
distribuidas en las dependencias de esta Administración Nacional para
prevenir el contagio de Coronavirus COVID-19.
Que por el Decreto
Nº 260/20, modificado por su similar N° 287/20, se amplió por el plazo
de UN (1) año el alcance de la emergencia pública en materia sanitaria
declarada por el Artículo 1° de la Ley N° 27.541, a fin de abarcar las
medidas adoptadas y a adoptar con relación al Coronavirus COVID-19.
Que,
por su artículo 15 ter, se estableció que durante el plazo que dure la
emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en
el artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156, estarán facultados
para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean
necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al Régimen de
Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
Que a
través de la Decisión Administrativa de JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N° 409/20, complementada por la Disposición ONC N° 48/20, se
establecieron los procedimientos de adquisición de bienes y servicios
en la emergencia, que habilitan a todas las áreas comprometidas en dar
respuestas integrales a utilizar herramientas que otorguen celeridad y
eficacia a la atención de las necesidades que se presenten con relación
al virus.
Que la presente contratación obedece al requerimiento
formulado por la Dirección de Obras e Infraestructura mediante la Nota
de orden 3 y la Subdirección Ejecutiva de Prestaciones mediante la Nota
de orden 6, donde manifestaron la urgente necesidad de contar con las
pantallas para ser instaladas en los escritorios del personal de ANSES
que esté en contacto directo con los beneficiarios, a los efectos de
preservar la salud del personal de ANSES que se encuentre en efectivo
cumplimiento de sus labores y de los beneficiarios que concurran a las
oficinas de atención al público, quienes por su condición de adultos
mayores conforman el sector de mayor riesgo ante la pandemia decretada
por la Organización Mundial de la Salud.
Que en ese sentido se
elaboraron las Especificaciones Técnicas, N°
IF-2020-40733045-ANSES-DOEI#ANSES y N°
IF-2020-40726378-ANSES-DOEI#ANSES, a órdenes 9 y 10 respectivamente y
el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N°
PLIEG-2020-40779206-ANSES-DC#ANSES de orden 12, llamados a regir la
presente compulsa.
Que de las actuaciones surge que se encuentra
cumplido el requisito de publicidad que debe darse al llamado, conforme
Disposiciones ONC N° 48/2020 y sus modificatorias, habiéndose publicado
en el sistema COMPR.AR según surge del documento de orden 15 y la
constancia de invitación realizada a los posibles interesados a la puja
obrante a orden 16.
Que a orden 17 obra la Circular Aclaratoria
N° PLIEG-2020-41125097-ANSES-DC#ANSES, mediante la cual se brindó
respuesta a las consultas realizadas que obran a orden 19.
Que a
orden 18, obra el Acta de Apertura, que da cuenta de la presentación de
CATORCE (14) propuestas, de ONCE (11) oferentes para el RENGLON 1,
presentadas en la plataforma COMPR.AR, a saber: SECAVIT S.A. (oferta
base y 3 alternativas, denominadas en la plataforma COMPR.AR como
Alternativas 1, 2, 3 y 4), LO=PUB PRODUCCIONES PERIODISTICAS Y
PUBLICITARIAS S.R.L., MAVATEC S.R.L., TONO STANDS MUEBLES S.A.,
DECORSAN S.R.L., HUGO EDUARDO ISON, SICHER OBRAS Y SERVICIOS S.R.L,
IMAK ARGENTINA S.R.L., MEGACER S.R.L., AMERICAN LENOX S.A., EME
ESTRUCTURAS S.A., luciendo a orden 74, el Cuadro Comparativo de Ofertas.
Que
a orden 98, la Dirección de Obras e Infraestructura elaboró el informe
técnico respectivo, concluyendo que las ofertas presentadas por las
firmas SECAVIT S.A. (oferta base, denominada en la plataforma COMPR.AR
como Alternativa 1), TONO STANDS MUEBLES S.A., SICHER OBRAS Y SERVICIOS
S.R.L., MEGACER S.R.L.y DECORSAN S.R.L., cumplen técnicamente con lo
requerido.
Que en cuanto a las ofertas presentadas por SECAVIT
S.A. (ofertas alternativas 1, 2 y 3, denominadas en la plataforma
COMPR.AR como Alternativas 2, 3 y 4), LO=PUB PRODUCCIONES PERIODISTICAS
Y PUBLICITARIAS S.R.L., MAVATEC S.R.L., HUGO EDUARDO ISON, IMAK
ARGENTINA S.R.L., AMERICAN LENOX S.A., EME ESTRUCTURAS S.A no cumplen
con las especificaciones técnicas, haciendo un pormenorizado detalle de
los incumplimientos.
Que a orden 102, toma intervención el
titular de la Unidad Operativa de Contrataciones, emitiendo la
correspondiente recomendación, en la que aconseja, por resultar
admisible y económicamente conveniente, adjudicar la oferta base
presentada por la firma SECAVIT SA (denominada en la plataforma
COMPR.AR como alternativa 1), por la suma unitaria de PESOS CINCO MIL
CIENTO OCHENTA Y SIETE ($5.187) y un total de PESOS SIETE MILLONES
SETECIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS ($ 7.780.500,00) y establecer el
segundo orden de mérito a la oferta presentada por la firma DECORSAN
S.R.L..
Qué asimismo, en dicha recomendación propone desestimar
las ofertas alternativas presentadas por la firma SECAVIT S.A. por las
siguientes causas, la alternativa 1, denominada en la plataforma
COMPR.AR como Alternativa 2, por no cumplir con lo requerido en las
Especificaciones Técnicas N° IF-2020-40733045-ANSES-DOEI#ANSES y N°
IF-2020-40726378-ANSES-DOEI#ANSES; respecto a sus ofertas alternativas
2 y 3, denominadas en la plataforma COMPR.AR como Alternativas 3 y 4,
por no presentar muestra y, aun así, de la documental aportada en sus
ofertas, por no cumplir con lo requerido atento lo informado por la
Dirección de Obras e Infraestructura mediante documento N°
IF-2020-42463035-ANSES-DOEI#ANSES.
Que en ese orden de ideas, la
Dirección de Contrataciones aconseja desestimar las ofertas presentadas
por LO=PUB PRODUCCIONES PERIODISTICAS Y PUBLICITARIAS S.R.L.y MAVATEC
S.R.L por no cumplir con lo requerido en las Especificaciones Técnicas
N° IF-2020-40733045-ANSES-DOEI#ANSES y N°
IF-2020-40726378-ANSES-DOEI#ANSES y por no encontrarse inscripto en
SIPRO (conforme Disposición ONC N° 48/2020).
Que respecto la
oferta presentada por TONO STANDS MUEBLES S.A., también recomienda
desestimarla por no encontrarse inscripto en SIPRO (conforme
Disposición ONC N°48/2020).
Que desestima la oferta presentada
por, HUGO EDUARDO ISON, por no presentar muestra y aun así, de la
documental aportada en sus ofertas, por no cumplir con lo requerido
atento lo informado por la Dirección de Obras e Infraestructura
mediante documento N° IF-2020-42463035-ANSES-DOEI#ANSES.
Que la
mencionada Dirección, recomienda desestimar la oferta presentada por la
firma SICHER OBRAS Y SERVICIOS S.R.L., por no encontrarse inscripto en
SIPRO (conforme Disposición ONC N° 48/2020) y por resultar su oferta
antieconómica respecto al valor estimado por el área requirente.
Que
se desestima la oferta presentada por, IMAK ARGENTINA S.R.L. por no
cumplir con lo requerido en las Especificaciones Técnicas
IF-2020-40733045-ANSES-DOEI#ANSES e IF-2020-40726378-ANSES-DOEI#ANSES a
orden 9 y 10 respectivamente.
Que se desestima la oferta
presentada por, MEGACER S.R.L. por resultar su oferta antieconómica
respecto al valor estimado por el área requirente.
Que también
desestima la oferta presentada por, AMERICAN LENOX S.A., por no
presentar muestra y aun así, de la documental aportada en sus ofertas,
por no cumplir con lo requerido atento lo informado por la Dirección de
Obras e Infraestructura mediante documento N°
IF-2020-42463035-ANSES-DOEI#ANSES y por no encontrarse inscripto en
SIPRO (conforme Disposición ONC N° 48/2020).
Que se desestima la
oferta presentada por, EME ESTRUCTURAS S.A., por no presentar muestra y
aun así, de la documental aportada en sus ofertas, por no cumplir con
lo requerido atento lo informado por la Dirección de Obras e
Infraestructura mediante documento N° IF-2020-
42463035-ANSES-DOEI#ANSES y por resultar su oferta antieconómica
respecto al valor estimado por el área requirente.
Que a orden
115 la Dirección General de Asuntos Jurídicos toma intervención de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 7º inciso d) de la Ley
Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.
Que a
orden 13, la Dirección de Gestión Presupuestaria, ha tomado la
intervención de su competencia, conforme surge de la cesta aprobada N°
110032637.
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Que
la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, el Decreto
Reglamentario Nº 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus
modificatorios, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM de
fecha 18 de marzo de 2020 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las
Disposiciones ONC N° 48 de fecha 20 de marzo de 2020 y sus
modificatorias, y las Resoluciones Nros. RESOL-2020-8-ANSES-ANSES de
fecha 20 de enero de 2020 y RESOL-2020-114- ANSES-ANSES de fecha 8 de
mayo de 2020.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Apruébanse el procedimiento realizado en el marco de la
Contratación por Emergencia COVID-19 Nº 12/2020 – Proceso Comprar Nº
63-0042-CDI20, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N°
PLIEG-2020-40779206-ANSES-DC#ANSES y las Especificaciones Técnicas N°
IF-2020-40733045-ANSES-DOEI#ANSES y N°
IF-2020-40726378-ANSES-DOEI#ANSES y todo lo actuado, tendiente a
adquirir MIL QUINIENTAS (1500) pantallas sanitarias para ser
distribuidas en las dependencias de esta Administración Nacional para
prevenir el contagio de Coronavirus COVID-19.
ARTÍCULO
2°-Desestimanse las ofertas presentadas por las firmas SECAVIT S.A.
(alterntivas 1, 2 y 3, denominadas en la plataforma COMPR.AR como
Alternativas 2, 3 y 4), LO=PUB PRODUCCIONES PERIODISTICAS Y
PUBLICITARIAS S.R.L., MAVATEC S.R.L., TONO STANDS MUEBLES S.A, HUGO
EDUARDO ISON, SICHER OBRAS Y SERVICIOS S.R.L, IMAK ARGENTINA S.R.L.,
MEGACER S.R.L., AMERICAN LENOX S.A., EME ESTRUCTURAS S.A, por los
motivos expuestos precedentemente.
ARTÍCULO 3°.-Apruebase en
primer orden de mérito la oferta base presentada por la firma SECAVIT
S.A., denominada en la plataforma COMPR.AR como Alternativa 1 y en
segundo orden de mérito a la oferta presentada por la firma DECORSAN
S.R.L.
ARTÍCULO 4°.-Adjudicase, en el marco de la Contratación
por Emergencia COVID-19- Nº 12/2020 –Proceso Comprar Nº 63-0042-CDI20,
conforme a los lineamientos de la presente Resolución para el RENGLÓN
N°1 correspondiente a MIL QUINIENTAS (1500) pantallas sanitarias a la
oferta base presentada por firma SECAVIT SA (denominada en el sistema
COMPR.AR como Alternativa 1), por la suma unitaria de PESOS CINCO MIL
CIENTO OCHENTA Y SIETE ($5.187) y un total de PESOS SIETE MILLONES
SETESCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS ($ 7.780.500), por los motivos
indicados en los considerandos precedentes.
ARTICULO 5º:
Encomiéndase en el Director de Contrataciones la suscripción, en nombre
y representación del organismo de la respectiva orden de compra.
ARTÍCULO
6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Resolución se atenderá con cargo a las partidas específicas
del presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- Notifíquese, publíquese,
dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, comuníquese, pase a
las Direcciones de Contrataciones y de Gestión Presupuestaria para la
intervención de su competencia y oportunamente, archívese. Alejandro
Merediz
e. 14/07/2020 N° 27331/20 v. 14/07/2020