MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 351/2020
RESOL-2020-351-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 03/04/2020
VISTOel EX-2019-102530978- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que
en las páginas 3/6 de la CD-2019-102727105-APN-DGDMT#MPYT del
EX-2019-102530978- -APN-DGDMT#MPYT, obra el acuerdo celebtrado entre la
ASOCIACIÓN BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO), por la parte
sindical, y el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por la parte
empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº
14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han convenido condiciones
laborales conforme surge del texto convencional traido a marras con las
prescripciones y demás consideraciones obrantes al cual se remite.
Que
cabe advertir que lo convenido es obligatorio como acuerdo marco
colectivo sin perjuicio de los derechos individuales que les pudieren
corresponder a los trabajadores involucrados.
Que el ámbito de
aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad
principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de
la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que
las partes acreditan la representación que invocan con la documentación
agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que
la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el
pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los
antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para
resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones
otorgadas por el DCTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN
BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO), por la parte sindical, y el
BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por la parte empleadora, obrante
en las páginas 3/6 de la CD-2019-102727105-APN-DGDMT#MPYT del
EX-2019-102530978- -APN-DGDMT#MPYT, conforme a lo dispuesto en la Ley
de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.-
Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección
General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental.
Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del
Trabajo a los fines del registro del acuerdo obrante en las páginas 3/6
de la CD-2019-102727105-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-102530978-
-APN-DGDMT#MPYT.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes
signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo
conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 18/75.
ARTÍCULO
4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter
gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará
aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley
Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/07/2020 N° 22363/20 v. 14/07/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)