MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 355/2020
RESOL-2020-355-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 06/04/2020
VISTOel EX – 2020 - 24134220 - APN –MT del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 22.250, la
Ley Nº 23.546 (t.o.2004), y
CONSIDERANDO:
Que bajo las
páginas 1 / 3 del IF – 2020- 24146193-APN- MT, obra agregado el acuerdo
celebrado entre la UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCION DE LA REPUBLICA
ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa TECHINT COMPAÑÍA TECNICA
INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL, por la parte
empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el acuerdo de autos las partes
convienen los alcances y términos de las desvinculaciones efectuadas
por la representación empleadora.
Que los actores intervinientes
en autos se encuentran legitimados para suscribir el presente, conforme
surge de los antecedentes que se registran en esta Cartera de Estado.
Que
los agentes negociales han acreditado su personería y facultades para
negociar colectivamente por ante esta Autoridad Laboral.
Que el
ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que
la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención
que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que
por lo hasta aquí expuesto procede la homologación de lo convenido como
acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho
individual del personal afectado.
Que por último, deberá hacerse
saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación
administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N° 20.744 (t.o.
1976) y sus modificatorias, es necesario que los trabajadores
manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar
ante la Autoridad Administrativa competente.
Que las facultades
del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las
atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°.- Declárese homologado el acuerdo obrante en las páginas 1 / 3 del
IF – 2020- 24146193-APN- MT del EX – 2020 - 24134220 - APN –MT,
celebrado entre la UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCION DE LA REPUBLICA
ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa TECHINT COMPAÑÍA TECNICA
INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL, por la parte
empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de
Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática,
Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines
del registro del instrumento mencionado en el artículo 1° de la
presente.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO
4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter
gratuito del instrumento homologado y de esta Resolución, resultará
aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley
Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 5°.- Establécese que la
homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el Artículo
1° de la presente Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos
individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/07/2020 N° 22411/20 v. 14/07/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)