PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Resolución 168/2020
Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2020
En Buenos Aires, a los 16 días del mes de julio del año dos mil veinte,
sesionando a través de videoconferencia, con la Presidencia del Dr.
Alberto Agustín Lugones, los/las señores/as consejeros/as asistentes, y
VISTO:
El Expediente nº 13-08458/19, caratulado “Informe proyecto de modificación al reglamento de contrataciones”; y,
CONSIDERANDO:
1°) Que las presentes actuaciones se inician con motivo del Oficio nº
562/19 emitido por la Administración General del Poder Judicial de la
Nación, por el cual solicitó actualizar el valor del Módulo estipulado
en el artículo 18º del Reglamento de Contrataciones aprobado mediante
Resolución CM nº 254/15 con fecha 10 de septiembre de 2015 y modificado
por la Resolución CM nº 316/17 de fecha 31 de agosto de 2017 (v. fs.
7/8).
2º) Que, el artículo 18º de la Resolución CM nº 254/15, establece que
“a los efectos de lo dispuesto en el presente Reglamento, el valor del
módulo (M) será de PESOS UN MIL ($1.000). La modificación de ese valor
es atribución del Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder
Judicial de la Nación, previa intervención de la Comisión de
Administración y Financiera, que podrá actualizarlo mediante decisión
fundada”.
Que, mediante Resolución CM nº 316/2017 de fecha 31 de agosto del año
2017, se estableció el nuevo valor del Módulo en PESOS CUATRO MIL
($4.000).
3º) Que, para fundar su petición, la Administración General, manifestó
que “se propicia la modificación [del] monto a fin de evitar que dicho
valor pudiere quedar desfasado respecto del tipo de procedimiento de
selección del contratista estatal correspondiente”; para ello, tomó en
consideración lo “informado por la Dirección General de Administración
Financiera, con fecha 22/05/2019, [cuando advirtió que] la variación
desde el momento en que se implementó aquél valor del módulo
(septiembre de 2017) hasta el mes de abril de 2019 arroja bandas de
variación de entre 76% y 151%, de acuerdo al índice que se tome (IPIM –
Índice de precios Internos al por Mayor (97%); IPC – Índice de Precios
al Consumidor (81%); US$ BCRA – Tipo de cambio de referencia (151%);
UVA – Unidad de Valor Adquisitivo del BCRA ($76%))” (v. fs. 2/3).
En tal sentido, agregó que “en aras de mantener una homogenización, esa
Dirección General sugiere considerar como valor de ponderación el IPC
NACIONAL obtenido por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo
(INDEC), estableciendo como base de cálculo, a la fecha, un incremento
de la variable del 81%”.
Asimismo, señaló que “el Relevamiento de Expectativas del Mercado del
BCRA prevé, en su reporte del mes abril de 2019, el valor final del IPC
estimado para el año en curso en un 40,54%”.
De lo expuesto, coligió que “si se toma en cuenta que el valor
acumulado ENERO19-ABRIL19 arroja la suma de 14,8% (enero 2,9% - febrero
3,8%, marzo 4,7%, abril 3,4%), resulta concordante estimar un potencial
incremento de este índice de un 25,74% para lo que resta de 2019”.
Puso de resalto, a su vez, que “de adicionar la expectativa de
incremento del REM al IPC NACIONAL a los valores obtenidos a la fecha,
el porcentual sugerido de actualización alcanzaría un 107%. Así, surge
que: IPC NACIONAL SEP17-ABR19: 81,6%; PROYECCIÓN REM MAY19-DIC19:
25,4%; PROYECCIÓN SEP17-DIC19: 107%”.
En ese orden de ideas, el señor Administrador General, señaló que “la
Resolución CM nº 316/17, por medio de la cual se actualizó por última
vez el valor del módulo de contratación, tuvo en consideración la
actualización de índices hasta el mes de abril de 2017; y si se acumula
el incremento del IPC desde el mes de abril de 2017, la variación hasta
abril de 2019 es del 96%”.
Finalmente; aclaró, al respecto, que “teniendo en consideración los
extremos de variación indicados, 96% y 107%, la DGAF sugiere considerar
un valor de actualización del módulo del 100%, es decir que el nuevo
monto del módulo de contrataciones ascendería a PESOS OCHO MIL
($8.000,00)” (v. fs. 7/8).
4º) Que, se adjuntó un proyecto de resolución con el objeto de prestar
conformidad a la modificación del artículo 18º del Reglamento de
Contrataciones aprobado por Resolución CM nº 254/2015 y modificado por
la Resolución CM nº 316/17, a efectos de elevar y fijar el valor del
módulo en la suma de PESOS OCHO MIL ($8.000) como unidad de referencia
a los fines reglamentarios (v. fs. 4/5).
5º) Que, mediante Providencia SAJ nº 775/19, tomó intervención la
Secretaría de Asuntos Jurídicos, manifestando que “teniendo a la vista
el informe elaborado por el área de competencia específica en la
materia, en relación a la variación de los índices propuestos para la
actualización del módulo, esta Secretaria de Asuntos Jurídicos no tiene
observaciones que formular al nuevo valor que se propicia en la
resolución proyectada” (v. fs. 6).
6º) Que es facultad del Plenario del Consejo de la Magistratura del
Poder Judicial de la Nación, previa intervención de la Comisión
Administración y Financiera, actualizar los valores del módulo
establecido en el artículo 18º del Reglamento de Contrataciones.
7º) Que la propuesta del Sr. Administrador General del Poder Judicial
de la Nación ha puesto de manifiesto la necesidad de contar con valores
acordes que garanticen el respeto y protección de los principios de
eficacia, celeridad y economía procesal que deben regir los
procedimientos administrativos.
8°) Que en la reunión de la Comisión de Administración y Financiera,
celebrada el día 1° de julio del corriente año, los señores Consejeros
y la señora Consejera decidieron establecer el valor del MÓDULO
-artículo 18 del Reglamento de Contrataciones (Resolución CM n°
254/15)- en la suma de PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS ($11.800), en
atención a los índices ICC -índice de costo a la construcción- e IPIM
-índice de precios internos al por mayor- vigentes.
9º) Que la Comisión de Administración y Financiera ha tomado la debida
previa intervención que le compete (artículo 18 del Reglamento de
Contrataciones aprobado por Resolución CM nº 254/15), y elevado el
dictamen para consideración del Plenario.
Por ello, y de conformidad con el dictamen 19/2020 de la Comisión de Administración y Financiera
SE RESUELVE:
Prestar conformidad a la modificación del artículo 18º del Reglamento
de Contrataciones aprobado por Resolución CM n° 254/2015, y modificado
por la Resolución CM nº 316/17, a efectos de elevar y fijar el valor
del MÓDULO en PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS ($11.800,00.-) como unidad de
referencia a los fines reglamentarios.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina
y remítanse las actuaciones a la Administración General para su archivo.
De lo que doy fe. Alberto Agustin Lugones – Mariano Perez Roller
e. 18/07/2020 N° 27869/20 v. 18/07/2020