INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD

Decreto 606/2020

DCTO-2020-606-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-37740381-APN-DNDO#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias), las Leyes Nros.13.482 y 17.671 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 773 del 21 de junio de 2007 y sus modificatorios, 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus objetivos y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.

Que por el Decreto Nº 174/18 se creó el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD (INJUVE) como organismo desconcentrado de la entonces SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, actualmente dependiente de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del citado Ministerio.

Que entre los objetivos asignados a dicho Organismo se encuentran los vinculados con la implementación de políticas sociales destinadas a jóvenes, la articulación de la intervención de los organismos gubernamentales competentes en toda materia que se vincule a problemáticas relacionadas con la juventud, comprendiendo aspectos como la capacitación en oficios y primer empleo, terminalidad educativa, políticas culturales, artísticas, iniciativas deportivas, turismo, prevención de adicciones, situación de calle, salud reproductiva, participación ciudadana, violencia institucional o escolar, entre otras.

Que dichas competencias exigen una ejecución transversal a toda la Administración Pública Nacional y acciones interministeriales que exceden el ámbito de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que en virtud de ello, se considera oportuna la transferencia del citado INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD a la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, por otra parte, requerimientos de gestión tornan necesaria la modificación de los Objetivos de distintas áreas de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del MINISTERIO DE ECONOMÍA, del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

Que, en consecuencia, corresponde la modificación de los Anexos II y III del Decreto Nº 50/19.

Que por la Ley Nº 13.482 se creó el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, actual DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER) como entidad descentralizada en jurisdicción del MINISTERIO DEL INTERIOR, con el objeto de elaborar políticas nacionales y medidas concretas en materia de identificación, registro y clasificación del potencial humano nacional, entre otros aspectos, impulsando y llevando a cabo acciones a tal fin.

Que por el artículo 3º -Sección III- de la Ley Nº 17.671 se estableció que el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS estará a cargo de un Director o una Directora Nacional secundado o secundada por un Subdirector o una Subdirectora Nacional.

Que por los artículos 5º y 6º del Decreto Nº 773/07 se incorporó a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS en el Nivel 1 de los Organismos del Estado a efectos de establecer los importes retributivos de sus autoridades superiores y se fijaron sus retribuciones mensuales.

Que para esta gestión de gobierno resulta de suma importancia la jerarquización de la materia a cargo de dicha entidad, así como el adecuado cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por la REPÚBLICA ARGENTINA a través de convenios y normas que amparan el derecho a la identificación, a la igualdad y a la no discriminación.

Que por lo expuesto, corresponde modificar el rango y jerarquía del/de la titular de la citada Dirección Nacional y derogar los artículos 5º y 6º del citado Decreto Nº 773/07.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.

Que los servicios jurídicos pertinentes han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Transfiérese el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD (INJUVE), organismo desconcentrado creado por el artículo 8º del Decreto Nº 174 del 2 de marzo de 2018, de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

La transferencia aludida comprende las unidades organizativas que conforman dicho organismo, créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha y el personal con su actual situación de revista.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese del artículo 8º del Decreto Nº 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, el Objetivo 1 del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD (INJUVE) por el siguiente:

“1. Entender en el diseño e implementación de políticas destinadas a jóvenes”.

ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse al ANEXO II -Objetivos- aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como Objetivos 14 y 15 los siguientes:

“14. Celebrar convenios con las provincias, municipios, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con organizaciones civiles públicas o privadas, nacionales o extranjeras, para el desarrollo, investigación e implementación de proyectos, programas y acciones en el marco de su competencia.

15. Coordinar la realización de mediciones, estudios e investigaciones y el desarrollo e implementación de herramientas para la evaluación de la ejecución de la política de prensa, la comunicación y actividad presidencial”.

ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese, del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Objetivo 8 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, por el siguiente:

“8. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la temática de gestión y empleo público concerniente al Consejo Federal de la Función Pública (COFEFUP)”.

ARTÍCULO 5º.- Incorpórase al ANEXO II -Objetivos- aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como Objetivo 10 de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, el siguiente:

“10. Asistir a la Secretaría en las Comisiones Negociadoras que se constituyan en el marco de la Ley N° 14.250, en las que intervengan organismos descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las instituciones de seguridad social y entes estatales o empresas y Sociedades del Estado, como parte del sector empleador”.

ARTÍCULO 6º.- Incorpórase al ANEXO II -Objetivos- aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como Objetivo 11 del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (INAP) de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, el siguiente:

“11. Asistir a la Secretaría en la formulación y evaluación de los programas académicos a financiar por el Fondo Permanente de Capacitación y Recalificación Laboral (FOPECAP)”.

ARTÍCULO 7º.- Sustitúyense, del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Objetivos de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA y de sus dependientes SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS y SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS EN MATERIA DE DROGAS, por los obrantes en la PLANILLA ANEXA (IF-2020-38974984-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 8º.- Sustítuyese, del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2020-38976513-APN-DNDO#JGM), al presente artículo que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 9º.- Sustitúyese, del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado XIII, MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2020-38977801-APN-DNDO#JGM), al presente artículo que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 10.- Suprímese del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado XVII, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el Objetivo 9 de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL.

ARTÍCULO 11.- Incorpóranse al ANEXO II -Objetivos- aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado XXI, MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, como Objetivos 10, 11 y 12 de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN los siguientes:

“10. Diseñar e implementar políticas de internacionalización de la ciencia, la tecnología y la innovación a partir del análisis del contexto nacional e internacional.

11. Establecer la política de cooperación internacional en materia de ciencia, tecnología e innovación, y las alianzas estratégicas, para promover su implementación, en el marco de sus competencias.

12. Promover el desarrollo de capacidades científicas y tecnológicas de la REPÚBLICA ARGENTINA por medio del desarrollo de políticas de vinculación con investigadores argentinos e investigadoras argentinas residentes en el exterior, así como a través de acciones destinadas a promover la permanencia de investigadores e investigadoras en la REPÚBLICA ARGENTINA”.

ARTÍCULO 12.- Sustitúyese, del ANEXO III – Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por el siguiente:

“V - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Organismos Descentralizados

AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE)

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM)

Organismos Desconcentrados

INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD (INJUVE)

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT)

CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA

RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO

TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO

CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO”

ARTÍCULO 13.- Sustitúyese, del ANEXO III – Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado XVII, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, por el siguiente:

“XVII.- MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Organismos Desconcentrados

SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL

COMISIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN DEL MICROCRÉDITO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL”

ARTÍCULO 14.- Establécese que el Director o la Directora Nacional de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, tendrá rango y jerarquía de Subsecretario.

El Subdirector o la Subdirectora Nacional tendrá una remuneración equivalente al Nivel A, grado 0, Función Ejecutiva I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

ARTÍCULO 15.- Deróganse los artículos 5º y 6º del Decreto Nº 773 del 21 de junio de 2007 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 16.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones vigentes y personal con su actual situación de revista.

ARTÍCULO 17.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida será atendida con cargo a los créditos presupuestarios de origen de las mismas.

ARTÍCULO 18.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/07/2020 N° 28185/20 v. 21/07/2020

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 7º

V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN

ARGENTINA

OBJETIVOS

1. Elaborar políticas y planificar estrategias nacionales que tengan como eje principal el cuidado de las personas, a través de la atención, la prevención y la capacitación en materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas.

2. Supervisar el cumplimiento de la legislación nacional e internacional en lo que esmateria de su competencia.

3. Coordinar acciones relativas al diseño y ejecución de políticas y estrategias para la prevención, capacitación y tratamiento en materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas con las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

4. Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias para la prevención, capacitación, tratamiento del consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

5. Brindar asistencia técnica a los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a fin de homogeneizar las actividades, maximizar los recursos y generar espacios de discusión, trabajo conjunto e intercambio de información.

6. Coordinar con el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN y el MINISTERIO PÚBLICO acciones para la atención y prevención del consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas, brindando asistencia técnica en causas penales.

7. Coordinar con el PODER LEGISLATIVO NACIONAL acciones para la prevención y atención del consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas, promoviendo y brindando asistencia técnica en el análisis y la elaboración de proyectos legislativos.

8. Realizar asistencias técnicas para el diseño de capacitaciones de los recursos humanos de las fuerzas de seguridad y otras instituciones nacionales sobre prevención, atención y cuidado en materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas.

9. Representar al Gobierno Nacional en las reuniones de los organismos especializados en la materia, implementando el cumplimiento de los tratados internacionales suscritos por la REPÚBLICA ARGENTINA, en coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, así como también coordinar la producción de la información específica y la documentación técnica respectiva.

10. Centralizar la recopilación general de datos y de información especializada acerca de los aspectos involucrados en el consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas y problemas relacionados, analizando su evolución y tendencias, a nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, regional e internacional como insumo para la implementación de un sistema de información y de alerta temprana nacional y federal, que provea información para la elaboración de políticas públicas.

11. Coordinar el diseño y desarrollo de actividades de investigación técnico-científica, normativa y social, a nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, identificando los modelos y metodologías para los procesos de intervención en consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas y problemas relacionados.
12. Presidir el CONSEJO FEDERAL DE DROGAS (COFEDRO).

13. Designar oficiales de enlace, a propuesta de los titulares de las diferentes Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional o Provincial, destinados a cumplir funciones de consulta o coordinación con los respectivos organismos de origen en materia de drogas o afines.

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Intervenir en las cuestiones vinculadas con la gestión económica, financiera, patrimonial, de infraestructura, de mantenimiento, administración de bienes muebles e inmuebles y de servicios de la Secretaría, en coordinación con las áreas pertinentes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

2. Entender en materia de administración y gestión de recursos humanos de la Secretaría, en coordinación con las áreas pertinentes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

3. Entender y planificar las acciones relativas a la gestión y administración de las tecnologías de la información de la Secretaría, en coordinación con las áreas pertinentes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

4. Entender en la gestión documental de la Secretaría.

5. Coordinar el asesoramiento jurídico permanente sobre aspectos específicos y funcionales de la Secretaría.

6. Asistir a la Secretaría en la apoyatura administrativa, técnica y legal del CONSEJO FEDERAL DE DROGAS (COFEDRO).

7. Coordinar los aspectos relativos a cuestiones sumariales.

8. Entender en la ejecución operativa y en los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también en los proyectos de participación público-privada, en coordinación con las áreas pertinentes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

9. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación público-privada, en coordinación con las áreas pertinentes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

10. Asistir a la Secretaría en la administración de los beneficios económicos a que refieren la Ley N° 23.737 y su decreto reglamentario Nº 1148/91, los bienes decomisados mediante sentencia condenatoria (en el marco de la Comisión Mixta de Registro, Administración y Disposición Ley N° 23.737) y los respectivos producidos por sus ventas, así como las multas que se recauden por la aplicación de la ley mencionada.

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la elaboración de políticas nacionales y en la planificación de estrategias de desarrollo y abordaje territorial en materia de drogas.

2. Coordinar, generar y promover dispositivos de atención y acompañamiento que aborden la complejidad del consumo problemático de sustancias psicoactivas en el territorio nacional según los lineamientos y la normativa vigente, la Ley de Salud Mental Nº 26.657, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y la Ley Nº 26.934 de Plan IACOP.

3. Planificar y coordinar la red de atención y acompañamiento en materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas desde una perspectiva amplia y federal.

4. Realizar el seguimiento y control de avance de los convenios nacionales suscritos por la Secretaría.

5. Asistir a la Secretaría en la articulación de la relación con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, brindando asistencia técnica en el análisis y la elaboración de proyectos legislativos, vinculados a la temática de competencia de la Secretaría.

6. Diseñar líneas de acción para construir una articulación entre el ESTADO NACIONAL y las organizaciones de la sociedad civil con despliegue territorial.

7. Proponer y elaborar lineamientos y protocolos de intervención para los dispositivos ambulatorios, centros comunitarios de residencia y centros de internación. en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

8. Implementar herramientas de seguimiento de las acciones desarrolladas por las diversas áreas de la Secretaría.

9. Diseñar planes y programas de carácter nacional referentes a la capacitación y asistencia técnica dirigidos a los equipos de los dispositivos ambulatorios, centros comunitarios y centros de residencia en materia de asistencia y abordaje territorial en adicciones, adaptándose a las necesidades y características locales, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

10. Intervenir en lo relativo a la red de articulación de dispositivos de atención y atención crítica en articulación con el Sistema de Salud, centros comunitarios de residencia y centros de internación.

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS EN MATERIA DE DROGAS

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la elaboración de las políticas nacionales y en la planificación de estrategias para la prevención y tratamiento relacionadas con el consumo de sustancias psicoactivas.

2. Supervisar la aplicación de las políticas y estrategias para la prevención y tratamiento del consumo de sustancias psicoactivas, en coordinación con el MINISTERIO DE SALUD, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, entre otros organismos nacionales.

3. Impulsar, coordinar y evaluar el desarrollo de investigaciones, estudios y estadísticas relevantes en materia de cuidado y prevención del consumo de sustancias con base en la Ley Nº 26.934 de Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos (Plan IACOP), Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657 y tratados internacionales de derechos humanos, como así también marcos de referencia y planes de acción en la temática.

4. Elaborar un modelo de referencia que -mediante acciones interdisciplinarias y de complementariedad entre las diferentes áreas del conocimiento- permita elaborar un marco interpretativo de las situaciones de consumo desde una perspectiva de derechos humanos que contemple todas las dimensiones de la problemática.

5. Impulsar acuerdos con la Mesa Federal en materia de Drogas y organismos competentes en la toma de decisiones, la coordinación y colaboración para la implementación de las diversas líneas de acción objeto de su competencia.

6. Desarrollar, en articulación con la Mesa en materia de Federal, una red de investigación e información con alcance nacional e internacional sobre las modalidades y representaciones de consumo de alcohol y otras drogas y de las adicciones en general.

7. Coordinar la elaboración de los insumos necesarios para lograr los objetivos estratégicos planteados por la Secretaría.

8. Supervisar el desarrollo de las actividades del OBSERVATORIO ARGENTINO DE DROGAS.

IF-2020-38974984-APN-DNDO#JGM


PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8º

IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

OBJETIVOS

1. Coordinar y asistir en las relaciones institucionales de la Jurisdicción, con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, los gobiernos provinciales y municipales, las cámaras empresariales y las organizaciones no gubernamentales.

2. Desarrollar y coordinar las relaciones institucionales con el resto de la Administración Pública Nacional, y otros actores institucionales en el área de su competencia.

3. Asistir al/a la Ministro/a en materia de ceremonial y protocolo.

4. Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.

5. Coordinar la comunicación y prensa del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en lo relativo a actividades ceremoniales, protocolares, institucionales y gestión de la agenda del/de la Ministro/a.

6. Asesorar a las autoridades de la Jurisdicción en la elaboración de mecanismos de fortalecimiento institucional, en materia de su competencia.

7. Coordinar con la SUBSECRETARÍA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO CIUDADANO, dependiente de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, las acciones en materia de acceso a la información pública y control ciudadano, mediante el suministro de información sobre el estado de tramitación de expedientes y proyectos de leyes y actos administrativos.

8. Coordinar el Centro de Documentación e Información y entender en la recuperación y conservación del patrimonio cultural de la Jurisdicción.

9. Asistir en el diseño de proyectos especiales que contribuyan a la viabilidad de políticas institucionales en el ámbito de su competencia.

10. Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1. Coordinar el Gabinete de Asesores del/de la Ministro/a.

2. Entender en la articulación de las políticas y programas llevados a cabo por las distintas Secretarías de la Jurisdicción.

3. Entender en la priorización de las políticas públicas a implementarse desde el Ministerio.

4. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el/la Ministro/a.

5. Entender y asistir al/a la Ministro/a en los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones.

6. Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos, herramientas y procedimientos para generar información de gestión en coordinación con las áreas competentes.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo del Ministerio.

2. Coordinar el diseño e implementación de políticas administrativas, presupuestarias, financieras y de transparencia en el Ministerio.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos de la Jurisdicción.

5. Entender en la gestión documental de la Jurisdicción.

6. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de la Jurisdicción.

7. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y demás adquisiciones destinadas a la Jurisdicción.

8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo.

9. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo.

10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e inmuebles y servicios del Ministerio.

11. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la Jurisdicción.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

OBJETIVOS

1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio, así como la planificación de las actividades de administración.

5. Coordinar la aplicación de la política de administración del personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, así como en la gestión de los espacios físicos del Ministerio.

6. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también de proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

7. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

8. Dirigir la aplicación de los programas de administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa; así como coordinar todo lo vinculado con la liquidación de aquellos fondos fiduciarios que comprometen bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y de otros cuya liquidación sea encomendada al MINISTERIO DE ECONOMÍA, como así también de sus bienes, derechos y obligaciones remanentes.

9. Asistir en la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el Sector Público Nacional.

10. Proponer las acciones vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que es materia de su competencia, y coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público Nacional y el sector privado, en el marco de las normas vigentes.

11. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en empresas del sector no financiero con participación estatal en el ámbito de la Jurisdicción y la representación del MINISTERIO DE ECONOMÍA en aquellos órganos societarios de los entes donde la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y la tenencia accionaria sea ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

12. Coordinar la implementación y la ejecución de los Programas de Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA y la gestión en sede administrativa vinculada con la cancelación de pasivos cuyo pago deba materializarse en bonos de consolidación de deuda, en el marco de las competencias asignadas.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1. Coordinar el servicio jurídico del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en lo que respecta a la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos.

2. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo que es competencia del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes y la contestación de los requerimientos del Poder Judicial;

3. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y actos administrativos.

4. Participar en materia de cancelación de pasivos mediante bonos de consolidación de deuda y de los saldos de deudas a cargo de la Administración Pública Nacional.

5. Asistir a la Secretaría en relación con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.

6. Coordinar el asesoramiento que brinde la Secretaría en materia impositiva, aduanera, presupuestaria y en cuestiones vinculadas con materias administrativas, financieras y de empleo público.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO CIUDADANO

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría, en los temas de su competencia, interviniendo en las actuaciones que le sean requeridos y en el planeamiento y seguimiento de los temas prioritarios y estratégicos para el desarrollo de los programas, proyectos y acciones de la repartición.

2. Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las previsiones establecidas en la Ley N° 27.275, actuando en representación del Ministerio ante la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.

3. Dirigir la implementación de las políticas de transparencia e integridad que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de acuerdo a las previsiones que establezca la Autoridad de Aplicación en la materia.

4. Intervenir en los supuestos contemplados en el artículo 24 de la Ley N° 27.401.

5. Coordinar la elaboración de los informes que requieran ser contestados en base a los informes elaborados por la Unidad de Auditoría Interna, y efectuar el seguimiento de las observaciones efectuadas por los órganos de control.

6. Supervisar el despacho y la gestión de la documentación administrativa del Ministerio.

7. Intervenir en la tramitación de los sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE HACIENDA

OBJETIVOS

1. Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.

2. Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y Contabilidad y ejercer, con la SECRETARÍA DE FINANZAS, las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

3. Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

4. Intervenir en la definición de las necesidades de financiamiento del Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas, por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

5. Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional.

6. Participar en el control y análisis presupuestario del gasto en personal del Sector Público Nacional, en coordinación con las áreas correspondientes de otras Jurisdicciones del ESTADO NACIONAL con competencia en la materia.

7. Participar en los procesos de modernización y transparencia del ESTADO NACIONAL en el ámbito de su competencia.

8. Entender en todo lo vinculado a los aspectos contables, fiscales y económicos, en la relación entre el Gobierno Nacional, los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y elaborar propuestas respecto al perfil de la deuda pública de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el ESTADO NACIONAL.

9. Intervenir en el otorgamiento de asistencia transitoria a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a través de anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en los impuestos nacionales coparticipables y desarrollar en coordinación con el MINISTERIO DEL INTERIOR, políticas y programas de asistencia a las mismas, en lo que es materia de su competencia.

10. Coordinar la participación del MINISTERIO DE ECONOMÍA y el accionar de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los foros financieros internacionales y en los organismos internacionales de crédito, incluyendo al FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI).

11. Intervenir en la representación o representar, cuando corresponda, al MINISTERIO DE ECONOMÍA en los grupos intergubernamentales o foros de cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero Internacional.

12. Intervenir en las relaciones, negociaciones y representación del país con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la REPÚBLICA ARGENTINA forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.

13. Intervenir en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales, para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.

14. Intervenir en la autorización del endeudamiento del Sector Público No Financiero Provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, así como en el análisis de propuestas respecto al perfil de su endeudamiento con el ESTADO NACIONAL.

15. Entender en el seguimiento de la evolución fiscal del Sector Público Argentino a través de la instrumentación de un sistema de información del Sector Público Nacional, Provincial y Municipal.

16. Participar en el ámbito de su competencia en la aplicación de la política salarial en el marco de los límites presupuestarios establecidos por la ley.

17. Coordinar las relaciones entre la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

18. Entender en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO

OBJETIVOS

1. Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector Público Nacional.

2. Coordinar la implementación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.

3. Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.

4. Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) y la capacitación de los recursos humanos del Sector Público Nacional en la materia.

5. Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos del Gobierno Nacional, los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

6. Asistir a la Secretaría en los procesos de modernización y transparencia del ESTADO NACIONAL en el ámbito de su competencia.

7. Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

8. Realizar, en el ámbito de su competencia, el control y análisis presupuestario del gasto en personal del Sector Público Nacional, en coordinación con las Jurisdicciones con competencia en la materia.

9. Asistir a la Secretaría en la aplicación de la política salarial en el marco de los límites presupuestarios establecidos por la ley, en el marco de sus competencias.

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

OBJETIVOS

1. Formular el cálculo general de ingresos públicos y controlar su ejecución.

2. Entender en el cálculo del impacto fiscal sobre los ingresos públicos de las propuestas de reformas de política impositiva, aduanera y de recursos de la seguridad social, así como de los acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.

3. Efectuar el seguimiento sistemático de la recaudación y distribución de los recursos tributarios nacionales.

4. Participar en el diseño de regímenes de promoción económica, en lo atinente a los aspectos tributarios y en los fines extra-fiscales que se persigan a través de ellos.

5. Entender en el análisis e interpretación de las leyes, decretos y otras normas que afectan la estructura de los impuestos, en el seguimiento de su aplicación y en las propuestas de modificación de las bases imponibles, las alícuotas, las exenciones y de cualquier otro aspecto del sistema de determinación de los tributos.

6. Dirigir el desarrollo e instrumentación de mecanismos de articulación y coordinación institucional con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).

7. Ejercer el control tutelar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN.

8. Intervenir en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.

9. Asistir al Ministro en la representación ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y participar en los Comités Técnicos vinculados con su competencia específica.

10. Participar, en el ámbito de su competencia y por medio de sus representantes, en la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE), en los distintos Comités de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANAS (ex-Consejo de Cooperación Aduanera) y de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (ex- GATT), en la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), de la ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA) y en las sesiones de otros organismos o grupos de trabajo nacionales e internacionales de carácter técnico en materia aduanera, impositiva y de los recursos de la seguridad social.

11. Participar en la Comisión Federal de Impuestos y en la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA

OBJETIVOS

1. Entender en el diseño de la política impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.

2. Diseñar, mediante la aplicación de instrumentos de política tributaria, propuestas para el desarrollo económico con inclusión social.

3. Articular relaciones con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en materia tributaria, en coordinación con las áreas de la Administración Pública con competencia en la temática.

4. Participar en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera, y que afecten recursos de la seguridad social, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

5. Participar, en coordinación con las áreas con competencia en la temática, en los procesos de integración regional en materia impositiva y aduanera orientados a un equilibrio tributario.

SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TRIBUTARIA FEDERAL

OBJETIVOS

1. Diseñar, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, convenios interjurisdiccionales relativos a la política tributaria y de distribución de la base imponible, en los que intervengan las provincias, los municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

2. Participar en el análisis y en la elaboración de estudios sobre políticas tributarias de las jurisdicciones provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

3. Elaborar un sistema normativo que contemple los recursos tributarios y no tributarios de las jurisdicciones provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

4. Asistir a la Secretaría en la elaboración de propuestas federales para el desarrollo económico y social, y para la promoción y protección de actividades económicas, a través de instrumentos de política tributaria.

5. Proponer políticas tributarias de mediano y largo plazo orientadas a la sustentabilidad económica y social.

SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA

SUBSECRETARÍA DE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL

OBJETIVOS

1. Asistir en el análisis e interpretación de la normativa tributaria internacional.

2. Participar en las negociaciones de acuerdos tributarios internacionales para evitar la doble imposición.

3. Analizar las tendencias de la tributación internacional y proponer posibles aplicaciones en el sistema tributario argentino.

4. Proponer adecuaciones de la legislación interna para combatir la evasión y la elusión fiscal internacional.

5. Diseñar e implementar mecanismos para favorecer la suscripción de tratados para el intercambio de información.

6. Supervisar y evaluar el avance de los convenios y tratados suscriptos con otros Estados.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

OBJETIVOS

1. Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos estratégicos para la programación de la política económica y la planificación del desarrollo.

2. Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos institucionales que promuevan la sistematicidad, coherencia, unidad y organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la Jurisdicción ministerial, en lo que es materia de su competencia.

3. Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de las políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de su competencia, desarrollando criterios e indicadores que permitan un adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación.

4. Entender en la determinación de los objetivos de política económica y elaborar las pautas que orienten al esquema de reestructuración y negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional en el ámbito de su competencia.

5. Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia específica.

6. Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía, y el impacto sobre la economía local de los cambios en el contexto internacional.

7. Programar y coordinar la realización de diagnósticos y seguimiento de los niveles de vida, de pobreza de la población, del empleo y la distribución del ingreso y coordinar la elaboración, propuesta y seguimiento de estrategias y políticas tendientes a promover el crecimiento económico con inclusión social, incorporandola perspectiva de género.

8. Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, desde el punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos; y de pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política económica vigente.

9. Entender en la programación regional y sectorial de la política económica nacional, coordinando con las distintas Jurisdicciones del ESTADO NACIONAL a fin de establecer coherencia y complementariedad en los lineamientos estratégicos de la política económica para el desarrollo de largo plazo.

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA

OBJETIVOS

1. Programar, coordinar y dirigir las tareas correspondientes al seguimiento de la economía nacional e internacional, y entender en el análisis de evaluación del impacto de los cambios en el contexto internacional sobre la economía nacional.

2. Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación macroeconómica, efectuar el análisis de consistencia de las políticas macroeconómicas y asistir en la elaboración y propuesta de pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política económica vigente.

3. Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía y efectuar el seguimiento de las pautas de programación fiscal nacional vigentes, evaluando su impacto sobre la economía real.

4. Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo plazo basadas en experiencias internacionales o en acuerdos de coordinación de políticas macroeconómicas.

5. Efectuar el seguimiento y diagnóstico de los niveles de empleo, pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, proponer vías de acción para su mejoramiento, y asistir a la Secretaría en la coordinación del diseño de estrategias y políticas tendientes a promover el crecimiento económico con inclusión social.

6. Asistir a la Secretaría en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales desde el punto de vista de su finalidad e impacto económico, así como en la determinación de los objetivos y pautas generales de la política económica.

7. Dirigir el seguimiento sistemático de las distintas cuentas del balance de pagos y proponer las medidas tendientes a fortalecer el desempeño del sector externo.

8. Asistir a la Secretaría y a las áreas correspondientes del MINISTERIO DE ECONOMÍA en la representación ante los grupos y comisiones de trabajo en el marco del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y de otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia específica.

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN REGIONAL Y SECTORIAL

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el diseño y análisis de la política económica, considerando el impacto en el desarrollo productivo a nivel regional y sectorial.

2. Asistir a la Secretaría en el diseño de la programación económica regional y sectorial, coordinando su accionar con las jurisdicciones con competencia en la materia.

3. Entender en la elaboración de indicadores e informes periódicos y en el análisis de impacto de las políticas productivas.

4. Participar en la agenda del sector público referida a políticas para el desarrollo productivo local, regional y sectorial, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

5. Realizar el seguimiento e identificación de sectores estratégicos de la economía nacional, de acuerdo al diseño de la política macroeconómica.

6. Realizar análisis de rentabilidad, estructura de costos e incidencia tributaria en la actividad microeconómica.

7. Evaluar los entornos micro y meso de la economía, en su vínculo estratégico con el desarrollo nacional.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE FINANZAS

OBJETIVOS

1. Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros, nacionales, extranjeros, públicos y privados y el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI) y tomando a su cargo las relaciones con la comunidad financiera internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior, en el ámbito de su competencia.

2. Diseñar las acciones tendientes a la preservación del crédito público.

3. Coordinar la elaboración de las proyecciones presupuestarias del endeudamiento público y efectuar su seguimiento.

4. Dirigir y supervisar el Sistema de Crédito Público, coordinar la administración de la deuda pública y ejercer con la SECRETARÍA DE HACIENDA las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

5. Entender en la gestión y administración de la deuda pública externa de la REPÚBLICA ARGENTINA.

6. Establecer las políticas de administración de los activos financieros de la REPÚBLICA ARGENTINA y coordinar el análisis de los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.

7. Intervenir, en coordinación con la SECRETARÍA DE HACIENDA y la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en las relaciones, negociaciones y representación del país con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.

8. Intervenir, en coordinación con la SECRETARÍA DE HACIENDA, y la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito bilaterales y multilaterales, para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.

9. Entender en el diseño e implementación de políticas públicas vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras oficiales nacionales.

10. Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros, el desarrollo del mercado de capitales y al financiamiento de la actividad productiva.

11. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que involucre al crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA.

12. Entender en el análisis de la estructuración financiera del plan de inversión pública, propiciando la preservación del crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA e intervenir en la definición de los requerimientos de financiamiento del Sector Público Nacional por los que se originen o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

13. Entender en el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones por parte del Sector Público Nacional, con relación a la estructura financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de Participación Público- Privada, en la medida que involucre endeudamiento público.

14. Entender en la representación del MINISTERIO DE ECONOMÍA en aquellos órganos societarios en empresas del sector financiero, donde la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y la tenencia accionaria sea
ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

15. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas del sector financiero con participación estatal en el ámbito de la Jurisdicción.

16. Entender en las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO NACIONAL, y en los aspectos administrativos de las relaciones de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS

OBJETIVOS

1. Supervisar la organización de los sistemas de información sobre mercados de capitales.

2. Asesorar en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros del mercado de capitales y del financiamiento de la actividad productiva.

3. Asesorar en el diseño e implementación de políticas públicas vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras oficiales nacionales.

4. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que involucre tanto al mercado de capitales como al mercado asegurador.

5. Entender en la elaboración de propuestas que vinculen las normas involucradas en los distintos servicios financieros y de aquellas medidas que propicien la transparencia de los mercados financieros y la protección del consumidor en dicho ámbito.

6. Coordinar la participación del MINISTERIO DE ECONOMÍA y el accionar de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los grupos intergubernamentales, foros financieros internacionales, y foros de cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero Internacional.

7. Coordinar las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO NACIONAL, como así también los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO

OBJETIVOS

1. Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.

2. Asistir en el diseño y ejecución de políticas y medidas relativas al financiamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes a la materia con entes financieros nacionales, extranjeros, públicos y privados.

3. Asistir en la dirección y supervisión del Sistema de Crédito Público y en la ejecución de las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

4. Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.

5. Supervisar la organización de los sistemas de información y el registro del endeudamiento público.

6. Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.

7. Asistir en las acciones orientadas a preservar el crédito público.

8. Coordinar el análisis de los aspectos tributarios que afectan al crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA.

9. Coordinar el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones por parte del Sector Público Nacional relacionado con la estructura financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de Participación Público Privada, en la medida que involucre endeudamiento público.

SECRETARÍA DE FINANZAS

UNIDAD DE GESTIÓN DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la gestión y administración de la deuda pública externa de la REPÚBLICA ARGENTINA.

2. Supervisar el análisis de sustentabilidad de la deuda pública y la confección de estrategias de administración de pasivos.

3. Participar en la vinculación con los titulares de la deuda pública externa.

4. Participar en la elaboración de análisis técnicos que propendan a la sostenibilidad financiera de largo plazo.

5. Analizar la evolución en los mercados internacionales de los títulos valores argentinos emitidos bajo legislación extranjera.

6. Participar en instancias de discusión respecto de la deuda externa bajo legislación extranjera.

IF-2020-38976513-APN-DNDO#JGM


PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9º

XIII.- MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo del Ministerio.

2. Coordinar el diseño e implementación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras en el Ministerio.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos de la Jurisdicción.

5. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de la Jurisdicción.

6. Entender en la gestión documental de la Jurisdicción.

7. Coordinar el servicio jurídico e intervenir en todos los actos administrativos en el ámbito de su competencia.

8. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y demás adquisiciones destinadas a la Jurisdicción.

9. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo.

10. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo.

11. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e inmuebles y servicios del Ministerio.

12. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la Jurisdicción.

13. Entender en los procedimientos de redeterminación de precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de la Jurisdicción.

14. Coordinar la Comisión de Control y Seguimiento del Régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Consultoría de Obra Pública de la Administración Pública Nacional, conforme el Decreto N° 691/16

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1. Coordinar el Gabinete de Asesores del/de la Ministro/a.

2. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el/la Ministro/a.

3. Entender y asistir al/a la Ministro/a en todas las cuestiones vinculadas a los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.

4. Asistir al/a la Ministro/a en materia de relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.

5. Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.

6. Coordinar la relación con la prensa y los medios de comunicación de la Jurisdicción.

7. Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

8. Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos, herramientas y procedimientos para generar información de gestión en coordinación con las áreas competentes.

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

OBJETIVOS

1. Intervenir en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en todas las materias relacionadas con obras de infraestructura habitacionales, viales, públicas e hídricas, en especial en los programas de inversión y pre inversión pública de su competencia y en la coordinación los planes, programas relativos a dichas obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal que correspondan a la Jurisdicción.

2. Entender en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también entender en los procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia, hasta su finalización.

3. Intervenir en el contralor respecto de los entes u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas de su competencia, supervisando el cumplimiento de los marcos regulatorios correspondientes.

4. Elaborar, junto con las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los organismos nacionales y provinciales que correspondan, los documentos técnicos necesarios para implementar y difundir las políticas, estrategias, planes, programas, proyectos, obras e impactos de la inversión pública.

5. Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en materia de su competencia.

6. Elaborar políticas en las materias relacionadas con obras públicas y coordinar la ejecución de los planes y programas relativos a dichas obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la Jurisdicción, de conformidad con el marco regulatorio correspondiente.

7. Participar en la propuesta, elaboración, ejecución, marco regulatorio y proyectos de programas a realizar en materia de obras de infraestructura habitacional, públicas, de prevención sísmica, y de planificación territorial de la inversión pública, como así también de las que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, en coordinación con las demás áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

8. Entender en la realización de proyectos de conservación, preservación, mantenimiento, construcción y reciclaje, tanto edilicios, como de infraestructura, y espacio público, y de obras específicas solicitadas por los organismos o reparticiones del ESTADO NACIONAL.

9. Intervenir en la ejecución de obras y administraciones de los contratos, según las distintas modalidades de contratación, públicas y público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea encomendada al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS por otras Jurisdicciones y áreas del ESTADO NACIONAL.

10. Entender en la definición e implementación de criterios, metodologías, herramientas y plataformas de gestión de información para la mejora continua de los procesos de planificación, desarrollo de proyectos y ejecución de obras.

11. Entender en el desarrollo y coordinación de las políticas de infraestructura que reduzcan la desigualdad entre la región Norte -comprendida por las provincias de SALTA, JUJUY, TUCUMÁN, LA RIOJA, CATAMARCA, MISIONES, CORRIENTES, CHACO, FORMOSA y SANTIAGO DEL ESTERO- y el resto del país, en coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL competentes en la materia.

12. Entender en la elaboración y ejecución del Plan de Construcción de Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones y ampliación de los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y supervisión de las obras penitenciarias, actualmente no afectadas al alojamiento de internos.

13. Entender en el relevamiento de la infraestructura y en el diagnóstico de las necesidades de construcción de los establecimientos carcelarios con la asistencia de las unidades competes del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN TERRITORIAL DE LA OBRA PÚBLICA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la elaboración y propuesta de los programas, proyectos y acciones en materia de obra pública cuya implementación recaiga en el MINISTERIO DEOBRAS PÚBLICAS.

2. Establecer estándares de calidad para la construcción y gestión de las obras en coordinación con las áreas involucradas, y dictar normas para la fiscalización de los materiales utilizados en la construcción de las obras públicas y contratos de participación público-privada.

3. Celebrar convenios con las provincias, los municipios, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y otras entidades para el desarrollo e implementación de proyectos, programas y acciones en el marco de su competencia.

4. Evaluar e intervenir en la gestión y la obtención de cooperación técnica y financiera para el cumplimiento de los objetivos y políticas del Ministerio, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

5. Asistir a la Secretaría en la elaboración y planificación de la política nacional de obras de infraestructura, y coordinar los planes y programas a nivel nacional, regional, provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES que correspondan a la Jurisdicción.

6. Asistir a la Secretaría en la elaboración y ejecución del Plan de Construcción de Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones y ampliación de los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y supervisión de las obras penitenciarias, actualmente no afectadas al alojamiento de internos.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE EJECUCIÓN DE OBRA PÚBLICA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la ejecución de los programas, proyectos y acciones en materia de obra pública cuya implementación recaiga en el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS y en la elaboración y en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones particulares para los llamados a concurso y/o licitaciones, como también en los procesos licitatorios y contrataciones directas que se efectúen con motivo de las obras a realizarse.

2. Asistir a la Secretaría en la ejecución de obras y administración de los contratos según las distintas modalidades de contratación, públicas y público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea encomendada al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS por otras Jurisdicciones y áreas del ESTADO NACIONAL y ejecutar las obras correspondientes a la construcción, conservación de los edificios públicos y restauración de monumentos históricos nacionales.

3. Asistir a la Secretaría en la ejecución de la política nacional de obras de infraestructura, coordinando acciones a nivel nacional, regional, provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES que correspondan a la Jurisdicción.

4. Intervenir en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones que se aprueben en los procedimientos de selección en el ámbito de su competencia.

5. Gestionar un sistema de control e información geográfica de las obras públicas de su competencia, consideradas en los planes estratégicos sectoriales y globales.

6. Participar, en el ámbito de su competencia, a solicitud de la Jurisdicción responsable, en todo lo atinente al FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, creado por la Ley N° 24.855.

7. Intervenir en la ejecución de los compromisos del ESTADO NACIONAL con las diferentes agencias y organismos internacionales en cuanto a la debida realización de los programas y proyectos que se establezcan bajo su órbita, tanto en su gestión contable y financiera, como en el seguimiento y evaluación de resultados e impacto de la ejecución.

8. Entender en la inspección, control, administración y seguimiento de las obras de competencia del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, de manera coordinada con las distintas áreas ministeriales, según corresponda.

9. Celebrar convenios con las provincias, municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y/u otras Entidades para el desarrollo e implementación de los programas y acciones en el área de su competencia.

10. Coordinar la ejecución de obras de infraestructura de integración físico territorial con el resto de AMÉRICA DEL SUR, en coordinación con las áreas competentes en la materia.

11. Intervenir en los procedimientos de redeterminación de precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de su competencia.

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA

OBJETIVOS

1. Asistir al/la Ministro/a en la elaboración, propuesta y ejecución de la política hídrica nacional, incluyendo la obra pública de infraestructura hidráulica y de saneamiento, supervisando su cumplimiento; y coordinar los planes y programas relativos a dicha política, a nivel internacional, nacional, interjurisdiccional, provincial y municipal, que correspondan a la Jurisdicción.

2. Proponer el marco regulatorio relativo al manejo de los recursos hídricos y a la organización y fortalecimiento del sector de agua potable y saneamiento, vinculando y coordinando la acción de las demás Jurisdicciones y organismos intervinientes en la prestación y expansión de los servicios.

3. Participar en la propuesta, elaboración, ejecución, marco regulatorio y proyectos de programas a realizar en materia de obras de infraestructura hídricas y planificación territorial de la inversión pública, como así también de las que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal, en coordinación con las demás áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

4. Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas de su competencia.

5. Ejercer las facultades de Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), en cumplimiento del Marco Regulatorio de la Concesión establecido por la Ley N° 26.221.

6. Coordinar las actividades inherentes al Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y de manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo.

7. Entender en lo atinente al Fideicomiso de Infraestructura Hídrica, en el marco de lo previsto en el Decreto N° 1381/01, y en lo atinente a otros fondos fiduciarios y fideicomisos vinculados a su competencia.

8. Ejercer el contralor del accionar de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO BERMEJO (COREBE), del COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO (COIRCO) y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL, y participar, en la órbita de su competencia, en la COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY - PARANÁ.

9. Intervenir en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para los llamados a concurso y/o licitaciones, como también en los procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

10. Intervenir en el diseño de la política exterior de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales compartidos, cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos y cuerpos de agua en general, asumiendo la representación técnica, asistiendo en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional, en el marco de su competencia.

11. Participar en las actividades de la agenda nacional e internacional del cambio climático que involucre al agua; y en la planificación, programación, evaluación y/o ejecución de proyectos de mitigación de las inundaciones en zonas rurales y periurbanas y avenamiento y protección de infraestructura en zonas rurales y periurbanas, incluyendo proyectos de obras de emergencia, solicitadas por las provincias.

12. Participar en la definición y monitoreo de los objetivos y metas que involucren al agua (recursos hídricos y servicios de agua y saneamiento) establecidas por los organismos internacionales en los cuales interviene y suscribe el ESTADO NACIONAL.

13. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas sobre puertos y vías navegables.

14. Supervisar el accionar de los organismos descentralizados en su ámbito.

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA

SUBSECRETARÍA DE OBRAS HIDRÁULICAS

OBJETIVOS

1. Gestionar proyectos vinculados a las obras públicas hidráulicas, de concesión de obras hídricas y de adaptación a los extremos climáticos, realizando la gestión relativa a la participación de la Secretaría en todo el ciclo de vida de las mismas, comprendiendo sus etapas de proyecto, licitación, construcción, operación, mantenimiento y cese de utilidad.

2. Asistir a la Secretaría en todo lo referente a atender las necesidades planteadas por las distintas Jurisdicciones para solucionar problemas de naturaleza hídrica y contribuir al desarrollo de las economías regionales.

3. Participar en la elaboración de los pliegos y en el proceso de licitación y de adjudicación de la obra pública hidráulica, en el marco de su competencia, de conformidad con la legislación nacional vigente.

4. Monitorear las obras financiadas y/o licitadas por la Secretaría que se encuentran en ejecución en el área de su competencia, efectuando la supervisión, inspección, control de marcha de obra, certificación y redeterminación de los precios, según corresponda.

5. Colaborar con las áreas del Ministerio con competencia específica en la elaboración de proyectos de obras hidráulicas orientados al uso, aprovechamiento, conservación y protección de los recursos hídricos.

6. Asistir a la Secretaría en la evaluación y promoción del establecimiento y aplicación de normas de la obra pública hidráulica y su concesión.

7. Asesorar a la Secretaría en los aspectos relativos a la contratación de la obra pública hidráulica y de concesión de obras hídricas, como también en lo inherente a la elaboración de los términos de la relación contractual.

8. Supervisar el cumplimiento de la legislación vigente en materia ambiental y de normas de seguridad e higiene en el trabajo en las distintas etapas de ejecución de las obras, en el marco de su competencia.

9. Informar sobre el estado de ejecución de las obras dentro del área de influencia de la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR).

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA

SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN OPERATIVA DE PROYECTOS HÍDRICOS.

OBJETIVOS

1. Intervenir en la planificación, coordinación, ejecución y supervisión de la gestión operativa de los proyectos llevados a cabo por la Secretaría, en el marco de la planificación estratégica de la gestión de los recursos hídricos, para la preservación, el uso y el aprovechamiento de los mismos, en coordinación con los organismos competentes en la materia y Jurisdicciones involucradas.

2. Asistir en la confección del planeamiento estratégico de la gestión de los recursos hídricos, para su desarrollo sustentable y en forma coordinada con los otros recursos naturales.

3. Promover la formulación y ejecución de planes y programas orientados al uso, aprovechamiento, conservación y protección de los recursos hídricos.

4. Asistir en la evaluación y/o ejecución de los proyectos de infraestructura de obras hídricas, de recuperación de tierras productivas, mitigación de inundaciones en zonas rurales y periurbanas y avenamiento y protección de infraestructura en zonas rurales y periurbanas, en el marco de lo establecido por el Decreto Nº 1381/01 y de los convenios firmados con las provincias, a financiarse mediante el Fideicomiso de Infraestructura Hídrica o préstamos de organismos internacionales.

5. Participar en el proceso de licitación, adjudicación, contratación y concesión de la obra pública hidráulica y de saneamiento, en el marco del circuito operativo de su competencia.

6. Elaborar informes sobre el estado de ejecución físico y financiero de las obras financiadas por el Fondo de Infraestructura y por el Tesoro Nacional.

7. Coordinar la aplicación efectiva y eficiente de los recursos financieros planificando la inversión en obras.

8. Intervenir en las redeterminaciones de precios de los contratos de obra hídrica.

IF-2020-38977801-APN-DNDO#JGM