INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD
Decreto 606/2020
DCTO-2020-606-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2020
VISTO el Expediente Nº EX-2020-37740381-APN-DNDO#JGM, la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias), las Leyes Nros.13.482 y 17.671 y sus modificatorias,
los Decretos Nros. 773 del 21 de junio de 2007 y sus modificatorios,
174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, 50 del 19 de diciembre
de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
para cumplir con las responsabilidades que le son propias,
estableciendo, asimismo, sus objetivos y los ámbitos jurisdiccionales
en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.
Que por el Decreto Nº 174/18 se creó el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD
(INJUVE) como organismo desconcentrado de la entonces SECRETARÍA DE
ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL,
actualmente dependiente de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del citado
Ministerio.
Que entre los objetivos asignados a dicho Organismo se encuentran los
vinculados con la implementación de políticas sociales destinadas a
jóvenes, la articulación de la intervención de los organismos
gubernamentales competentes en toda materia que se vincule a
problemáticas relacionadas con la juventud, comprendiendo aspectos como
la capacitación en oficios y primer empleo, terminalidad educativa,
políticas culturales, artísticas, iniciativas deportivas, turismo,
prevención de adicciones, situación de calle, salud reproductiva,
participación ciudadana, violencia institucional o escolar, entre otras.
Que dichas competencias exigen una ejecución transversal a toda la
Administración Pública Nacional y acciones interministeriales que
exceden el ámbito de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL.
Que en virtud de ello, se considera oportuna la transferencia del
citado INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD a la órbita de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que, por otra parte, requerimientos de gestión tornan necesaria la
modificación de los Objetivos de distintas áreas de la SECRETARÍA DE
COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, del MINISTERIO DE ECONOMÍA, del MINISTERIO DE
OBRAS PÚBLICAS, del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.
Que, en consecuencia, corresponde la modificación de los Anexos II y III del Decreto Nº 50/19.
Que por la Ley Nº 13.482 se creó el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS,
actual DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
(RENAPER) como entidad descentralizada en jurisdicción del MINISTERIO
DEL INTERIOR, con el objeto de elaborar políticas nacionales y medidas
concretas en materia de identificación, registro y clasificación del
potencial humano nacional, entre otros aspectos, impulsando y llevando
a cabo acciones a tal fin.
Que por el artículo 3º -Sección III- de la Ley Nº 17.671 se estableció
que el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS estará a cargo de un Director
o una Directora Nacional secundado o secundada por un Subdirector o una
Subdirectora Nacional.
Que por los artículos 5º y 6º del Decreto Nº 773/07 se incorporó a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS en el Nivel 1
de los Organismos del Estado a efectos de establecer los importes
retributivos de sus autoridades superiores y se fijaron sus
retribuciones mensuales.
Que para esta gestión de gobierno resulta de suma importancia la
jerarquización de la materia a cargo de dicha entidad, así como el
adecuado cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por
la REPÚBLICA ARGENTINA a través de convenios y normas que amparan el
derecho a la identificación, a la igualdad y a la no discriminación.
Que por lo expuesto, corresponde modificar el rango y jerarquía del/de
la titular de la citada Dirección Nacional y derogar los artículos 5º y
6º del citado Decreto Nº 773/07.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.
Que los servicios jurídicos pertinentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Transfiérese el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD (INJUVE),
organismo desconcentrado creado por el artículo 8º del Decreto Nº 174
del 2 de marzo de 2018, de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
La transferencia aludida comprende las unidades organizativas que
conforman dicho organismo, créditos presupuestarios, bienes y
dotaciones vigentes a la fecha y el personal con su actual situación de
revista.
ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese del artículo 8º del Decreto Nº 174 del 2 de
marzo de 2018 y sus modificatorios, el Objetivo 1 del INSTITUTO
NACIONAL DE JUVENTUD (INJUVE) por el siguiente:
“1. Entender en el diseño e implementación de políticas destinadas a jóvenes”.
ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse al ANEXO II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como Objetivos 14 y 15 los siguientes:
“14. Celebrar convenios con las provincias, municipios, la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con organizaciones civiles públicas o
privadas, nacionales o extranjeras, para el desarrollo, investigación e
implementación de proyectos, programas y acciones en el marco de su
competencia.
15. Coordinar la realización de mediciones, estudios e investigaciones
y el desarrollo e implementación de herramientas para la evaluación de
la ejecución de la política de prensa, la comunicación y actividad
presidencial”.
ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese, del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el
Objetivo 8 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, por el
siguiente:
“8. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la temática de gestión
y empleo público concerniente al Consejo Federal de la Función Pública
(COFEFUP)”.
ARTÍCULO 5º.- Incorpórase al ANEXO II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
como Objetivo 10 de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA
DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, el siguiente:
“10. Asistir a la Secretaría en las Comisiones Negociadoras que se
constituyan en el marco de la Ley N° 14.250, en las que intervengan
organismos descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las
instituciones de seguridad social y entes estatales o empresas y
Sociedades del Estado, como parte del sector empleador”.
ARTÍCULO 6º.- Incorpórase al ANEXO II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
como Objetivo 11 del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
(INAP) de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, el siguiente:
“11. Asistir a la Secretaría en la formulación y evaluación de los
programas académicos a financiar por el Fondo Permanente de
Capacitación y Recalificación Laboral (FOPECAP)”.
ARTÍCULO 7º.- Sustitúyense, del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
los Objetivos de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE
LA NACIÓN ARGENTINA y de sus dependientes SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA, SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA
DE DROGAS y SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS
EN MATERIA DE DROGAS, por los obrantes en la PLANILLA ANEXA
(IF-2020-38974984-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte
integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 8º.- Sustítuyese, del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, de conformidad
con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA
(IF-2020-38976513-APN-DNDO#JGM), al presente artículo que forma parte
integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 9º.- Sustitúyese, del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado XIII, MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, de
conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA
(IF-2020-38977801-APN-DNDO#JGM), al presente artículo que forma parte
integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 10.- Suprímese del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado XVII, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL,
el Objetivo 9 de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL.
ARTÍCULO 11.- Incorpóranse al ANEXO II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado XXI, MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN, como Objetivos 10, 11 y 12 de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN los siguientes:
“10. Diseñar e implementar políticas de internacionalización de la
ciencia, la tecnología y la innovación a partir del análisis del
contexto nacional e internacional.
11. Establecer la política de cooperación internacional en materia de
ciencia, tecnología e innovación, y las alianzas estratégicas, para
promover su implementación, en el marco de sus competencias.
12. Promover el desarrollo de capacidades científicas y tecnológicas de
la REPÚBLICA ARGENTINA por medio del desarrollo de políticas de
vinculación con investigadores argentinos e investigadoras argentinas
residentes en el exterior, así como a través de acciones destinadas a
promover la permanencia de investigadores e investigadoras en la
REPÚBLICA ARGENTINA”.
ARTÍCULO 12.- Sustitúyese, del ANEXO III – Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, por el siguiente:
“V - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Organismos Descentralizados
AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE)
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM)
Organismos Desconcentrados
INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD (INJUVE)
Empresas y Entes del Sector Público Nacional
CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO SOCIEDAD ANÓNIMA
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA
EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT)
CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA
SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA
RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO
TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO
CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO”
ARTÍCULO 13.- Sustitúyese, del ANEXO III – Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado XVII, MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL, por el siguiente:
“XVII.- MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Organismos Desconcentrados
SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL
COMISIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN DEL MICROCRÉDITO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL”
ARTÍCULO 14.- Establécese que el Director o la Directora Nacional de la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER),
organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE
INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, tendrá rango y jerarquía de
Subsecretario.
El Subdirector o la Subdirectora Nacional tendrá una remuneración
equivalente al Nivel A, grado 0, Función Ejecutiva I del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.
ARTÍCULO 15.- Deróganse los artículos 5º y 6º del Decreto Nº 773 del 21 de junio de 2007 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 16.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales
existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente
mantendrán las acciones, dotaciones vigentes y personal con su actual
situación de revista.
ARTÍCULO 17.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas
por la presente medida será atendida con cargo a los créditos
presupuestarios de origen de las mismas.
ARTÍCULO 18.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/07/2020 N° 28185/20 v. 21/07/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 7º
V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN
ARGENTINA
OBJETIVOS
1. Elaborar políticas y planificar estrategias nacionales que tengan
como eje principal el cuidado de las personas, a través de la atención,
la prevención y la capacitación en materia de consumo problemático de
estupefacientes y sustancias psicoactivas.
2. Supervisar el cumplimiento de la legislación nacional e internacional en lo que esmateria de su competencia.
3. Coordinar acciones relativas al diseño y ejecución de políticas y
estrategias para la prevención, capacitación y tratamiento en materia
de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas
con las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública
Nacional con competencia en la materia.
4. Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias para la
prevención, capacitación, tratamiento del consumo problemático de
estupefacientes y sustancias psicoactivas con los gobiernos
provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
5. Brindar asistencia técnica a los gobiernos provinciales y de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a fin de homogeneizar las actividades,
maximizar los recursos y generar espacios de discusión, trabajo
conjunto e intercambio de información.
6. Coordinar con el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN y el MINISTERIO PÚBLICO
acciones para la atención y prevención del consumo problemático de
estupefacientes y sustancias psicoactivas, brindando asistencia técnica
en causas penales.
7. Coordinar con el PODER LEGISLATIVO NACIONAL acciones para la
prevención y atención del consumo problemático de estupefacientes y
sustancias psicoactivas, promoviendo y brindando asistencia técnica en
el análisis y la elaboración de proyectos legislativos.
8. Realizar asistencias técnicas para el diseño de capacitaciones de
los recursos humanos de las fuerzas de seguridad y otras instituciones
nacionales sobre prevención, atención y cuidado en materia de consumo
problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas.
9. Representar al Gobierno Nacional en las reuniones de los organismos
especializados en la materia, implementando el cumplimiento de los
tratados internacionales suscritos por la REPÚBLICA ARGENTINA, en
coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO, así como también coordinar la producción de la
información específica y la documentación técnica respectiva.
10. Centralizar la recopilación general de datos y de información
especializada acerca de los aspectos involucrados en el consumo
problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas y problemas
relacionados, analizando su evolución y tendencias, a nivel nacional,
provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, regional e
internacional como insumo para la implementación de un sistema de
información y de alerta temprana nacional y federal, que provea
información para la elaboración de políticas públicas.
11. Coordinar el diseño y desarrollo de actividades de investigación
técnico-científica, normativa y social, a nivel nacional, provincial,
de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, identificando los
modelos y metodologías para los procesos de intervención en consumo
problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas y problemas
relacionados.
12. Presidir el CONSEJO FEDERAL DE DROGAS (COFEDRO).
13. Designar oficiales de enlace, a propuesta de los titulares de las
diferentes Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional o
Provincial, destinados a cumplir funciones de consulta o coordinación
con los respectivos organismos de origen en materia de drogas o afines.
SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Intervenir en las cuestiones vinculadas con la gestión económica,
financiera, patrimonial, de infraestructura, de mantenimiento,
administración de bienes muebles e inmuebles y de servicios de la
Secretaría, en coordinación con las áreas pertinentes de la SECRETARÍA
DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
2. Entender en materia de administración y gestión de recursos humanos
de la Secretaría, en coordinación con las áreas pertinentes de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
3. Entender y planificar las acciones relativas a la gestión y
administración de las tecnologías de la información de la Secretaría,
en coordinación con las áreas pertinentes de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
4. Entender en la gestión documental de la Secretaría.
5. Coordinar el asesoramiento jurídico permanente sobre aspectos específicos y funcionales de la Secretaría.
6. Asistir a la Secretaría en la apoyatura administrativa, técnica y legal del CONSEJO FEDERAL DE DROGAS (COFEDRO).
7. Coordinar los aspectos relativos a cuestiones sumariales.
8. Entender en la ejecución operativa y en los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo, como así también en los proyectos de
participación público-privada, en coordinación con las áreas
pertinentes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
9. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación
público-privada, en coordinación con las áreas pertinentes de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
10. Asistir a la Secretaría en la administración de los beneficios
económicos a que refieren la Ley N° 23.737 y su decreto reglamentario
Nº 1148/91, los bienes decomisados mediante sentencia condenatoria (en
el marco de la Comisión Mixta de Registro, Administración y Disposición
Ley N° 23.737) y los respectivos producidos por sus ventas, así como
las multas que se recauden por la aplicación de la ley mencionada.
SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA
SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la elaboración de políticas nacionales y
en la planificación de estrategias de desarrollo y abordaje territorial
en materia de drogas.
2. Coordinar, generar y promover dispositivos de atención y
acompañamiento que aborden la complejidad del consumo problemático de
sustancias psicoactivas en el territorio nacional según los
lineamientos y la normativa vigente, la Ley de Salud Mental Nº 26.657,
los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y la Ley Nº 26.934 de
Plan IACOP.
3. Planificar y coordinar la red de atención y acompañamiento en
materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias
psicoactivas desde una perspectiva amplia y federal.
4. Realizar el seguimiento y control de avance de los convenios nacionales suscritos por la Secretaría.
5. Asistir a la Secretaría en la articulación de la relación con el
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, brindando asistencia técnica en el
análisis y la elaboración de proyectos legislativos, vinculados a la
temática de competencia de la Secretaría.
6. Diseñar líneas de acción para construir una articulación entre el
ESTADO NACIONAL y las organizaciones de la sociedad civil con
despliegue territorial.
7. Proponer y elaborar lineamientos y protocolos de intervención para
los dispositivos ambulatorios, centros comunitarios de residencia y
centros de internación. en coordinación con las áreas competentes de la
Administración Pública Nacional.
8. Implementar herramientas de seguimiento de las acciones desarrolladas por las diversas áreas de la Secretaría.
9. Diseñar planes y programas de carácter nacional referentes a la
capacitación y asistencia técnica dirigidos a los equipos de los
dispositivos ambulatorios, centros comunitarios y centros de residencia
en materia de asistencia y abordaje territorial en adicciones,
adaptándose a las necesidades y características locales, en
coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública
Nacional.
10. Intervenir en lo relativo a la red de articulación de dispositivos
de atención y atención crítica en articulación con el Sistema de Salud,
centros comunitarios de residencia y centros de internación.
SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS EN MATERIA DE DROGAS
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la elaboración de las políticas
nacionales y en la planificación de estrategias para la prevención y
tratamiento relacionadas con el consumo de sustancias psicoactivas.
2. Supervisar la aplicación de las políticas y estrategias para la
prevención y tratamiento del consumo de sustancias psicoactivas, en
coordinación con el MINISTERIO DE SALUD, el MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL, el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL y el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, entre otros
organismos nacionales.
3. Impulsar, coordinar y evaluar el desarrollo de investigaciones,
estudios y estadísticas relevantes en materia de cuidado y prevención
del consumo de sustancias con base en la Ley Nº 26.934 de Plan Integral
para el Abordaje de los Consumos Problemáticos (Plan IACOP), Ley
Nacional de Salud Mental Nº 26.657 y tratados internacionales de
derechos humanos, como así también marcos de referencia y planes de
acción en la temática.
4. Elaborar un modelo de referencia que -mediante acciones
interdisciplinarias y de complementariedad entre las diferentes áreas
del conocimiento- permita elaborar un marco interpretativo de las
situaciones de consumo desde una perspectiva de derechos humanos que
contemple todas las dimensiones de la problemática.
5. Impulsar acuerdos con la Mesa Federal en materia de Drogas y
organismos competentes en la toma de decisiones, la coordinación y
colaboración para la implementación de las diversas líneas de acción
objeto de su competencia.
6. Desarrollar, en articulación con la Mesa en materia de Federal, una
red de investigación e información con alcance nacional e internacional
sobre las modalidades y representaciones de consumo de alcohol y otras
drogas y de las adicciones en general.
7. Coordinar la elaboración de los insumos necesarios para lograr los objetivos estratégicos planteados por la Secretaría.
8. Supervisar el desarrollo de las actividades del OBSERVATORIO ARGENTINO DE DROGAS.
IF-2020-38974984-APN-DNDO#JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8º
IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
OBJETIVOS
1. Coordinar y asistir en las relaciones institucionales de la
Jurisdicción, con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, los gobiernos
provinciales y municipales, las cámaras empresariales y las
organizaciones no gubernamentales.
2. Desarrollar y coordinar las relaciones institucionales con el resto
de la Administración Pública Nacional, y otros actores institucionales
en el área de su competencia.
3. Asistir al/a la Ministro/a en materia de ceremonial y protocolo.
4. Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como
la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen
institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.
5. Coordinar la comunicación y prensa del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en lo
relativo a actividades ceremoniales, protocolares, institucionales y
gestión de la agenda del/de la Ministro/a.
6. Asesorar a las autoridades de la Jurisdicción en la elaboración de
mecanismos de fortalecimiento institucional, en materia de su
competencia.
7. Coordinar con la SUBSECRETARÍA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO CIUDADANO,
dependiente de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, las acciones en
materia de acceso a la información pública y control ciudadano,
mediante el suministro de información sobre el estado de tramitación de
expedientes y proyectos de leyes y actos administrativos.
8. Coordinar el Centro de Documentación e Información y entender en la
recuperación y conservación del patrimonio cultural de la Jurisdicción.
9. Asistir en el diseño de proyectos especiales que contribuyan a la
viabilidad de políticas institucionales en el ámbito de su competencia.
10. Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de
las distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
OBJETIVOS
1. Coordinar el Gabinete de Asesores del/de la Ministro/a.
2. Entender en la articulación de las políticas y programas llevados a cabo por las distintas Secretarías de la Jurisdicción.
3. Entender en la priorización de las políticas públicas a implementarse desde el Ministerio.
4. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a
dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el/la Ministro/a.
5. Entender y asistir al/a la Ministro/a en los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones.
6. Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,
herramientas y procedimientos para generar información de gestión en
coordinación con las áreas competentes.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo del Ministerio.
2. Coordinar el diseño e implementación de políticas administrativas,
presupuestarias, financieras y de transparencia en el Ministerio.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero.
4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos de la Jurisdicción.
5. Entender en la gestión documental de la Jurisdicción.
6. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de la Jurisdicción.
7. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y
demás adquisiciones destinadas a la Jurisdicción.
8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo.
9. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo.
10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,
de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e
inmuebles y servicios del Ministerio.
11. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y
recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la
Jurisdicción.
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
OBJETIVOS
1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para
la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos
tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los
objetivos y metas previstos.
4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que
presta servicio, así como la planificación de las actividades de
administración.
5. Coordinar la aplicación de la política de administración del
personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de
comunicaciones, así como en la gestión de los espacios físicos del
Ministerio.
6. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo, como así también de proyectos de
participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.
7. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación
público-privada, en lo que es materia de su competencia.
8. Dirigir la aplicación de los programas de administración y
liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las
empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen
de operar por cualquier causa; así como coordinar todo lo vinculado con
la liquidación de aquellos fondos fiduciarios que comprometen bienes
y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o
Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y de otros cuya
liquidación sea encomendada al MINISTERIO DE ECONOMÍA, como así también
de sus bienes, derechos y obligaciones remanentes.
9. Asistir en la dirección y la unificación de la representación de
todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA,
cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N°
24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del
sector privado de los que resulte acreedor el Sector Público Nacional.
10. Proponer las acciones vinculadas a los procesos de reconversión
empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO
NACIONAL, en lo que es materia de su competencia, y coordinar la
aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el
Sector Público Nacional y el sector privado, en el marco de las normas
vigentes.
11. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO
NACIONAL en empresas del sector no financiero con participación estatal
en el ámbito de la Jurisdicción y la representación del MINISTERIO DE
ECONOMÍA en aquellos órganos societarios de los entes donde la
Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y
la tenencia accionaria sea ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA.
12. Coordinar la implementación y la ejecución de los Programas de
Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMÍA y la gestión en sede administrativa vinculada con la
cancelación de pasivos cuyo pago deba materializarse en bonos de
consolidación de deuda, en el marco de las competencias asignadas.
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA LEGAL
OBJETIVOS
1. Coordinar el servicio jurídico del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en lo que
respecta a la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos.
2. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo
que es competencia del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en los asuntos
judiciales, prejudiciales y arbitrajes y la contestación de los
requerimientos del Poder Judicial;
3. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y actos administrativos.
4. Participar en materia de cancelación de pasivos mediante bonos de
consolidación de deuda y de los saldos de deudas a cargo de la
Administración Pública Nacional.
5. Asistir a la Secretaría en relación con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.
6. Coordinar el asesoramiento que brinde la Secretaría en materia
impositiva, aduanera, presupuestaria y en cuestiones vinculadas con
materias administrativas, financieras y de empleo público.
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO CIUDADANO
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría, en los temas de su competencia,
interviniendo en las actuaciones que le sean requeridos y en el
planeamiento y seguimiento de los temas prioritarios y estratégicos
para el desarrollo de los programas, proyectos y acciones de la
repartición.
2. Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las
previsiones establecidas en la Ley N° 27.275, actuando en
representación del Ministerio ante la AGENCIA DE ACCESO A LA
INFORMACIÓN PÚBLICA.
3. Dirigir la implementación de las políticas de transparencia e
integridad que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA,
de acuerdo a las previsiones que establezca la Autoridad de Aplicación
en la materia.
4. Intervenir en los supuestos contemplados en el artículo 24 de la Ley N° 27.401.
5. Coordinar la elaboración de los informes que requieran ser
contestados en base a los informes elaborados por la Unidad de
Auditoría Interna, y efectuar el seguimiento de las observaciones
efectuadas por los órganos de control.
6. Supervisar el despacho y la gestión de la documentación administrativa del Ministerio.
7. Intervenir en la tramitación de los sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en el MINISTERIO DE ECONOMÍA.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE HACIENDA
OBJETIVOS
1. Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.
2. Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y
Contabilidad y ejercer, con la SECRETARÍA DE FINANZAS, las funciones de
Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración
Financiera del Sector Público Nacional.
3. Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.
4. Intervenir en la definición de las necesidades de financiamiento del
Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas,
por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones
de pago.
5. Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos
fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través
de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública
Nacional.
6. Participar en el control y análisis presupuestario del gasto en
personal del Sector Público Nacional, en coordinación con las áreas
correspondientes de otras Jurisdicciones del ESTADO NACIONAL con
competencia en la materia.
7. Participar en los procesos de modernización y transparencia del ESTADO NACIONAL en el ámbito de su competencia.
8. Entender en todo lo vinculado a los aspectos contables, fiscales y
económicos, en la relación entre el Gobierno Nacional, los gobiernos
provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y elaborar
propuestas respecto al perfil de la deuda pública de las provincias y
de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el ESTADO NACIONAL.
9. Intervenir en el otorgamiento de asistencia transitoria a las
provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a través de anticipos
a cuenta de las respectivas participaciones en los impuestos nacionales
coparticipables y desarrollar en coordinación con el MINISTERIO DEL
INTERIOR, políticas y programas de asistencia a las mismas, en lo que
es materia de su competencia.
10. Coordinar la participación del MINISTERIO DE ECONOMÍA y el accionar
de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los foros
financieros internacionales y en los organismos internacionales de
crédito, incluyendo al FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI).
11. Intervenir en la representación o representar, cuando corresponda,
al MINISTERIO DE ECONOMÍA en los grupos intergubernamentales o foros de
cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero
Internacional.
12. Intervenir en las relaciones, negociaciones y representación del
país con los organismos financieros internacionales de crédito de los
que la REPÚBLICA ARGENTINA forma parte, en los aspectos que hacen a las
políticas generales y particulares de dichos organismos y en los
préstamos provenientes de los mismos.
13. Intervenir en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones
con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales
y multilaterales, para el desarrollo, actualización y mantenimiento de
los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los
programas con dichos organismos.
14. Intervenir en la autorización del endeudamiento del Sector Público
No Financiero Provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES, así como en el análisis de propuestas respecto al perfil de su
endeudamiento con el ESTADO NACIONAL.
15. Entender en el seguimiento de la evolución fiscal del Sector
Público Argentino a través de la instrumentación de un sistema de
información del Sector Público Nacional, Provincial y Municipal.
16. Participar en el ámbito de su competencia en la aplicación de la
política salarial en el marco de los límites presupuestarios
establecidos por la ley.
17. Coordinar las relaciones entre la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
18. Entender en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.
SECRETARÍA DE HACIENDA
SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO
OBJETIVOS
1. Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector Público Nacional.
2. Coordinar la implementación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.
3. Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.
4. Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de
Información Financiera (SIDIF) y la capacitación de los recursos
humanos del Sector Público Nacional en la materia.
5. Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos
del Gobierno Nacional, los gobiernos provinciales y de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
6. Asistir a la Secretaría en los procesos de modernización y transparencia del ESTADO NACIONAL en el ámbito de su competencia.
7. Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.
8. Realizar, en el ámbito de su competencia, el control y análisis
presupuestario del gasto en personal del Sector Público Nacional, en
coordinación con las Jurisdicciones con competencia en la materia.
9. Asistir a la Secretaría en la aplicación de la política salarial en
el marco de los límites presupuestarios establecidos por la ley, en el
marco de sus competencias.
SECRETARÍA DE HACIENDA
SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
OBJETIVOS
1. Formular el cálculo general de ingresos públicos y controlar su ejecución.
2. Entender en el cálculo del impacto fiscal sobre los ingresos
públicos de las propuestas de reformas de política impositiva, aduanera
y de recursos de la seguridad social, así como de los acuerdos
internacionales en materia impositiva y aduanera.
3. Efectuar el seguimiento sistemático de la recaudación y distribución de los recursos tributarios nacionales.
4. Participar en el diseño de regímenes de promoción económica, en lo
atinente a los aspectos tributarios y en los fines extra-fiscales que
se persigan a través de ellos.
5. Entender en el análisis e interpretación de las leyes, decretos y
otras normas que afectan la estructura de los impuestos, en el
seguimiento de su aplicación y en las propuestas de modificación de las
bases imponibles, las alícuotas, las exenciones y de cualquier otro
aspecto del sistema de determinación de los tributos.
6. Dirigir el desarrollo e instrumentación de mecanismos de
articulación y coordinación institucional con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL
DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
7. Ejercer el control tutelar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN.
8. Intervenir en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.
9. Asistir al Ministro en la representación ante la Organización para
la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y participar en los
Comités Técnicos vinculados con su competencia específica.
10. Participar, en el ámbito de su competencia y por medio de sus
representantes, en la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO
ECONÓMICOS (OCDE), en los distintos Comités de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL
DE ADUANAS (ex-Consejo de Cooperación Aduanera) y de la ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DEL COMERCIO (ex- GATT), en la Asociación Latinoamericana de
Integración (ALADI), del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), de la
ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA) y en las sesiones de otros
organismos o grupos de trabajo nacionales e internacionales de carácter
técnico en materia aduanera, impositiva y de los recursos de la
seguridad social.
11. Participar en la Comisión Federal de Impuestos y en la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA
OBJETIVOS
1. Entender en el diseño de la política impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.
2. Diseñar, mediante la aplicación de instrumentos de política
tributaria, propuestas para el desarrollo económico con inclusión
social.
3. Articular relaciones con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en materia tributaria, en coordinación con las
áreas de la Administración Pública con competencia en la temática.
4. Participar en la negociación de acuerdos internacionales en materia
impositiva y aduanera, y que afecten recursos de la seguridad social,
en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública
Nacional.
5. Participar, en coordinación con las áreas con competencia en la
temática, en los procesos de integración regional en materia impositiva
y aduanera orientados a un equilibrio tributario.
SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TRIBUTARIA FEDERAL
OBJETIVOS
1. Diseñar, en coordinación con las áreas con competencia en la
materia, convenios interjurisdiccionales relativos a la política
tributaria y de distribución de la base imponible, en los que
intervengan las provincias, los municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
2. Participar en el análisis y en la elaboración de estudios sobre
políticas tributarias de las jurisdicciones provinciales, municipales y
de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en coordinación con las áreas
con competencia en la materia.
3. Elaborar un sistema normativo que contemple los recursos tributarios
y no tributarios de las jurisdicciones provinciales, municipales y de
la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
4. Asistir a la Secretaría en la elaboración de propuestas federales
para el desarrollo económico y social, y para la promoción y protección
de actividades económicas, a través de instrumentos de política
tributaria.
5. Proponer políticas tributarias de mediano y largo plazo orientadas a la sustentabilidad económica y social.
SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA
SUBSECRETARÍA DE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL
OBJETIVOS
1. Asistir en el análisis e interpretación de la normativa tributaria internacional.
2. Participar en las negociaciones de acuerdos tributarios internacionales para evitar la doble imposición.
3. Analizar las tendencias de la tributación internacional y proponer posibles aplicaciones en el sistema tributario argentino.
4. Proponer adecuaciones de la legislación interna para combatir la evasión y la elusión fiscal internacional.
5. Diseñar e implementar mecanismos para favorecer la suscripción de tratados para el intercambio de información.
6. Supervisar y evaluar el avance de los convenios y tratados suscriptos con otros Estados.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
OBJETIVOS
1. Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos
estratégicos para la programación de la política económica y la
planificación del desarrollo.
2. Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos
institucionales que promuevan la sistematicidad, coherencia, unidad y
organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la
Jurisdicción ministerial, en lo que es materia de su competencia.
3. Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de las
políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de su
competencia, desarrollando criterios e indicadores que permitan un
adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación.
4. Entender en la determinación de los objetivos de política económica
y elaborar las pautas que orienten al esquema de reestructuración y
negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional
en el ámbito de su competencia.
5. Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en
el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y otros espacios
económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia
específica.
6. Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial
y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el
desempeño de la economía, y el impacto sobre la economía local de los
cambios en el contexto internacional.
7. Programar y coordinar la realización de diagnósticos y seguimiento
de los niveles de vida, de pobreza de la población, del empleo y la
distribución del ingreso y coordinar la elaboración, propuesta y
seguimiento de estrategias y políticas tendientes a promover el
crecimiento económico con inclusión social, incorporandola perspectiva
de género.
8. Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación
de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, desde el
punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos; y de
pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal
en el marco de la política económica vigente.
9. Entender en la programación regional y sectorial de la política
económica nacional, coordinando con las distintas Jurisdicciones del
ESTADO NACIONAL a fin de establecer coherencia y complementariedad en
los lineamientos estratégicos de la política económica para el
desarrollo de largo plazo.
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA
OBJETIVOS
1. Programar, coordinar y dirigir las tareas correspondientes al
seguimiento de la economía nacional e internacional, y entender en el
análisis de evaluación del impacto de los cambios en el contexto
internacional sobre la economía nacional.
2. Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación
macroeconómica, efectuar el análisis de consistencia de las políticas
macroeconómicas y asistir en la elaboración y propuesta de pautas
macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el
marco de la política económica vigente.
3. Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la
elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar
el desempeño de la economía y efectuar el seguimiento de las pautas de
programación fiscal nacional vigentes, evaluando su impacto sobre la
economía real.
4. Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo
plazo basadas en experiencias internacionales o en acuerdos de
coordinación de políticas macroeconómicas.
5. Efectuar el seguimiento y diagnóstico de los niveles de empleo,
pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, proponer vías de
acción para su mejoramiento, y asistir a la Secretaría en la
coordinación del diseño de estrategias y políticas tendientes a
promover el crecimiento económico con inclusión social.
6. Asistir a la Secretaría en la elaboración y propuesta de criterios
para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones
fiscales desde el punto de vista de su finalidad e impacto económico,
así como en la determinación de los objetivos y pautas generales de la
política económica.
7. Dirigir el seguimiento sistemático de las distintas cuentas del
balance de pagos y proponer las medidas tendientes a fortalecer el
desempeño del sector externo.
8. Asistir a la Secretaría y a las áreas correspondientes del
MINISTERIO DE ECONOMÍA en la representación ante los grupos y
comisiones de trabajo en el marco del Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
y de otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con
su competencia específica.
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN REGIONAL Y SECTORIAL
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en el diseño y análisis de la política
económica, considerando el impacto en el desarrollo productivo a nivel
regional y sectorial.
2. Asistir a la Secretaría en el diseño de la programación económica
regional y sectorial, coordinando su accionar con las jurisdicciones
con competencia en la materia.
3. Entender en la elaboración de indicadores e informes periódicos y en el análisis de impacto de las políticas productivas.
4. Participar en la agenda del sector público referida a políticas para
el desarrollo productivo local, regional y sectorial, en coordinación
con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en
la materia.
5. Realizar el seguimiento e identificación de sectores estratégicos de
la economía nacional, de acuerdo al diseño de la política
macroeconómica.
6. Realizar análisis de rentabilidad, estructura de costos e incidencia tributaria en la actividad microeconómica.
7. Evaluar los entornos micro y meso de la economía, en su vínculo estratégico con el desarrollo nacional.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE FINANZAS
OBJETIVOS
1. Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los
aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento
externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las
negociaciones inherentes al tema con entes financieros, nacionales,
extranjeros, públicos y privados y el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL
(FMI) y tomando a su cargo las relaciones con la comunidad financiera
internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior,
en el ámbito de su competencia.
2. Diseñar las acciones tendientes a la preservación del crédito público.
3. Coordinar la elaboración de las proyecciones presupuestarias del endeudamiento público y efectuar su seguimiento.
4. Dirigir y supervisar el Sistema de Crédito Público, coordinar la
administración de la deuda pública y ejercer con la SECRETARÍA DE
HACIENDA las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los
Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.
5. Entender en la gestión y administración de la deuda pública externa de la REPÚBLICA ARGENTINA.
6. Establecer las políticas de administración de los activos
financieros de la REPÚBLICA ARGENTINA y coordinar el análisis de los
aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea
parte.
7. Intervenir, en coordinación con la SECRETARÍA DE HACIENDA y la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en
las relaciones, negociaciones y representación del país con los
organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación
forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y
particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de
los mismos.
8. Intervenir, en coordinación con la SECRETARÍA DE HACIENDA, y la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en
todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones con los organismos
financieros internacionales de crédito bilaterales y multilaterales,
para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de
información destinados a optimizar la ejecución de los programas con
dichos organismos.
9. Entender en el diseño e implementación de políticas públicas
vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas
tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras
oficiales nacionales.
10. Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los
servicios financieros, el desarrollo del mercado de capitales y al
financiamiento de la actividad productiva.
11. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que involucre al crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA.
12. Entender en el análisis de la estructuración financiera del plan de
inversión pública, propiciando la preservación del crédito público de
la REPÚBLICA ARGENTINA e intervenir en la definición de los
requerimientos de financiamiento del Sector Público Nacional por los
que se originen o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.
13. Entender en el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones
por parte del Sector Público Nacional, con relación a la estructura
financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de
Participación Público- Privada, en la medida que involucre
endeudamiento público.
14. Entender en la representación del MINISTERIO DE ECONOMÍA en
aquellos órganos societarios en empresas del sector financiero, donde
la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria
y la tenencia accionaria sea
ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA.
15. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO
NACIONAL en aquellas empresas del sector financiero con participación
estatal en el ámbito de la Jurisdicción.
16. Entender en las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES,
la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, y en los aspectos administrativos de las relaciones de la
UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA, del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y del BANCO HIPOTECARIO
SOCIEDAD ANÓNIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
SECRETARÍA DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS
OBJETIVOS
1. Supervisar la organización de los sistemas de información sobre mercados de capitales.
2. Asesorar en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los
servicios financieros del mercado de capitales y del financiamiento de
la actividad productiva.
3. Asesorar en el diseño e implementación de políticas públicas
vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas
tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras
oficiales nacionales.
4. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que
involucre tanto al mercado de capitales como al mercado asegurador.
5. Entender en la elaboración de propuestas que vinculen las normas
involucradas en los distintos servicios financieros y de aquellas
medidas que propicien la transparencia de los mercados financieros y la
protección del consumidor en dicho ámbito.
6. Coordinar la participación del MINISTERIO DE ECONOMÍA y el accionar
de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los grupos
intergubernamentales, foros financieros internacionales, y foros de
cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero
Internacional.
7. Coordinar las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO NACIONAL,
como así también los aspectos administrativos de las relaciones del
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y
del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
SECRETARÍA DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO
OBJETIVOS
1. Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.
2. Asistir en el diseño y ejecución de políticas y medidas relativas al
financiamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA,
interviniendo en las negociaciones inherentes a la materia con entes
financieros nacionales, extranjeros, públicos y privados.
3. Asistir en la dirección y supervisión del Sistema de Crédito Público
y en la ejecución de las funciones de Órgano Responsable de la
Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector
Público Nacional.
4. Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.
5. Supervisar la organización de los sistemas de información y el registro del endeudamiento público.
6. Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros
del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos
fiduciarios en los que éste sea parte.
7. Asistir en las acciones orientadas a preservar el crédito público.
8. Coordinar el análisis de los aspectos tributarios que afectan al crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA.
9. Coordinar el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones por
parte del Sector Público Nacional relacionado con la estructura
financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de
Participación Público Privada, en la medida que involucre endeudamiento
público.
SECRETARÍA DE FINANZAS
UNIDAD DE GESTIÓN DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la gestión y administración de la deuda pública externa de la REPÚBLICA ARGENTINA.
2. Supervisar el análisis de sustentabilidad de la deuda pública y la confección de estrategias de administración de pasivos.
3. Participar en la vinculación con los titulares de la deuda pública externa.
4. Participar en la elaboración de análisis técnicos que propendan a la sostenibilidad financiera de largo plazo.
5. Analizar la evolución en los mercados internacionales de los títulos valores argentinos emitidos bajo legislación extranjera.
6. Participar en instancias de discusión respecto de la deuda externa bajo legislación extranjera.
IF-2020-38976513-APN-DNDO#JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9º
XIII.- MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo del Ministerio.
2. Coordinar el diseño e implementación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras en el Ministerio.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero.
4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos de la Jurisdicción.
5. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de la Jurisdicción.
6. Entender en la gestión documental de la Jurisdicción.
7. Coordinar el servicio jurídico e intervenir en todos los actos administrativos en el ámbito de su competencia.
8. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y
demás adquisiciones destinadas a la Jurisdicción.
9. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo.
10. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo.
11. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,
de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e
inmuebles y servicios del Ministerio.
12. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y
recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la
Jurisdicción.
13. Entender en los procedimientos de redeterminación de precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de la Jurisdicción.
14. Coordinar la Comisión de Control y Seguimiento del Régimen de
Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de
Consultoría de Obra Pública de la Administración Pública Nacional,
conforme el Decreto N° 691/16
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
OBJETIVOS
1. Coordinar el Gabinete de Asesores del/de la Ministro/a.
2. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a
dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el/la Ministro/a.
3. Entender y asistir al/a la Ministro/a en todas las cuestiones
vinculadas a los aspectos logísticos y administrativos propios del
desarrollo de sus funciones institucionales.
4. Asistir al/a la Ministro/a en materia de relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.
5. Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como
la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen
institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.
6. Coordinar la relación con la prensa y los medios de comunicación de la Jurisdicción.
7. Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las
distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.
8. Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,
herramientas y procedimientos para generar información de gestión en
coordinación con las áreas competentes.
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
OBJETIVOS
1. Intervenir en la elaboración, propuesta y ejecución de la política
nacional en todas las materias relacionadas con obras de
infraestructura habitacionales, viales, públicas e hídricas, en
especial en los programas de inversión y pre inversión pública de su
competencia y en la coordinación los planes, programas relativos a
dichas obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial y
municipal que correspondan a la Jurisdicción.
2. Entender en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para
llamados a concurso y/o licitaciones, como así también entender en los
procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con
motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia, hasta su
finalización.
3. Intervenir en el contralor respecto de los entes u organismos de
control de las áreas privatizadas o concesionadas de su competencia,
supervisando el cumplimiento de los marcos regulatorios
correspondientes.
4. Elaborar, junto con las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES y los organismos nacionales y provinciales que correspondan, los
documentos técnicos necesarios para implementar y difundir las
políticas, estrategias, planes, programas, proyectos, obras e impactos
de la inversión pública.
5. Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales,
municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en materia de su
competencia.
6. Elaborar políticas en las materias relacionadas con obras públicas y
coordinar la ejecución de los planes y programas relativos a dichas
obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la
Jurisdicción, de conformidad con el marco regulatorio correspondiente.
7. Participar en la propuesta, elaboración, ejecución, marco
regulatorio y proyectos de programas a realizar en materia de obras de
infraestructura habitacional, públicas, de prevención sísmica, y de
planificación territorial de la inversión pública, como así también de
las que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, a nivel
internacional, nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y municipal, en coordinación con las demás áreas de la
Administración Pública Nacional con competencia en la materia.
8. Entender en la realización de proyectos de conservación,
preservación, mantenimiento, construcción y reciclaje, tanto edilicios,
como de infraestructura, y espacio público, y de obras específicas
solicitadas por los organismos o reparticiones del ESTADO NACIONAL.
9. Intervenir en la ejecución de obras y administraciones de los
contratos, según las distintas modalidades de contratación, públicas y
público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea
encomendada al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS por otras Jurisdicciones y
áreas del ESTADO NACIONAL.
10. Entender en la definición e implementación de criterios,
metodologías, herramientas y plataformas de gestión de información para
la mejora continua de los procesos de planificación, desarrollo de
proyectos y ejecución de obras.
11. Entender en el desarrollo y coordinación de las políticas de
infraestructura que reduzcan la desigualdad entre la región Norte
-comprendida por las provincias de SALTA, JUJUY, TUCUMÁN, LA RIOJA,
CATAMARCA, MISIONES, CORRIENTES, CHACO, FORMOSA y SANTIAGO DEL ESTERO-
y el resto del país, en coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL
competentes en la materia.
12. Entender en la elaboración y ejecución del Plan de Construcción de
Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones y ampliación de
los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y supervisión de las obras
penitenciarias, actualmente no afectadas al alojamiento de internos.
13. Entender en el relevamiento de la infraestructura y en el
diagnóstico de las necesidades de construcción de los establecimientos
carcelarios con la asistencia de las unidades competes del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN TERRITORIAL DE LA OBRA PÚBLICA
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la elaboración y propuesta de los
programas, proyectos y acciones en materia de obra pública cuya
implementación recaiga en el MINISTERIO DEOBRAS PÚBLICAS.
2. Establecer estándares de calidad para la construcción y gestión de
las obras en coordinación con las áreas involucradas, y dictar normas
para la fiscalización de los materiales utilizados en la construcción
de las obras públicas y contratos de participación público-privada.
3. Celebrar convenios con las provincias, los municipios, la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y otras entidades para el desarrollo e
implementación de proyectos, programas y acciones en el marco de su
competencia.
4. Evaluar e intervenir en la gestión y la obtención de cooperación
técnica y financiera para el cumplimiento de los objetivos y políticas
del Ministerio, en coordinación con las áreas competentes de la
Administración Pública Nacional.
5. Asistir a la Secretaría en la elaboración y planificación de la
política nacional de obras de infraestructura, y coordinar los planes y
programas a nivel nacional, regional, provincial, municipal y de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES que correspondan a la Jurisdicción.
6. Asistir a la Secretaría en la elaboración y ejecución del Plan de
Construcción de Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones
y ampliación de los establecimientos carcelarios y unidades
dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y
supervisión de las obras penitenciarias, actualmente no afectadas al
alojamiento de internos.
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
SUBSECRETARÍA DE EJECUCIÓN DE OBRA PÚBLICA
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la ejecución de los programas, proyectos
y acciones en materia de obra pública cuya implementación recaiga en el
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS y en la elaboración y en la aprobación de
los pliegos de bases y condiciones particulares para los llamados a
concurso y/o licitaciones, como también en los procesos licitatorios y
contrataciones directas que se efectúen con motivo de las obras a
realizarse.
2. Asistir a la Secretaría en la ejecución de obras y administración de
los contratos según las distintas modalidades de contratación, públicas
y público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea
encomendada al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS por otras Jurisdicciones y
áreas del ESTADO NACIONAL y ejecutar las obras correspondientes a la
construcción, conservación de los edificios públicos y restauración de
monumentos históricos nacionales.
3. Asistir a la Secretaría en la ejecución de la política nacional de
obras de infraestructura, coordinando acciones a nivel nacional,
regional, provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
que correspondan a la Jurisdicción.
4. Intervenir en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones
que se aprueben en los procedimientos de selección en el ámbito de su
competencia.
5. Gestionar un sistema de control e información geográfica de las
obras públicas de su competencia, consideradas en los planes
estratégicos sectoriales y globales.
6. Participar, en el ámbito de su competencia, a solicitud de la
Jurisdicción responsable, en todo lo atinente al FONDO FIDUCIARIO
FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, creado por la Ley N° 24.855.
7. Intervenir en la ejecución de los compromisos del ESTADO NACIONAL
con las diferentes agencias y organismos internacionales en cuanto a la
debida realización de los programas y proyectos que se establezcan bajo
su órbita, tanto en su gestión contable y financiera, como en el
seguimiento y evaluación de resultados e impacto de la ejecución.
8. Entender en la inspección, control, administración y seguimiento de
las obras de competencia del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, de manera
coordinada con las distintas áreas ministeriales, según corresponda.
9. Celebrar convenios con las provincias, municipios y la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y/u otras Entidades para el desarrollo e
implementación de los programas y acciones en el área de su competencia.
10. Coordinar la ejecución de obras de infraestructura de integración
físico territorial con el resto de AMÉRICA DEL SUR, en coordinación con
las áreas competentes en la materia.
11. Intervenir en los procedimientos de redeterminación de precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de su competencia.
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA
OBJETIVOS
1. Asistir al/la Ministro/a en la elaboración, propuesta y ejecución de
la política hídrica nacional, incluyendo la obra pública de
infraestructura hidráulica y de saneamiento, supervisando su
cumplimiento; y coordinar los planes y programas relativos a dicha
política, a nivel internacional, nacional, interjurisdiccional,
provincial y municipal, que correspondan a la Jurisdicción.
2. Proponer el marco regulatorio relativo al manejo de los recursos
hídricos y a la organización y fortalecimiento del sector de agua
potable y saneamiento, vinculando y coordinando la acción de las demás
Jurisdicciones y organismos intervinientes en la prestación y expansión
de los servicios.
3. Participar en la propuesta, elaboración, ejecución, marco
regulatorio y proyectos de programas a realizar en materia de obras de
infraestructura hídricas y planificación territorial de la inversión
pública, como así también de las que surjan de los entes
desconcentrados y descentralizados, a nivel internacional, nacional,
regional, provincial y municipal, en coordinación con las demás áreas
de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.
4. Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes u
organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas de su
competencia.
5. Ejercer las facultades de Autoridad de Aplicación del Contrato de
Concesión de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), en
cumplimiento del Marco Regulatorio de la Concesión establecido por la
Ley N° 26.221.
6. Coordinar las actividades inherentes al Comité Ejecutor del Plan de
Gestión Ambiental y de manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo.
7. Entender en lo atinente al Fideicomiso de Infraestructura Hídrica,
en el marco de lo previsto en el Decreto N° 1381/01, y en lo atinente a
otros fondos fiduciarios y fideicomisos vinculados a su competencia.
8. Ejercer el contralor del accionar de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO
BERMEJO (COREBE), del COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO
(COIRCO) y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS
RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión
de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL, y participar, en la
órbita de su competencia, en la COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY - PARANÁ.
9. Intervenir en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones
para los llamados a concurso y/o licitaciones, como también en los
procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con
motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.
10. Intervenir en el diseño de la política exterior de la REPÚBLICA
ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales compartidos,
cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos y cuerpos de agua en
general, asumiendo la representación técnica, asistiendo en la gestión
y obtención de cooperación técnica y financiera internacional, en el
marco de su competencia.
11. Participar en las actividades de la agenda nacional e internacional
del cambio climático que involucre al agua; y en la planificación,
programación, evaluación y/o ejecución de proyectos de mitigación de
las inundaciones en zonas rurales y periurbanas y avenamiento y
protección de infraestructura en zonas rurales y periurbanas,
incluyendo proyectos de obras de emergencia, solicitadas por las
provincias.
12. Participar en la definición y monitoreo de los objetivos y metas
que involucren al agua (recursos hídricos y servicios de agua y
saneamiento) establecidas por los organismos internacionales en los
cuales interviene y suscribe el ESTADO NACIONAL.
13. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración,
propuesta y ejecución de las políticas sobre puertos y vías navegables.
14. Supervisar el accionar de los organismos descentralizados en su ámbito.
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA
SUBSECRETARÍA DE OBRAS HIDRÁULICAS
OBJETIVOS
1. Gestionar proyectos vinculados a las obras públicas hidráulicas, de
concesión de obras hídricas y de adaptación a los extremos climáticos,
realizando la gestión relativa a la participación de la Secretaría en
todo el ciclo de vida de las mismas, comprendiendo sus etapas de
proyecto, licitación, construcción, operación, mantenimiento y cese de
utilidad.
2. Asistir a la Secretaría en todo lo referente a atender las
necesidades planteadas por las distintas Jurisdicciones para solucionar
problemas de naturaleza hídrica y contribuir al desarrollo de las
economías regionales.
3. Participar en la elaboración de los pliegos y en el proceso de
licitación y de adjudicación de la obra pública hidráulica, en el marco
de su competencia, de conformidad con la legislación nacional vigente.
4. Monitorear las obras financiadas y/o licitadas por la Secretaría que
se encuentran en ejecución en el área de su competencia, efectuando la
supervisión, inspección, control de marcha de obra, certificación y
redeterminación de los precios, según corresponda.
5. Colaborar con las áreas del Ministerio con competencia específica en
la elaboración de proyectos de obras hidráulicas orientados al uso,
aprovechamiento, conservación y protección de los recursos hídricos.
6. Asistir a la Secretaría en la evaluación y promoción del
establecimiento y aplicación de normas de la obra pública hidráulica y
su concesión.
7. Asesorar a la Secretaría en los aspectos relativos a la contratación
de la obra pública hidráulica y de concesión de obras hídricas, como
también en lo inherente a la elaboración de los términos de la relación
contractual.
8. Supervisar el cumplimiento de la legislación vigente en materia
ambiental y de normas de seguridad e higiene en el trabajo en las
distintas etapas de ejecución de las obras, en el marco de su
competencia.
9. Informar sobre el estado de ejecución de las obras dentro del área
de influencia de la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR).
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA
SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN OPERATIVA DE PROYECTOS HÍDRICOS.
OBJETIVOS
1. Intervenir en la planificación, coordinación, ejecución y
supervisión de la gestión operativa de los proyectos llevados a cabo
por la Secretaría, en el marco de la planificación estratégica de la
gestión de los recursos hídricos, para la preservación, el uso y el
aprovechamiento de los mismos, en coordinación con los organismos
competentes en la materia y Jurisdicciones involucradas.
2. Asistir en la confección del planeamiento estratégico de la gestión
de los recursos hídricos, para su desarrollo sustentable y en forma
coordinada con los otros recursos naturales.
3. Promover la formulación y ejecución de planes y programas orientados
al uso, aprovechamiento, conservación y protección de los recursos
hídricos.
4. Asistir en la evaluación y/o ejecución de los proyectos de
infraestructura de obras hídricas, de recuperación de tierras
productivas, mitigación de inundaciones en zonas rurales y periurbanas
y avenamiento y protección de infraestructura en zonas rurales y
periurbanas, en el marco de lo establecido por el Decreto Nº 1381/01 y
de los convenios firmados con las provincias, a financiarse mediante el
Fideicomiso de Infraestructura Hídrica o préstamos de organismos
internacionales.
5. Participar en el proceso de licitación, adjudicación, contratación y
concesión de la obra pública hidráulica y de saneamiento, en el marco
del circuito operativo de su competencia.
6. Elaborar informes sobre el estado de ejecución físico y financiero
de las obras financiadas por el Fondo de Infraestructura y por el
Tesoro Nacional.
7. Coordinar la aplicación efectiva y eficiente de los recursos financieros planificando la inversión en obras.
8. Intervenir en las redeterminaciones de precios de los contratos de obra hídrica.
IF-2020-38977801-APN-DNDO#JGM