Para
el fortalecimiento de las organizaciones sociales de género y diversidad
1. FUNDAMENTOS
El Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad (en adelante, MMGyD)
se creó en diciembre de 2019 a través del Decreto 7/2019 que modificó
la Ley de Ministerios 22.520, como respuesta al compromiso asumido con
la construcción de una sociedad más igualitaria que promueva la
autonomía integral de todas las personas, sin establecer jerarquías
entre las diversas orientaciones sexuales, identidades o expresiones de
género.
El MMGyD tiene como función el diseño, ejecución y evaluación de las
políticas públicas nacionales en materia de políticas de género,
igualdad y diversidad. Entre sus funciones particulares está el
entender en la suscripción de convenios y el articular acciones con
instituciones de la sociedad civil para el desarrollo de políticas en
materia de género, igualdad y diversidad.
La creación del MMGyD se enmarca en un país que cuenta con un contexto
convencional y normativo sólido de reconocimiento de los derechos
humanos de las mujeres y las personas LGTBI+. Argentina es parte de la
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), a la que otorgó
jerarquía constitucional, y de la Convención Interamericana para
Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer
(Convención de Belém do Pará).
Asimismo, en las últimas décadas ha sancionado diversas leyes que
ratifican esa voluntad política de reconocer derechos históricamente
conculcados. Todas estas leyes tienen como trasfondo una larga lucha
del movimiento de mujeres, las organizaciones feministas y de la
diversidad, que fueron centrales para poner en el centro de la agenda
pública estas demandas. Entre las más destacadas se encuentran la Ley
26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la
Violencias contra las Mujeres en los ámbitos en que Desarrollen sus
Relaciones Interpersonales, la Ley 26.618, de Matrimonio Igualitario,
la Ley 26.743 de Identidad de Género, la Ley 26.791 que incorporó la
figura del femicidio al Código Penal, la Ley 27.452 (Ley Brisa) que
instauró un régimen de reparación económica para lxs hijxs de víctimas
de femicidios y la Ley 27.499 (Ley Micaela), que establece la
capacitación obligatoria en las temáticas de género y violencias por
motivos de género para quienes se desempeñen en la función pública en
todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y
Judicial de la Nación.
La Ley 26.485, de Protección Integral, designó al entonces Consejo
Nacional de la Mujer (luego denominado sucesivamente Consejo Nacional
de las Mujeres e Instituto Nacional de las Mujeres, suprimido al
crearse el MMGyD) como organismo rector del diseño de las políticas
públicas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de dicha
norma. A los fines del presente Programa, importa resaltar que entre
las facultades que reconoce al MMGyD está el "Articular y coordinar las
acciones para el cumplimiento de la presente ley, con las distintas
áreas involucradas a nivel nacional, provincial y municipal, y con los
ámbitos universitarios, sindicales, empresariales, religiosos, las
organizaciones de defensa de los derechos de las mujeres y otras de la
sociedad civil con competencia en la materia" (art. 9 inc. B).
Las organizaciones de la sociedad civil (OSC) pueden ser entendidas
como actorxs sociales, es decir como "una agrupación humana o una
organización que en forma transitoria o estable tiene la capacidad de
acumular recursos de distinta índole, desarrollar intereses, satisfacer
necesidades e intervenir en una situación determinada produciendo
hechos" (1). Las OSC cumplen un rol clave en la protección de los
derechos humanos, que abarca desde el acompañamiento a víctimas, el
aporte de información a los comités de seguimiento de las convenciones
de derechos humanos y el impulso del litigio estratégico hasta el
aporte "en la elaboración de políticas públicas, legislación y
programas de protección de derechos humanos, contribuyendo a
profundizar la democracia" (3), entre otras medidas.
En relación a las organizaciones de mujeres, feministas y los
movimientos sociales que trabajan por sus derechos, el Comité de
Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará
(MESECVI) ha instado a los Estados Parte de la Convención a trabajar
activamente con ellas "con el objetivo de que las mujeres tengan la
posibilidad de participar en la realización de sus derechos a través de
las organizaciones de las que son parte, y así estar presente en la
formulación de leyes, políticas públicas, entre otras acciones" (3).
Entre la información que recaba el Comité para evaluar el cumplimiento
de la Convención hay un ítem relativo al Estado y la sociedad civil, en
que analiza los mecanismos de participación, coordinación
interinstitucional, y promoción y protección del derecho de las mujeres
a una vida libre de violencia. En su último informe hizo un balance
positivo respecto del número de organizaciones existentes, sin embargo,
señala que "sigue siendo un desafío en la región fortalecer los
mecanismos de coordinación con estatus legal que permitan realizar las
acciones de promoción y protección de los derechos humanos de las
mujeres con el reconocimiento necesario" (4). En esta línea advierte
que "se evidencia una dificultad de los Estados para identificar
mecanismos claros de registro de las organizaciones y sus
características, así como el poco reconocimiento del estatus legal de
estos mecanismos de participación, herramientas fundamentales para el
trabajo coordinado entre Estado y sociedad civil e instrumento vital
para garantizar la participación activa, permanente y estructurada de
las mujeres" (5).
El Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC) señala que
las OSC pasaron de paliar las ausencias del Estado en la década de los
años noventa a ser pensadas como actorxs sociales cuyo ámbito de
actuación conforma un "espacio público social", dando lugar a la
posibilidad de gestión asociada con el Estado a través de la
participación de OSC reconocidas en el abordaje de temáticas
específicas. (6) En el caso de los derechos humanos de las mujeres y
las personas LGTBI+ esta gestión asociada, como se ha señalado, no sólo
es posible sino que es imperativo para el cumplimiento de las
convenciones internacionales de protección y un objetivo primordial
para el MMGyD.
Merecen un apartado especial las OSC que trabajan a nivel comunitario
generando redes territoriales de asistencia en situaciones de violencia
por motivos de género y llevando adelante innumerables estrategias de
promoción y protección de los derechos de las mujeres y personas
LGTBI+. Son estas organizaciones quienes conforman un tejido social
fundamental en nuestro país y que han sostenido la demanda por la
ampliación de derechos durante años, logrando organizar esas demandas
para su inclusión en la agenda de las políticas públicas. Estas
organizaciones sociales, comunitarias y territoriales son quienes
trabajan cotidianamente las problemáticas de género y diversidad por
fuera del Estado y sus instituciones, acompañando a la comunidad,
enriqueciendo las redes de apoyo a nivel barrial y local y promoviendo
la participación ciudadana.
Desde el MMGyD entendemos que el trabajo transversal y en red con el
movimiento de mujeres y las organizaciones feministas y de la
diversidad es indispensable para la concreción de cualquier proyecto
político institucional que aspire a ser transformador. Argentina cuenta
con una sociedad civil robusta y es través del fortalecimiento de los
lazos con las OSC que el Ministerio podrá formular y ejecutar políticas
públicas integrales en materia de género y diversidad.
Con el objetivo de fortalecer institucionalmente a las OSC que abordan
temáticas de género y diversidad en sus comunidades específicas de
intervención, el MMGyD presenta el Programa ARTICULAR. El mismo implica
la transferencia de recursos para la realización de proyectos que
incorporen actividades y acciones enmarcadas en los lineamientos
estratégicos del MMGyD, con el fin de lograr la generación de redes
interinstitucionales de articulación entre el MMGyD y las OSC y la
promoción de un círculo virtuoso que contribuya a la gestión de
políticas públicas integrales en la materia.
2. OBJETIVO GENERAL
Fortalecer a las organizaciones de la sociedad civil que abordan
temáticas de género y diversidad en sus comunidades específicas de
intervención, tanto en sus capacidades de acción, como de gestión y
articulación.
3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
a) Fortalecer la institucionalidad en materia de género y diversidad en
el ámbito de las OSC que abordan estas temáticas, para que impacte
positivamente en la situación de las mujeres e integrantes del
colectivo LGBTI+.
b) Transferir recursos a las OSC que abordan temáticas de género y
diversidad para fortalecer sus capacidades de gestión en la ejecución
de proyectos específicos en la materia, en especial en ámbitos
comunitarios y territoriales.
c) Generar redes interinstitucionales de articulación entre el MMGyD y
las OSC que abordan temáticas de género y diversidad contribuyendo a la
gestión de políticas públicas integrales, junto a otros organismos
nacionales, provinciales y municipales con competencia en la materia.
4. DESTINATARIAS
Son destinatarias del presente Programa las organizaciones de la
sociedad civil especializadas en género y diversidad o que aborden
dentro de su área temática y en su comunidad específica de
intervención, problemáticas de género y diversidad.
5. IMPACTO ESPERADO
El impacto esperado del presente Programa es:
- Fortalecimiento del tejido social especializado en temáticas de
género y diversidad en el país;
- Mejora en las capacidades de acción y de gestión de las OSC que
trabajan problemáticas de género y diversidad;
- Articulación virtuosa entre las OSC que trabajan problemáticas de
género y diversidad en el país con el MMGyD y con otros organismos
nacionales, provinciales y municipales con competencia en materia de
políticas de género y diversidad.
6. ACCIONES
a) Difundir la información del Programa en la página Web del MMGyD y en
sus redes sociales.
b) Asistir técnica y administrativa a las OSC para el cumplimiento de
los requisitos administrativo-legales y para la formulación de los
proyectos, a los fines de aplicar eficientemente al Programa.
c) Recepcionar los proyectos enviados por las OSC y evaluar su
viabilidad, factibilidad y pertinencia en relación con las líneas
prioritarias de trabajo del MMGyD.
d) Aprobar los proyectos que cumplan con los requisitos establecidos en
las bases y condiciones del Programa y transferir los recursos
correspondientes a las organizaciones sociales cuyos proyectos hayan
sido aprobados.
e) Acompañar y brindar asistencia técnica a las OSC en el desarrollo de
los proyectos especiales para optimizar sus capacidades de acción,
gestión y articulación.
f) Elaborar guías para la producción y sistematización de datos en
relación con la comunidad específica de intervención de las OSC que
permita generar indicadores de género y diversidad.
g) Elaborar insumos técnicos y materiales confeccionados por el MMGyD
como guías orientadoras específicas de acuerdo con la temática abordada
para la ejecución de los proyectos de las OSC.
h) Generar instancias de articulación entre las OSC que participan del
Programa, y otras interesadas, para promover el intercambio de
información, experiencias y recursos, potenciando el trabajo en red
entre las OSC.
i) Garantizar la articulación entre el MMGyD y las OSC que llevan
adelante los proyectos en el marco del Programa, a los fines de
potenciar el abordaje e implementación integral e intersectorial de las
políticas del Ministerio en materia de género, igualdad y diversidad.
j) Promover instancias de articulación entre las OSC que llevan
adelante los proyectos en el marco del Programa y otros organismos
nacionales, provinciales y municipales con competencia en la materia.
k) Generar instancias de evaluación y monitoreo junto con las OSC del
impacto y resultados obtenidos por el desarrollo de los proyectos en el
marco del Programa.
7. MODALIDAD DE EJECUCIÓN
Las OSC que quieran aplicar al Programa ARTICULAR deberán enviar sus
propuestas de proyectos siguiendo los criterios y requisitos
establecidos. El MMGyD elaborará un informe técnico de viabilidad de la
propuesta presentada por la organización. Una vez que se cuente con la
documentación y el informe técnico de viabilidad aprobados, se
procederá a iniciar el expediente correspondiente. Luego del dictamen
jurídico favorable, se firmará un Convenio que obligará a ambas partes
al desarrollo de las acciones previstas por el Programa ARTICULAR,
dando lugar a la transferencia de fondos e inicio de las actividades
por parte de la organización. Los recursos transferidos podrán
solventar tanto gastos de capital (equipamiento y mobiliario) como
gastos corrientes (honorarios profesionales, materiales de difusión,
movilidad y otros), en los términos detallados en el Anexo II. Para
ello se tendrán en consideración las características específicas de la
población destinataria de las acciones de las OSC, las modalidades de
intervención y los abordajes territoriales propuestos.
El MMGyD monitoreará la implementación de los proyectos aprobados,
asistirá en forma permanente a las OSC que hayan resultado
seleccionadas en todas las etapas de los proyectos correspondientes y
velará por el cumplimiento de los objetivos comprometidos por dichas
organizaciones.
El Programa será llevado a cabo por la Secretaría a cargo de la Unidad
Gabinete del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la
Nación, mediante las direcciones que componen su estructura y en
articulación con otras áreas competentes del Ministerio.
El MMGyD podrá convocar, a su vez, a otros organismos nacionales,
provinciales o municipales, instituciones vinculadas a la materia,
universidades y otras organizaciones de la sociedad civil, para el
desarrollo y cumplimiento efectivo de los objetivos propuestos en este
programa.
8. CRITERIOS Y REQUISITOS PARA LA
SELECCIÓN DE PROYECTOS
Criterios
El MMGyD transferirá recursos a las OSC que hayan presentado proyectos
vinculados a problemáticas de género y diversidad y que hayan sido
seleccionados y aprobados en base a los siguientes criterios.
Los proyectos deberán involucrar actividades y acciones que generen
impacto directo en las comunidades específicas de intervención de las
OSC y que se inscriban dentro algún/nos de los siguientes ejes
temáticos.
EJE I) Violencias por motivos de género.
Comprende proyectos orientados a:
a) la prevención de las violencias por motivos de género;
b) la asistencia a personas en situación de violencia por motivos de
género;
c) la promoción y el fortalecimiento del acceso a la justicia;
d) la protección de personas en situación de violencia por motivos de
género;
e) proyectos con enfoque interseccional dirigidos a grupos específicos
en situación de vulnerabilidad y de violencia por motivos de género.
EJE II) Cuidados. Comprende
proyectos que promuevan:
a) la universalidad en el acceso al cuidado para las personas que lo
necesiten;
b) la valorización social y económica del trabajo de cuidado, desde una
perspectiva de género;
c) la corresponsabilidad social y de género de las tareas de cuidado;
d) la protección social y la generación de derechos para las personas
que cuidan;
e) la certificación de saberes para la profesionalización de las
trabajadoras y trabajadores del cuidado;
f) la generación y adecuamiento de espacios comunitarios de cuidado;
g) la producción de información sobre la distribución de las tareas de
cuidados.
EJE III) Diversidad. Comprende
proyectos que contribuyan a la promoción y protección de los derechos
de la población LGTBI+, especialmente favoreciendo:
a) el acceso a derechos sociales, económicos, culturales y ambientales;
b) la igualdad de trato y oportunidades;
c) la formación y capacitación para el empleo;
d) la prevención de la violencia institucional.
1 Pastrana, E. y Di Francesco, V., (2002). Los actores de la sociedad
civil en el aglomerado urbano de Buenos Aires, citado en Campo, Y. y
Gómez,M., “Una conversación entre tres actores: Estado, Universidad y
Organizaciones sociales”, Instituto de Investigaciones Gino Germani,
Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Buenos Aires, Buenos
Aires, 2011. Disponible en: https://www.aacademica.org/000-093/330.pdf
2 Naciones Unidas Derechos Humanos Paraguay, “La sociedad civil y la
ONU. Guía práctica para la protección de los derechos humanos en el
sistema universal”, Paraguay, 2016, disponible en:
https://acnudh.org/load/2019/07/049-
La-Sociedad-Civil-y-la-ONU.pdf
3 OEA, “Tercer Informe Hemisférico. Mecanismo de Seguimiento de la
Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer”, 2017, párr. 395. Disponible
en:
http://www.oas.org/es/mesecvi/docs/TercerInformeHemisferico-ES.pdf
4 OEA, “Tercer Informe Hemisférico. Mecanismo de Seguimiento de la
Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer”, 2017, párr. 405. Disponible
en:
http://www.oas.org/es/mesecvi/docs/TercerInformeHemisferico-ES.pdf
5 Ib., párr. 409.
6 Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad, “Organizaciones de
la Sociedad Civil en la Argentina. Similitudes y Divergencias”, 2007.
Disponible en:
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/1.organizaciones_de_la_sociedad_civil_similitudes_y_diferencias.pdf
IF-2020-46082270-APN-MMGYD
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número:
IF-2020-46082270-APN-MMGYD
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Sábado 18 de Julio de 2020
Referencia: Anexo I Programa
Nacional ARTICULAR
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 8
pagina/s.
ANEXO
II - Bases y Condiciones
Programa Nacional Articular
Criterios de elegibilidad:
Las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) que se postulen al
Programa Articular, deberán presentar la información y la documentación
detallada seguidamente. Sin perjuicio de ello, el Ministerio de las
Mujeres, Géneros y Diversidad se reserva la facultad de solicitar otra
documentación que considere pertinente a los fines de otorgar el
subsidio, como trayectoria y antecedentes de la organización,
actividades de la organización relacionadas a la temática, experiencia
y trabajo territorial y cualquier otra información que pudiera
corresponder.
A continuación se presenta la información y documentación requerida:
1.
Nota de solicitud del subsidio:
dirigida a la Ministra del Ministerio de las Mujeres, Géneros y
Diversidad (MMGyD), suscripta por el/la responsable legal que firmará
el convenio (presidente/a, secretario/a general, cacique, otro/a).
Original con firma ológrafa.
2.
Formulario del Programa Articular:
con los datos institucionales y propuesta de trabajo, firmado en todas
sus hojas por el/la responsable legal. Original con firma ológrafa.
3.
Presentar copias autenticadas de
cada uno de los siguientes documentos:
a) Constancia de Personería Jurídica;
b) Acta Constitutiva;
c) Estatuto Reglamentario;
d) DNI del presidente/a, secretario/a y tesorero/a u otras autoridades
con responsabilidades legales similares de la Comisión, Consejo, Junta
Directiva u órgano correspondiente (frente y reverso);
e) DNI del/la responsable técnico/a del proyecto (frente y reverso); y
f) Libro de Actas en que conste la Designación de Autoridades Vigente.
4.
Constancia de Inscripción en AFIP.
5. F
ormulario de Alta de Entes,
firmado por su responsable legal (presidente/a, secretario/a general,
cacique u otro). Copia Original con firma ológrafa.
6.
Formulario Original de
Autorización de "Acreditación de Pagos del Tesoro Nacional"
firmado por los/as titulares de cuenta, con certificación de las firmas
por el banco. Original con firmas ológrafas.
7.
Certificación original de cuenta
bancaria con membrete del banco, todos los datos de la cuenta,
firma y sello de empleado/a bancario (1).
8. Frente y reverso del DNI del/la responsable técnico/a del proyecto.
Copia autenticada.
9. Currículum vitae del/la responsable técnico y de los/as
profesionales que cobrarán honorarios, firmados por sus respectivos
titulares. Originales con firmas ológrafas.
Nota 1: Cuando se hace
referencia a copias deberán estar autenticadas por juez de paz,
policía, escribano/a público, funcionario/a público o tribunales.
Recepción
de propuestas y documentación:
La propuesta del proyecto y la documentación completa mencionada
deberán enviarse por correo postal al MMGyD.
Evaluación
técnica de viabilidad:
El equipo técnico de la Dirección de Articulación Federal y Relaciones
Intersectoriales (DAFyRI) elaborará un informe técnico de viabilidad de
la propuesta presentada por la organización, pudiendo solicitar opinión
o colaboración a otras áreas del MMGyD, de acuerdo a la temática
específica del proyecto en evaluación.
Los informes de viabilidad serán elevados a la autoridad ministerial
pertinente para la aprobación o no de las propuestas presentadas.
Iniciación
del expediente:
Una vez se cuente con la documentación administrativa completa y el
informe técnico de viabilidad aprobado por autoridad ministerial
pertinente, el expediente será caratulado dándose comienzo al circuito
administrativo dentro del MMGyD.
Informe
sobre verificación del estado de deuda:
Previo a la asignación de un subsidio, la DAFyRI solicitará a la
Dirección General de Administración (DGA), el informe de la Dirección
de Presupuesto y Administración Financiera (DPyAF) sobre la existencia
o no, de rendiciones de cuentas pendientes por parte del organismo o
institución a la cual se pretende otorgar un nuevo subsidio. Al recibir
esta consulta la DPyAF, a través del Área de Rendición de Cuentas
(ARC), realizará la verificación de la información solicitada, mediante
N° de CUIT o nombre de la institución u organismo, emitiendo un
Memorando dando cuenta del estado de situación de rendición/es de
cuenta/s por subsidio recibidos con anterioridad y cualquier otra
información que resulte necesaria. En caso de poseer una rendición
pendiente, el Memorando del ARC informará monto y expediente al que
hace referencia. No pudiendo tramitarse subsidio alguno hasta su
efectiva subsanación.
Apertura o
Alta de Cuenta Bancaria:
El potencial beneficiario remitirá el formulario de Alta de Entes
suscripto por el/la responsable legal, el formulario de Autorización de
Acreditación de Pagos del Tesoro Nacional en Cuenta Bancaria con las
firmas de los titulares de cuenta certificadas y la Constancia de
Apertura de Cuenta Corriente Bancaria o Cuenta Corriente Especial en
Banco público nacional, provincial o privado habilitado para recibir
fondos de subsidios nacionales de conformidad con las normas vigentes
que regulan la materia. Se procederá a abrir una sola cuenta por cada
institución u organización beneficiaria. La DAFyRI solicitará a la DGA
la tramitación a través de la DPyAF del alta o comprobación de
vigencia, según corresponda y dando cumplimiento a la Disposición
Conjunta CGN-TGN N° 40/10.
Afectación
Presupuestaria:
La DAFyRI solicitará a la DGA que a través de DPyAF se realice la
afectación de los fondos necesarios para la ejecución del proyecto.
Confección
del Proyecto de Resolución y del Convenio- Firma de resolución
aprobatoria y del convenio
La DAFyRI confeccionará el proyecto de resolución y de convenio y los
girará a la Unidad Gabinete de Asesores (UGA) para su evaluación y ésta
a la DGA para la evaluación y el dictamen de la Dirección de Asuntos
Jurídicos.
Luego del dictamen jurídico favorable, la UGA elevará la resolución
para la firma de la Ministra del MMGyD y la DAFyRI enviará el convenio
por mail a la firma de la contraparte.
Suscripción
del Convenio:
Una vez firmado por los responsables legales de ambas partes, el
Convenio las obligará al desarrollo de las acciones previstas por el
Programa Articular, dando lugar a la transferencia de fondos e inicio
de las actividades.
Tiempo de
ejecución de las propuestas:
La ejecución del proyecto tendrá una duración mínima de cuatro (4)
meses hasta un máximo de 8 (ocho) meses a partir de la efectiva
recepción de los fondos por parte de la organización.
Transferencia
de Fondos:
Luego de la emisión del Acto Administrativo correspondiente a los fines
de la autorización de pago respectivo, la UGA requerirá la
transferencia de fondos correspondientes a la DPyAF a través de la DGA,
mediante Solicitud de Transferencia de Fondos para la ejecución del
proyecto. La DPyAF efectuará el pago respectivo en los términos de la
autorización conferida.
Monitoreo
y asistencia técnica y administrativa:
La DAFyRI, será la encargada del monitoreo y la asistencia técnica y
administrativa contable de los proyectos de las organizaciones
afectadas.
Financiamiento:
El monto máximo a financiar por el presente programa es de hasta PESOS
TRESCIENTOS MIL ($300.000,00). Los fondos mencionados deberán ser
destinados en forma exclusiva al financiamiento de los siguientes
rubros y de acuerdo a los siguientes porcentajes:
Gastos de Capital: Se
podrá destinar hasta un 50% de los fondos financiados a gastos de
equipamiento.
Gastos Corrientes: Este monto
será el resultante de la diferencia entre el Total a financiar y los
Gastos de Capital.
Inversión
de los fondos:
El porcentaje destinado a cada rubro y categoría de gastos que integra
este presupuesto, estará sujeto a la evaluación y aprobación técnica
del MMGyD a través de la DAFyRI, en función del cronograma de
actividades y coherencia interna de la propuesta.
Aclaraciones referidas a los rubros y
conceptos de gastos:
Gastos de Capital:
-
Equipamiento
tecnológico: Incluye los gastos correspondientes a PCs
de escritorio, monitor, teclado, Notebook, impresora, scaner,
fotocopiadora, equipo/s celular/es móvil/es, filmadora y proyector. En
referencia al/los equipo/s celular/es que se financien, serán para uso
exclusivo de la organización, siendo responsabilidad del/la
Presidente/a de la organización y quedará sujeta su aprobación a
evaluación técnica previa. Asimismo, podrán incorporarse a este rubro
otros artículos tecnológicos que se consideren elegibles en la
evaluación técnica mencionada.
-
Mobiliario:
Incluye mesas, sillas, escritorios, archiveros y otros
elementos imputables a este rubro que se consideren elegibles en la
evaluación técnica.
Gastos Corrientes:
-
Honorarios
profesionales: Entre los gastos elegibles de este rubro se
encuentran comprendidos los honorarios a técnicos/as y/o profesionales
que fueran necesarios para la capacitación interna de la organización,
así como los de otros/as en temáticas específicas que fueran necesarios
para dar charlas, talleres, seminarios, etc. durante el período que
dura del proyecto. Quedará sujeta su aprobación a la evaluación técnica
previa de la Dirección de Articulación Federal y Relaciones
Intersectoriales del MMGyD.
-
Movilidad
y Pasajes: Entre los gastos elegibles de este rubro se
encuentran pasajes y boletos de transporte público, remises y autos de
alquiler para el traslado de técnicos/as y profesionales. No se
financian gastos de combustible.
-
Bibliografía,
insumos y artículos de librería: Entre los gastos
elegibles de este rubro se encuentran comprendidos: libros y manuales
de consulta, cartuchos para impresoras y tonners, resmas, biblioratos,
artículos de librería varios y todo aquel otro artículo imputable a
estos rubros que, debidamente fundamentados, resulten necesarios para
el correcto funcionamiento de las organización, quedando sujeta su
aprobación a la evaluación técnica previa de la Dirección de
Articulación Federal y Relaciones Intersectoriales del MMGyD.
-
Diseño
web, diseño gráfico y materiales gráficos y de difusión: Entre
los gastos elegibles de este rubro se encuentran comprendidos los
correspondientes a gastos de diseño y creación de páginas Web, blogs,
diseño gráfico, espacios de publicidad, folletería, cartelería, banners
y todo aquel otro gasto imputable a estos rubros que, debidamente
fundamentados, resulten necesarios para el correcto funcionamiento de
las organizaciones, quedando sujeta su aprobación a la evaluación
técnica previa de la Dirección de Articulación Federal y Relaciones
Intersectoriales del MMGyD.
-
Otros
gastos menores relacionados con el objeto del programa (hasta
el 10%): Se entiende por ello a otros gastos, artículos o
insumos no
previstos en el programa que resulten necesarios para el correcto
funcionamiento de las organizaciones, quedando sujeta su aprobación a
la evaluación técnica previa de la Dirección de Articulación Federal y
Relaciones Intersectoriales del MMGyD.
Plazo de
rendición y finalización de la vigencia del convenio:
Una vez concluido el tiempo de ejecución, el plazo para la presentación
del informe final, la documentación respaldatoria y la rendición de
cuentas a la DAFyRI del MMGyD, será de NOVENTA (90) días hábiles. Esta
fecha será oportunamente comunicada a la contraparte cuando se le
informe la efectivización del desembolso.
Presentación
de Rendición Documentada de Fondos:
Una vez ingresada la Rendición Documentada de los Fondos al MMGyD, la
DAFyRI deberá incorporarla al expediente y le dará intervención a la
DPyAF, la cual, a través del ARC, analizará la validez formal de los
comprobantes en función de la normativa de aplicación y de conformidad
con el Reglamento de Procedimiento Aplicable a las Rendiciones de
Cuentas de Fondos Transferidos. Una vez realizado el informe por parte
de la DPyAF serán devueltas las actuaciones a DAFyRI para el análisis,
eventual subsanación de observaciones y posterior informe técnico.
Incumplimientos:
Vencido el plazo otorgado para la rendición, se intimará al/la
destinatario/a por única vez por el plazo de 10 (diez) días a fin de
que regularice su situación. Vencido este plazo y no habiéndose
regularizado la rendición, se habilitará el inicio de las acciones
administrativas y/o judiciales pertinentes. Lo mismo regirá en el caso
de realizarse observaciones en la rendición.
En caso de incumplimiento de las pautas aprobadas, quedará habilitada
la vía judicial y/o administrativa para declarar la caducidad y exigir
el reembolso de los fondos otorgados.
Programa
ARTICULAR
Para el fortalecimiento de las
organizaciones sociales de género y diversidad
B- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
B.1. TÍTULO DEL PROYECTO:
B.2. DESCRIPCIÓN DEL EJE PROPUESTO EN
EL QUE SE INSCRIBE:
B.3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO:
Hacer una breve descripción de no más de media carilla. Debe mostrar su
finalidad y sus características generales e incluir los siguientes
aspectos: A) la idea y el objetivo principal, b) el contenido de la
intervención, c) la población beneficiaria, d) el resultado que se
espera obtener.
B.4. DIAGNÓSTICO:
Consigne el contexto o ámbito donde se identifica la problemática a la
cual se planea dar respuesta con este proyecto. Puede recurrir a datos
estadísticos, documentos e informes, ya existentes, que le permitan un
análisis con perspectiva de género de la realidad local, un diagnóstico
de las necesidades y demandas de las mujeres e integrantes del
colectivo LGBTI+. Es importante consignar información de esta
población, desagregada por género, teniendo presente el análisis
relacional (5). Asimismo, identifique las debilidades institucionales
de la organización y la necesidad de cambio.
B.5. JUSTIFICACION/PROBLEMA:
Identifique el problema sobre el que se va a trabajar, aportando datos
como la realidad social y cultural del lugar a desarrollar el proyecto,
las características socioeconómicas de las personas destinatarias,
estudios de población, etc. En este punto, es necesario recurrir a la
información del diagnóstico, en el que se habrán evidenciado los
problemas generales a los que se pretende dar respuesta. Por ello, el
proyecto debe iniciarse con una fundamentación que exprese: 1) la
mejora que propone, 2) lo que avala su pertinencia, 3) los beneficios
que aporta, y 4) la situación de partida. (Es conveniente la concisión
y la precisión. Una sola página suele ser suficiente).
B.6. DESTINATARIXS DEL PROYECTO:
Al hablar de destinatarixs directxs, referimos a personas o
instituciones. Si son personas, deben ser enumeradas (Ej. 100
personas), si son instituciones, debe mencionarse la cantidad de las
instituciones o áreas, etc., su pertenencia y nombres.
Destinatarixs directxs: Son lxs
afectadxs de manera directa por el proyecto.
Destinatarixs indirectxs: Son
lxs afectadxs de manera aproximada,
dependiendo del tipo acción. Por ejemplo, en una campaña de difusión es
aproximado de acuerdo a la cantidad de folletos repartidos. Si nos
referimos a mujeres de un barrio o localidad, lxs indirectxs serán lxs
miembros de su familia.
Características de lxs destinatarixs
directxs: describa brevemente la
situación de las personas y/o instituciones con las que va a trabajar
consignando edad, género, situación ocupacional, nivel educativo, si se
observan problemas de salud, etc. Todo aquello que nos informe y
refuerce la necesidad de fortalecimiento de la organización o del
trabajo articulado o de la población donde intervendrá la organización.
B.7. LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA:
Dónde se llevará a cabo la propuesta: provincia, localidad, barrio o
zona donde reside la población destinataria.
B.8. METODOLOGÍA:
Cuáles van a ser las técnicas y estrategias que utilizarán para llevar
a cabo el proyecto. No se trata de una descripción detallada de la
actividad, sino de cómo se pretende que se desarrollen las actividades.
Es el modo, los procedimientos y las técnicas que se van a emplear para
desarrollar el proyecto (qué herramientas, qué relaciones se van a
establecer, entre otras). Ejemplo: metodología participativa con
talleres, mixta entre exposición y participación, metodología lúdica,
etc.
B.9. OBJETIVOS:
Objetivo general: Define lo que
se quiere conseguir. Es el fin último
del proyecto. Se define solamente un objetivo general en directa
relación con el nombre del proyecto y en función de los resultados
arrojados por el diagnóstico. Debe ser claro y conciso. Utilizar verbos
en infinitivo.
Objetivos específicos:
Concretan al objetivo general definiendo lo que
desea lograrse para lxs destinatarixs e indican la manera en la que
conseguiremos el objetivo general. No es necesario que sean muchos
objetivos específicos (no más de 3), pero han de ser claros, realistas,
comprensibles y ajustarse a las necesidades. Utilizar verbos en
infinitivo.
B.10. PLANIFICACIÓN DE ACTIVIDADES:
Descripción de las actividades y
tareas que desarrollará para alcanzar los objetivos del proyecto:
Consigne qué actividades y tareas se realizarán, enumerándolas, para
que luego puedan ser expresadas en el cuadro posterior. Si alguna de
las actividades se realizará mediante talleres o encuentros, consignar
los ejes (contenidos mínimos). Actividad 1: Acción 1, Acción 2, Acción
3....
Actividad 2: Acción 1, Acción, Acción 3.
Plan de actividades:
Traslade al cuadro la planificación de actividades y las acciones
necesarias para desarrollar dichas actividades (puntualizadas en el
ítem anterior), consignando los recursos humanos e insumos, personas
responsables y tiempo que demandará la ejecución de cada actividad. Si
se van a realizar talleres o encuentros, especificar cantidad y horas
de duración.
B.11. INDICADORES:
Indican si la realidad definida en el proyecto se ha modificado o no y
a su vez, son un medio de evaluación de la ejecución. Deben ser
medibles (cuantitativos) o permitir medir el grado de satisfacción
(cualitativo). Se expresan en: cantidad, número, nivel, grado,
porcentaje.
B.12. METAS:
Indican las cantidades y tiempos en que deberán traducirse los
resultados (siguiendo el ejemplo anterior, sería: 50 mujeres
capacitadas en X tema por 3 meses). Los resultados refieren a los
productos que debemos obtener durante la ejecución del proyecto, para
considerar cumplido el objetivo del mismo. Por ejemplo "se realizaron 5
talleres de capacitación en X tema" o "5 talleres de capacitación X
tema dictados".
B.13. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES:
Marque con un cero (0) el mes en el que se realizarán las actividades y
con una cruz (X) el mes en el que se realizarán las acciones.
(Al momento del desembolso se solicitará el cronograma de actividades
actualizado, para realizar el correspondiente monitoreo de la ejecución
del proyecto).
B.14. EVALUACIÓN:
Consignar brevemente cómo se realizará el seguimiento de las
actividades y la verificación del logro de los resultados esperados.
Considerar que los resultados e indicadores del punto 11 y metas del
punto 12 servirán para guiar la evaluación.
B.15. SUSTENTABILIDAD:
Es importante prever, una vez finalizado el financiamiento solicitado,
la posibilidad de continuar con este tipo de acciones, de transferir la
experiencia a otros grupos u organizaciones y/o replicarla en otra zona
geográfica. Consigne propuestas realistas para que las acciones
realizadas no se desperdicien en el tiempo.
B.16. PARTICIPANTES DEL EQUIPO DE
TÉCNICO:
Nómina de las personas integrantes del equipo técnico ejecutor que
participarán del proyecto. No necesariamente las personas del equipo
ejecutor cobrarán honorarios. (6)
B.17. FINANCIAMIENTO:
Los fondos del presente subsidio serán destinados en forma exclusiva al
financiamiento de los siguientes rubros y de acuerdo a los siguientes
porcentajes:
Gastos de Capital: Se
destinará hasta el 50% del total a gastos de equipamiento.
Gastos Corrientes:
Este monto será el resultante de la diferencia entre el saldo total
financiado y los Gastos de Capital.
Presupuesto general:
Estime los gastos que serán necesarios realizar para el desarrollo de
las actividades planificadas. Incluir el costo por unidad y el costo
total para cada gasto.
ACLARACIONES REFERIDAS A LOS RUBROS Y
CONCEPTOS DE GASTOS:
Gastos de Capital:
-
Equipamiento
tecnológico: Incluye los gastos correspondientes a PCs
de escritorio, monitor, teclado, Notebook, impresora, scaner,
fotocopiadora, equipo/s celular/es móvil/es, filmadora y proyector. En
referencia al/los equipo/s celular/es que se financien, serán para uso
exclusivo de la organización, siendo responsabilidad del/la
Presidente/a de la organización y quedará sujeta su aprobación a
evaluación técnica previa. Asimismo, podrán incorporarse a este rubro
otros artículos tecnológicos que se consideren elegibles en la
evaluación técnica mencionada.
-
Mobiliario:
Incluye mesas, sillas, escritorios, archiveros y otros
elementos imputables a este rubro que se consideren elegibles en la
evaluación técnica.
Gastos
Corrientes:
-
Honorarios
profesionales: Entre los gastos elegibles de este rubro se
encuentran comprendidos los honorarios a técnicos/as y/o profesionales
que fueran necesarios para la capacitación interna de la organización,
así como los de otros/as en temáticas específicas que fueran necesarios
para dar charlas, talleres, seminarios, etc. durante el período que
dura del proyecto. Quedará sujeta su aprobación a la evaluación técnica
previa de la DAFyRI del MMGyD.
-
Movilidad
y Pasajes: Entre los gastos elegibles de este rubro se
encuentran pasajes y boletos de transporte público, remises y autos de
alquiler para el traslado de técnicos/as y profesionales. No se
financian gastos de combustible.
-
Bibliografía,
insumos y artículos de librería: Entre los gastos
elegibles de este rubro se encuentran comprendidos: libros y manuales
de consulta, cartuchos para impresoras y tonners, resmas, biblioratos,
artículos de librería varios y todo aquel otro artículo imputable a
estos rubros que, debidamente fundamentados, resulten necesarios para
el correcto funcionamiento de las organización, quedando sujeta su
aprobación a la evaluación técnica previa de la DAFyRI del MMGyD.
-
Diseño
web, diseño gráfico y materiales gráficos y de difusión: Entre
los gastos elegibles de este rubro se encuentran comprendidos los
correspondientes a gastos de diseño y creación de páginas Web, blogs,
diseño gráfico, espacios de publicidad, folletería, cartelería, banners
y todo aquel otro gasto imputable a estos rubros que, debidamente
fundamentados, resulten necesarios para el correcto funcionamiento de
las organizaciones, quedando sujeta su aprobación a la evaluación
técnica previa de la DAFyRI del MMGyD.
-
Otros
gastos menores relacionados con el objeto del programa (hasta
el 10%): Se entiende por ello a otros gastos, artículos o
insumos no
previstos en el programa que resulten necesarios para el correcto
funcionamiento de las organizaciones, quedando sujeta su aprobación a
la evaluación técnica previa de la DAFyRI del MMGyD.
IMPORTANTE: El
porcentaje destinado a cada rubro y categoría de gastos
que integra este presupuesto, estará sujeto a la evaluación y
aprobación técnica de la DAFyRI del MMGyD, en función del cronograma de
actividades y coherencia interna de la propuesta.
B.18. APORTES DE LA ORGANIZACIÓN
EJECUTORA:
Señale un estimado de lo que aportará la organización como contraparte
(equipo técnico, equipamiento, infraestructura, recursos económicos
específicos, entre otros). Estos aportes no forman parte del
presupuesto indicado en el punto anterior y por lo tanto no deben ser
rendidos al MMGyD.
B.19. FIRMAS:
ACTA
COMPLEMENTARIA AL CONVENIO MARCO SUSCRIPTO ENTRE EL
MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD Y___________________
Entre el
MINISTERIO DE LAS MUJERES,
GÉNEROS Y DIVERSIDAD en adelante
"MMGYD", con domicilio en Av. Paseo Colón 275, piso 5, de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, representado en este acto por su Ministra,
abogada Elizabeth Victoria GÓMEZ ALCORTA (DNI N°___________________),
conforme Decreto N° DECF0-2019-15-APN-SLYT de fecha 10 de diciembre de
2019, por una parte; y___________________, en
adelante___________________ (
la
asociación/ la
fundación/cooperativa/etc)___________________, con domicilio
en___________________, de la localidad de ___________________,
Provincia de ___________________, representado en este acto por su
___________________(
Presidente/a /
Representante
Legal)___________________ (DNI N°___________________), y
su___________________ (
Secretario/a)
___________________ (DNI N°
___________________), conforme Acta N° ___________________ de fecha
___________________, por la otra; y considerando:
Que en fecha___________________LAS PARTES suscribieron un CONVENIO
MARCO mediante el cual se comprometieron a implementar acciones a fin
de concretar la ejecución del PROGRAMA "ARTICULAR" PARA EL
FORTALECIMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL QUE TRABAJEN
EN TEMÁTICAS DE GÉNEROS Y DIVERSIDAD, creado por la
Resolución___________________del___________________, y sus respectivos
Anexos I y II del ___________________, con el objetivo de fortalecer la
institucionalización en materia de género y diversidad a partir de la
articulación entre el MMGyD y las organizaciones de la sociedad civil
(en adelante, OSC), en la promoción de un círculo virtuoso que
contribuya a la gestión de políticas públicas integrales en la materia.-
En tales antecedentes, LAS PARTES convienen en celebrar la presente
Acta Complementaria, a tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Objeto. El objeto de
la presente Acta Complementaria es
establecer las pautas y condiciones entre LAS PARTES para la
implementación del Programa Nacional "ARTICULAR". A los fines de la
ejecución del este proyecto se proponen los siguientes objetivos: a)
___________________; b) ___________________; c) ___________________; d)
___________________; sin perjuicio de otros objetivos que LAS PARTES
deseen alcanzar con
idéntico propósito al que motiva la presente Acta Complementaria.
SEGUNDA: Implementación. LA
ASOCIACIÓN/ LA FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC se
obliga a implementar el proyecto mencionado en la cláusula que
antecede, el que consistirá en___________________. -
TERCERA: Financiamiento. A los
fines indicados en la CLÁUSULA PRIMERA,
el MMGyD se compromete a abonar a LA ASOCIACIÓN/ LA
FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC un monto total y único de PESOS
___________________ ($___________________) para atender a la
implementación del proyecto. Dicho pago se realizará a través de
depósito y/o transferencia bancaria y se efectuará a partir de la fecha
de la firma de la presente Acta Complementaria; quedando sujeto a los
tiempos y procesos administrativos que demande dicha erogación. -
CUARTA: Inversión de los Fondos.
La suma mencionada en la CLÁUSULA
TERCERA será abonada en un solo pago y deberá ser aplicada de la
siguiente forma:
a)
a suma de PESOS___________________ ($___________________), destinado a
financiar Gastos de Capital a saber: mobiliario y equipamiento;
b)
a suma de PESOS___________________ ($___________________), destinado a
financiar Gastos Corrientes, a saber: capacitación, difusión,
asistencia técnica y otros gastos menores. -
QUINTA: Obligaciones de LAS PARTES.
1. EL MMGyD.
1.1.-Prestar___________________ asesoramiento técnico a
LA ASOCIACIÓN/
LA FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC en las distintas etapas del
trabajo,
facilitando para ello, y cuando fuere necesario, la comunicación y/o
concurrencia de personal de su equipo técnico;
1.2.-Establecer___________________ las normas metodológicas que
preserven la homogeneidad y compatibilidad de las acciones en las
tareas de asistencia técnica, capacitación y otras que surjan durante
la implementación de la presente;
1.3.-Monitorear,___________________ evaluar y auditar el funcionamiento
de las actividades programadas y acordadas previamente por LAS PARTES;
1.4.-Capacitar___________________ a los/as técnicos/as de
LA
ASOCIACIÓN/ LA FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC que se desempeñan como
responsables de las diferentes temáticas, áreas, servicios y programas
que impulsa
LA ASOCIACIÓN/ LA
FUNDACIÓN, en concordancia con los
objetivos fijados en la presente;
1.5.-Suministrar___________________ los manuales operativos, material
didáctico y folletería de apoyo a las temáticas abordadas, metodología,
cuestionarios y planillas que se utilizarán para el desenvolvimiento de
las acciones establecidas entre LAS PARTES;
1.6.-Contribuir___________________ con el financiamiento a que refiere
la CLÁUSULA TERCERA a los fines de su inversión por parte de
LA
ASOCIACIÓN/ LA FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC en los términos y
condiciones
establecidos en la presente.
2. LA ASOCIACIÓN/ LA
FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC.
2.1.- Asignar el número de agentes con la dedicación necesaria para el
eficaz cumplimiento de las acciones de cooperación previstas en la
presente;
2.2.- Comunicar al MMGyD, el nombre y apellido y DNI del personal que
participará de las tareas de cooperación correspondientes a esta Acta,
mediante comunicación fehaciente cursada al momento de la firma del
presente;
2.3.- Realizar las acciones necesarias para dar cumplimiento a las
prestaciones asumidas en la presente;
2.4.- Abonar, con cargo a las partidas presupuestarias
correspondientes, las erogaciones bajo su responsabilidad, conforme los
alcances definidos en la presente;
2.5.- Ejecutar las actividades que se acuerden;
2.6.- Solicitar previamente la conformidad del MMGyD para el desarrollo
de tareas adicionales o complementarias conforme los alcances de la
presente;
2.7.- Utilizar los fondos depositados por el MMGyD conforme lo previsto
en el presente, con destino exclusivo para los fines establecidos entre
LAS PARTES;
2.8.- Realizar la rendición de cuenta de forma documentada sobre los
gastos incurridos, conforme la utilización de los fondos en la
ejecución de las actividades de la Propuesta de Trabajo;
2.9.- Elaborar y presentar ante el MMGyD los informes técnicos de las
actividades ejecutadas, conforme el Plan de Actividades de la Propuesta
de Trabajo;
2.10.- Presentar constancia fehaciente sobre la incorporación de los
bienes muebles registrables a su patrimonio. -
SEXTA: Modificaciones. Cualquier
cambio o modificación que se produzca
en las obligaciones asumidas por cada una de LAS PARTES, en orden al
cumplimiento de la presente Acta Complementaria, deberá ser
expresamente aprobada por LAS PARTES signatarias. Si
LA ASOCIACIÓN/ LA
FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC realizara algún cambio referido a la
ejecución del proyecto y/o al destino de los fondos, el mismo se
considerará válido, una vez efectuada la evaluación y posterior
aprobación por parte del área técnica correspondiente del MMGyD,
mediante informe técnico debidamente fundado.
SÉPTIMA: Plazo de Ejecución. El
plazo de ejecución del proyecto es de
un mínimo de CUATRO (4) a un máximo de OCHO (8) meses corridos contados
a partir de la efectiva acreditación de los fondos en la cuenta que
LA
ASOCIACIÓN/ LA FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC destinó a tales fines. -
OCTAVA: Rendición de Cuentas. LA ASOCIACIÓN/ LA
FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC deberá presentar la rendición de
cuentas del
subsidio otorgado debidamente documentada y los respectivos informes
técnicos finales de tareas cumplidas, en un plazo máximo de NOVENTA
(90) días corridos de finalizado el proyecto, mediante la metodología
prevista en la presente Acta Complementaria, bajo apercibimiento de lo
establecido en la CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA. - La referida rendición de
cuentas documentada de inversión de fondos deberá ser rubricada por el
respectivo titular de
LA ASOCIACIÓN/
LA FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC, y
contar con un sello y/o leyenda en los comprobantes originales que los
invalide para ser reutilizados, sin que ello impida el correcto
análisis y lectura de los datos fiscales de cada documento. La misma
deberá ser enviada al MMGyD, para su aprobación, conforme la Ley N°
24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional, sus modificatorias y complementarias.
Asimismo, deberá adjuntar copia autenticada de la incorporación, al
respectivo patrimonio, de los bienes muebles registrables que se
adquieran con los fondos del subsidio desembolsado por el MMGyD. -
NOVENA:
Informe Financiero. LA
ASOCIACIÓN/ LA FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC
deberá presentar la rendición de cuentas documentada de los gastos
incurridos, con arreglo al instructivo y los modelos de planillas de
Informe Financiero, que LA ASOCIACIÓN/ LA FUNDACIÓN declara conocer y
aceptar. La rendición de cuentas deberá contener un detalle de los
fondos recibidos con motivo de la presente y de la aplicación de los
mismos hasta la fecha de finalización del proyecto. Dicho Informe
deberá ser acompañado con copia autenticada de la documentación
respaldatoria de los gastos incurridos, y deberá asegurar la plena
observancia del régimen de emisión de comprobantes vigente, según
Resolución N° 1415 del 7 de enero de 2003 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL
DE INGRESOS PÚBLICOS, y sus normas complementarias y modificatorias.
Asimismo, conjuntamente con la documentación respaldatoria de gastos
incurridos deberá acompañarse:
Si la factura o documento fiscal equivalente es emitido por un sujeto
Responsable Inscripto ante el Impuesto al Valor Agregado (comprobantes
B): impresión de consulta de validez de comprobantes efectuada a través
de la página web de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS;
Si la factura o documento fiscal equivalente es emitido por un sujeto
Exento de IVA o bien por un Responsable Monotributo (comprobantes C):
impresión de consulta de constancia de inscripción e impresión de
consulta de validez de comprobantes, efectuadas a través de la citada
página web, la que correspondiera.
En ningún caso, las partes asumirán obligación financiera alguna que
exceda el presupuesto previsto para cada actividad o jurisdicción.
Se deja constancia que no se aceptará, en ningún caso, comprobante A.
DÉCIMA: Archivo de Documentación.
LA ASOCIACIÓN/ LA
FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC se compromete a conservar debidamente
archivada, por el término de DIEZ (10) años, la documentación original
de la inversión realizada de los fondos otorgados, para su análisis y
verificación por parte de EL MMGyD en el momento que se considere
oportuno y sometida a las competencias de control previstas en la Ley
N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional, sus modificatorias y complementarias. -
DÉCIMO PRIMERA: Auditoría. LA ASOCIACIÓN/LA FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC,
previa comunicación del MMGyD, permitirá que agentes de éste último,
debidamente autorizados, o el personal de la UNIDAD DE AUDITORÍA
INTERNA, puedan auditar los registros y documentación administrativa y
contable generados durante la ejecución de las acciones previstas en la
presente, a fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y
procedimientos establecidos en el mismo. -
DÉCIMO SEGUNDA: Revisiones Periódicas.
LA ASOCIACIÓN/ LA
FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC, deberá elaborar y presentar informes
periódicos de avance técnico conforme al plan de actividades y tareas
oportunamente presentado, y un
Informe Técnico Final de las tareas cumplidas. El MMGyD, durante la
ejecución del Programa, realizará el monitoreo de las actividades en
terreno y la evaluación de resultados.
DÉCIMO TERCERA: Responsabilidad.
LA ASOCIACIÓN/ LA
FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC se compromete a garantizar y facilitar
la
sustentabilidad del Proyecto en el tiempo, como asimismo, a afrontar
los gastos derivados de todas las cargas fiscales, impositivas,
laborales y obligaciones civiles derivadas de las actividades
desarrolladas en el marco de ejecución del proyecto. Se conviene que el
MMGyD no asume ningún tipo de responsabilidad frente a
LA ASOCIACIÓN/
LA FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC, sus dependientes, sus asociados/as
o
terceros/as por cualquier daño o perjuicio que pueda generarse por la
actividad que esta desarrolle con motivo de la implementación, puesta
en marcha y desarrollo del proyecto o emprendimiento que se financia. A
todo evento,
LA ASOCIACIÓN/ LA
FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC se obliga a
mantener indemne al MMGyD frente a cualquier reclamo que al respecto se
pudiera dirigir contra éste. -
DÉCIMO CUARTA: Sanciones por
Incumplimiento. En caso de incumplimiento
por parte de
LA ASOCIACIÓN/ LA
FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC de algunas de
las obligaciones emergentes de la presente, y/o la comprobación de
falsedad u ocultamiento en la información proporcionada o que
proporcione en lo sucesivo, y/o la falta de cumplimiento de los
objetivos programados, se faculta al MMGyD a adoptar cualquiera de las
siguientes acciones:
Suspender el desembolso de los fondos comprometidos y/o rescindir la
presente Acta Complementaria y asimismo el CONVENIO MARCO;
Declarar unilateralmente la caducidad del subsidio otorgado, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 19.549 de
Procedimientos Administrativos y solicitar la devolución total o
parcial de los fondos transferidos, sin necesidad de previo
requerimiento y sin perjuicio del inicio de las acciones legales
pertinentes;
Fijar plazos para corregir alteraciones;
Designar otra institución para la concreción del objeto del presente.
Ante cualquiera de estas acciones
LA
ASOCIACIÓN/ LA
FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC queda obligada a entregar, a
requerimiento
del MMGyD, la totalidad de la documentación correspondiente a la
gestión del Proyecto. -
DÉCIMO QUINTA: Supletoriedad.
Todos aquellos aspectos que pudieren no
estar específicamente contemplados en la presente, se regirán
supletoriamente con arreglo a los términos consignados en las
actuaciones obrantes en el Expediente N° E-___________________, y en
el/los Informe/s Técnico/s allí adjunto/s que
LA ASOCIACIÓN/ LA
FUNDACIÓN/COOPERATIVA/ETC declara conocer y aceptar; sin
perjuicio de
indicaciones y sugerencias eventuales que el MMGyD formule a dicho
efecto. -
En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de igual tenor y
a un solo efecto, en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a los ____
días del mes de ____de 2020.-
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Número:
IF-2020-46082258-APN-MMGYD
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Sábado 18 de Julio de 2020
Referencia: Anexo II Bases y
Condiciones Programa ARTICULAR
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pagina/s.