MINISTERIO
DE ECONOMÍA
Decisión Administrativa 1314/2020
DECAD-2020-1314-APN-JGM - Estructura organizativa.
Ciudad de Buenos Aires, 22/07/2020
VISTO
el Expediente N° EX-2020-34493331-APN-DNDO#JGM, los Decretos Nros. 2098
del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 7 del
10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios y la Decisión Administrativa N° 325 del 15 de marzo de
2018 y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por el
Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación y los Objetivos
de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que
por la Decisión Administrativa N° 325/18 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces
MINISTERIO DE HACIENDA.
Que, en función de las competencias
asignadas a las distintas Jurisdicciones por el Decreto Nº 7/19,
modificatorio de la Ley de Ministerios, los Objetivos aprobados para
las Secretarías y Subsecretarías mediante el Decreto Nº 50/19 y lo
establecido en su artículo 5º, resulta necesario aprobar la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
ECONOMÍA., con excepción de la correspondiente a la SECRETARÍA DE
FINANZAS, e incorporar, homologar, reasignar y derogar diversos cargos
en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que han tomado la
intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO
ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA
NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha
tomado la intervención de su competencia.
Que
la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas
por los artículos 100 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 16 inciso
31 de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto
N° 438/92 y sus modificatorios).
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO
1º.-
(Artículo derogado por art. 6°
de la Decisión
Administrativa N° 449/2023 B.O.
6/6/2023.)
ARTÍCULO 2º.-
(Artículo derogado por
art. 6° de la Decisión
Administrativa N° 449/2023 B.O.
6/6/2023.)
ARTÍCULO 3º.-
(Artículo derogado por
art. 6° de la Decisión
Administrativa N° 449/2023 B.O.
6/6/2023.)
ARTÍCULO 4º.-
(Artículo derogado por art. 6° de la Decisión
Administrativa N° 449/2023 B.O.
6/6/2023.)
ARTÍCULO 5º.-
(Artículo
derogado por art. 6° de la Decisión
Administrativa N° 449/2023 B.O.
6/6/2023.)
ARTÍCULO 6°.- Deróganse los artículos 1º a 5º de la Decisión
Administrativa Nº 325 del 15 de marzo de 2018.
ARTÍCULO
7º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será
atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 50 – MINISTERIO
DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés
Cafiero - Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n
este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA
-www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/07/2020 N° 28584/20 v. 23/07/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)
Anexos derogados por art. 6°
de la Decisión
Administrativa N° 449/2023 B.O.
6/6/2023.