Resolución 238/2020
RESOL-2020-238-APN-MAD
Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2020
VISTO el Expediente EX-2020-38709978- -APN-DCCPYS#MAD del Registro del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, el Decreto N° 260 de
fecha 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, la Decisión
Administrativa N° 409 de fecha 18 de marzo de 2020 y sus modificatorias
y las Disposiciones N° 48 de fecha 19 de marzo de 2020 y N° 53 de fecha
8 de abril de 2020, ambas de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la Contratación por
Emergencia COMPULSA - COVID-19 Nº 3/2020 que tiene por objeto la
adquisición de equipamiento informático para trabajo remoto con
carácter de urgente para el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE.
Que el presupuesto estimado para la presente contratación asciende a
PESOS DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 18.200.000).
Que la DIRECCIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y TECNOLOGÍAS de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE formuló el requerimiento para la contratación de
equipos portátiles tipo notebooks y unidades de almacenamiento externos
a efectos de destinar los mismos a agentes del organismo a fin de que
puedan desarrollar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo.
Que la DIRECCIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y TECNOLOGÍAS de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE indicó que resulta necesario abastecer a
distintas áreas de equipamiento a los efectos de cumplir con la
modalidad remota de trabajo, resultando insuficiente el equipamiento
con el que cuenta el Organismo, referenciando los distintos pedidos que
se le han cursado a fin de requerir equipamiento adecuado y suficiente
para desarrollar las labores.
Que, asimismo, se señala que esta adquisición resulta imperiosa en
razón del dictado de las medidas tomadas por el Poder Ejecutivo
Nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 13
de marzo de 2020 de Emergencia Sanitaria por la pandemia decretada por
el COVID-19) y la normativa dictada en consecuencia, mediante la cual
se implementan mecanismos de trabajo remoto, a fin de que los agentes
del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE puedan continuar
adelante con las tareas laborales desde sus hogares.
Que a mayor abundamiento, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia
N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020, a fin de preservar la salud
pública, se determinó el aislamiento social preventivo obligatorio por
el cual las personas deben permanecer en sus residencias habituales,
por lo que la instancia de trabajo a distancia deviene ineludible.
Que, el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE debe garantizar
la continuidad de las tareas que son inherentes a sus misiones y
funciones, al tiempo de preservar la salud de sus agentes, por lo que
debe arbitrar los medios para que el trabajo remoto sea cumplido de
manera eficaz.
Que, asimismo, la forma intempestiva en la que se han desarrollado los
acontecimientos en relación a la expansión de la pandemia, ha impedido
prever otros medios de contratación, como así también las sucesivas
prórrogas dispuestas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que, por lo expuesto, la DIRECCIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y
TECNOLOGÍAS ha elaborado las especificaciones técnicas correspondientes
a los efectos de llevar adelante la contratación de emergencia, en el
marco de la normativa citada en el Visto.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS
ha elaborado el proyecto de invitación con las bases que rigen la
contratación. Que esta SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha
autorizado llevar adelante el presente proceso.
Que, se han cursado las invitaciones a proveedores inscriptos en el
SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES DEL ESTADO (SIPRO), a través del
Sistema COMPR.AR, conforme lo autoriza el punto 3, inciso b) del Anexo
a la Disposición N°48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que, atento al monto involucrado, se ha dado intervención a la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN a fin de que emita el Precio Testigo
correspondiente.
Que con fecha 1 de julio de 2020 se llevó a adelante la apertura de las
ofertas recibidas, constatándose la presentación de CINCO (5)
oferentes: (1) RIO INFORMATICA S.A. (CUIT N° 30-70781324-1); (2) Juan
Manuel Moghames (CUIT N° 20-26169126-5); (3) ACSYS S.A. (CUIT N°
30-70913685-9); (4) QUICK SUPPLIES S.R.L. (CUIT N° 30-70864975-5); y
(5) LA RED COMPUTACION SRL (CUIT N° 30-69114481-6).
Que la DIRECTORA DE COMPRAS, CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS y
la Titular de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE AMBIENTE
Y DESARROLLO SOSTENIBLE, han suscripto el acta correspondiente en el
marco de lo dispuesto por el Artículo 3°, inciso f) del ANEXO a la
Disposición N° 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que la DIRECCIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y TECNOLOGÍAS del MINISTERIO
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, ha realizado la evaluación
técnica, en la cual ha determinado que la oferta de la firma (5) LA RED
COMPUTACION SRL (CUIT N° 30-69114481-6) no cumple técnicamente, pues no
ha dado respuesta a la solicitud de documentación y/o información
requerida, la oferta de la firma (2) Juan Manuel Moghames (CUIT N°
20-26169126-5) no cumple técnicamente por ofrecer un sistema operativo
distinto al requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
y Especificaciones Técnicas y las ofertas de las firmas (1) RIO
INFORMATICA S.A. (CUIT N° 30-70781324-1); (3) ACSYS S.A. (CUIT N°
30-70913685-9) y (4) QUICK SUPPLIES S.R.L. (CUIT N° 30-70864975-5)
cumple técnicamente con lo solicitado.
Que, asimismo, se ha verificado que las mismas cumplen con los aspectos
formales solicitados y carecen de sanciones ante la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES ni del REGISTRO DE SANCIONES LABORALES (REPSAL).
Que en virtud de lo expuesto, la DIRECTORA DE COMPRAS, CONTRATACIONES,
PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y
FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE ha emitido un informe en el cual
recomienda adjudicar los Renglones N° 1, 2 y 5 a la firma (4) QUICK
SUPPLIES S.R.L. (CUIT N° 30-70864975-5) por un monto total de PESOS
TRECE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y
CINCO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 13.584.745,80) por ser su oferta
admisible, económicamente conveniente y ajustarse técnicamente a lo
solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas; adjudicar los Renglones N° 4 y 6 a la firma
(1) RIO INFORMATICA S.A. (CUIT N° 30-70781324-1) por un monto total de
PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 237.500) por ser su
oferta admisible, económicamente conveniente y ajustarse técnicamente a
lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas; colocar en Orden de Mérito 2 a la firma (3)
ACSYS S.A. (CUIT N° 30-70913685-9): $ 9.639.043,20 respecto del Renglón
N° 1, por ser su oferta admisible y ajustarse técnicamente a lo
solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas; colocar en Orden de Mérito 2 a la firma (1)
RIO INFORMATICA S.A. (CUIT N° 30-70781324-1) respecto de los Renglones
N° 2 y 5 por ser su oferta admisible y ajustarse técnicamente a lo
solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas.; colocar en Orden de Mérito 2 a la firma (4)
QUICK SUPPLIES S.R.L. (CUIT N° 30-70864975-5) respecto de los Renglones
N° 4 y 6 por ser su oferta admisible y ajustarse técnicamente a lo
solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas; desestimar la oferta de la firma (2) Juan
Manuel Moghames (CUIT N° 20-26169126-5) por no cumplir técnicamente con
lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas; desestimar la oferta de la firma (5) LA RED
COMPUTACION SRL (CUIT N° 30-69114481-6) por no cumplir técnicamente con
lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas; y declarar desierto el Renglón N° 3 por no
haberse recibido ofertas.
Que la totalidad de las actuaciones se han vinculado al presente
Expediente Electrónico citado en el Visto.
Que los montos de las adjudicaciones de la presente contratación se
realizan por debajo de los valores informados por la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN.
Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD de la DIRECCIÓN GENERAL
DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA ha verificado la existencia de crédito para afrontar el
gasto emergente de la presente contratación.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE ha tomado la intervención que le compete.
Que la competencia para el dictado de la presente medida surge del
Anexo I del artículo 9° del Reglamento aprobado por el Decreto N°
1030/2016, considerando los montos fijados para los procedimientos de
compulsa abreviada y adjudicación simple y el Anexo al artículo 35,
inciso b) del reglamento aprobado por el Decreto N° 1344/07, sus normas
modificatorias y complementaria.
Por ello,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la elección del procedimiento y la
convocatoria realizada para la Contratación por emergencia COMPULSA -
COVID-19 Nº 3/2020, que tiene por objeto la adquisición de equipamiento
informático para trabajo remoto con carácter de urgente para el
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase lo actuado en la Contratación por emergencia
COMPULSA - COVID-19 Nº 3/2020.
ARTÍCULO 3º.- Adjudícanse los Renglones N° 1, 2 y 5 de la COMPULSA -
COVID-19 Nº 3/2020 que tiene por objeto la adquisición de equipamiento
informático para trabajo remoto con carácter de urgente para el
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE a la firma (4) QUICK
SUPPLIES S.R.L. (CUIT N° 30-70864975-5) por un monto total de PESOS
TRECE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y
CINCO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 13.584.745,80) por ser su oferta
admisible, económicamente conveniente y ajustarse técnicamente a lo
solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 4º.- Adjudícanse los Renglones N° 4 y 6 de la COMPULSA -
COVID-19 Nº 3/2020 que tiene por objeto la adquisición de equipamiento
informático para trabajo remoto con carácter de urgente para el
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE” a la firma (1) RIO
INFORMATICA S.A. (CUIT N° 30-70781324-1) por un monto total de PESOS
DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 237.500) por ser su oferta
admisible, económicamente conveniente y ajustarse técnicamente a lo
solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 5º.- Colóquese en Orden de Mérito 2 a la oferta de la firma
(3) ACSYS S.A. (CUIT N° 30-70913685-9): $ 9.639.043,20 respecto del
Renglón N° 1, por ser su oferta admisible y ajustarse técnicamente a lo
solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 6º.- Colóquese en Orden de Mérito 2 a la oferta de la firma
(1) RIO INFORMATICA S.A. (CUIT N° 30-70781324-1) respecto de los
Renglones N° 2 y 5 por ser su oferta admisible y ajustarse técnicamente
a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 7º.- Colóquese en Orden de Mérito 2 a la oferta de la firma
(4) QUICK SUPPLIES S.R.L. (CUIT N° 30-70864975-5) respecto de los
Renglones N° 4 y 6 por ser su oferta admisible y ajustarse técnicamente
a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 8º.- Desestímase la oferta de la firma (2) Juan Manuel
Moghames (CUIT N° 20-26169126-5) por no cumplir técnicamente con lo
solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 9º.- Desestímase la oferta de la firma (5) LA RED COMPUTACION
SRL (CUIT N° 30-69114481-6) por no cumplir técnicamente con lo
solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 10º.- Declárase desierto el Renglón N° 3 de la COMPULSA -
COVID-19 Nº 3/2020 que tiene por objeto la adquisición de equipamiento
informático para trabajo remoto con carácter de urgente para el
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE por no haberse recibido
ofertas.
ARTÍCULO 11°.- Autorizase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES,
PATRIMONIO Y SUMINISTROS a emitir las correspondientes Órdenes de
Compra.
ARTÍCULO 12°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida deberá ser imputado a los créditos otorgados en el Presupuesto
de la Administración Nacional para el ejercicio 2020.
ARTÍCULO 13º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Cabandie
e. 23/07/2020 N° 28049/20
v. 23/07/2020