MINISTERIO DE CULTURA
TEATRO NACIONAL CERVANTES
Resolución 241/2020
RESOL-2020-241-APN-TNC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2020
VISTO la Ley presupuestaria correspondiente, los Decretos Nº 318 del 27
de marzo de 1996, Nº 1023 del 13 de agosto de 2001, Nº 1344 de fecha 02
de octubre de 2007, Nº 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus
modificatorios, Nº 963 del 26 de octubre de 2018 y Nº 04 de fecha 02 de
enero de 2020, el artículo 55 del Manual de Procedimiento del Régimen
de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por la
Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES del ex MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN N° 62-E del 27 de septiembre de 2016, y el
EX-2020-39671461-APN-DA#TNC y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley de Solidaridad
Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública
N° 27.541, que contempla, entre otras, la Emergencia Sanitaria.
Que mediante el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 se amplió
la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia
declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, en relación con el
coronavirus COVID-19, por el término de UN (1) año.
Que el TEATRO NACIONAL CERVANTES se encuentra desarrollando la
confección de barbijos tratándose de “protectores nariz-boca “de uso
cotidiano, lavables y reutilizables en el Taller de Vestuario y cuya
producción será entregada al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad
de la Provincia de Buenos Aires en el marco de la pandemia generada por
COVID-19.
Que, por lo expuesto, la DIRECCION TECNICA del TEATRO NACIONAL
CERVANTES solicito la adquisición de rollos de tela para la confección
de los mismos.
Que el valor estimado para dicha contratación asciende a la suma de SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS ($ 66.222.-).
Que se encauzó dicha contratación en la figura de una Contratación
Directa por emergencia por compulsa abreviada contemplada en los
artículos 25, inciso d), apartado 5 del Decreto Nº 1023 del 13 de
agosto de 2001 y sus modificatorios y 19 del Reglamento del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto
Nº 1030 del 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios y en el
artículo 55 del Manual de Procedimiento del Régimen de contrataciones
de la Administración Nacional aprobado por la Disposición de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 62-E
del 27 de septiembre de 2016.
Que, en atención a lo previsto, el artículo 55, incisos b) y c) del
citado Manual, la OFICINA DE COMPRAS de la DIRECCION DE ADMINISTRACION
del TEATRO NACIONAL CERVANTES suscribió el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares en PLIEG-2020- 39683337-APN-DA#TNC,
procediendo de inmediato efectuar la convocatoria del proceso Nº
17-0029-CDI20.
Que en número de orden 12 mediante PLIEG-2020-39825895-APN-DA#TNC y
orden 44 IF-2020-41732229-APN-DA#TNC, obran las firmas del rubro que
fueron invitadas a participar de la referida contratación.
Que mediante el IF-2020-41106084-APN-DA#TNC obra el Acta de Apertura donde consta la presentación de CUATRO (4) oferentes.
Que en número de orden 50 del expediente citado en el Visto, por el
IF-2020-42379844-APN-DT#TNC, obra la recomendación del área requirente.
Que se cuenta con los fondos para atender el gasto en causa, mediante
solicitud de gastos 17-29-SCO20 bajo IF-2020-39762332-APN-DA#TNC.
Que por los motivos expuestos corresponde dictar el acto administrativo correspondiente.
Que ha tomado la debida intervención la Coordinación de Asuntos Jurídicos del TEATRO NACIONAL CERVANTES.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 7º incisos f) y h) del Decreto Nº 318/96, y en el Anexo
al Artículo 35, inciso b) del Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL DIRECTOR DEL TEATRO NACIONAL CERVANTES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizase y apruébese el procedimiento de selección por
Contratación Directa por emergencia por Compulsa Abreviada Nº 29/2020
contemplada en los artículos 25, inciso d), apartado 5 del Decreto Nº
1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y 19 del Reglamento
del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado
por el Decreto Nº 1030 del 15 de septiembre de 2016 y sus
modificatorios y en el artículo 55 del Manual de Procedimiento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por la
Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES del ex MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN N° 62-E del 27 de septiembre de 2016, realizado con el
objeto de adquirir rollos de tela para confección de “protectores
nariz-boca” en el marco de la emergencia en materia sanitaria.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
PLIEG-2020-39683337-APN-DA#TNC y de especificaciones técnicas
IF-2020-39684188-APN-DA#TNC y el anexo I de la citada Contratación.
ARTÍCULO 3º.- Adjudicar a favor de ALONSO MARTA CARMEN (CUIT Nº
27-03954748-7) el renglón nº 1 por un importe total de PESOS SETENTA Y
TRES MIL QUINIENTOS ($ 73.500.-).
ARTÍCULO 4 º.- Desestimar en los términos del inciso j) del artículo 66
del Reglamento aprobado por el Decreto nº 1030/16 la oferta del
proveedor MR ALTER CORPORATION S.R.L. (CUIT Nº 30-63256385-6) dado que
fue intimado para que se subsane los errores u omisiones y cumplido el
plazo no presenta la totalidad de la documentación complementaria que
fuera solicitada.
ARTÍCULO 5º.- Desestimar por ser inconvenientes económicamente al
superar en demasía los valores de mercado estimados las ofertas de los
proveedores PROVEER P M C SRL (CUIT Nº 30-69934793-7) y PROVEMERG
S.R.L. (CUIT Nº 30-70968916-5).
ARTÍCULO 6º.- Autorizar y delegar en el Responsable de la Oficina de
Compras la facultad de emitir y suscribir la correspondiente Orden de
Compra.
ARTÍCULO 7º.- Imputar el gasto al Presupuesto correspondiente –
Jurisdicción 72 –MINISTERIO DE CULTURA, Entidad 113 - TEATRO NACIONAL
CERVANTES, Programa 16, Inciso 2, Partidas presupuestarias
correspondientes.
ARTÍCULO 8º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Rubén D’Audia
e. 24/07/2020 N° 28618/20 v. 24/07/2020