MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 392/2020
RESOL-2020-392-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 14/04/2020
VISTO el Expediente EX-2019-102550966- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del
entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o.
2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en el orden N° 3, página 3 del CD-2019-102621543-APN-DGDMT#MPYT,
del EX-2019-102550966- -APN-DGDMT#MPYT obra el acuerdo celebrado entre
la FEDERACIÓN SINDICATOS UNIDOS PETROLEROS E HIDROCARBURIFEROS (SUPeH),
por la parte sindical y la empresa YPF SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a
página 18 del CD-2019-102621543-APN-DGDMT#MPYT, por la empresa
OPERADORA DE ESTACIONES DE SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte
empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº
14.250 (t.o. 2004).
Que a través del referido acuerdo las partes pactan incorporar la
posición de Técnico de Inspección en la categoría PS3 del Capítulo IV,
Personal Superior Downstrean del Convenio Colectivo de Trabajo de
Empresa N° 1572/18 “E”, conforme surge de los términos del texto.
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a
la estricta correspondencia entre el alcance de representación del
sector empresario firmante, y los ámbitos personal y territorial de la
entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren
el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DCTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo obrante en el orden N° 3,
página 3 del CD-2019-102621543-APN-DGDMT#MPYT, del EX-2019-102550966-
-APN-DGDMT#MPYT, celebrado entre la FEDERACIÓN SINDICATOS UNIDOS
PETROLEROS E HIDROCARBURIFEROS (SUPeH), por la parte sindical y la
empresa YPF SOCIEDAD ANONIMA, ratificado en la página 18 del
CD-2019-102621543-APN-DGDMT#MPYT, por la empresa OPERADORA DE
ESTACIONES DE SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines del registro del
acuerdo obrante en el orden N° 3, página 3 y el acta de ratificación de
página 18 del CD-2019-102621543-APN-DGDMT#MPYT, del EX-2019-102550966-
-APN-DGDMT#MPYT.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo Trabajo de Empresa N° 1572/18”E”.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/07/2020 N° 23821/20
v. 27/07/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)