MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 324/2020
RESOL-2020-324-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 24/07/2020
Visto el expediente EX-2019-89236571-APN-UESTEE#MHA, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2020 formulado por la
Unidad Especial Sistema de Transmisión de Energía Eléctrica, organismo
autárquico en la órbita de la Subsecretaría de Energía Eléctrica
dependiente de la Secretaría de Energía del Ministerio de Desarrollo
Productivo.
Que la ley 24.156, contiene en el Capítulo III del Título II, el
Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía sobre la medida
propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud a la facultades previstas en el
artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4
de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio
2020 de la Unidad Especial Sistema de Transmisión de Energía Eléctrica,
organismo autárquico en la órbita de la Subsecretaría de Energía
Eléctrica, dependiente de la Secretaría de Energía del Ministerio de
Desarrollo Productivo, de acuerdo con el detalle obrante en los anexos
I (IF-2020-42210093-APN-SSP#MEC) y II (IF-2020-42210068-APN-SSP#MEC)
que integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Estimar en la suma de diecinueve millones seiscientos mil
pesos ($ 19.600.000) los ingresos corrientes y fijar en la suma de
diecinueve millones cuatrocientos cinco mil pesos ($ 19.405.000) los
gastos corrientes, y como consecuencia de ello aprobar el Resultado
Económico (Ahorro) estimado en ciento noventa y cinco mil pesos
($195.000), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del
anexo II (IF-2020-42210068-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estimar en la suma de ochenta mil pesos ($ 80.000) los
ingresos de capital y fijar en la suma de doscientos setenta y cinco
mil pesos ($ 275.000) los gastos de capital, y como consecuencia de
ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el
artículo 2º de esta resolución, estimar el Resultado Financiero para el
ejercicio 2020 en cero pesos ($ 0,00), de acuerdo con el detalle
obrante en las planillas del anexo II (IF-2020-42210068-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/07/2020 N° 28929/20 v. 28/07/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)