MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 328/2020
RESOL-2020-328-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 24/07/2020
Visto el expediente EX-2019-106380294-APN-DFIN#SPF, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2020 formulado por la
Dirección de Obra Social del Servicio Penitenciario Federal, actuante
en el área del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Que la ley 24.156 contiene en el Capítulo III del Título II, el Régimen
presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que en el decreto 1776 del 29 de noviembre de 2007 se estable que las
Obras Sociales dependientes de las Fuerzas Armadas, de la Policía
Federal Argentina y del Servicio Penitenciario Federal, quedan
comprendidas dentro del concepto de Obras Sociales Estatales a que
alude el artículo 3° del anexo al decreto 1731 del 7 de diciembre de
2004, por lo que le resulta de aplicación en materia presupuestaria lo
establecido en el Capítulo III del Título II de la citada ley 24.156.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía sobre la medida
propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio
2020 de la Dirección de Obra Social del Servicio Penitenciario Federal,
actuante en el área del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de
acuerdo con el detalle que figura en los anexos I
(IF-2020-40957276-APN-SSP#MEC) y II (IF-2020-40957420-APN-SSP#MEC) que
integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Estimar en la suma de dos mil cuatrocientos ochenta y
siete millones trescientos veinte mil cinco pesos ($ 2.487.320.005) los
ingresos corrientes y fijar en la suma de dos mil quinientos noventa y
cinco millones ochocientos sesenta y seis mil doscientos setenta pesos
($ 2.595.866.270) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello
aprobar el Resultado Económico (Desahorro) estimado en ciento ocho
millones quinientos cuarenta y seis mil doscientos sesenta y cinco
pesos ($ 108.546.265), de acuerdo con el detalle que figura en las
planillas del anexo II (IF-2020-40957420-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estimar en la suma de veintisiete millones de pesos ($
27.000.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en
conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 2º de
esta resolución, estimar el Resultado Financiero (Déficit) para el
ejercicio 2020 en ciento treinta y cinco millones quinientos cuarenta y
seis mil doscientos sesenta y cinco pesos ($ 135.546.265), de acuerdo
con el detalle obrante en las planillas del anexo II
(IF-2020-40957420-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/07/2020 N° 28939/20 v. 28/07/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)