MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decisión Administrativa
1344/2020
DECAD-2020-1344-APN-JGM -
Dase por designado Director Nacional de Lucha contra el Narcotráfico.
Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-39825292-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.467,
los
Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 50 del
19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020
y la Decisión Administrativa Nº 335 del 6 de marzo de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que
por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº
27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de
lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Que
por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria
de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con
rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados
presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas,
será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la
Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por
el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus
respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes
al MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que por la Decisión Administrativa
N° 335/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo
nivel operativo del citado Ministerio.
Que se considera
necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y
financiado de Director/a Nacional de Lucha Contra el Narcotráfico de la
SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la
SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha
tomado la intervención de su competencia.
Que
la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del
artículo 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2º del
Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO
1º.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 1º de
junio de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente medida, al abogado Pablo
Oscar VERA (D.N.I. N° 18.049.356) en el cargo de Director Nacional de
Lucha Contra el Narcotráfico de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN
CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y
POLÍTICA CRIMINAL del MINISTERIO DE SEGURIDAD, Nivel A - Grado 0 del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por
Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con
autorización excepcional por no reunir el abogado VERA los requisitos
mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho convenio.
ARTÍCULO
2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente decisión
administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas
de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la
presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el
cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas de la Jurisdicción 41 – MINISTERIO DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO
4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Sabina Andrea Frederic
e. 30/07/2020 N° 29685/20
v. 30/07/2020