Resolución 1298/2020
RESOL-2020-1298-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2020
VISTO el EX-2020-19249024-APN-DD#MSYDS, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 4° de la Resolución Ministerial N° 1628 de fecha 14
de agosto de 2018 se aprobaron los modelos de Convenio Marco, de
Acuerdo Territorial y de los Protocolos Específicos I, II y III del
Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables,
como ANEXO III (GDE IF-2018- 32434122-APN-DCMYCS#MS)
Que por el artículo 7° de la citada norma, se facultó al entonces
SECRETARIO DE COBERTURAS Y RECURSOS DE SALUD a suscribir los acuerdos
territoriales y los protocolos específicos aprobados por el artículo 4°.
Que por Decreto N° 7 del 10 de diciembre de 2019 se sustituyó el
artículo 1° de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por
Decreto N° 438/92 y sus modificatorios), jerarquizando nuevamente la
sanidad nacional, estableciendo al MINISTERIO DE SALUD como órgano con
competencia en todo lo inherente a la salud de la población.
Que por Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 se aprobó el
Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría, por lo cual deben adecuarse los modelos
de Convenio Marco, de Acuerdo Territorial y de Protocolos Específicos
I, II y III a la mencionada estructura organizativa.
Que procede, asimismo, delegar la facultad de suscribir los acuerdos
territoriales y los protocolos específicos en el titular de la
SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD.
Que se cuenta con la conformidad de la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL y de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Ley de Ministerios N° 22.520, sus modificatorias y complementarias.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los modelos de CONVENIO MARCO, de ACUERDO
TERRITORIAL y de los PROTOCOLOS ESPECÍFICOS I, II y III, que como ANEXO
(IF-2020-38553874–APN-DMYCS#MSYDS) forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Anexo III (IF-2018-32434122-APN-DCMYCS#MS)
aprobado por el artículo 4° de la Resolución Ministerial N° 1628/2018,
por el Anexo IF-2020-38553874-APN-DMYCS#MSYDS.
ARTÍCULO 3°.- El dictado de la presente medida no afecta las relaciones
jurídicas existentes en función de las membresías suscriptas por los
municipios adherentes, titulares y responsables miembros del PROGRAMA
NACIONAL DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES, las cuales
en ulteriores compromisos deberán adecuarse a los instrumentos
aprobados por el artículo 1° de la presente.
ARTÍCULO 4°.- El dictado de la presente medida no obsta ni modifica las
relaciones jurídicas existentes en función de la oportuna suscripción
de los Convenio Marco, Acuerdos Territoriales y Protocolos Específicos
I, II y III en el marco del PROGRAMA NACIONAL DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y
COMUNIDADES SALUDABLES.
ARTÍCULO 5°.- Modifícase el artículo 7° de la Resolución Ministerial N°
1628/2018, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 7°.- Facúltase al titular de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN
SALUD a suscribir los acuerdos territoriales y protocolos específicos
aprobados mediante el artículo 4° de la presente medida”.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial. Cumplido,
pase a la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD. Ginés Mario González García
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 31/07/2020 N° 29596/20 v. 31/07/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
CONVENIO MARCO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES EN LA PROVINCIA DE
________________
En la ciudad de_, a los_días del mes de_de 20_, entre el Ministerio de
Salud de la Nación, con sede en Avenida 9 de Julio N° 1925 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires; representado en este acto por el Sr. Ministro
de Salud la Nación,_, en adelante "EL MINISTERIO" por una parte, y por
la otra parte el Ministerio de Salud de la Provincia de _, con sede en
_de la ciudad de_, representado en este acto por el Sr./Sra. Ministro/a
de Salud de la provincia de _, Sr./Sra. _, en adelante "LA PROVINCIA";
se comprometen a suscribir el presente, para la implementación del
Programa Nacional de Ciudades, Municipios y
Comunidades Saludables, en adelante, el "PROGRAMA", de conformidad con
las cláusulas que a continuación se establecen:
PRIMERA - PROPÓSITO."EL MINISTERIO" y "LA PROVINCIA" acuerdan
establecer las condiciones de cooperación y acción conjunta entre las
partes, para el desarrollo del "PROGRAMA" en los gobiernos locales de
la provincia de_con el propósito de trabajar sobre los factores que
determinan y condicionan la situación
actual de salud, a la vez que promover y fortalecer en los municipios
el desarrollo de políticas de promoción y prevención que los aborden de
manera integral.
SEGUNDA - OBJETIVOS. Los objetivos son los siguientes:
i. Celebrar acuerdos interjurisdiccionales en salud,
entre "EL MINISTERIO", "LA PROVINCIA" y los municipios, los cuales se
suscribirán a través de ACUERDOS TERRITORIALES basados en el presente
Convenio Marco.
ii. Articular de manera efectiva programas nacionales
y provinciales que resulten relevantes para la generación de políticas
que aborden los determinantes de la salud en los municipios.
iii. Brindar asistencia técnica a los municipios que implementen el "PROGRAMA".
TERCERA - COMPROMISO DEL MINISTERIO. Para hacer posible los objetivos
descriptos en el CLÁUSULA SEGUNDA, "EL MINISTERIO" se compromete a:
a) Aportar las metodologías e instrumentos necesarios
para la ejecución del "PROGRAMA" en la provincia en sus distintas fases.
b) Difundir y sensibilizar a las autoridades y
equipos técnicos locales en relación con los alcances y procedimientos
para la implementación del "PROGRAMA" en la provincia.
c) Comunicar los resultados de las acciones del
"PROGRAMA" y de las evaluaciones que realice en la provincia en las
distintas instancias.
d) Suscribir los Acuerdos Territoriales y sus
Protocolos Específicos con la provincia y los municipios y asistir
técnicamente en su implementación.
e) Asistir técnicamente a los organismos de la
provincia que correspondan y a los municipios en la implementación del
"PROGRAMA" en cada una de sus fases.
f) Monitorear, evaluar y supervisar la rendición
técnica y financiera de los fondos transferidos a los municipios
conforme la normativa vigente en la materia.
g) Convocar a los programas del Ministerio de Salud
de la Nación y de otros ministerios nacionales para participar en las
acciones en la provincia.
h) Monitorear el desarrollo del "PROGRAMA"en la
provincia y realizar los ajustes necesarios para el adecuado
cumplimiento de sus objetivos.
i) Analizar la documentación presentada, promover los
procesos de Autoevaluación y Evaluación Externa, y decidir acerca de
las acreditaciones de los municipios de la provincia en el marco del
Ciclo de Vida del "PROGRAMA", conforme a lo establecido para cada fase.
j) Desarrollar actividades de capacitación que resulten pertinentes a los objetivos del "PROGRAMA"en la provincia.
CUARTA - COMPROMISO DE LA PROVINCIA. Para hacer posible los objetivos
descriptos en la CLÁUSULA SEGUNDA, "LA PROVINCIA" se compromete a:
a) Aceptar los criterios, pautas e instrumentos
propuestos para la puesta en marcha e implementación del "PROGRAMA".
b) Difundir y sensibilizar a las autoridades y
equipos técnicos locales en la finalidad, propósitos y orientaciones
del "PROGRAMA".
c) Suscribir el Acuerdo Territorial y sus Protocolos Específicos.
d) Designar un Referente Provincial y un equipo
técnico para llevar a cabo las actividades previstas, y facilitar su
participación en las instancias de capacitación y asistencia técnica.
e) Asistir técnicamente y capacitar a los miembros de
las Mesas de Trabajo Intersectorial en la formulación de programas y
proyectos.
f) Realizar todos los informes técnicos y financieros
que correspondan, garantizando la rendición de cuentas en tiempo y
forma, según la normativa vigente en la materia y los instructivos de
financiamiento que provea la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES, en adelante "LA DIRECCIÓN".
g) Asistir a los municipios para que realicen los
informes técnicos y financieros comprometidos requeridos según la
normativa vigente en la materia y los instructivos de financiamiento
que provea "LA DIRECCIÓN".
h) Supervisar el desarrollo del "PROGRAMA" en sus diferentes fases en los municipios de la provincia.
i) Colaborar con el registro y sistematización de la
información resultante de la implementación y los resultados del
"PROGRAMA" en la provincia, y elevar informes periódicos a "LA
DIRECCIÓN" según corresponda.
j) Contribuir con el cumplimiento de los compromisos presentes en este
Convenio Marco, los Acuerdos Territoriales y sus Protocolos Específicos
que se suscriban y supervisar su cumplimiento.
k) Facilitar la información estadística necesaria para la elaboración
de los Análisis de Situación de Salud Local y la puesta en marcha y
funcionamiento de las Salas de Situación de Salud Local.
e) Asistir técnicamente a los organismos de la
provincia que correspondan y a los municipios en la implementación del
"PROGRAMA" en cada una de sus fases.
f) Monitorear, evaluar y supervisar la rendición
técnica y financiera de los fondos transferidos a los municipios
conforme la normativa vigente en la materia.
g) Convocar a los programas del Ministerio de Salud
de la Nación y de otros ministerios nacionales para participar en las
acciones en la provincia.
h) Monitorear el desarrollo del "PROGRAMA"en la
provincia y realizar los ajustes necesarios para el adecuado
cumplimiento de sus objetivos.
i) Analizar la documentación presentada, promover los
procesos de Autoevaluación y Evaluación Externa, y decidir acerca de
las acreditaciones de los municipios de la provincia en el marco del
Ciclo de Vida del "PROGRAMA", conforme a lo establecido para cada fase.
j) Desarrollar actividades de capacitación que resulten pertinentes a los objetivos del "PROGRAMA"en la provincia.
CUARTA - COMPROMISO DE LA PROVINCIA. Para hacer posible los objetivos
descriptos en la CLÁUSULA SEGUNDA, "LA PROVINCIA" se compromete a:
a) Aceptar los criterios, pautas e instrumentos
propuestos para la puesta en marcha e implementación del "PROGRAMA".
b) Difundir y sensibilizar a las autoridades y
equipos técnicos locales en la finalidad, propósitos y orientaciones
del "PROGRAMA".
c) Suscribir el Acuerdo Territorial y sus Protocolos Específicos.
d) Designar un Referente Provincial y un equipo
técnico para llevar a cabo las actividades previstas, y facilitar su
participación en las instancias de capacitación y asistencia técnica.
e) Asistir técnicamente y capacitar a los miembros de
las Mesas de Trabajo Intersectorial en la formulación de programas y
proyectos.
f) Realizar todos los informes técnicos y financieros
que correspondan, garantizando la rendición de cuentas en tiempo y
forma, según la normativa vigente en la materia y los instructivos de
financiamiento que provea la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES, en adelante "LA DIRECCIÓN".
g) Asistir a los municipios para que realicen los
informes técnicos y financieros comprometidos requeridos según la
normativa vigente en la materia y los instructivos de financiamiento
que provea "LA DIRECCIÓN".
h) Supervisar el desarrollo del"PROGRAMA" en sus diferentes fases en los municipios de la provincia.
i) Colaborar con el registro y sistematización de la
información resultante de la implementación y los resultados del
"PROGRAMA" en la provincia, y elevar informes periódicos a "LA
DIRECCIÓN" según corresponda.
j) Contribuir con el cumplimiento de los compromisos presentes en este
Convenio Marco, los Acuerdos Territoriales y sus Protocolos Específicos
que se suscriban y supervisar su cumplimiento.
k) Facilitar la información estadística necesaria para la elaboración
de los Análisis de Situación de Salud Local y la puesta en marcha y
funcionamiento de las Salas de Situación de Salud Local.
l) Impulsar la integración de políticas
socio-sanitarias provinciales para apoyar y fortalecer las actividades
de las Mesas de Trabajo Intersectoriales de los municipios en el
desarrollo de acciones y proyectos de promoción de la salud y
prevención de la enfermedad. m) Para el desarrollo de estas acciones,
podrán recibir, gestionar y transferir los fondos -cuando sea
necesario- a los municipios, siendo responsables de la supervisión de
las actividades correspondientes. n) Asistir técnicamente en el diseño
de los Proyectos Municipales, Módulos de Promoción de la Salud, Planes
de Mejora y Planes Estratégicos de Promoción de la Salud Local,
facilitar la participación de los organismos provinciales y supervisar
su ejecución. o) Facilitar y promover la articulación de los programas
provinciales con los municipios para el desarrollo de las políticas de
promoción y prevención en salud en el territorio, en el marco de las
problemáticas priorizadas.
QUINTA. A fin de instrumentar
las acciones tendientes al cumplimiento del presente Convenio Marco,
"EL MINISTERIO" actuará a través de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD,
y la "PROVINCIA" a través de su Ministro de Salud provincial.
SEXTA. La operatividad del
presente Convenio Marco, así como la ejecución de acciones específicas
que se requieran y que no se encuentren expresamente consignadas en el
presente, se realizará a través de la suscripción de ACUERDOS
TERRITORIALES entre el "MINISTERIO", la "PROVINCIA" y el "MUNICIPIO" en
el que se llevará adelante el "PROGRAMA". En dichos Acuerdos y en sus
PROTOCOLOS ESPECÍFICOS se consignarán los términos particulares y se
establecerá el alcance y el compromiso de las partes responsables para
su cumplimiento. Las partes firmantes delegan la suscripción de los
Acuerdos Territoriales o sus Protocolos Específicos en los designados
en la cláusula QUINTA del presente.
S
ÉPTIMA. RELACIÓN Y RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES.
La ejecución del presente CONVENIO MARCO y los ACUERDOS TERRITORIALES
no crean ningún vínculo de tipo empleador/empleado, agencia o cualquier
relación legal entre "LA PROVINCIA" y "EL MINISTERIO". "EL MINISTERIO"
no será responsable de ninguna pérdida, accidentes, daño o lesión
sufrida por "LA PROVINCIA" o cualquier persona que reclame en nombre de
"LA PROVINCIA", que sea consecuencia o esté vinculada en cualquier
forma con la ejecución del presente Convenio Marco y Acuerdos
Adicionales.
OCTAVA. VIGENCIA Y RESCISIÓN.
El presente Acuerdo entrará en vigencia el día siguiente de su firma.
Tendrá una duración de DOS (2) años y se prorrogará automáticamente de
no mediar comunicación fehaciente en contrario proveniente de alguna de
las partes, con una antelación de al menos SESENTA (60) días a su
vencimiento. La anulación del Convenio no afectará las actividades
aprobadas y que se estén ejecutando.
NOVENA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las partes se comprometen a
solucionar todo conflicto motivado en la interpretación y aplicación
del presente convenio, amistosamente y de buena fe, sometiéndose de ser
necesario a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia
de la Nación, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera
corresponder.
DÉCIMA. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS. Para todos los efectos legales las
partes constituyen domicilio en los indicados en el encabezado del
presente convenio.
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor
y a un solo efecto, en la ciudad de___________, provincia de____________a los__________(_) días del
mes de___________ de dos mil ___.-
ACUERDO TERRITORIAL
En la ciudad________ __ a los_________días del mes de________del año__, entre el Ministerio
de Salud de la Nación, en adelante "EL MINISTERIO" con sede en Avenida
9 de Julio 1925 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; actuando en este acto a través del Sr. Secretario de Equidad en
Salud, ___________por una parte; por otra el Ministerio de Salud de la Provincia
de______________, en adelante "LA PROVINCIA"actuando en este acto a través del
Ministro de Salud de la Provincia de __________, Sr./Sra.___________; con sede en____________de la
ciudad de_________; y por la otra, el Sr. Intendente______________del Municipio de_____________de la
provincia de_____________ en adelante "EL MUNICIPIO", con sede en ______________; se comprometen
a suscribir el presente Acuerdo, para la implementación del Programa
Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables, en adelante,
el "PROGRAMA",de conformidad con las cláusulas que a continuación se
establecen:
PRIMERA. ANTECEDENTES DEL ACUERDO TERRITORIAL Y PROPÓSITO: "EL MINISTERIO", "LA PROVINCIA" y "EL MUNICIPIO" en el marco de lo
suscripto en el Convenio Marco para la implementación del "PROGRAMA" en
la Provincia de_________, el día__________del mes de___________del dos mil ______,expresan la voluntad
de llevar adelante actividades conjuntas orientadas a modificar los
factores que determinan y condicionan negativamente la situación actual
de salud y desarrollar aquellos que inciden en ella positivamente, para
reducir las brechas de inequidad existentes.
SEGUNDA. OBJETIVOS: "EL MINISTERIO", "LA PROVINCIA" y "EL MUNICIPIO"
acuerdan desarrollar políticas y proyectos de trabajo para alcanzar
mejoras en relación a los siguientes objetivos, en el marco de la
Acreditación como Municipio Responsable y Saludable:
a. Promover el fortalecimiento institucional en los
municipios para llevar adelante acciones sistemáticas orientadas a la
promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
b. Desarrollar políticas, programas y proyectos
orientados a la promoción de la salud y prevención de la enfermedad en
relación a los modos de vida.
c. Promover y aportar a la consolidación de los procesos de mejora en los programas y servicios de salud.
d. Promover y consolidar cambios en los determinantes y condicionantes relativos al ambiente.
e. Promover cambios en los determinantes y condicionantes socio económicos.
f. Desarrollar políticas, programas y proyectos
orientados a mejorar el estado de salud de la población a lo largo del
curso de vida.
g. Promover el desarrollo de acciones de comunicación
de la implementación del Programa en el nivel local para la promoción
de la salud.
TERCERA. COMPROMISOS DE "EL MINISTERIO": Para hacer posible los
objetivos descriptos en la CLÁUSULA SEGUNDA, "EL MINISTERIO" se
compromete a:
a) Aportar las metodologías y los instrumentos necesarios para la ejecución del "PROGRAMA" en el municipio.
b) Proponer "Protocolos Específicos" a ser suscriptos
con la provincia y el municipio, para hacer operativos los compromisos
presentes en este Acuerdo.
c) Asistir técnica y financieramente al municipio
miembro del "PROGRAMA" en el proceso de Acreditación a "Municipio
Responsable" y "Municipio Saludable".
d) Requerir la rendición de cuentas en tiempo y
forma, conforme la normativa vigente en la materia y los instructivos
de financiamiento que provea la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES.
e) Convocar a los programas del Ministerio de Salud
de la Nación y de otros ministerios nacionales, para participar en las
acciones que deriven de este acuerdo y de sus Protocolos Específicos.
f) Monitorear el desarrollo del "PROGRAMA" en el
municipio y realizar los ajustes necesarios para el adecuado
cumplimiento de sus objetivos.
g) Promover los procesos de Autoevaluación y
Evaluación Externa en el municipio y decidir acerca de las
acreditaciones en el marco del Ciclo de Vida del "PROGRAMA", conforme a
lo establecido para cada fase.
h) Desarrollar actividades de capacitación en el seno
de la Mesa de Trabajo Intersectorial y de la "LA PROVINCIA" en las
distintas instancias del proceso de Acreditación.
i) Difundir los resultados de las acciones desarrolladas en el municipio.
Estas acciones estarán a cargo de la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
CUARTA. COMPROMISOS DE "LA PROVINCIA": Para hacer posible los objetivos
descriptos en la CLÁUSULA SEGUNDA, "LA PROVINCIA" se compromete a:
a) Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos para la implementación del "PROGRAMA".
b) Llevar adelante capacitaciones en el municipio
según las pautas establecidas por la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y
COMUNIDADES SALUDABLES.
c) Acordar con el Ministerio de Salud de la Nación y
suscribir los Protocolos Específicos que hagan operativo el presente
Acuerdo.
d) Asistir técnicamente y capacitar a los miembros de
la Mesa de Trabajo Intersectorial en la formulación de planes,
programas y proyectos, y facilitar la participación de los programas y
servicios provinciales en dichos procesos.
e) Supervisar la implementación del "PROGRAMA" en el
municipio, en las diferentes fases del Ciclo de Vida del "PROGRAMA".
f) Contribuir con y supervisar el cumplimiento de los
compromisos del presente Acuerdo y de sus Protocolos Específicos.
g) Facilitar la información estadística necesaria
para el desarrollo de las acciones en el proceso de Acreditación.
h) Impulsar la integración de políticas
socio-sanitarias provinciales para apoyar y fortalecer las actividades
de la Mesa de Trabajo Intersectorial en el desarrollo de acciones y
proyectos de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
i) Asistir técnicamente en el diseño de los Proyectos
Municipales, Módulos de Promoción de la Salud, Planes de Mejora y
Planes Estratégicos de Promoción de la Salud Local, facilitar la
participación de los organismos provinciales y supervisar su ejecución.
j) Realizar todos los informes técnicos y financieros que correspondan,
garantizando la rendición de cuentas en tiempo y forma, según la
normativa vigente en la materia y los instructivos de financiamiento
que provea la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
k) Colaborar con el municipio para que realice los informes técnicos y
financieros comprometidos requeridos según normativa vigente en la
materia y los instructivos de financiamiento que provea la DIRECCIÓN DE
MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
QUINTA. COMPROMISOS DEL "MUNICIPIO": En pos de los objetivos descriptos en la CLÁUSULA SEGUNDA, "EL MUNICIPIO" se compromete a:
a) Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos por la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
b) Designar un Referente Municipal del "PROGRAMA" y equipo técnico para
llevar a cabo las actividades previstas y facilitar su participación en
las instancias de capacitación y asistencia técnica.
c) Fortalecer el trabajo en el seno de la Mesa de Trabajo
Intersectorial conformada al momento de consolidación como "Municipio
Titular".
d) Cumplimentar con lo establecido en el presente Acuerdo y en las
especificaciones que se hagan a través de sus Protocolos Específicos.
e) Impulsar la implementación y el fortalecimiento del "PROGRAMA".
f) Garantizar las condiciones organizacionales para la gestión de la
promoción de la salud: conformación de equipos de trabajo, asignación
de recursos físicos y presupuesto.
g) En el seno de la Mesa de Trabajo Intersectorial, llevar adelante las
acciones necesarias para avanzar en el proceso de Acreditación a
"Municipio Responsable" y "Municipio Saludable".
h) Ser responsable del diseño y la ejecución de planes, programas y proyectos.
i) Realizar todos los informes técnicos y financieros que correspondan,
garantizando la rendición de cuentas en tiempo y forma, según la
normativa vigente en la materia y los
instructivos de financiamiento que provea la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
j) Participar de actividades de Autoevaluación y facilitar la
realización de la Evaluación Externa para la Acreditación a "Municipio
Responsable" y "Municipio Saludable".
k) Participar de las instancias de monitoreo y evaluación internas y externas, previstas en la implementación del "PROGRAMA".
l) Recertificar la condición de Municipio Responsable o Municipio
Saludable, en caso de cumplida la vigencia de las mismas, a fin de
mantener su nivel de avance en el marco del Ciclo de Vida del
"PROGRAMA".
SEXTA. SUSCRIPCIÓN DE PROTOCOLOS ESPECÍFICOS:
La operatividad del presente Acuerdo, así como la ejecución de acciones
específicas que se requieran y que no se encuentren expresamente
consignadas en el presente, se realizará a través de la suscripción de
Protocolos Específicos.
SÉPTIMA. RELACIÓN Y RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES.
La ejecución del presente compromiso de gestión no crea ningún vínculo
de tipo empleador/empleado, agencia o cualquier relación legal entre
"EL MUNICIPIO", "LA PROVINCIA" y "EL MINISTERIO". "EL MINISTERIO" no
será responsable de ninguna pérdida, accidentes, daño o lesión sufrida
por "LA PROVINCIA" o "EL MUNICIPIO" o cualquier persona que reclame en
nombre de "LA PROVINCIA" o "EL MUNICIPIO", que sea consecuencia o esté
vinculada en cualquier forma con la ejecución del presente compromiso.
OCTAVA. VIGENCIA Y RESCISIÓN:
El presente Acuerdo entrará en vigencia el día siguiente de su firma.
Tendrá una duración de dos años y se prorrogará automáticamente de no
mediar comunicación fehaciente en contrario proveniente de alguna de
las partes, con una anterioridad de SESENTA (60) días a su vencimiento.
La anulación del Acuerdo no afectará las actividades aprobadas y que
estén en curso.-
NOVENA: Las partes se
comprometen a solucionar todo conflicto motivado en la interpretación y
aplicación del presente acuerdo, amistosamente y de buena fe,
sometiéndose de ser necesario a la competencia originaria de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación, renunciando a cualquier otro fuero
que pudiera corresponder.
DÉCIMA. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS: Para todos los efectos legales las partes constituyen domicilio en los indicados en el encabezado del presente acuerdo.
Leído que fue por las partes y en prueba de conformidad se firman tres
(3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de
________ , provincia de ________ a los________(_) días del mes
de_________del dos mil_____.-
PROTOCOLO ESPECÍFICO I DEL ACUERDO TERRITORIAL
NACIÓN - PROVINCIA - MUNICIPIO
"MUNICIPIO TITULAR"
En la de_________, a los _______ (_) días del mes de_________ de 20____, entre el
Ministerio de Salud de la Nación, en adelante "EL MINISTERIO" con sede
en Avenida 9 de Julio 1925 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
actuando en este acto a través del Sr. Secretario de Equidad en Salud,
______ por una parte; por otra, el Ministerio de Salud de la Provincia de
_______en adelante "LA PROVINCIA" actuando en este acto a través del Ministro
de Salud de la provincia de_____; con sede en______ de la ciudad de _______ ; y por la
otra, por el Sr. Intendente _del Municipio de ________ de la Provincia de _______en
adelante "EL MUNICIPIO", con sede en_________; suscriben el presente Protocolo
Específico I del Acuerdo Territorial (en adelante AT) suscripto el
día_______del mes de_______del dos mil __________, para la implementación del "PROGRAMA
NACIONAL DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES", en adelante
el "PROGRAMA" de conformidad con las cláusulas que a continuación se
establecen:
PRIMERA. OBJETO. ACREDITACIÓN A "MUNICIPIO RESPONSABLE": Conforme lo
establecido en el Convenio Marco para la implementación del "PROGRAMA"
en la Provincia de _ y en el Acuerdo Territorial (AT) previamente
suscriptos,"EL MINISTERIO", "LA PROVINCIA" y "EL MUNICIPIO" llevarán
adelante las siguientes acciones para avanzar en el proceso de
acreditación a "Municipio Responsable", a saber:
a. Desarrollar participativa e integralmente la gestión para la promoción de la salud.
b. Elaborar el Análisis de Situación de Salud Local por parte de la Mesa de Trabajo Intersectorial.
c. Implementar la Sala de Situación de Salud Local,
utilizar la información para la toma de decisiones y difundir los datos
a la comunidad.
d. Desarrollar programas, proyectos y acciones de
promoción de la salud y prevención de la enfermedad en los distintos
campos de los determinantes.
e. Realizar el proceso de Autoevaluación y apoyar el desarrollo de la Evaluación Externa.
f. Fortalecer el marco institucional para la promoción de la salud.
SEGUNDA. COMPROMISOS DEL MINISTERIO: Para hacer posible las acciones
previstas en la cláusula primera, "EL MINISTERIO" se compromete a:
a) Aportar las metodologías e instrumentos para la realización de las actividades comprometidas en la cláusula primera.
b) Capacitar a los integrantes de los equipos
técnicos municipales y provinciales y otros actores de la Mesa de
Trabajo Intersectorial.
c) Brindar asistencia técnica en la elaboración del
Análisis de Situación de Salud Local y la puesta en marcha de la Sala
de Situación de Salud Local.
d) Convocar a los programas del Ministerio de Salud
de la Nación y fomentar la integración con otros Ministerios Nacionales
para contribuir al desarrollo de programas y proyectos de promoción de
la salud en el municipio.
e) Asistir técnica y financieramente en el diseño e
implementación de programas y proyectos de promoción y prevención en
salud, según el Instructivo de Financiamiento y Rendición que como
Anexo A pasa a formar parte del presente.
f) Monitorear la implementación global del "PROGRAMA"
en el municipio, en el proceso de acreditación a "Municipio
Responsable".
g) Definir los parámetros de valoración, proveer los
instrumentos para la Autoevaluación; y promover el proceso de
Evaluación Externa y posterior Certificación, en el proceso de
acreditación a "Municipio Responsable" y difundir sus resultados.
Las mismas estarán a cargo de la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LA PROVINCIA": Para hacer posible las acciones
previstas en la cláusula primera, "LA PROVINCIA" se compromete a:
a) Aceptar los criterios, pautas e instrumentos
propuestos por la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES en
la acreditación como "Municipio Responsable".
b) Realizar actividades de capacitación según lo
establecido por la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
c) Contribuir con la elaboración del Análisis de
Situación de Salud Local y la puesta en marcha de la Sala de Situación
de Salud Local.
d) Colaborar en lo referido a su jurisdicción con la información disponible en la provincia.
e) Asistir técnicamente en el diseño e implementación
de políticas, programas y proyectos, y facilitar la participación de
los programas y servicios provinciales en dichos procesos.
f) Supervisar el desarrollo del "PROGRAMA" en el municipio en el tránsito hacia Municipio Responsable.
g) Facilitar la información estadística necesaria
para la elaboración del Análisis de Situación de Salud Local y la
puesta en marcha y funcionamiento de la Sala de Situación de Salud
Local.
h) Promover la participación de los organismos
provinciales para llevar adelante estos compromisos y las acciones
necesarias para avanzar en el proceso de acreditación a Municipio
Responsable.
i) Colaborar con los municipios para que realicen los informes técnicos
y financieros comprometidos requeridos según normativa vigente en la
materia y los instructivos de financiamiento que provea la DIRECCIÓN DE
MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
CUARTA. COMPROMISOS DEL "MUNICIPIO": Para hacer posible las acciones
previstas en la cláusula primera, "EL MUNICIPIO" se compromete a:
a) Aceptar los criterios, pautas e instrumentos
propuestos por la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES en
la acreditación a Municipio Responsable.
b) Elaborar un Análisis de Situación de Salud Local.
c) Poner en marcha la Sala de Situación de Salud
Local, promover la utilización de la información en la toma de
decisiones, difundir los datos con la comunidad y otros organismos
estatales y garantizar su actualización.
d) Diseñar e implementar programas, proyectos y
acciones de prevención y promoción de la salud en los distintos campos
de los determinantes, según el Instructivo de Financiamiento y
Rendición que como Anexo A pasa a formar parte del presente.
e) Realizar todos los informes técnicos y financieros
que correspondan, garantizando la rendición de cuentas en tiempo y
forma, según la normativa vigente en la materia y los instructivos de
financiamiento que provea la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES.
f) Fortalecer el trabajo de la Mesa de Trabajo
Intersectorial para llevar a cabo las actividades previstas conforme lo
establecido por la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES y
promover la participación de actores locales y de la comunidad en
general.
g) Participar de las instancias de monitoreo y
evaluación internas y externas, previstas para la implementación del
"PROGRAMA".
h) Realizar la Autoevaluación conforme la metodología
e instrumentos provistos por la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES y facilitar la realización de la Evaluación Externa en el
proceso de acreditación a "Municipio Responsable", aceptando las
pautas, procedimientos y criterios de valoración establecidos.
QUINTA. RELACIÓN Y RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. La ejecución del
presente Protocolo Específico I del AT no crea ningún vínculo de tipo
empleador/empleado, agencia o cualquier relación legal entre "EL
MUNICIPIO", "LA PROVINCIA" y "EL MINISTERIO". "EL MINISTERIO" no será
responsable de ninguna pérdida, accidentes, daño o lesión sufrida por
"LA PROVINCIA" o "EL MUNICIPIO" o cualquier persona que reclame en
nombre de "LA PROVINCIA" o "EL MUNICIPIO", que sea consecuencia o esté
vinculada en cualquier forma con la ejecución del presente Protocolo.
SEXTA. VIGENCIA Y RESCISIÓN: El presente Protocolo entrará en vigencia
el día siguiente de su firma. Tendrá una duración de dos años y se
prorrogará automáticamente de no mediar comunicación fehaciente en
contrario proveniente de alguna de las partes, con una anterioridad de
SESENTA (60) días a su vencimiento. La anulación del Protocolo no
afectará las actividades aprobadas y que estén en curso.
SÉPTIMA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las partes se comprometen a
solucionar todo conflicto motivado en la interpretación y aplicación
del presente protocolo, amistosamente y de buena fe, sometiéndose de
ser necesario a la competencia originaria de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera
corresponder.
OCTAVA. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS:Para todos los efectos legales las
partes constituyen domicilio en los indicados en el encabezado del
presente protocolo.
Leído que fue por las partes y en prueba de conformidad se firman tres
(3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de
_______________, provincia de _______a los_____(_) días del mes de________de dos mil_________.-
ANEXO A
INSTRUCTIVO DE FINANCIAMIENTO Y RENDICIÓN DE PROYECTO MUNICIPAL
En el marco de los compromisos asumidos por el Ministerio de Salud de
la Nación a través de la suscripción del Convenio Marco
Nación-Provincia para la implementación del Programa Nacional de
Ciudades, Municipio y Comunidades Saludables, la Dirección de
Municipios y Comunidades Saludables (DMCS) asiste técnica y
financieramente al municipio para el desarrollo de un
Proyecto
Municipal, que permita abordar los determinantes y condicionantes de la
salud.
Se aportarán --bajo las condiciones que se presentan a continuación y
siguiendo un procedimiento de gestión, monitoreo y evaluación--
recursos financieros acotados, asistencia técnica y capacitación a
cargo de la DMCS y/o de otros programas del Ministerio de Salud de la
Nación relacionados con el problema de salud priorizado por la Mesa de
Trabajo Intersectorial.
El propósito consiste en contribuir con los avances en el proceso de
acreditación del municipio y consolidar el trabajo interjurisdiccional,
en el contexto de las metas establecidas en el marco de la DMCS.
El presente instructivo establece las condiciones generales y
particulares así como los procedimientos y criterios para la
presentación y evaluación del Proyecto Municipal.
Objetivo del financiamiento:
Contribuir y fortalecer el desarrollo de actividades en el marco de
problemas priorizados en el Análisis de Situación de Salud Local (ASSL)
que aborden integralmente los determinantes de la salud a fin de
avanzar en el ciclo de vida del "PROGRAMA NACIONAL DE CIUDADES,
MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES".
Descripción:
• Se trata del aporte de insumos básicos para la
implementación de acciones secuenciadas destinadas a actuar sobre los
factores determinantes que inciden negativamente en la salud de la
población y fortalecer aquellas que inciden positivamente.
• El municipio deberá realizar una planificación
anual integral de actividades que deberán ser sustentables en el tiempo
e integrarse y potenciarse con otras acciones, fomentando las
articulaciones con instituciones (entidades intermedias, escuelas,
organizaciones no gubernamentales) y la participación comunitaria.
• Las áreas temáticas serán aquellas priorizadas en el ASSL.
• Los ejes estratégicos de trabajo serán los campos de los determinantes de la salud, a saber:
- Sistemas y servicios de salud;
- Modos de vida;
- Salud ambiental;
- Socio económicos
El municipio deberá comprometerse a cumplimentar con los requisitos formales solicitados por la DMCS, a saber:
■ Elaboración de un Proyecto Anual para el desarrollo
de actividades en el marco de los problemas de salud priorizados en el
ASSL, según modelo aportado por la DMCS.
■ Mantenimiento actualizado de un sistema de registro
a fin de monitorear el Proyecto y enviar información sistematizada a la
DMCS. Se hará hincapié en los aspectos que contribuyan a la
sustentabilidad de las acciones que se implementen.
■ Los insumos a financiar serán pautados por la DMCS,
dentro de los cuales el municipio podrá seleccionar de acuerdo con la
programación desarrollada y con los parámetros indicados a continuación
en este instructivo, y su compra debe ser realizada directamente por
cada municipio.
El Ministerio de Salud de la Nación se compromete a financiar un
Proyecto de Promoción de la Salud1, de acuerdo con la tipología de
municipios2 que se presenta a continuación:
Ítems financiables:
En función de sus objetivos, el proyecto podrá combinar los siguientes rubros de gastos estimados:
■ 50% del monto total otorgado para erogaciones en
gastos corrientes. Se considera, aquellos bienes que por su naturaleza
están destinados al consumo final o intermedio y que su tiempo de
utilización sea relativamente corto, generalmente dentro del ejercicio.
Por ejemplo: Combustible, material gráfico, catering.
■ 50% del monto total otorgado para erogaciones en
bienes de capital. Se considera, aquellos bienes que no se agotan en el
primer uso, tienen una duración superior a un año y están sujetos a
depreciación. Por ejemplo: computadora de escritorio, cámara
fotográfica, cañón.
■
Estarán excluidos sin excepción el pago a la contratación de personal y servicios
regulares que dispone el municipio, honorarios, recursos humanos, horas cátedra.
________________
1 Los Proyectos de Promoción de la Salud deberán basarse en el Análisis de Situación de Salud Local.
2 El tamaño poblacional del municipio se asigna según
los datos del Censo 2010, realizado por el Instituto Nacional de
Estadística y Censos (INDEC).
Cada municipio deberá ejecutar el total de los fondos transferidos
teniendo en cuenta la metodología de rendición que se detalla en el
presente Instructivo de acuerdo a Resolución Ministerial N° 979/11
modificado por Resolución Ministerial N° 1487/11; en caso contrario los
fondos no ejecutados deberán ser devueltos al finalizar el año de
ejecución del proyecto al Ministerio de Salud de la Nación según los
procedimientos administrativos correspondientes. Se recuerda que todas
las adquisiciones de bienes deben ajustarse a la normativa vigente de
acuerdo al Decreto N° 1023/01 y su reglamentación por Decreto N°
1030/16, los mismos pueden ser objeto de auditorías por la SIGEN.
Según se establecen en los Acuerdos Territoriales suscriptos:
La asistencia técnica será realizada por equipos del Ministerio de Salud de la Nación según la temática abordada.
La DMCS realizará el análisis técnico del Proyecto a fin de efectuar
aportes y sugerencias a los mismos, haciendo hincapié en el plan de
actividades a desarrollar, el monitoreo del conjunto de las actividades
y la evaluación.
La DCMCS realizará asesoramientos y capacitaciones sobre el monitoreo y evaluación del Proyecto.
El equipo provincial de Municipios y Comunidades Saludables asistirá técnicamente y supervisará el desarrollo del proyecto.
Contraparte municipal:
• Recursos Humanos de dependencia municipal para la
diagramación y ejecución de acciones establecidas en el proyecto;
• Elaboración de Proyecto Anual;
• El municipio se compromete a utilizar los recursos
provenientes del financiamiento de la DMCS para la adquisición de
insumos a los fines de la realización del proyecto exclusivamente, así
como a mantener registros fieles, cuentas, facturas y detalles de
gastos y que tales registros permanezcan archivados por al menos
durante diez años. En ningún caso los fondos transferidos por la DMCS
podrán ser destinados a otro fin que no se encuentre previsto en el
proyecto;
• Presentar un informe de monitoreo a la DMCS al
finalizar el sexto mes de ejecución del Proyecto según modelo que
aportará oportunamente la mism
• Presentar un informe financiero a la DMCS al
finalizar el año de ejecución del proyecto3 según modelo que aportará
oportunamente la misma;
• Presentar un informe anual a la DMCS al finalizar la ejecución del Proyecto;
• Colaborar en las revisiones en terreno por parte de
la DMCS en las cuales se verificará la adecuada implementación del
Proyecto.
Contraparte Nacional - DMCS:
• Financiamiento de módulos;
• Asistencia técnica para la elaboración del Proyecto;
• Asistencia técnica para procesos de monitoreo y evaluación;
• Recepción y elevación a áreas pertinentes de medios de verificación y rendición de cuentas;
• Recepción y aprobación de informes semestrales de monitoreo e informe final de cada Proyecto.
Monitoreo:
El informe de monitoreo del Proyecto deberá enviarse a la DMCS al
finalizar el sexto mes de ejecución. La DMCS enviará oportunamente un
modelo de informe de medio término.
Sistematización de la información:
Es indispensable que el municipio sistematice toda la información sobre
las actividades realizadas a través de la recopilación de:
• Archivos fotográficos y/o de video de las actividades realizadas;
• Recortes periodísticos de las actividades;
• Informes internos de equipos, actas de reuniones, etc;
• Cualquier otra documentación que se considere relevante.
________________
3 El Informe Financiero debe contener copias autenticadas de todas las facturas de compras realizadas.
Medios de verificación:
Los medios de verificación están especificados en el proyecto. Deberán
ser enviados al finalizar la ejecución del Proyecto junto con el
Informe Final del mismo.
Medios de rendición financieros:
El municipio deberá enviar copias autenticadas de las facturas de cada
ítem financiado a la DMCS, al finalizar el año de ejecución del
Proyecto a partir de la fecha de la transferencia bancaria.
Asimismo, deberá presentar la rendición de los fondos transferidos
según lo establecen el
DECRETO 225/07-RESOLUCIÓN MSAL 979/11 MODIFICADO
POR RESOLUCIÓN MSAL 1487/11.
METODOLOGÍA DE RENDICIÓN:
1. Nota de remisión de la documentación rubricada por
la máxima Autoridad competente, con la identificación del Responsable
Legal de la CONTRAPARTE; de los responsables de la rendición de cuentas
y los responsables de la custodia y resguardo de la documentación
respaldatoria.
2. La relación de comprobantes que respaldan la
rendición de cuentas, indicando mínimamente: número de factura o
recibo; nombre, denominación o razón social del emisor; Clave Única de
Identificaciones Tributaria (CUIT.) del emisor; concepto y fecha de
cancelación de la factura, adjuntando copia debidamente certificada de
las facturas y/o comprobantes de los gastos, extractos bancarios y
copias certificadas.
La totalidad de los comprobantes deben reunir las
condiciones, formas y requisitos vigentes que establezca la AFIP.
3. Elaboración del informe final que, con carácter de
declaración jurada, deberá presentar la CONTRAPARTE interviniente
respecto de la ejecución de las acciones comprometidas;
4. El compromiso de "cumplir con la obligación de
preservar por el término de DIEZ (10) años, como respaldo documental de
la rendición de cuentas, los comprobantes originales completados de
manera indeleble y que cumplan con las exigencias establecidas por las
normas impositivas y previsionales vigentes y, en su caso, en función
del tipo de inversión efectuada, la presentación de la totalidad de los
antecedentes que justifiquen la inversión de los fondos remesados.
5. El compromiso de la CONTRAPARTE de "cumplir con la
obligación de poner a disposición de las jurisdicciones y entidades
nacionales competentes, así como de los distintos Órganos de Control,
la totalidad de la documentación respiratoria incluyendo los extractos
de las cuentas especiales donde se refleje la ejecución de los montos
transferidos, cuando éstos así lo requieran
MODELO DE RENDICIÓN:
El municipio deberá enviar la rendición de los fondos a la DMCS, al
finalizar el año de ejecución del Proyecto, según el Instructivo de
Rendición de Fondos (ver Anexo 1).
Con relación a cada convenio y contrato cualquiera fuere su modalidad
de ejecución, donde se incumpla el proceso de rendición de cuentas
dentro de los NOVENTA (90) días hábiles administrativos de vencidos los
plazos previstos de rendición, corresponderá que:
a) La Unidad Ejecutora del Programa Presupuestario
proceda a informar dicha situación a la Secretaría o Subsecretaría de
la cual depende;
b) Las Secretarías o Subsecretarías que integran la
Jurisdicción deberán, sobre la base de la información suministrada,
proceder a gestionar el reintegro de los fondos y a tomar las medidas
de su competencia;
c) Cada una de las Secretarías o Subsecretarías
deberán comunicar a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION —SIGEN—, la
existencia de tal situación y sus antecedentes para que tome la
intervención que le compete.
En caso de incumplimiento en la presentación de la rendición de
cuentas, se faculta a las Secretarías o Subsecretarías a disponer de
las siguientes acciones:
a) Interrumpir y/o retener en forma automática la transferencia de fondos;
b) Interrumpir la suscripción de nuevos convenios;
c) Adoptar las acciones que jurídicamente corresponda.
Informe Final:
Al finalizar la ejecución del Proyecto, el municipio deberá enviar a la
DMCS un Informe Final, adjuntando los medios de verificación
especificados. La DMCS enviará oportunamente un modelo de informe final.
Indicadores de resultado:
Los indicadores de resultados serán especificados por cada municipio en
el marco de los objetivos propuestos en los Proyectos y según datos del
Análisis de Situación de Salud Local (ASSL). Asimismo, debe guardar
relación lógica con los mismos.
Administrativos:
■ El municipio debe presentar ante la Dirección de
Municipios y Comunidades Saludables el formulario AUTORIZACIÓN DE
ACREDITACIÓN DE PAGOS DEL TESORO NACIONAL EN CUENTA BANCARIA.
■ Nota suscripta por el Intendente, autorizando la
utilización de la cuenta bancaria informada oportunamente por el
Municipio para la transferencia de fondos
Técnicos:
■ El proyecto deberá ser basado en el ASSL.
■ La presentación del proyecto deberá cumplir con las
pautas establecidas por la DMCS y en su forma original, ser suscripto
por el Intendente, el Referente local de Municipios Saludables, el
responsable del proyecto y el responsable administrativo.
■ El proyecto deberá ser aprobado por la Dirección de Municipios y Comunidades Saludables.
La participación del municipio en el presente financiamiento estará restringida en los siguientes casos:
■ Cuando haya sido adjudicatario de algún
financiamiento anterior en el marco del PNCMCS o la DMCS (cualquiera
sea su modalidad) y adeude el informe final técnico y/o financiero.
■ Cuando no haya cumplimentado en tiempo y forma con
los requerimientos administrativos y técnicos solicitados en este
instructivo.
Declaro conocer y adherir a los objetivos y alcances del Proyecto
Municipal y acepto las obligaciones que el mismo impone según el
presente Instructivo para el Financiamiento de realizado por la DMCS
del Ministerio de Salud de la Nación, en particular las
correspondientes a la administración y rendición del proyecto.
ANEXO 1: MODELO DE INSTRUCTIVO DE RENDICIÓN DE FONDOS
El formulario
deberá estar completado en su totalidad, y ser suscripto por el
Intendente.
El municipio deberá adjuntar:
1) Nota de remisión de la documentación rubricada por
la máxima Autoridad competente, con la identificación del Responsable
Legal del Municipio; de los responsables de la rendición de cuentas y
los responsables de la custodia y resguardo de la documentación
respaldatoria;
2) Copia debidamente certificada de las facturas y/o
comprobantes de los gastos, extractos bancarios y copias certificadas.
La totalidad de los comprobantes deben reunir las condiciones, formas y
requisitos vigentes que establezca la AFIP;
3) Copia de constancia de inscripción del proveedor
y/o validez del comprobante que se emite desde la página Web de AFIP;
4) Elaboración del informe que, con carácter de
declaración jurada, deberá presentar el Municipio interviniente
respecto de la ejecución de las acciones comprometidas.
MODELO: "DECLARACIÓN JURADA SOBRE APLICACIÓN DE FONDOS TRANSFERIDOS"
(Lugar y Fecha de emisión)
SEÑOR
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
RENDICIÓN DE CUENTAS
MINISTERIO DE SALUD
El (los) que suscribe (n).....................(Nombre/s y
Apellido/s).....................en mi (nuestro) carácter
de.............................................(Cargo
que ocupa en la
Institución)................de.........................................(Entidad
u Organismo)..........................con domicilio real/legal en la
calle .........................N°..........................de la
Ciudad/Localidad de................................ Provincia
de.........................., manifiesto con carácter de declaración
jurada, que he/hemos aplicado los fondos transferidos oportunamente
otorgados por el MINISTERIO DE SALUD mediante Resolución
N°.............................../20....., tramitado bajo Expediente
N°........................., conforme el detalle que se expone
seguidamente:
Suma
Otorgada........................................................................................$.............................-
Inversión Documentada rendida en la presente......................................$.............................-
Saldo a Invertir....................................................$................................-
Asimismo, cumplimos en adjuntar un detalle de los respectivos
comprobantes respaldatorios de la inversión documentada al detalle de
fecha, tipo y N° de comprobante, proveedor, concepto, e importe total y
copia de la documentación (facturas, extractos bancarios y/o otros
comprobantes), debidamente conformado por la Autoridad Competente.
Adicionalmente, también con carácter de declaración jurada, manifiesto/manifestamos que:
Los fondos recibidos, en concepto de subsidio, fueron empleados para el
objeto solicitado y/o tenido en cuenta para su otorgamiento.
La totalidad de la documentación original, respaldatoria del empleo de
los fondos de subsidio, cumple con las formalidades y requisitos
establecidos por la Resolución N° 1415/03 y complementarias y
modificatorias de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
(AFIP), salvo los casos de excepción que expresadamente se detallan. La
documentación ORIGINAL se encuentra debidamente archivada, en el
domicilio
de..............................................................(sede
de la institución u organismo privado), a disposición de la DIRECCIÓN
GENERAL DE ADMINISTRACIÓN - DEPTO. RENDICIÓN DE CUENTAS del MINISTERIO
DE SALUD, para su análisis y verificación en el momento que se
considere oportuno y sometido a las competencias de control previstas
en la Ley N° 24.156.
PROTOCOLO ESPECÍFICO II DEL ACUERDO TERRITORIAL
NACIÓN - PROVINCIA - MUNICIPIO
"MUNICIPIO RESPONSABLE"
En la ciudad de__________, a los _________ (_) días del mes de _________ de 20_____, entre el
Ministerio de Salud de la Nación, en adelante "EL MINISTERIO" con sede
en Avenida 9 de Julio 1925 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
actuando en este acto a través del Sr. Secretario de Equidad en Salud,
_________________ por una parte; por otra, el Ministerio de Salud de la
Provincia de __________en adelante "LA PROVINCIA" actuando en este acto a través
del Ministro de Salud de la provincia de__________; con sede en_ de la ciudad de
___________ ; y por la otra, por el Sr. Intendente _____________del Municipio de _________ de la
Provincia de _________en adelante "EL MUNICIPIO", con sede en__________; suscriben el
presente Protocolo Específico II del Acuerdo Territorial (en adelante
AT) suscripto el día_del mes de__________del dos mil__________, para la implementación
DEL PROGRAMA NACIONAL DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES,
en adelante el "PROGRAMA" de conformidad con las cláusulas que a
continuación se establecen:
PRIMERA. OBJETO. ACREDITACIÓN "MUNICIPIO RESPONSABLE": Conforme lo
establecido en el Convenio Marco para la implementación del "PROGRAMA"
en la Provincia de _ y en el Acuerdo Territorial (AT) previamente
suscriptos,"EL MINISTERIO", "LA PROVINCIA" y "EL MUNICIPIO" llevarán
adelante las siguientes acciones para avanzar en el proceso de
acreditación a "Municipio Saludable", a saber:
a. Fortalecer la gestión municipal para llevar
adelante acciones sistemáticas orientadas a la promoción de la salud y
prevención de la enfermedad: institucionalizar la Sala de Situación de
Salud Local como espacio de análisis, planificación y evaluación de
políticas públicas; fortalecer las acciones en el seno de la Mesa de
Trabajo Intersectorial; garantizar los aspectos organizacionales
necesarios para la gestión; desarrollar el marco normativo en materia
de promoción de la salud y prevención de la enfermedad a la vez que de
los mecanismos de control para hacer efectivo su cumplimiento.
b. Promover y fortalecer acciones de promoción de la
salud y prevención de la enfermedad en relación a los "Modos de vida":
generar acciones de capacitación, entornos promotores, estrategias de
comunicación y control de normativa vigente en torno a: estrategias de
promoción de la vida activa y de alimentación saludable; control de
consumo de tabaco; consumo responsable de alcohol y otras sustancias
psicoactivas; promoción de seguridad vial; promoción de la salud
psicosocial; prevención de la violencia sexual y la violencia de
género; promoción de la tenencia responsable de mascotas; promoción de
hábitos de consumo responsable del agua.
c. Mejorar los programas y servicios de salud
reorientados a la promoción de la salud a lo largo del curso de vida:
asegurar la cobertura universal de salud para disminuir las brechas de
inequidad en salud y promover la accesibilidad a los servicios y la
integralidad de los programas que abordan: la salud materno infantil;
la salud integral en la infancia; la salud integral de adolescentes; la
salud integral de personas adultas y de adultos mayores.
d. Promover cambios en los determinantes y
condicionantes relativos al ambiente: desarrollar acciones de
mantenimiento, vigilancia y control ambiental, implementar estrategias
de capacitación y de comunicación, y generar acciones de control de
normativa vigente para: asegurar el cuidado y consumo de agua segura;
garantizar la disposición sanitaria de excretas; desarrollar la gestión
integral de residuos; implementar acciones de prevención y control de
enfermedades vectoriales y zoonóticas; promover el cuidado de espacios
públicos; propiciar acciones tendientes a minimizar los riesgos
ambientales de origen natural o social; garantizar la sustentabilidad
de la actividad económica mediante el control de su impacto ambiental.
e. Promover cambios en los determinantes y
condicionantes socio económicos: propiciar ambientes saludables de
trabajo; desarrollar el capital humano e impulsar el crecimiento del
empleo en el contexto local; promover el acceso a la educación en todos
los niveles y los entornos escolares saludables; propiciar el
desarrollo económico local.
f. Desarrollar y fortalecer los mecanismos necesarios
para lograr avances en relación a indicadores y descriptores relativos
a procesos de gestión, resultados de gestión en salud orientados hacia
la integralidad, la participación y la institucionalización de las
políticas promoción de la salud y prevención de la enfermedad; y
resultados en salud.
g. Desarrollar políticas públicas en el seno de la
Mesa de Trabajo Intersectorial a partir de la reflexión y el análisis
intersectorial en la Sala de Situación de Salud Local.
h. Sostener y ampliar acciones y programas, alcanzando mejores desempeños en sus "resultados en salud".
i. Promover y fortalecer acciones que contribuyan a
reducir las brechas de inequidad en salud. j. Realizar la
Autoevaluación y apoyar el desarrollo de la Evaluación Externa.
j. Realizar la Autoevaluación y apoyar el desarrollo de la Evaluación Externa.
SEGUNDA. COMPROMISOS DE "EL MINISTERIO": Para hacer posible los compromisos descriptos en la cláusula primera, "EL MINISTERIO" se compromete a:
a) Aportar las metodologías e instrumentos para la realización de las acciones comprometidas en la cláusula primera.
b) Capacitar y brindar asistencia técnica a los equipos municipales,
Mesa de Trabajo Intersectorial y equipos provinciales para el diseño,
puesta en marcha e implementación de proyectos y planes.
c) Convocar a los programas del Ministerio de Salud de la Nación e
impulsar la integración con otros Ministerios nacionales para
contribuir al desarrollo de programas y proyectos de promoción de la
salud y prevención de la enfermedad en el municipio y de las acciones
que resulten de los Planes de Mejora.
d) Contribuir con el desarrollo e implementación de acciones en
promoción de la salud local con un abordaje integral de los
determinantes de la salud.
e) Asistir técnica y financieramente en el diseño e implementación de
programas y proyectos de promoción de la salud y prevención de la
enfermedad y en el desarrollo de los Planes de Mejora, según los
Instructivos de Financiamiento y Rendición que como Anexo A y B pasan a
formar parte del presente.
f) Monitorear el desarrollo de los Planes de Mejora y el desarrollo
general del"PROGRAMA" en el municipio en el tránsito hacia "Municipio
Saludable".
g) Definir los parámetros de valoración, proveer los instrumentos para
la Autoevaluación; y promover los procesos de Evaluación Externa y su
posterior Certificación, en el proceso de Acreditación a "Municipio
Saludable" y difundir sus resultados.
Las mismas estarán a cargo de la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LA PROVINCIA": Para hacer posible los compromisos descriptos en la cláusula primera, "LA PROVINCIA" se compromete a:
a) Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos por la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES en la acreditación a
"Municipio Saludable".
b) Realizar actividades de capacitación para el diseño e implementación
de los Planes de Mejora según los criterios establecidos por la
DIRECCION DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
c) Colaborar en lo referido a su jurisdicción con la información disponible en la provincia.
d) Asistir técnicamente en el diseño e implementación de políticas,
programas y proyectos, así como también en los Planes de Mejora, y
facilitar la participación de los programas y servicios provinciales en
dichos procesos.
e) Supervisar el desarrollo del "PROGRAMA" en el municipio en el tránsito hacia "Municipio Saludable".
f) Contribuir con la convocatoria y participación de los organismos
provinciales para llevar adelante estos compromisos y las acciones
necesarias para avanzar en el proceso de Acreditación a "Municipio
Saludable".
g) Colaborar con los municipios para que realicen los informes técnicos
y financieros comprometidos requeridos según normativa vigente en la
materia y los instructivos de financiamiento que provea la DIRECCIÓN DE
MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
CUARTA. COMPROMISOS DEL "MUNICIPIO": Para hacer posible los compromisos descriptos en la cláusula primera, "EL MUNICIPIO" se compromete a:
a) Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos por la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES en la acreditación a
"Municipio Saludable".
b) Garantizar las condiciones organizacionales necesarias para desarrollar las acciones previstas en la cláusula segunda.
c) Diseñar e implementar programas, proyectos y acciones de prevención
y promoción de la salud en los distintos campos de los determinantes
para lograr avances en los indicadores y descriptores establecidos en
la Acreditación a "Municipio Saludable".
d) Realizar todos los informes técnicos y financieros que correspondan,
garantizando la rendición de cuentas en tiempo y forma, según la
normativa vigente en la materia y los instructivos de financiamiento
que provea la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
e) Diseñar, poner en marcha e implementar los Proyectos Municipales,
Módulos de Promoción de la Salud y Planes de Mejora, para avanzar en el
camino hacia "Municipio Saludable", según los Instructivos de
Financiamiento y Rendición que como Anexo A y B pasan a formar parte
del presente.
f) Realizar la Autoevaluación conforme la metodología e instrumentos
provistos por la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES y
facilitar la realización de la Evaluación Externa en el proceso de
Acreditación como "Municipio Saludable", aceptando las pautas,
procedimientos y criterios de valoración establecidos para la
implementación del "PROGRAMA".
QUINTA. RELACIÓN Y RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. La ejecución del
presente Protocolo Específico II del AT no crea ningún vínculo de tipo
empleador/empleado, agencia o cualquier relación legal entre "EL
MUNICIPIO", "LA PROVINCIA" y "EL MINISTERIO". "EL MINISTERIO" no será
responsable de ninguna pérdida, accidentes, daño o lesión sufrida por
"LA PROVINCIA" o "EL MUNICIPIO" o cualquier persona que reclame en
nombre de "LA PROVINCIA" o "EL MUNICIPIO", que sea consecuencia o esté
vinculada en cualquier forma con la ejecución del presente Protocolo.
SEXTA. VIGENCIA Y RESCISIÓN: El presente Protocolo entrará en vigencia
el día siguiente de su firma. Tendrá una duración de dos años y se
prorrogará automáticamente de no mediar comunicación fehaciente en
contrario proveniente de alguna de las partes, con una anterioridad de
SESENTA (60) días a su vencimiento. La anulación del Protocolo no
afectará las actividades aprobadas y que estén en curso.-
SÉPTIMA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las partes se comprometen a
solucionar todo conflicto motivado en la interpretación y aplicación
del presente protocolo, amistosamente y de buena fe, sometiéndose de
ser necesario a la competencia originaria de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera
corresponder.
OCTAVA. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS: Para todos los efectos legales las
partes constituyen domicilio en los indicados en el encabezado del
presente convenio.
Leído que fue por las partes y en prueba de conformidad se firman tres
(3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de
_______________ , provincia instructivos de financiamiento que provea la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
e) Diseñar, poner en marcha e implementar los
Proyectos Municipales, Módulos de Promoción de la Salud y Planes de
Mejora, para avanzar en el camino hacia "Municipio Saludable", según
los Instructivos de Financiamiento y Rendición que como Anexo A y B
pasan a formar parte del presente.
f) Realizar la Autoevaluación conforme la metodología
e instrumentos provistos por la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES y facilitar la realización de la Evaluación Externa en el
proceso de Acreditación como "Municipio Saludable", aceptando las
pautas, procedimientos y criterios de valoración establecidos para la
implementación del "PROGRAMA".de instructivos de financiamiento que provea la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
e) Diseñar, poner en marcha e implementar los
Proyectos Municipales, Módulos de Promoción de la Salud y Planes de
Mejora, para avanzar en el camino hacia "Municipio Saludable", según
los Instructivos de Financiamiento y Rendición que como Anexo A y B
pasan a formar parte del presente.
f) Realizar la Autoevaluación conforme la metodología
e instrumentos provistos por la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES y facilitar la realización de la Evaluación Externa en el
proceso de Acreditación como "Municipio Saludable", aceptando las
pautas, procedimientos y criterios de valoración establecidos para la
implementación del "PROGRAMA"a los_______(_) días del mes de______de
dos mil_______.
ANEXO A
INSTRUCTIVO DE FINANCIAMIENTO DE PISTA DE SALUD
En el marco de los compromisos asumidos por el Ministerio de Salud de
la Nación a través de la suscripción del Convenio Marco
Nación-Provincia para la implementación del Programa Nacional de
Ciudades, Municipio y Comunidades Saludables, la Dirección de
Municipios y Comunidades Saludables (DMCS) asiste técnica y
financieramente a los municipios para el desarrollo de un
Pista de
Salud, para el desarrollo de actividades de prevención y promoción de
la salud a fin de incidir de manera efectiva sobre los factores de
riesgo cardiovasculares de la población.
Se aportarán --bajo las condiciones que se presentan a continuación y
siguiendo un procedimiento de gestión, monitoreo y evaluación--
recursos financieros acotados, asistencia técnica y capacitación a
cargo de la DMCS y/o de otros programas del Ministerio de Salud de la
Nación relacionados con el problema de salud priorizado por la Mesa de
Trabajo Intersectorial.
El propósito consiste en contribuir con los avances en el proceso de
acreditación del municipio y consolidar el trabajo interjurisdiccional,
en el contexto de las metas establecidas en el marco de la DMCS.
El presente instructivo establece las condiciones generales y
particulares así como los procedimientos y criterios para la
presentación y evaluación de la Pista de Salud.
Objetivo del financiamiento:
Promover y fortalecer el desarrollo de actividades municipales dirigidas a promover la vida activa de la población.
Descripción:
• Se trata del aporte de insumos básicos para la
implementación de acciones secuenciadas destinadas a actuar sobre los
factores determinantes que inciden negativamente en la salud de la
población y fortalecer aquellas que inciden positivamente.
• El municipio deberá realizar una pista de salud o
mejorar la existente con el propósito de fortalecer las acciones de
promoción de la salud en el nivel local e integrarse y potenciarse con
otras acciones implementadas en articulación con otras áreas,
instituciones (entidades intermedias, escuelas, organizaciones no
gubernamentales) y la participación social de la comunidad.
• Las áreas geográficas a priorizar serán aquellas
que resulten del análisis en la Sala de Situación de Salud Local.
El municipio deberá comprometerse a cumplimentar con los requisitos formales solicitados por la DMCS, a saber:
■ Elaboración de un informe técnico, según modelo
provisto por la DMCS, sobre el desarrollo de las acciones a realizar en
el marco de la implementación de una Pista de Salud o su mejoramiento.
■ Mantenimiento actualizado de un sistema de registro
a fin de monitorear la inversión y enviar información sistematizada a
la DMCS. Se hará hincapié en los aspectos que contribuyan a la
sustentabilidad de las acciones que se implementen.
■ Los insumos a financiar serán pautados por la DMCS,
dentro de los cuales el municipio podrá seleccionar de acuerdo con la
programación desarrollada y con los parámetros indicados a continuación
en este instructivo, y su compra debe ser realizada directamente por
cada municipio.
■ Presentación de un informe final, según modelo
provisto por la DMCS, sobre las acciones desarrolladas en el marco del
financiamiento.
El Ministerio de Salud de la Nación se compromete a financiar una Pista
de Salud municipal de pesos argentinos cien mil ($ 100.000,00.-) y una
estimación de gastos de 50% en bienes de capital y 50% en bienes de
consumo.
Estarán excluidos sin excepción el pago a la contratación de personal y
servicios regulares que dispone el municipio, honorarios, recursos
humanos, horas cátedra.
Ítems financiables
Los municipios podrán optar únicamente por insumos que contribuyan a la realización o mejoramiento de una Pista de Salud:
La asistencia técnica será realizada por equipos del Ministerio de Salud d la Nación según la temática abordada.
La DMCS realizará el análisis técnico de la iniciativa a fin de
efectuar aportes y sugerencias a los mismos, haciendo hincapié en el
plan de actividades a desarrollar, el monitoreo del conjunto de las
actividades y la evaluación. El equipo jurisdiccional a cargo del
Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables
asistirá técnicamente y supervisará el desarrollo del módulo.
Contraparte municipal:
■ Recursos Humanos de dependencia municipal para la
diagramación y ejecución de acciones establecidas en el módulo;
■ Elaboración de un informe técnico con las actividades a desarrollar;
■ El Municipio se compromete a utilizar los recursos
provenientes del financiamiento de la DMCS para la adquisición de
insumos a fin de poner en marcha o mejorar una Pista de Salud
exclusivamente, a mantener registros fieles, cuentas, facturas y
detalles de gastos y que tales registros permanezcan archivados por al
menos durante diez años. En ningún caso los fondos transferidos por la
DMCS podrán ser destinados a otro fin que no se encuentre previsto en
el presente instructivo;
■ Presentar un informe financiero a la DMCS al
finalizar el año de ejecución de la Pista de Salud 1 según modelo
provisto la DMCS;
■ Presentar un informe anual a la DMCS al finalizar la ejecución del módulo;
■ Colaborar en las revisiones en terreno por parte de
la DMCS en las cuales se verificará la adecuada implementación de la
Pista de Salud.
Contraparte Nacional - DMCS:
■ Financiamiento de la Pista de Salud;
■ Asistencia técnica para la elaboración del informe técnico;
■ Asistencia técnica para procesos de monitoreo y evaluación;
■ Recepción y elevación a áreas pertinentes de medios de verificación y rendición de cuentas;
■ Recepción y aprobación de informe final de la Pista de Salud.
Rendición financiera:
El municipio deberá enviar copias autenticadas de las facturas de cada
ítem financiado a la Dirección de Municipios y Comunidades Saludables
al finalizar el año de ejecución a partir de la fecha de transferencia
bancaria.
Asimismo, deberá presentar la rendición de los fondos transferidos
según lo establecen el
DECRETO 225/07-RESOLUCIÓN MSAL 979/11 MODIFICADO
POR RESOLUCIÓN MSAL 1487/11.
____________________
1 El informe de financiamiento debe contener copias autenticadas de todas las facturas de compras realizadas.
METODOLOGÍA DE RENDICIÓN:
1. Nota de remisión de la documentación rubricada por
la máxima Autoridad competente, con la identificación del Responsable
Legal de la CONTRAPARTE; de los responsables de la rendición de cuentas
y los responsables de la custodia y resguardo de la documentación
respaldatoria.
2. La relación de comprobantes que respaldan la
rendición de cuentas, indicando mínimamente: número de factura o
recibo; nombre, denominación o razón social del emisor; Clave Única de
Identificaciones Tributaria (CUIT.) del emisor; concepto y fecha de
cancelación de la factura, adjuntando copia debidamente certificada de
las facturas y/o comprobantes de los gastos, extractos bancarios y
copias certificadas. La totalidad de los comprobantes deben reunir las
condiciones, formas y requisitos vigentes que establezca la AFIP.
3. Elaboración del informe final que, con carácter de
declaración jurada, deberá presentar la CONTRAPARTE interviniente
respecto de la ejecución de las acciones comprometidas;
4. El compromiso de "cumplir con la obligación de
preservar por el término de DIEZ (10) años, como respaldo documental de
la rendición de cuentas, los comprobantes originales completados de
manera indeleble y que cumplan con las exigencias establecidas por las
normas impositivas y previsionales vigentes y, en su caso, en función
del tipo de inversión efectuada, la presentación de la totalidad de los
antecedentes que justifiquen la inversión de los fondos remesados.
5. El compromiso de la CONTRAPARTE de "cumplir con la
obligación de poner a disposición de las jurisdicciones y entidades
nacionales competentes, así como de los distintos Órganos de Control,
la totalidad de la documentación respaldatoria incluyendo los extractos
de las cuentas especiales donde se refleje la ejecución de los montos
transferidos, cuando éstos así lo requieran".
MODELO DE RENDICIÓN:
El municipio deberá enviar la rendición de los fondos a la Dirección de
Municipios y Comunidades Saludables, al finalizar el año de ejecución
de la Pista de Salud, según el Modelo de Instructivo de Rendición de
Fondos, Anexo 1.
Con relación a cada convenio y contrato cualquiera fuere su modalidad
de ejecución, donde se incumpla el proceso de rendición de cuentas
dentro de los NOVENTA (90) días hábiles administrativos de vencidos los
plazos previstos de rendición, corresponderá que:
a) La Unidad Ejecutora del Programa Presupuestario
proceda a informar dicha situación a la Secretaría o Subsecretaría de
la cual depende;
b) Las Secretarías o Subsecretarías que integran la
Jurisdicción deberán, sobre la base de la información suministrada,
proceder a gestionar el reintegro de loas fondos y a tomar las medidas
de su competencia;
c) Cada una de las Secretarías o Subsecretarías
deberán comunicar a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION —SIGEN—, la
existencia de tal situación y sus antecedentes para que tome la
intervención que le compete.
En caso de incumplimiento en la presentación de la rendición de
cuentas, se faculta a las Secretarías o Subsecretarías a disponer de
las siguientes acciones:
a) Interrumpir y/o retener en forma automática la transferencia de fondos
b) Interrumpir la suscripción de nuevos convenios;
c) Adoptar las acciones que jurídicamente corresponda.
Informe Final:
Al finalizar la ejecución del módulo, el municipio deberá enviar a la
Dirección de Municipios y Comunidades Saludables un Informe Final según
modelo provisto por la DMCS, adjuntando los medios de verificación.
Administrativos:
• El municipio debe presentar ante la Dirección de
Municipios y Comunidades Saludables el formulario AUTORIZACIÓN DE
ACREDITACIÓN DE PAGOS DEL TESORO NACIONAL EN CUENTA BANCARIA
• Nota suscripta por el Intendente/Presidente Comunal
autorizando la utilización de la cuenta bancaria informada
oportunamente por el Municipio para la transferencia de fondos.
Técnicos:
• El municipio debe estar acreditado como Municipio
Responsable en el marco del Programa Nacional de Ciudades, Municipios y
Comunidades Saludables.
• El informe técnico de las actividades planificadas deberá estar aprobado por la DMCS.
La participación del municipio en el presente financiamiento estará restringida en los siguientes casos:
• Cuando hayan sido adjudicatarios de algún
financiamiento anterior en el marco del PNCMCS o la DMCS (cualquiera
sea su modalidad) y adeude el informe final técnico y/o financiero.
• Cuando no haya cumplimentado los requerimientos
administrativos y técnicos solicitados en este instructivo en tiempo y
forma.
Declaro conocer y adherir a los objetivos y alcances del presente
instructivo y acepto las obligaciones que el mismo impone según el
presente Instructivo para el financiamiento de la Pista de Salud
realizado por la DMCS del Ministerio de Salud de la Nación, en
particular las correspondientes a la administración y rendición del
financiamiento.
ANEXO 1. MODELO DE INSTRUCTIVO DE RENDICIÓN DE FONDOS
El formulario
deberá estar completado en su totalidad, y suscripto por el Intendente.
El municipio deberá adjuntar:
5) Nota de remisión de la documentación rubricada por
la máxima Autoridad competente, con la identificación del Responsable
Legal del Municipio; de los responsables de la rendición de cuentas y
los responsables de la custodia y resguardo de la documentación
respaldatoria;
6) Copia debidamente certificada de las facturas y/o
comprobantes de los gastos, extractos bancarios y copias certificadas.
La totalidad de los comprobantes deben reunir las condiciones, formas y
requisitos vigentes que establezca la AFIP;
7) Copia de constancia de inscripción del proveedor
y/o validez del comprobante que se emite desde la página Web de AFIP;
8) Elaboración del informe que, con carácter de
declaración jurada, deberá presentar el Municipio interviniente
respecto de la ejecución de las acciones comprometida
MODELO: "DECLARACIÓN JURADA SOBRE APLICACIÓN DE FONDOS TRANSFERIDOS"
(Lugar y Fecha de emisión)
SEÑOR
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
RENDICIÓN DE CUENTAS
MINISTERIO DE SALUD
El (los) que suscribe (n).....................(Nombre/s y
Apellido/s).....................en mi (nuestro)
carácterde........................
.....................(Cargo que
ocupa en la
Institución)................de.........................................(Entidad
u Organismo)..........................con domicilio real/legal en la
calle .........................N°..........................de la
Ciudad/Localidad de................................ Provincia
de.........................., manifiesto con carácter de declaración
jurada, que he/hemos aplicado los fondos transferidos oportunamente
otorgados por el MINISTERIO DE SALUD mediante Resolución
N°................................../20....., tramitado bajo Expediente
N°........................., conforme el detalle que se expone
seguidamente:
Suma
Otorgada..............................................................................................$.............................-
Inversión Documentada rendida en la presente......................................$.............................-
Saldo a Invertir....................................................$................................-
Asimismo, cumplimos en adjuntar un detalle de los respectivos
comprobantes respaldatorios de la inversión documentada al detalle de
fecha, tipo y N° de comprobante, proveedor, concepto, e importe total y
copia de la documentación (facturas, extractos bancarios y/o otros
comprobantes), debidamente conformado por la Autoridad Competente.
Adicionalmente, también con carácter de declaración jurada, manifiesto/manifestamos que:
Los fondos recibidos, en concepto de subsidio, fueron empleados para el
objeto solicitado y/o tenido en cuenta para su otorgamiento.
La totalidad de la documentación original, respaldatoria del empleo de
los fondos de subsidio, cumple con las formalidades y requisitos
establecidos por la Resolución N° 1415/03 y complementarias y
modificatorias de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
(AFIP), salvo los casos de excepción que expresadamente se detallan. La
documentación ORIGINAL se encuentra debidamente archivada, en el
domicilio
de..............................................................(sede
de la institución u organismo privado), a disposición de la DIRECCIÓN
GENERAL DE ADMINISTRACIÓN - DEPTO. RENDICIÓN DE CUENTAS del MINISTERIO
DE SALUD, para su análisis y verificación en el momento que se
considere oportuno y sometido a las competencias de control previstas
en la Ley N° 24.156.
ANEXO B
INSTRUCTIVO DE FINANCIAMIENTO DEL PLAN DE MEJORA
En el marco de los compromisos asumidos por el Ministerio de Salud de
la Nación a través de la suscripción del Convenio Marco
Nación-Provincia para la implementación del Programa Nacional de
Ciudades, Municipio y Comunidades Saludables, la Dirección de
Municipios y Comunidades Saludables (DMCS) asiste técnica y
financieramente a los municipios para el desarrollo de un
Plan de
Mejora, que permita abordar integralmente los determinantes y
condicionantes de la salud.
Se aportarán --bajo las condiciones que se presentan a continuación y
siguiendo un procedimiento de gestión, monitoreo y evaluación--
recursos financieros acotados, asistencia técnica y capacitación a
cargo de la DMCS y/o de otros programas del Ministerio de Salud de la
Nación relacionados con el problema de salud priorizado por la Mesa de
Trabajo Intersectorial.
El propósito consiste en contribuir con los avances en el proceso de
acreditación a "Municipio Saludable" y consolidar el trabajo
interjurisdiccional, en el contexto de las metas establecidas en el
marco de la DMCS.
El presente instructivo establece las condiciones generales y
particulares así como los procedimientos y criterios para la
presentación y evaluación de un Plan de Mejora hacia Municipio
Saludable.
Objetivos del financiamiento:
(I) Propiciar y fortalecer el desarrollo de
capacidades institucionales en el nivel local para el diseño y
ejecución de políticas de promoción y prevención en salud.
(II) Promover el desarrollo de políticas de promoción y prevención en salud en el territorio.
Descripción:
El Plan de Mejora hacia Municipio Saludable es una herramienta de
planificación estratégica de la política municipal de gestión en salud
que actúa como "puente" facilitador entre los logros alcanzados en la
acreditación como "municipio responsable" y aquello que se espera de un
municipio para ser acreditado como "saludable".
Se trata del aporte de insumos básicos para la implementación de acciones destinadas a fortalecer y mejorar:
• procesos de gestión generales que son condiciones institucionales para el desarrollo de las políticas.
• procesos de gestión particulares (en cada uno de
los campos de los determinantes y condicionantes) buscando alcanzar
resultados de gestión.
Como instrumento intergubernamental, participan distintos actores con roles diferenciados:
• La Mesa de Trabajo Intersectorial es el escenario
de reflexión, diseño y ejecución, que está liderado por el Intendente
Municipal.
• El Ministerio de Salud de la Nación y cada
Ministerio Provincial acompañan el trabajo tanto en el diseño
(comprometiendo distinto tipo de recursos) como en la ejecución.
• El Ministerio de Salud de la Nación es el
responsable del monitoreo y la evaluación de los Planes de Mejora hacia
Municipio Saludable.
El municipio deberá realizar una planificación integral de acciones que
deberán ser sustentables y sostenibles en el tiempo e integrarse y
potenciarse con otras actividades, fomentando las articulaciones con
instituciones (entidades intermedias, escuelas, organizaciones no
gubernamentales) y la participación comunitaria.
El Plan de Mejora está destinado a aquellos Municipios que hayan
acreditado como Municipios Responsables en Salud en el marco del
Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables.
El municipio deberá comprometerse a cumplimentar con los requisitos formales solicitados por la DMCS, a saber:
■ Con el fin de alcanzar los objetivos planteados, se
propone estructurar las líneas de acción a partir de la visualización
de dos componentes que las organizan.
■ Elaboración de un Plan de Mejora para el desarrollo
de acciones integrales en el marco de los componentes y líneas de
trabajo propuestas por la DMCS.
■ Mantenimiento actualizado de un sistema de registro
a fin de monitorear el Plan y enviar información sistematizada a la
DMCS. Se hará hincapié en los aspectos que contribuyan a la
sustentabilidad de las acciones que se implementen.
■ Los insumos a financiar serán pautados por la DMCS,
dentro de los cuales el municipio podrá seleccionar de acuerdo con la
programación desarrollada y con los parámetros indicados a continuación
en este instructivo, y su compra debe ser realizada directamente por
cada municipio.
El Ministerio de Salud de la Nación se compromete a financiar un Plan
de Mejora, según la tipología de municipios por tamaño poblacional5 que
se presenta a continuación:
____________________
5 El tamaño poblacional del municipio se asigna según los datos del
Censo 2010, realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos
(INDEC).
El mismo implicará la realización de acciones (y sus correspondientes
inversiones) según los siguientes máximos y mínimos por cada componente:
Componente 1: Fortalecimiento institucional
La erogación prevista no podrá ser superior al 50% ni menor al 30% de la inversión total del Plan.
Componente 2: Desarrollo de acciones de promoción y prevención en salud
La erogación prevista no podrá ser superior al 70% ni menor al 50% de la inversión total del Plan.
La implementación del Plan de Mejora tendrá una duración máxima de 18 meses.
La rendición financiera se realizará al finalizar los dieciocho (18)
meses de implementación del Plan de Mejora a partir del momento en que
se efectivizó la transferencia.
En función de sus objetivos, el Plan de Mejora podrán combinar los siguientes rubros de gastos estimados:
- 50% del monto total otorgado podrá ser destinado
para erogaciones en gastos corrientes. Se considera a aquellos bienes
que --por su naturaleza-- están destinados al consumo final o
intermedio y que su tiempo de utilización es relativamente corto,
generalmente dentro del ejercicio.
- 50% del monto total otorgado podrá ser destinado
para erogaciones en bienes de capital. Se considera a aquellos bienes
que no se agotan en el primer uso, tienen una duración superior a un
año y están sujetos a depreciación.
Al interior de cada componente deberán respetarse estos porcentajes asignables de "gastos corrientes" y "bienes de capital".
Estarán excluidos sin excepción el pago a la contratación de personal y
servicios regulares que dispone el municipio, honorarios, recursos
humanos, horas cátedra.
La asistencia técnica será realizada por equipos del Ministerio de Salud de la Nación según la temática abordada.
La DMCS realizará el análisis técnico del Plan de Mejora a fin de
efectuar aportes y sugerencias al mismo, haciendo hincapié en el plan
de actividades a desarrollar, el monitoreo del conjunto de las
actividades y la evaluación.
La DMCS realizará asesoramientos y capacitaciones sobre el monitoreo y evaluación del Plan de Mejora.
El equipo jurisdiccional del Programa Nacional de Ciudades, Municipios
y Comunidades Saludables asistirá técnicamente y supervisará el
desarrollo del Plan de Mejora.
Contraparte municipal:
El municipio se compromete a:
- Aportar los recursos humanos municipales para el
diseño y ejecución de las acciones establecidas en el Plan de Mejora.
- Elaborar el Plan de Mejora conforme las pautas presentes en este documento.
- Facilitar el espacio físico y medios de
conectividad para el desarrollo de las acciones previstas en el Plan de
Mejora.
- Utilizar los recursos provenientes del
financiamiento de la DMCS para la adquisición de insumos para la
realización del Plan de Mejora exclusivamente.
- Mantener registros fieles, cuentas, facturas y
detalles de gastos y que tales registros permanezcan archivados por al
menos durante diez años. En ningún caso los fondos transferidos por la
DMCS podrán ser destinados a otro fin que no se encuentre previsto en
el Plan de Mejora.
- Presentar un informe de monitoreo a la DCMCS cada 6
(seis) meses de implementación del Plan de Mejora según modelo que
aportará oportunamente la DMCS.
- Presentar un informe financiero a la DMCS al
finalizar los dieciocho (18) meses de implementación del Plan de
Mejora6 a partir del momento en que se efectivizó la transferencia,
según modelo que aportará provisto por la DMCS.
- Presentar un informe final a la DMCS al finalizar
la implementación del Plan de Mejora según modelo que aportará
oportunamente la DMCS.
- Colaborar en las revisiones en terreno por parte de
la DMCS en las cuales se verificará la adecuada implementación del Plan
de Mejora.
Contraparte Nacional - DMCS:
La Dirección de Municipios y Comunidades Saludables del Ministerio de Salud de la Nación se compromete a:
____________________
6 El informe de financiamiento debe contener copias autenticadas de todas las facturas de compras realizadas.
- Financiar el Plan de Mejora.
- Asistir técnicamente para la elaboración, implementación, monitoreo y evaluación del Plan de Mejora.
- Recibir y elevar a las áreas pertinentes los medios de verificación y rendición de cuentas.
- Recibir y aprobar los informes semestrales de monitoreo y el informe final correspondiente a cada Plan de Mejora.
La generación y sistematización de información oportuna durante la
implementación del Plan de Mejora permite indagar sobre los logros de
los objetivos planteados. De esta manera, el desarrollo de un proceso
de monitoreo guía a los responsables del Plan, a fin de sistematizar el
avance en el cumplimiento de las actividades previstas, los resultados,
sus indicadores y sus medios de verificación.
Se trata de un momento de análisis del camino recorrido, de regreso al
planteo inicial del Plan, para ubicar los problemas que devinieron de
los encuentros de capacitación y que dieron origen al Plan de Mejora.
Esto permitirá identificar las dificultades y las medidas correctivas
que pueden tomarse para alcanzar el logro de los objetivos.
Informes de Monitoreo:
Los informes de monitoreo del Plan de Mejora deberán enviarse a la DMCS
cada 6 (seis) meses de implementación, según el modelo provisto.
Sistematización de la información:
Es indispensable que el municipio sistematice toda la información sobre
las actividades realizadas a través de la recopilación de:
■ Archivos fotográficos y/o de video de las actividades realizadas;
■ Recortes periodísticos de las actividades;
■ Informes internos de equipos, actas de reuniones, etc;
■ Cualquier otra documentación que se considere relevante.
Medios de verificación:
Los medios de verificación están especificados en el Plan de Mejora.
Deberán ser enviados al finalizar la implementación del Plan junto con
el Informe Final del mismo.
Medios de rendición financieros:
El municipio deberá enviar
copias autenticadas de las facturas de cada ítem financiado a la
DMCS, al finalizar los dieciocho (18) meses de
implementación del Plan de Mejora a partir del momento en que se
efectivizó la transferencia.
Asimismo, deberá presentar la rendición de los fondos
transferidos según lo establecen el
DECRETO 225/07-RESOLUCIÓN MSAL
979/11 MODIFICADO POR RESOLUCIÓN MSAL 1487/11.
METODOLOGÍA DE RENDICIÓN:
1. Nota de remisión de la
documentación rubricada por la máxima Autoridad competente, con la
identificación del Responsable Legal de la CONTRAPARTE; de los
responsables de la rendición de cuentas y los responsables de la
custodia y resguardo de la documentación respaldatoria.
2. La relación de comprobantes que
respaldan la rendición de cuentas, indicando mínimamente: número de
factura o recibo; nombre, denominación o razón social del emisor; Clave
Única de Identificaciones Tributaria (CUIT.) del emisor; concepto y
fecha de cancelación de la factura, adjuntando copia debidamente
certificada de las facturas y/o comprobantes de los gastos, extractos
bancarios y copias certificadas. La totalidad de los comprobantes deben
reunir las condiciones, formas y requisitos vigentes que establezca la
AFIP.
3. Elaboración del informe final que,
con carácter de declaración jurada, deberá presentar la CONTRAPARTE
interviniente respecto de la ejecución de las acciones comprometidas;
4. El compromiso de "cumplir con la
obligación de preservar por el término de DIEZ (10) años, como respaldo
documental de la rendición de cuentas, los comprobantes originales
completados de manera indeleble y que cumplan con las exigencias
establecidas por las normas impositivas y previsionales vigentes y, en
su caso, en función del tipo de inversión efectuada, la presentación de
la totalidad de los antecedentes que justifiquen la inversión de los
fondos remesados.
5. El compromiso de la CONTRAPARTE de
"cumplir con la obligación de poner a disposición de las jurisdicciones
y entidades nacionales competentes, así como de los distintos Órganos
de Control, la totalidad de la documentación respiratoria incluyendo
los extractos de las cuentas especiales donde se refleje la ejecución
de los montos transferidos, cuando éstos así lo requieran".
MODELO DE RENDICIÓN:
El Municipio deberá enviar la rendición de los fondos a
la DMCS, al finalizar el ejercicio contable, según el modelo de
Instructivo de Rendición de Fondos, Anexo 1.
Con relación a cada convenio y contrato cualquiera fuere
su modalidad de ejecución, donde se incumpla el proceso de rendición de
cuentas dentro de los NOVENTA (90) días hábiles administrativos de
vencidos los plazos previstos de rendición, corresponderá que:
a) La Unidad Ejecutora del Programa Presupuestario
proceda a informar dicha situación a la Secretaría o Subsecretaría de
la cual depende;
b) Las Secretarías o Subsecretarías que integran la
Jurisdicción deberán, sobre la base de la información suministrada,
proceder a gestionar el reintegro de los fondos y a tomar las medidas
de su competencia;
c) Cada una de las Secretarías o Subsecretarías
deberán comunicar a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION —SIGEN—, la
existencia de tal situación y sus antecedentes para que tome la
intervención que le compete.
En caso de incumplimiento en la presentación de la rendición de
cuentas, se faculta a las Secretarías o Subsecretarías a disponer de
las siguientes acciones:
a) Interrumpir y/o retener en forma automática la transferencia de fondos;
b) Interrumpir la suscripción de nuevos convenios;
c) Adoptar las acciones que jurídicamente corresponda.
Informe Final:
Al finalizar la implementación del Plan de Mejora, el municipio deberá
enviar a la DMCS un Informe Final, adjuntando los medios de
verificación especificados, según el modelo provisto por DMCS.
Indicadores de resultado:
Los indicadores de resultado serán especificados por cada municipio en
el marco de los objetivos propuestos en el Plan de Mejora. Asimismo,
debe guardar relación lógica con los mismos.
Administrativos:
■ El municipio debe presentar ante la Dirección de
Municipios y Comunidades Saludables el formulario AUTORIZACIÓN DE
ACREDITACIÓN DE PAGOS DEL TESORO NACIONAL EN CUENTA BANCARIA.
■ Nota suscripta por el Intendente o Presidente
Comunal autorizando el uso de la cuenta bancaria informada por el
municipio oportunamente.
Técnicos:
■ El Plan de Mejora deberá ser basado en los
problemas de salud priorizados y los puntos críticos identificados en
el informe de Autoevaluación y Evaluación Externa.
■ Presentación del Plan de Mejora según las pautas
establecidas en el presente instructivo y en su forma original, ser
suscripto por el Intendente y referente municipal de Municipios y
Saludables.
■ El Plan de Mejora deberá ser aprobado por la Dirección de Municipios y Comunidades Saludables
La participación de los municipios en el presente Plan de Mejora estará restringida en los siguientes casos:
■ Cuando hayan sido adjudicatarios de algún
financiamiento anterior en el marco del PNCMCS o la DMCS (cualquiera
sea su modalidad) y adeude el informe final técnico y financiero.
■ Cuando no hayan cumplimentado los requerimientos
administrativos y técnicos solicitada en estas bases en tiempo y forma.
Declaro conocer y adherir a los objetivos y alcances del presente Plan
de Mejora y acepto las obligaciones que el mismo impone según el
presente Instructivos para el financiamiento del Plan de Mejora
realizados por la DMCS del Ministerio de Salud de la Nación, en
particular las correspondientes a la administración y rendición del
proyecto.
ANEXO 1. MODELO DE INSTRUCTIVO DE RENDICIÓN DE FONDOS.
El formulario deberá estar completado en su totalidad, y suscripto por el Intendente.
El municipio deberá adjuntar:
1) Nota de remisión de la documentación rubricada por la máxima
Autoridad competente, con la identificación del Responsable Legal del
Municipio; de los responsables de la rendición de cuentas y los
responsables de la custodia y resguardo de la documentación
respaldatoria;
2) Copia debidamente certificada de las facturas y/o
comprobantes de los gastos, extractos bancarios y copias certificadas.
La totalidad de los comprobantes deben reunir las condiciones, formas y
requisitos vigentes que establezca la AFIP;
3) Copia de constancia de inscripción del proveedor
y/o validez del comprobante que se emite desde la página Web de AFIP;
4) Elaboración del informe que, con carácter de
declaración jurada, deberá presentar el Municipio interviniente
respecto de la ejecución de las acciones comprometidas.
MODELO: "DECLARACIÓN JURADA SOBRE APLICACIÓN DE FONDOS TRANSFERIDOS"
(Lugar y Fecha de emisión)
SEÑOR
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
RENDICIÓN DE CUENTAS MINISTERIO DE SALUD
El (los) que suscribe (n).....................(Nombre/s y
Apellido/s).....................en mi (nuestro) carácter
de.............................................(Cargo
que ocupa en la
Institución)................de.........................................(Entidad
u Organismo)..........................con domicilio real/legal en la
calle .........................N°..........................de la
Ciudad/Localidad de................................ Provincia
de.........................., manifiesto con carácter de declaración
jurada, que he/hemos aplicado los fondos transferidos oportunamente
otorgados por el MINISTERIO DE SALUD mediante Resolución
N°................................../20....., tramitado bajo Expediente
N°........................., conforme el detalle que se expone
seguidamente:
Suma
Otorgada........................................................................................$..........................-
Inversión Documentada rendida en la presente......................................$.............................-
Saldo a Invertir....................................................$................................-
Asimismo, cumplimos en adjuntar un detalle de los respectivos
comprobantes respaldatorios de la inversión documentada al detalle de
fecha, tipo y N° de comprobante, proveedor, concepto, e importe total y
copia de la documentación (facturas, extractos bancarios y/o otros
comprobantes), debidamente conformado por la Autoridad Competente.
Adicionalmente, también con carácter de declaración jurada, manifiesto/manifestamos que:
Los fondos recibidos, en concepto de subsidio, fueron empleados para el
objeto solicitado y/o tenido en cuenta para su otorgamiento.
La totalidad de la documentación original, respaldatoria del empleo
de
los fondos de subsidio, cumple con las formalidades y requisitos
establecidos por la Resolución N° 1415/03 y complementarias y
modificatorias de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
(AFIP), salvo los casos de excepción que expresadamente se detallan. La
documentación ORIGINAL se encuentra debidamente archivada, en el
domicilio
de..............................................................(sede
de la institución u organismo privado), a disposición de la DIRECCIÓN
GENERAL DE ADMINISTRACIÓN - DEPTO. RENDICIÓN DE CUENTAS
del MINISTERIO DE SALUD, para su análisis y verificación en el momento
que se considere oportuno y sometido a las competencias de control
previstas en la Ley N° 24.156.
PROTOCOLO ESPECÍFICO III DEL ACUERDO TERRITORIAL
NACIÓN-PROVINCIA-MUNICIPIO
"MUNICIPIO SALUDABLE"
En la ciudad de____________, a los _________ (_) días del mes de
______
_ de 20____, entre el Ministerio de Salud de la Nación, en adelante "EL
MINISTERIO"
con sede en Avenida 9 de Julio 1925 de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, actuando en este acto a través del Sr. Secretario de Equidad en
Salud,_____________ por una parte; por otra, el Ministerio de Salud de
la Provincia de______________en adelante "LA PROVINCIA" actuando en
este acto a través del Ministro
de Salud de la provincia de________; con sede en_______
de la ciudad de ________ ; y por la otra, por elSr. Intendente
__________del Municipio de __________ de la Provincia de____________en adelante "EL MUNICIPIO", con sede en________;
suscriben el presente Protocolo Específico III del Acuerdo Territorial (en adelante AT)
suscripto el día___________del mes de____________del dos mil _____, para la
implementación
del "PROGRAMA NACIONAL DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES", en adelante el "PROGRAMA"de conformidad con las cláusulas
que a continuación se establecen:
PRIMERA. OBJETO. ACREDITACIÓN A "MUNICIPIO SALUDABLE":
Conforme lo establecido en el Convenio Marco para la implementación del
"PROGRAMA" en la Provincia
de_y en el Acuerdo Territorial (AT) previamente suscriptos,"EL
MINISTERIO",
"LA PROVINCIA" y "EL MUNICIPIO" llevarán adelante las siguientes
acciones para sostener los avances en el proceso de acreditación a
"Municipio Saludable", a saber:
a. Fortalecer la gestión municipal para llevar adelante
acciones sistemáticas orientadas a la promoción de la salud y
prevención de la enfermedad: actualizar y difundir la información de la
Sala de Situación de Salud Local; desarrollar un marco institucional;
fortalecer las acciones en el seno de la Mesa de Trabajo
Intersectorial; y garantizar los aspectos organizacionales necesarios
para la gestión.
b. Promover y fortalecer acciones de promoción de la
salud y prevención de la enfermedad en relación a los modos de vida:
actividad física, los municipios libres de humo, la salud psicosocial,
la alimentación saludable y seguridad vial, consumo abusivo de alcohol,
la violencia sexual y la violencia de género, promover la tenencia
responsable de mascotas; promover hábitos de consumo responsable del
agua.
c. Mejorar los programas y servicios de salud
reorientados a la promoción de la salud a lo largo del curso de vida:
salud materno infantil, salud integral en la infancia, salud integral
de adolescentes y salud integral de personas adultas y adultos mayores.
d. Propiciar cambios en los determinantes y
condicionantes relativos al ambiente: Aguas seguras, gestión integral
de residuos sólidos, cuidado de espacios públicos municipales, impacto
ambiental de la actividad económica, enfermedades vectoriales y
zoonóticas.
e. Desarrollar acciones tendientes a modificar los
determinantes y condicionantes socio económicos: salud y trabajo, salud
y educación y desarrollo económico local.
f. Desarrollar y fortalecer los mecanismos necesarios
para lograr avances en relación a indicadores y descriptores relativos
a procesos de gestión, resultados de gestión en salud orientados hacia
la integralidad, la participación y la institucionalización de las
políticas promoción de la salud y prevención de la enfermedad; y
resultados en salud.
g. Desarrollar políticas públicas en el seno de la
Mesa de Trabajo Intersectorial a partir de la reflexión y el análisis
intersectorial en la Sala de Situación de Salud Local.
h. Sostener y ampliar acciones y programas, alcanzando mejores desempeños en sus "resultados en salud".
i. Promover y fortalecer acciones que contribuyan a reducir las brechas de inequidad en salud.
SEGUNDA. COMPROMISOS DE "EL MINISTERIO": Para hacer posible los
compromisos descriptos en la cláusula primera, "EL MINISTERIO" se
compromete a:
a) Aportar las metodologías e instrumentos para la
realización de las acciones comprometidas en la cláusula primera.
b) Capacitar y brindar asistencia técnica al equipo
municipal, Mesa de Trabajo Intersectorial y equipo provincial para el
diseño, puesta en marcha e implementación de proyectos y planes.
c) Convocar a los programas del Ministerio de Salud
de la Nación y propiciar la integración con otros Ministerios
nacionales para contribuir al desarrollo de programas y proyectos de
promoción de la salud y prevención de la enfermedad en el municipio y
de las acciones que resulten de los Plan Estratégico de Promoción de la
Salud Local.
d) Contribuir con el desarrollo de acciones y programas que mejoren los resultados en salud en el nivel local.
e) Asistir técnica y financieramente en el diseño e
implementación del Plan Estratégico de Promoción de la Salud Local,
según el Instructivo de Financiamiento y Rendición que como Anexo A
pasa a formar parte del presente.
f) Monitorear el desarrollo del Plan Estratégico de
Promoción de la Salud Local y el desarrollo general del "PROGRAMA" en
"Municipio Saludable".
g) Definir los parámetros de valoración, proveer los
instrumentos para la Autoevaluación; y promover los procesos de
Evaluación Externa y su posterior Certificación, en el proceso de
Acreditación de los distintos niveles de "Municipio Saludable" y
difundir sus resultados.
Los mismos estarán a cargo de la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LA PROVINCIA": Para hacer posible los
compromisos descriptos en la cláusula primera, "LA PROVINCIA" se
compromete a:
a) Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos por la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES en la acreditación de
los distintos niveles de "Municipio Saludable".
b) Realizar actividades de capacitación para el diseño e implementación
del Plan Estratégico de Promoción de la Salud Local según los criterios
establecidos por la DIRECION DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
c) Colaborar en lo referido a su jurisdicción con la información
disponible en la provincia para fortalecer la Sala de Situación de
Salud Local, indicadores y descriptores correspondientes a la Fase 4
Municipio Saludable.
d) Asistir técnicamente en el diseño e implementación del Plan
Estratégico de Promoción de la Salud Local y facilitar la participación
de los programas y servicios provinciales en dichos procesos.
e) Supervisar el desarrollo del "PROGRAMA" en el cumplimiento de los estándares de la acreditación a "Municipio Saludable".
f) Contribuir con la convocatoria y participación de los organismos
provinciales para llevar adelante estos compromisos y las acciones
necesarias para avanzar en el proceso de acreditación a "Municipio
Saludable".
g) Asistir a los municipios para la realización de los informes
técnicos y financieros comprometidos requeridos según normativa vigente
en la materia y el instructivo de financiamiento que provea la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
CUARTA. COMPROMISOS DEL "MUNICIPIO": Para hacer posible los compromisos
descriptos en la cláusula primera, "EL MUNICIPIO" se compromete a:
a) Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos por la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLESen la acreditación de
los distintos niveles de "Municipio Saludable".
b) Garantizar las condiciones organizacionales necesarias para desarrollar las acciones previstas en la cláusula primera.
c) Diseñar e implementar programas, proyectos y acciones de prevención
y promoción de la salud en los distintos campos de los determinantes
para lograr avances en los indicadores y descriptores establecidos en
los distintos niveles de "Municipio Saludable".
d) Realizar los informes técnicos y financieros que correspondan,
garantizando la rendición de cuentas en tiempo y forma, según la
normativa vigente en la materia y el instructivo de financiamiento que
provea la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
e) Diseñar, poner en marcha e implementar el Plan Estratégico de
Promoción de la Salud Local, según los Instructivos de Financiamiento y
Rendición que como Anexo A pasa a formar parte del presente.
f) Generar evidencia en promoción de la salud para la implementación de buenas prácticas.
g) Realizar la Autoevaluación conforme la metodología e instrumentos
provistos por la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES y
facilitar la realización de la Evaluación Externa en el proceso de
Acreditación en los distintos niveles de "Municipio Saludable",
aceptando las pautas, procedimientos y criterios de valoración
establecidos para la implementación del "PROGRAMA".
QUINTA. RELACIÓN Y RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. La ejecución del
presente Protocolo Específico III del AT no crea ningún vínculo de tipo
empleador/empleado, agencia o cualquier relación legal entre "EL
MUNICIPIO", "LA PROVINCIA" y "EL MINISTERIO". "EL MINISTERIO" no será
responsable de ninguna pérdida, accidentes, daño o lesión sufrida por
"LA PROVINCIA" o "EL MUNICIPIO" o cualquier persona que reclame en
nombre de "LA PROVINCIA" o "EL MUNICIPIO", que sea consecuencia o esté
vinculada en cualquier forma con la ejecución del presente Protocolo.
SEXTA. VIGENCIA Y RESCISIÓN: El presente Protocolo entrará en vigencia
el día siguiente a su firma. Tendrá una duración de dos años y se
prorrogará automáticamente de no mediar comunicación fehaciente en
contrario proveniente de alguna de las partes, con una antelación no
menor a SESENTA (60) días a su vencimiento. La anulación del Protocolo
no afectará las actividades aprobadas y que estén en curso.-
SÉPTIMA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las partes se comprometen a
solucionar todo conflicto motivado en la interpretación y aplicación
del presente protocolo, amistosamente y de buena fe, sometiéndose de
ser necesario a la competencia originaria de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera
corresponder.
OCTAVA. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS: Para todos los efectos legales las
partes constituyen domicilio en los indicados en el encabezado del
presente convenio.
Leído que fue por las partes y en prueba de conformidad se firman tres
(3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de ____________,
provincia de __________a los______(_) días del mes de____________de dos mil_________.
ANEXO A
INSTRUCTIVO DE FINANCIAMIENTO DEL PLAN ESTRATÉGICO DE PROMOCIÓN DE LA SALUD LOCAL
En el marco de los compromisos asumidos por el Ministerio de Salud de
la Nación a través de la suscripción del Convenio Marco
Nación-Provincia para la implementación del Programa Nacional de
Ciudades, Municipio y Comunidades Saludables, la Dirección de
Municipios y Comunidades Saludables (DMCS) asiste técnica y
financieramente a los municipios para el desarrollo de un
Plan
Estratégico de Promoción de la Salud Local, para el desarrollo de
iniciativas locales, que permitan abordar los determinantes y
condicionantes de la salud y disminuir las brechas de inequidad.
Se aportarán --bajo las condiciones que se presentan a continuación y
siguiendo un procedimiento de gestión, monitoreo y evaluación--
recursos financieros acotados, asistencia técnica y capacitación a
cargo de la DMCS y/o de otros programas del Ministerio de Salud de la
Nación relacionados.
El propósito consiste en contribuir con los avances en el proceso de
acreditación a "Municipio Saludable" y consolidar el trabajo
interjurisdiccional, en el contexto de las metas establecidas en el
marco de la DMCS.
El presente instructivo establece las condiciones generales y
particulares así como los procedimientos y criterios para la
presentación y evaluación de un Plan Estratégico de Promoción de la
Salud Local para fortalecer los cinco Componentes propuestos a los
Municipios Saludables.
Objetivo del financiamiento:
Fortalecer la gestión municipal a través de la implementación un Plan
Estratégico de Promoción de la Salud que aborde integralmente los
determinantes de la salud, a fin de lograr avances en los procesos de
gestión; resultados de gestión en salud orientados hacia la
integralidad, la participación y la institucionalización de las
políticas promoción de la salud y prevención de la enfermedad; y
resultados en salud.
Descripción:
• Consiste en un aporte para la adquisición de insumos básicos para la
implementación de acciones destinadas a modificar variables que inciden
negativamente en la salud de la población y fortalecer aquellas que
inciden positivamente.
• El Municipio deberá realizar un Plan Estratégico de Salud Local con
el propósito de generar y profundizar políticas públicas de promoción
de la salud en el nivel local y potenciarse con otras acciones
implementadas en articulación con otras áreas, instituciones (entidades
intermedias, escuelas, organizaciones no gubernamentales) y la
participación comunitaria.
• Las áreas temáticas a priorizar serán aquellas que resulten del
informe de la Autoevaluación y Evaluación Externa para la acreditación
a Municipio Saludable, con énfasis en el análisis de la Mesa de Trabajo
Intersectorial en el marco de la Sala de Situación de Salud Local.
El Municipio deberá comprometerse a cumplimentar con los requisitos formales solicitados por la DMCS, a saber:
■ Elaboración de un Plan Estratégico de Salud Local, según modelo provisto por la DMCS.
■ Mantenimiento actualizado de un sistema de registro
a fin de monitorear la inversión y enviar información sistematizada a
la DMCS. Se hará hincapié en los aspectos que contribuyan a la
sustentabilidad de las acciones que se implementen.
■ Los insumos a financiar serán pautados por la DMCS,
dentro de los cuales el municipio podrá seleccionar de acuerdo con la
programación desarrollada y con los parámetros indicados a continuación
en este instructivo, y su compra debe ser realizada directamente por
cada municipio.
El Ministerio de Salud de la Nación se compromete a financiar un Plan
Estratégico de Salud Local según tipología por tamaño poblacional1 que
se presenta a continuación:
Ítems financiables:
En función de sus objetivos, el Plan Estratégico de Promoción de la
Salud Local podrá combinar los siguientes rubros de gastos estimados:
■ 50% del monto total otorgado para erogaciones en gastos corrientes.
Se considera, aquellos bienes que por su naturaleza están destinados al
consumo final o intermedio y que su tiempo de utilización sea
relativamente corto, generalmente dentro del ejercicio. Por ejemplo:
Combustible, material gráfico, catering.
■ 50% del monto total otorgado para erogaciones en bienes de capital.
Se considera, aquellos bienes que no se agotan en el primer uso, tienen
una duración superior a un año y están sujetos a depreciación. Por
ejemplo: computadora de escritorio, cámara fotográfica, cañón.
La implementación del Plan Estratégico de Promoción de la Salud Local tendrá una duración máxima de hasta 18 meses.
La rendición financiera se realizará al finalizar los dieciocho (18)
meses de implementación el Plan Estratégico de Promoción de la Salud
Local a partir del momento en que se efectivizó la transferencia.
_______________________
1 El tamaño poblacional del municipio se asigna según los datos del
Censo 2010, realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos
(INDEC).
Estarán
excluidos sin excepción el pago a la contratación de personal y
servicios regulares que dispone el municipio, honorarios, recursos
humanos, horas cátedra.
La asistencia técnica será realizada por equipos del Ministerio de Salud de la Nación según las temáticas abordadas.
La DMCS realizará el análisis técnico de la iniciativa a fin de
efectuar aportes y sugerencias a los mismos, haciendo hincapié en el
plan de actividades a desarrollar, el monitoreo del conjunto de las
actividades y la evaluación. El equipo jurisdiccional a cargo del
Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables
asistirá técnicamente y supervisará el desarrollo del módulo.
Contraparte municipal:
■ Recursos Humanos de dependencia municipal para la diagramación y ejecución de acciones establecidas en el módulo;
■ Elaboración de un Plan Estratégico de Promoción de la Salud Local;
■ El municipio se compromete a utilizar los recursos provenientes del
financiamiento de la DMCS para la adquisición de insumos para la
realización del Plan Estratégico de Salud Local exclusivamente, a
mantener registros fieles, cuentas, facturas y detalles de gastos y que
tales registros permanezcan archivados por al menos durante diez años.
En ningún caso los fondos transferidos por la DMCS podrán ser
destinados a otro fin que no se encuentre previsto en el módulo;
■ Presentación de un informe financiero a la DMCS al finalizar la ejecución del Plan 1 según modelo provisto por la DCMCS;
■ Presentación de un informe final a la DMCS cumplida la ejecución del Plan;
■ Colaboración con las revisiones en terreno por parte de la DMCS en
las cuales se verificará la adecuada implementación del módulo.
______________________
1 El informe de financiamiento debe contener copias autenticadas de todas las facturas de compras realizadas
Contraparte Nacional - DMCS:
■ Financiamiento de módulos;
■ Asistencia técnica para la elaboración del Plan Estratégico de Salud Local;
■ Asistencia técnica para procesos de monitoreo y evaluación;
■ Recepción y elevación a áreas pertinentes de medios de verificación y rendición de cuentas;
■ Recepción y aprobación de informe final del Plan.
Rendición financiera:
El municipio deberá enviar copias autenticadas de las facturas de cada
ítem financiado a la Dirección de Municipios y Comunidades Saludables
al finalizar el ejercicio contable.
Asimismo, deberá presentar la rendición de los fondos transferidos
según lo establecen el
DECRETO 225/07-RESOLUCIÓN MSAL 979/11 MODIFICADO
POR RESOLUCIÓN MSAL 1487/11.
METODOLOGÍA DE RENDICIÓN:
1. Nota de remisión de la documentación rubricada por la máxima
Autoridad competente, con la identificación del Responsable Legal de la
CONTRAPARTE; de los responsables de la rendición de cuentas y los
responsables de la custodia y resguardo de la documentación
respaldatoria.
2. La relación de comprobantes que respaldan la rendición de cuentas,
indicando mínimamente: número de factura o recibo; nombre, denominación
o razón social del emisor; Clave Única de Identificaciones Tributaria
(CUIT.) del emisor; concepto y fecha de cancelación de la factura,
adjuntando copia debidamente certificada de las facturas y/o
comprobantes de los gastos, extractos bancarios y copias certificadas.
La totalidad de los comprobantes deben reunir las condiciones, formas y
requisitos vigentes que establezca la AFIP.
3. Elaboración del informe final que, con carácter de declaración
jurada, deberá presentar la CONTRAPARTE interviniente respecto de la
ejecución de las acciones comprometidas;
4. El compromiso de "cumplir con la obligación de preservar por el
término de DIEZ (10) años, como respaldo documental de la rendición de
cuentas, los comprobantes originales completados de manera indeleble y
que cumplan con las exigencias establecidas por las normas impositivas
y previsionales vigentes y, en su caso, en función del tipo de
inversión efectuada, la presentación de la totalidad de los
antecedentes que justifiquen la inversión de los fondos remesados.
5. El compromiso de la CONTRAPARTE de "cumplir con la obligación de
poner a disposición de las jurisdicciones y entidades nacionales
competentes, así como de los distintos Órganos de Control, la totalidad
de la documentación respaldatoria incluyendo los extractos de las cuentas especiales donde se refleje la
ejecución de los montos transferidos, cuando éstos así lo requieran".
MODELO DE RENDICIÓN:
El municipio deberá enviar la rendición de los fondos a la Dirección de
Municipios y Comunidades Saludables, al finalizar el ejercicio
contable, según el Modelo de Instructivo de Rendición de Fondos, Anexo
1.
Con relación a cada convenio y contrato cualquiera fuere su modalidad
de ejecución, donde se incumpla el proceso de rendición de cuentas
dentro de los NOVENTA (90) días hábiles administrativos de vencidos los
plazos previstos de rendición, corresponderá que:
a) La Unidad Ejecutora del Programa Presupuestario
proceda a informar dicha situación a la Secretaría o Subsecretaría de
la cual depende;
b) Las Secretarías o Subsecretarías que integran la
Jurisdicción deberán, sobre la base de la información suministrada,
proceder a gestionar el reintegro de los fondos y a tomar las medidas
de su competencia;
c) Cada una de las Secretarías o Subsecretarías
deberán comunicar a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION —SIGEN—, la
existencia de tal situación y sus antecedentes para que tome la
intervención que le compete.
En caso de incumplimiento en la presentación de la rendición de
cuentas, se faculta a las Secretarías o Subsecretarías a disponer de
las siguientes acciones:
a) Interrumpir y/o retener en forma automática la transferencia de fondos
b) Interrumpir la suscripción de nuevos convenios;
c) Adoptar las acciones que jurídicamente corresponda.
Informe Final:
Al finalizar la ejecución del Plan, el Municipio deberá enviar a la
Dirección de Municipios y Comunidades Saludables un Informe Final,
adjuntando los medios de verificación, según modelo provisto por la
DMCS.
Administrativos:
• El Municipio debe presentar ante la Dirección de
Municipios y Comunidades Saludables el formulario AUTORIZACIÓN DE
ACREDITACIÓN DE PAGOS DEL TESORO NACIONAL EN CUENTA BANCARIA
• Nota suscripta por el Intendente o Presidente
Comunal autorizando el uso de la cuenta bancaria informada por el
municipio oportunamente.
Técnicos:
• El municipio debe estar acreditado como Municipio
Saludable en el marco del Programa Nacional de Ciudades, Municipios y
Comunidades Saludables
La participación de los municipios en el presente Módulo de Financiamiento estará restringida en los siguientes casos:
• Cuando hayan sido adjudicatarios de algún
financiamiento anterior en el marco del PNCMCS o la DMCS (cualquiera
sea su modalidad) y adeude el informe final técnico y financiero.
• Cuando no hayan cumplimentado los requerimientos
administrativos y técnicos solicitados en este instructivo en tiempo y
forma.
Declaro conocer y adherir a los objetivos y alcances del presente
Módulo y acepto las obligaciones que el mismo impone según el presente
Instructivos para el financiamiento del Módulo de Plan Estratégico de
Promoción de la Salud Local realizados por el DMCS del Ministerio de
Salud de la Nación, en particular las correspondientes a la
administración y rendición del módulo.
ANEXO 1. MODELO DE INSTRUCTIVO DE RENDICIÓN DE FONDOS
El
formulario deberá estar completado en su totalidad, y suscripto por el
Intendente.
El municipio deberá adjuntar:
1) Nota de remisión de la documentación rubricada por
la máxima Autoridad competente, con la identificación del Responsable
Legal del Municipio; de los responsables de la rendición de cuentas y
los responsables de la custodia y resguardo de la documentación
respaldatoria;
2) Copia debidamente certificada de las facturas y/o
comprobantes de los gastos, extractos bancarios y copias certificadas.
La totalidad de los comprobantes deben reunir las condiciones, formas y
requisitos vigentes que establezca la AFIP;
3) Copia de constancia de inscripción del proveedor
y/o validez del comprobante que se emite desde la página Web de AFIP;
4) Elaboración del informe que, con carácter de
declaración jurada, deberá presentar el Municipio interviniente
respecto de la ejecución de las acciones comprometidas.
MODELO: "DECLARACIÓN JURADA SOBRE APLICACIÓN DE FONDOS TRANSFERIDOS"
(Lugar y Fecha de emisión)
SEÑOR
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
RENDICIÓN DE CUENTAS
MINISTERIO DE SALUD
El (los) que suscribe (n).....................(Nombre/s y
Apellido/s).....................en mi (nuestro) carácter
de.............................................(Cargo
que ocupa en la
Institución)................de.........................................(Entidad
u Organismo)..........................con domicilio real/legal en la
calle .........................N°..........................de la
Ciudad/Localidad de................................ Provincia
de.........................., manifiesto con carácter de declaración
jurada, que he/hemos aplicado los fondos transferidos oportunamente
otorgados por el MINISTERIO DE SALUD mediante Resolución
N°.............................../20....., tramitado bajo Expediente
N°..................., conforme el detalle que se expone seguidamente:
Suma
Otorgada........................................................................................$.............................-
Inversión Documentada rendida en la presente......................................$.............................-
Saldo a Invertir....................................................$................................-
Asimismo, cumplimos en adjuntar un detalle de los respectivos
comprobantes respaldatorios de la inversión documentada al detalle de
fecha, tipo y N° de comprobante, proveedor, concepto, e importe total y
copia de la documentación (facturas, extractos bancarios y/o otros
comprobantes), debidamente conformado por la Autoridad Competente.
Adicionalmente, también con carácter de declaración jurada, manifiesto/manifestamos que:
Los fondos recibidos, en concepto de subsidio, fueron empleados para el
objeto solicitado y/o tenido en cuenta para su otorgamiento.
La totalidad de la documentación original, respaldatoria del empleo
de
los fondos de subsidio, cumple con las formalidades y requisitos
establecidos por la Resolución N° 1415/03 y complementarias y
modificatorias de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
(AFIP), salvo los casos de excepción que expresadamente se detallan. La
documentación ORIGINAL se encuentra debidamente archivada, en el
domicilio
de..............................................................(sede
de la institución u organismo privado), a disposición de la DIRECCIÓN
GENERAL DE ADMINISTRACIÓN - DEPTO. RENDICIÓN DE CUENTAS
del MINISTERIO DE SALUD, para su análisis y verificación en el momento
que se considere oportuno y sometido a las competencias de control
previstas en la Ley N° 24.156.