MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 345/2020
RESOL-2020-345-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 30/07/2020
Visto el expediente EX-2019-87959712-APN-DGDOMEN#MHA, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de
Acción y Presupuesto para el ejercicio 2020 formulado por Integración
Energética Argentina S.A., actuante en el ámbito de la Secretaría de
Energía del Ministerio de Desarrollo Productivo.
Que la ley
24.156, contiene en el Capítulo III del Título II, el Régimen
Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en Administración Nacional.
Que obra en
el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina Nacional de
Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la
Secretaría de Hacienda de este Ministerio sobre la medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha
tomado la intervención que le compete.
Que
esta resolución se dicta en virtud a la facultades previstas en el
artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4
de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Aprobar el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2020 de
Integración Energética Argentina S.A., actuante en el ámbito de la
Secretaría de Energía del Ministerio de Desarrollo Productivo, de
acuerdo al detalle obrante en los anexos I
(IF-2020-46036573-APN-SSP#MEC) y II (IF-2020-46036545-APN-SSP#MEC) que
integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Estimar en la suma de ciento
un mil cuatrocientos veintitrés millones ochocientos cuatro mil
ochocientos cincuenta y un pesos ($ 101.423.804.851) los ingresos de
operación y fijar en la suma de ciento cuarenta y cuatro mil
novecientos veintidós millones novecientos treinta y nueve mil
seiscientos cincuenta y cinco pesos ($ 144.922.939.655) los gastos de
operación, y como consecuencia de ello aprobar el Resultado Operativo
(Pérdida de operación) estimado en cuarenta y tres mil cuatrocientos
noventa y nueve millones ciento treinta y cuatro mil ochocientos cuatro
pesos ($ 43.499.134.804), de acuerdo al detalle que figura en las
planillas del anexo II (IF-2020-46036545-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO
3º.- Estimar en la suma de ciento cincuenta y cuatro mil setecientos
cuarenta y cuatro millones ochocientos treinta y seis mil cincuenta y
seis pesos ($ 154.744.836.056) los ingresos corrientes y fijar en la
suma de ciento cuarenta y ocho mil doscientos ochenta y ocho millones
quinientos ochenta y siete mil ciento diez pesos ($ 148.288.587.110)
los gastos corrientes, y como consecuencia de ello aprobar el Resultado
Económico (Ahorro) estimado en seis mil cuatrocientos cincuenta y seis
millones doscientos cuarenta y ocho mil novecientos cuarenta y seis
pesos ($ 6.456.248.946), de acuerdo con el detalle que figura en las
planillas del anexo II (IF-2020-46036545-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO
4º.- Estimar en la suma de trece mil doscientos tres millones noventa y
cinco mil setecientos noventa pesos ($ 13.203.095.790) los ingresos de
capital y fijar en la suma de dieciséis mil cincuenta millones
quinientos sesenta y un mil ochocientos setenta pesos ($
16.050.561.870) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en
conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de
esta resolución, estimar el Resultado Financiero (Superávit) para el
ejercicio 2020 en tres mil seiscientos ocho millones setecientos
ochenta y dos mil ochocientos sesenta y seis pesos ($ 3.608.782.866),
de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del anexo II
(IF-2020-46036545-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/08/2020 N° 29941/20
v. 03/08/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)