MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 251/2020
RESOL-2020-251-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 31/07/2020
VISTO el Expediente EX-2020-39773086- -APN-DRYFPQ#MSG, el Decreto N° 50
del 19 de diciembre de 2019, la Decisión Administrativa N° 335 del 6 de
marzo de 2020, las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nros.
RESOL-2017-574-APN-MSG y RESOL-2018-499-APN-MSG, y
CONSIDERANDO:
Que el espíritu de la modificada RESOL-2017-574-APN-MSG por la
RESOL-2018-499-APN-MSG, es procurar el efectivo cobro de las sanciones
de “Multas” establecidas para aquellas personas físicas o jurídicas que
transgredan el régimen de la Ley N° 26.045.
Que mediante dicha Resolución, se aprobó el formulario de “Boleta de
Deuda”, facultándose para su confección a la EX COORDINACIÓN DE
EVALUACIÓN TÉCNICA Y CONTROL DE PRECURSORES QUÍMICOS.
Que resulta imperioso en virtud del dictado del Decreto N° 50 del 19 de
diciembre de 2019, y la Decisión Administrativa N° 335 del 6 de marzo
de 2020 y el nuevo esquema organizativo, proceder a la modificación de
la mencionada normativa ministerial.
Que, en este sentido, la estructura organizativa del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, aprobada por la mentada Decisión Administrativa N° 335/2020,
contempla, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y
COOPERACIÓN JUDICIAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL,
a la DIRECCIÓN DEL REGISTRO Y FISCALIZACIÓN DE PRECURSORES QUÍMICOS
dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO.
Que, entre otras acciones, le compete a la DIRECCIÓN DEL REGISTRO Y
FISCALIZACIÓN DE PRECURSORES QUÍMICOS, resolver las actuaciones
administrativas labradas en orden a las infracciones previstas en la
Ley N° 26.045, y demás normas dictadas en consecuencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio, ha
tomado la intervención que le corresponde.
Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en
virtud de los artículos 4°, inciso b), apartado 9°, y 22 bis de la Ley
de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificaciones.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el formulario de “Boleta de Deuda”, aprobado
por el artículo 1° de la RESOL-2017-574-APN-MSG, modificado por la
RESOL-2018-499-APN-MSG, por el formulario que se adjunta al presente
como Anexo (IF-2020-39812371-APN-DRYFPQ#MSG), el que deberá ser
confeccionado y suscripto por la DIRECCIÓN DEL REGISTRO Y FISCALIZACIÓN
DE PRECURSORES QUÍMICOS, para dar inicio a la ejecución fiscal por
multas aplicadas de conformidad a lo prescripto en la Ley N° 26.045.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el Artículo 2° de la RESOL-2017-574-APN-MSG,
modificado por la RESOL-2018-499-APN-MSG, por el siguiente:
“ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a la DIRECCIÓN DEL REGISTRO Y FISCALIZACIÓN
DE PRECURSORES QUÍMICOS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LUCHA
CONTRA EL NARCOTRÁFICO, a que una vez remitidos de la CÁMARA NACIONAL
DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL, los recursos
judiciales directos, en el supuesto de que hubiese quedado firme el
acto administrativo que impuso una multa, eleve el expediente con la
boleta de deuda correspondiente a la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JUDICIALES,
de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de este MINISTERIO DE
SEGURIDAD, en un término no mayor a los diez (10) días hábiles
administrativos de vencido el plazo para su cumplimiento.”
ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Sabina Andrea Frederic
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/08/2020 N° 30003/20
v. 03/08/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
De las constancias que
obran en la DIRECCIÓN DEL REGISTRO Y FISCALIZACIÓN DE PRECURSORES
QUÍMICOS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL
NARCOTRÁFICO de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y
COOPERACIÓN JUDICIAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, surge que el responsable del rubro adeuda
a ésta Administración Pública en concepto de multa impuesta por la
Disposición N° de fecha / / , la suma de pesos ( $
).-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Total adeudado…………… $
Se certifica que esta
DIRECCIÓN DEL REGISTRO Y FISCALIZACIÓN DE PRECURSORES QUÍMICOS,
dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de
la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la
SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, actúa conforme la competencia emanada de la Ley N° 26.045,
del Decreto N° 50/19 y de la Decisión Administrativa Nº 335/20.
En la DIRECCIÓN DEL REGISTRO Y FISCALIZACIÓN DE PRECURSORES QUÍMICOS,
dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de
la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la
SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, / / .
IF-2020-39812371-APN-DRYFPQ#MSG