MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 402/2020
RESOL-2020-402-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 14/04/2020
VISTO el EX-2019-102524430--APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCIÒN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la firma FRESENIUS KABI SOCIEDAD ANÓNIMA celebro un acuerdo directo
con la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS
AIRES obrante en el orden Nº 3, paginas 3/6 de la
CD-2019-103001012-APN-DGDMT#MPYT, del EX-2019-102524430-
-APN-DGDMT#MPYT.
Que bajo el mentado acuerdo los agentes negociadores convienen
modificaciones en la jornada de trabajo del personal obrante en la
nómina obrante en el orden Nº 3, paginas 7/8 de la
CD-2019-103001012-APN-DGDMT#MPYT, del EX-2019-102524430-
-APN-DGDMT#MPYT, en las condiciones y términos allí pactados.
Que los sectores intervinientes han acreditado la representación que
invisten con la documentación adjunta y ratifican en todos sus términos
el acuerdo de marras.
Que en razón de lo expuesto, procede la registración del mismo, el que
será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin
perjuicio de los derechos individuales del personal afectado.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención
que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de registración, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO - 2019 -
75 - APN - PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase registrado el acuerdo y el listado del personal
celebrado entre la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA
FILIAL BUENOS AIRES, por el sector sindical, y la empresa FRESENIUS
KABI SOCIEDAD ANÒNIMA, por la parte empleadora, en el orden Nº 3,
paginas 3/8 de la CD-2019-103001012-APN-DGDMT#MPYT, del
EX-2019-102524430- -APN-DGDMT#MPYT.
ARTÍCULO 2°.-Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de
la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión
Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro del acuerdo y
nómina de personal afectado obrante en el orden Nº 3, paginas 3/8 de la
CD-2019-103001012-APN-DGDMT#MPYT, del EX-2019-102524430- -APN-DGDMT#MPYT
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente Legajo.
ARTÍCULO 4°.- Establécese que la registración del acuerdo marco
colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente Resolución,
lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores
comprendidos por el mismo.
ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita de los instrumentos registrados y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/08/2020 N° 25005/20 v. 04/08/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)