MINISTERIO
DE TURISMO Y DEPORTES
Decisión Administrativa 1397/2020
DECAD-2020-1397-APN-JGM - Estructura
organizativa.
Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-13348772-APN-DNO#JGM, los Decretos Nº
2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios,
Nº 180 del 8 de marzo de 2019, N° 7 del 10 de diciembre de 2019 y Nº 50
del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión
Administrativa N° 317 del 13 de marzo de 2018, la Resolución de la ex
AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL Nº 1 del 5 de abril de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 7/19, modificatorio de la Ley de Ministerios, se
creó, el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, y se suprimió la AGENCIA DE
DEPORTE NACIONAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
entre ellos el referido al MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
Que por la Decisión Administrativa N° 317/18 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del ex MINISTERIO DE
TURISMO.
Que por el Decreto N° 180/19 se aprobó la estructura organizativa de
primer nivel operativo de la ex AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y por la Resolución de la citada Agencia N°
1/19 se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo de
dicha Entidad.
Que, en consecuencia, resulta necesario en esta instancia, dotar al
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES de una estructura organizativa que le
permita llevar adelante las políticas integrales relativas al turismo y
deportes, e incorporar, homologar, reasignar y derogar diversos cargos
en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, han tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE TURISMO Y
DEPORTES ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por los artículos 100 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
y 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N°
438/92) y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.-
(Artículo derogado por art. 9° del Decreto N° 1103/2024 B.O. 18/12/2024.)
ARTÍCULO 2º.-
(Artículo derogado por art. 9° del Decreto N° 1103/2024 B.O. 18/12/2024.)
ARTÍCULO 3º.-
(Artículo derogado por art. 9° del Decreto N° 1103/2024 B.O. 18/12/2024.)
ARTÍCULO 4º.-
(Artículo derogado por art. 9° del Decreto N° 1103/2024 B.O. 18/12/2024.)
ARTÍCULO 5º.-
(Artículo derogado por art. 9° del Decreto N° 1103/2024 B.O. 18/12/2024.)
ARTÍCULO 6º.- Deróganse los artículos 1º a 5º de la Decisión
Administrativa N° 317/18.
ARTÍCULO 7°.- Derógase la Resolución de la entonces AGENCIA DE DEPORTE
NACIONAL N° 1/19.
ARTÍCULO 8º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 53 –
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Matías Lammens
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 05/08/2020 N° 30661/20 v. 05/08/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)
ANEXOS Ia, Ib, Ic, Id, Ie, If
ANEXO II
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se
hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el
enlace "Esta
norma es complementada o modificada por X norma(s).")