RESTAURACIÓN DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA INSTRUMENTADA EN TÍTULOS EMITIDOS BAJO LA LEY DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Ley 27556

Disposiciones.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

RESTAURACIÓN DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA INSTRUMENTADA EN TÍTULOS EMITIDOS BAJO LEY DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Artículo 1°- Dispónese, con base en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública 27.541, la reestructuración de la deuda del Estado Nacional instrumentada en los títulos públicos denominados en Dólares Estadounidenses emitidos bajo ley de la República Argentina detallados en el ANEXO I de la presente, en adelante “Títulos Elegibles”, mediante una operación de canje a ser llevada a cabo con los alcances y en los términos y condiciones detallados en el ANEXO II de esta ley.

Artículo 2°- Dispónese la emisión de los bonos detallados en el Anexo III que forma parte integrante de la presente, denominados en Dólares Estadounidenses y en Pesos, en adelante “Nuevos Títulos”, por hasta los montos máximos y de acuerdo con las condiciones financieras allí detalladas.

Artículo 3°- Los tenedores de Títulos Elegibles que no adhieran a la invitación a canjear dispuesta mediante el artículo 1° de esta ley continuarán con sus pagos diferidos hasta el 31 de diciembre de 2021. Una vez liquidada la operación aprobada por el artículo 1º, los tenedores de estos Títulos Elegibles que a esa fecha no hubieran adherido, podrán canjearlos en los términos de la presente ley mediante notificación dirigida a la Autoridad de Aplicación. En estos casos, solo se reconocerán los intereses devengados hasta la fecha de entrada en vigencia del decreto 346/20, mediante la entrega de los Nuevos Títulos, de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el ANEXO II de la presente ley.

(Nota Infoleg: por art. 10 del Decreto Nº 331/2022 B.O. 16/6/2022 se prorroga la vigencia del diferimiento dispuesto en el presente artículo hasta el 31 de diciembre de 2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

Artículo 4°- Desígnase al Ministerio de Economía como Autoridad de Aplicación de la presente ley, con facultades para realizar todos los actos y/o contrataciones necesarios tendientes al cumplimiento de la presente, como así también para dictar toda norma complementaria y de implementación.

Los contratos que se suscriban en los términos de la presente ley no estarán alcanzados por las disposiciones del decreto 1023 del 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios.

Artículo 5°- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente medida será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes a la Jurisdicción 90 - Servicio de la Deuda Pública.

Artículo 6º- El Poder Ejecutivo nacional remitirá al Honorable Congreso de la Nación un informe con los resultados de la operación dispuesta por la presente ley, dentro de los noventa (90) días de liquidada la operación dispuesta por el artículo 1° de esta norma.

Art. 7°- La presente ley es de orden público y entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Art. 8°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DÍA CUATRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

REGISTRADO BAJO EL N° 27556

CRISTINA FERNÁNDEZ DE KIRCHNER - SERGIO TOMAS MASSA - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/08/2020 N° 31451/20 v. 08/08/2020

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


ANEXO I


TÍTULOS ELEGIBLES

A continuación se detallan los Títulos Elegibles bajo la Propuesta de Reestructuración:



IF-2020-45507773-APN-SF#MEC

ANEXO II

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA OFERTA SEGÚN TÍTULO ELEGIBLE

Los tenedores de los Títulos Elegibles descriptos en Anexo I cuyas órdenes de canje son aceptadas pueden optar, según opcionalidades dispuestas, por recibir en la fecha de liquidación:

A.   "BONOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES STEP UP 2030 - LEY ARGENTINA" (BONO USD 2030 L.A.)

B.   “BONOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES STEP UP 2035” (BONO USD 2035 L.A.)

C.   “BONOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES STEP UP 2038” (BONO USD 2038 L.A.)

D.   "BONOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES STEP UP 2041” (BONO USD 2041 L.A.)

De acuerdo a las siguientes relaciones de canje expresadas por cada Valor Nominal Original (VNO) U$S 100:



1F-2020-45507773-APN-SF#MEC

Asimismo, los tenedores de los Títulos Elegibles enumerados a continuación podrán optar por los siguientes instrumentos denominados en pesos ajustables por CER:

E.   "BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR CER 2,00% VTO. 2026” (BONCER 2026 2,00%).

F.   “BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR CER 2.25% VTO.

2028" (BONCER 2028 2,25%)                                                '

De acuerdo a las siguientes relaciones de canje expresadas por cada Valor Nominal Original (VNO)U$S100:



Los tenedores no recibirán ningún pago en efectivo por los intereses acumulados y no pagados de los títulos elegibles, recibiendo como contraprestación en la forma de BONOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES 1% 2030” (BONO USD 2030 al 1% L.A.):

(i) El Interés Corrido de cada título elegible desde la fecha de último pago al 4 de septiembre de 2020 (exclusive), si los títulos son presentados durante el "Período de Aceptación Temprana de la Oferta”.

(i¡) El Interés Corrido de cada título elegible desde la fecha de último pago al 6 de abril de 2020 (exclusive), si los títulos son presentados con posterioridad al "Período de Aceptación Temprana de la Oferta”.

De acuerdo a las siguientes relaciones expresadas por cada Valor Nominal Original (VNO) U$S 100:                                                                                       '


Aquellos tenedores de los siguientes títulos elegibles que opten por los nuevos BONCER 2026 2,00% y/o BONCER 2028 2,25% recibirán dicha contraprestación en la forma de títulos adicionales de acuerdo a las relaciones expresadas por cada Valor Nominal Original (VNO) U$S 100:


IF-2020-45509738-APN-SF#MEC

El “Período de Aceptación Temprana de la Oferta” será definido en oportunidad de la publicación del Procedimiento de Canje por la Autoridad de Aplicación.

Si durante el plazo comprendido entre la entrada en vigencia de la presente ley y el quinto aniversario desde la Fecha de Liquidación de la Operación dispuesta por el Decreto 582/2020, la REPÚBLICA ARGENTINA realizara voluntariamente una mejor oferta a los Títulos Elegibles de esta Operación o a aquellos contenidos en el Decreto N° 582/2020, la mejora se hará extensiva a los tenedores de los Nuevos Títulos detallados en el Anexo III.

En dicha circunstancia, los tenedores de los “BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR CER 2% VTO. 2026" (BONCER 2026 2%) y “BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR CER 2,25%% VTO. 2028” (BONCER 2028 2,25%), tendrán derecho, a participar de un nuevo canje por nuevos instrumentos de similares características que incorporen las mejores condiciones financieras de dicha mejor oferta.

La República Argentina no tendrá la obligación de hacer extensiva la mejora o realizar un nuevo canje conforme lo previsto en los dos párrafos anteriores, si la mejora ofrecida se realizara en cumplimiento de una orden judicial o un laudo arbitral de carácter final y no apelable.

MONTOS MÁXIMOS DE EMISIÓN DE LOS NUEVOS TÍTULOS

La cantidad nominal a emitir de los Nuevos Títulos estará limitada según lo establecido en la tabla expuesta a continuación:


Asimismo, la cantidad nominal conjunta de BONCER 2026 2,00% y BONCER 2028 2,25% no podrá superar los $1.727.129 millones.

1F-2020-45509738-APN-SF#MEC

ANEXO III

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LOS NUEVOS TÍTULOS

A.   “BONOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES STEP UP 2030 - LEY ARGENTINA” (BONO USD 2030 L.A.)

Monto máximo de capital a emitir: el monto de capital total máximo de los Títulos Step Up en USD 2030 que la República Argentina puede emitir en virtud de la oferta es U$S 22.609 millones.

Fecha de emisión: 4 de septiembre de 2020.

Amortización: la amortización se efectuará en DOCE (12) cuotas semestrales iguales el 4 de marzo y 4 de septiembre de cada año, con la primera cuota el 4 de marzo de 2025 y la última cuota el 4 de septiembre de 2030.

Intereses: los Títulos Step Up en USD 2030 devengarán intereses, sobre la base de UN (1) año de TRESCIENTOS SESENTA (360) días integrado por DOCE (12) meses de TREINTA (30) días cada uno, de acuerdo con las siguientes tasas anuales:

i. Del 4 de septiembre de 2020 (inclusive) al 4 de septiembre de 2021 (exclusive): CERO COMA CIENTO VEINTICINCO POR CIENTO (0,125%).

¡i. Del 4 de septiembre de 2021 (inclusive) al 4 de septiembre de 2023 (exclusive): CERO COMA CINCUENTA POR CIENTO (0,50%).

iii.     Del 4 de septiembre de 2023 (inclusive) al 4 de septiembre de 2027 (exclusive): CERO COMA SETENTA Y CINCO POR CIENTO (0,75%).

iv.    Del 4 de septiembre de 2027 al vencimiento: UNO COMA SETENTA Y CINCO POR CIENTO (1,75%).

Las fechas de pago de intereses para los Títulos Step Up en USD 2030 son el 4 de marzo y el 4 de septiembre de cada año, comenzando el 4 de septiembre de 2021.

Denominación mínima: UN (1) dólar estadounidense (U$S 1,00).

Ley aplicable: se regirán por la Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA.

B.   “BONOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES STEP UP 2035” (BONO USD 2035 L.A.)

Monto máximo de capital a emitir: el monto de capital total máximo de los Títulos Step Up en USD 2035 que la República Argentina puede emitir en virtud de la oferta es U$S 35.663 millones.

Fecha de emisión: 4 de septiembre de 2020.         '

IF-2020-45507773-APN-SF#MEC

Amortización: la amortización se efectuará en DIEZ (10) cuotas semestrales iguales el 4 de marzo y 4 de septiembre de cada año, con la primera cuota el 4 de marzo de 2031 y la última cuota el 4 de septiembre de 2035.

Intereses: los Títulos Step Up en USD 2035 devengarán intereses, sobre la base de UN (1) año de TRESCIENTOS SESENTA (360) días integrado por DOCE (12) meses de TREINTA (30) días cada uno, de acuerdo con las siguientes tasas anuales:

i. Del 4 de septiembre de 2020 (inclusive) al 4 de septiembre de 2021 (exclusive): CERO COMA CIENTO VEINTICINCO POR CIENTO (0,125%).

¡i. Del 4 de septiembre de 2021 (inclusive) al 4 de septiembre de 2022 (exclusive): UNO COMA CIENTO VEINTICINCO POR CIENTO (1,125%).

iii.     Del 4 de septiembre de 2022 (inclusive) al 4 de septiembre de 2023 (exclusive): UNO COMA CINCUENTA POR CIENTO (1,50%).

iv.     Del 4 de septiembre de 2023 (inclusive) al 4 de septiembre de 2024 (exclusive): TRES COMA SEISCIENTOS VEINTICINCO POR CIENTO (3,625%).

v.     Del 4 de septiembre de 2024 (inclusive) al 4 de septiembre de 2027 (exclusive): CUATRO COMA CIENTO VEINTICINCO POR CIENTO (4,125%).

vi.     Del 4 de septiembre de 2027 (inclusive) al 4 de septiembre de 2028 (exclusive): CUATRO COMA SETENTA Y CINCO POR CIENTO (4,75%).

vii.    Del 4 de septiembre de 2028 (inclusive) al vencimiento: CINCO POR CIENTO (5,00%).

Las fechas de pago de intereses para los Títulos Step Up en USD 2035 son el 4 de marzo y el 4 de septiembre de cada año, comenzando el 4 de septiembre de 2021.

Denominación mínima: UN (1) dólar estadounidense (U$S 1,00).

Ley aplicable: se regirán por la Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA.

C. “BONOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES STEP UP 2038” (BONO USD 2038 L.A.)

Monto máximo de capital a emitir: el monto de capital total máximo de los Títulos Step Up en USD 2038 queda República Argentina puede emitir en virtud de la oferta es U$S 7.254 millones.

Fecha de emisión: 4 de septiembre de 2020. .

IF-2020-4550973 8-APN-SF#MEC

Amortización: la amortización se efectuará en VEINTIDÓS (22) cuotas semestrales iguales el 4 de marzo y el 4 de septiembre de cada año, con la primera cuota el 4 de marzo de 2028 y la última cuota el 4 de septiembre de 2038.

Intereses: los Títulos Step Up en USD 2038 devengarán intereses, sobre la base de UN (1) año de TRESCIENTOS SESENTA (360) días integrado por DOCE (12) meses de TREINTA (30) días cada uno, de acuerdo con las siguientes tasas anuales:

i. Del 4 de septiembre de 2020 (inclusive) al 4 de septiembre de 2021 (exclusive): CERO COMA CIENTO VEINTICINCO POR CIENTO (0,125%).

¡i. Del 4 de septiembre de 2021 (inclusive) al 4 de septiembre de 2022 (exclusive): DOS POR CIENTO (2,00%).

iii.     Del 4 de septiembre de 2022 (inclusive) al 4 de septiembre de 2023 (exclusive):

TRES COMA OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO POR CIENTO (3,875%).        '

iv.     Del 4 de septiembre de 2023 (inclusive) al 4 de septiembre de 2024 (exclusive): CUATRO COMA VEINTICINCO POR CIENTO (4,25%).

v.     Del 4 de septiembre de 2024 (inclusive) al vencimiento: CINCO POR CIENTO (5,00%).

Las fechas de pago de intereses para los Títulos Step Up en USD 2038 son el 4 de marzo y el 4 de septiembre de cada año, comenzando el 4 de septiembre de 2021.

Denominación mínima: UN (1) dólar estadounidense (U$S 1,00).

Ley aplicable: se regirán por la Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA.

D. “BONOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES STEP UP 2041” (BONO USD 2041 LA.)

Monto máximo de capital a emitir: el monto de capital total máximo de los Títulos Step Up en USD 2041 que la República Argentina puede emitir en virtud de la oferta es U$S 44.217 millones.

Fecha de emisión: 4 de septiembre de 2020.

Amortización: la amortización se efectuará en VEINTIOCHO (28) cuotas semestrales iguales el 4 de marzo y 4 de septiembre de cada año, con la primera cuota el 4 de marzo de 2028 y la última cuota el 4 de septiembre de 2041.

Intereses: los Títulos Step Up en USD 2041 devengarán intereses, sobre la base de UN (1) año de TRESCIENTOS SESENTA (360) días integrado por DOCE (12) meses de TREINTA (30) días cada uno, de acuerdo con las siguientes tasas anuales:

IF-2020-45509738-APN-SF#MEC

i.      Del 4 de septiembre de 2020 (inclusive) al 4 de septiembre de 2021 (exclusive): CERO COMA CIENTO VEINTICINCO POR CIENTO (0,125%).

ii.     Del 4 de septiembre de 2021 (inclusive) al 4 de septiembre de 2022 (exclusive): DOS COMA CINCUENTA POR CIENTO (2,50%).

¡ii. Del 4 de septiembre de 2022 (inclusive) al 4 de septiembre de 2029 (exclusive): TRES COMA CINCUENTA POR CIENTO (3,50%).

iv. Del 4 de septiembre de 2029 (inclusive) al vencimiento: CUATRO COMA OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO POR CIENTO (4,875%).

Las fechas de pago de intereses para los Títulos Step Up en USD 2041 son el 4 de marzo y ef 4 de septiembre de cada año, comenzando el 4 de septiembre de 2021.

Denominación mínima: UN (1) dólar estadounidense (U$S 1,00).

Ley aplicable: se regirán por la Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA.

E. “BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR CER 2,00% VTO. 2026” (BONCER 2026 2,00%)

Monto máximo de capital a emitir: el monto de capital total máximo de los Títulos que la República Argentina puede emitir en virtud de la oferta es $ 578.975 millones.

Fecha de emisión: 4 de septiembre de 2020.

Amortización: la amortización se efectuará en CUATRO (4) cuotas semestrales ¡guales el 4 de mayo y el 4 de noviembre de cada año, con la primera cuota el 4 de mayo de 2025 y la última cuota el 4 de noviembre de 2026.

Ajuste de capital: El saldo de capital de los bonos será ajustado conforme al COEFICIENTE DE ESTABILIZACIÓN DE REFERENCIA (CER) referido en el artículo 4o del Decreto N° 214 del 3 de febrero de 2002, informado por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, correspondiente al período transcurrido entre los DIEZ (10) días hábiles anteriores a la fecha de emisión y los DIEZ (10) días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento del servicio de interés o amortización de capital correspondiente. La Oficina Nacional de Crédito Público dependiente de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA, será el Agente de Cálculo. La determinación del monto del ajuste efectuado por el Agente dé Cálculo será salvo error manifiesto, final y válido para todas las partes.

Intereses: los BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR CER 2,00% VTO. 2026 (BONCER 2026 2,00%) devengarán intereses, a partir del 4 de septiembre de 2020, sobre la base de UN (1) año de TRESCIENTOS SESENTA (360) días integrado por DOCE (12) meses de TREINTA (30) días cada uno, a una tasa de DOS POR CIENTO (2,00%).

Las fechas de pago de intereses para los BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR CER 2,00% VTO. 2026 (BONCER 2026 2,00%) son el 4 de mayo y el 4 de noviembre de cada año, comenzando el 4 de mayo de 2021.

Moneda de denominación y pagos: Pesos.

Denominación mínima: UN (1) peso ($ 1,00).

Ley aplicable: se regirán por la Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA.

F. “BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR CER 2.25% VTO. 2028” (BONCER 2028 2,25%)

Monto máximo de capital a emitir: el monto de capital total máximo de los Títulos que la República puede emitir en virtud de la oferta es $ 1.727:129 millones.

Fecha de emisión. 4 de septiembre de 2020.

Amortización: la amortización se efectuará en OCHO (8) cuotas semestrales ¡guales el 4 de mayo y el 4 de noviembre de cada año, con la primera cuota el 4 de mayo de 2025 y la última cuota el 4 de noviembre de 2028.

Ajuste de capital: El saldo de capital de los bonos será ajustado conforme al COEFICIENTE DE ESTABILIZACIÓN DE REFERENCIA (CER) referido en el artículo 4o del Decreto N° 214 del 3 de febrero de 2002, informado por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, correspondiente al período transcurrido entre los DIEZ (10) días hábiles anteriores a la fecha de emisión y ios DIEZ (10) días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento del servicio de interés o amortización de capital correspondiente. La Oficina Nacional de Crédito Público dependiente de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA, será el Agente de Cálculo. La determinación de! monto del ajuste efectuado por el Agente de Cálculo será salvo error manifiesto, final y válido para todas las partes.

Intereses: los BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR CER 2,25% VTO. 2028 (BONCER 2028 2,25%) devengarán intereses, a partir del 4 de septiembre de 2020, sobre la base de UN (1) año de TRESCIENTOS SESENTA (360) días integrado por DOCE (12) meses de TREINTA (30) días cada uno, a una tasa de DOS COMA VEINTICINCO POR CIENTO (2,25%).         .

Las fechas de pago de intereses para los BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR CER 2,25% VTO. 2028 (BONCER 2028 2,25%) son el 4 de mayo y el 4 de noviembre de cada año, comenzando el 4 de mayo de 2021.

.                              IF-2020-45511475-APN-SF#MEC

Moneda de denominación y pagos: Pesos.

Denominación mínima: UN (1) peso ($ 1,00).

Ley aplicable: se regirán por la Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA.

G. “BONOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES AL 1 % 2030” (BONO USD 2030 1 % L.A.)

Monto máximo de capital a emitir: el monto de capital total máximo de los Títulos en USD 2030 que la República Argentina puede emitir en virtud de la oferta es U$S 2.325 millones.

Fecha de emisión: 4 de septiembre de 2020.

Amortización: la amortización se efectuará en OCHO (8) cuotas semestrales ¡guales el 4 de marzo y 4 de septiembre de cada año, con la primera cuota el 4 de marzo de 2027 y la última cuota el 4 de septiembre de 2030.

Intereses: los Títulos en USD 2030 devengarán intereses, sobre la base de UN (1) año de TRESCIENTOS SESENTA (360) días integrado por DOCE (12) meses de TREINTA (30) días cada uno, de acuerdo con las siguientes tasas anuales:

i. Del 4 de septiembre de 2020 (inclusive) al vencimiento: UNO POR CIENTO (1,00%).

Las fechas de pago de intereses para los Títulos en USD 2030 ,son el 4 de marzo y el 4 de septiembre de cada año, comenzando el 4 de septiembre de 2021.

Denominación mínima: UN (1) dólar estadounidense (U$S 1,00).

Ley aplicable: se regirán por la Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA.

IF-2020-45511475-APN-SF#MEC