MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Decisión Administrativa 1441/2020

DECAD-2020-1441-APN-JGM - Estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 08/08/2020

Ver Antecedentes Normativos

VISTO el Expediente N° EX-2020-33437071-APN-DNDO#JGM, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 7 del 10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 324 del 14 de marzo de 2018 y 107 del 25 de febrero de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el organigrama de aplicación y los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por la Decisión Administrativa N° 324/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Que en función de las competencias asignadas a las distintas jurisdicciones ministeriales por el Decreto Nº 7/19 y los Objetivos aprobados para las Secretarías y Subsecretarías en el Decreto Nº 50/19, resulta necesario efectuar modificaciones en la estructura organizativa del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, e incorporar, homologar y reasignar diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 100 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 16 inciso 31 de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios).

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- (Artículo derogado por art. 7º de la Desición Administrativa Nº 780/2023 B.O. 25/9/2023.)

ARTÍCULO 2°.- (Artículo derogado por art. 7º de la Desición Administrativa Nº 780/2023 B.O. 25/9/2023.)

ARTÍCULO 3°.- (Artículo derogado por art. 7º de la Desición Administrativa Nº 780/2023 B.O. 25/9/2023.)

ARTÍCULO 4°.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas por la presente decisión administrativa, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados de revista y suplementos vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 5°.- (Artículo derogado por art. 7º de la Desición Administrativa Nº 780/2023 B.O. 25/9/2023.)

ARTÍCULO 6°.- Deróganse los artículos 1° a 5° de la Decisión Administrativa N° 324 del 14 de marzo de 2018 y la Decisión Administrativa N° 107 del 25 de febrero de 2019.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 52 – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Luis Eugenio Basterra

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/08/2020 N° 31650/20 v. 11/08/202

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)

ANEXOS

(Anexos derogados por art. 7º de la Desición Administrativa Nº 780/2023 B.O. 25/9/2023.)


Antecedentes Normativos

(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")