Decisión Administrativa 1449/2020
DECAD-2020-1449-APN-JGM - Estructura organizativa.
Ciudad de Buenos Aires, 10/08/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-16524560-APN-DNDO#JGM, los Decretos Nº
2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios,
y Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión
Administrativa N° 315 del 13 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
correspondiente al MINISTERIO DE EDUCACIÓN para cumplir con las
responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus
Objetivos.
Que por la Decisión Administrativa N° 315/18 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN.
Que resulta necesario reordenar la estructura de primer y segundo nivel
operativo del citado Ministerio e incorporar, homologar, reasignar y
derogar diversos cargos pertenecientes a dicha Jurisdicción en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, han tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por los artículos 100 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N°
438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel
operativo del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, de conformidad con el
Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como
ANEXOS Ia, Ib, Ic, Id, Ie, (IF-2020-24742686-APN-DNDO#JGM) y II
(IF-2020-24743543-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente
decisión administrativa.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel
operativo del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, de conformidad con el
Organigrama y las Acciones que, como ANEXOS IIIa, IIIb, IIIc, IIId
IIIe, IIIf (IF-2020-24744528-APN-DNDO#JGM) y IV
(IF-2020-24745320-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente
decisión administrativa.
ARTÍCULO 3º.- Apruébanse las estructuras organizativas de primer nivel
operativo de los organismos desconcentrados INSTITUTO NACIONAL DE
EDUCACIÓN TECNOLÓGICA e INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE, ambos
del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, de conformidad con los Organigramas y las
Responsabilidades Primarias y Acciones que, como ANEXOS Va y Vb
(IF-2020-16885424-APN-DNDO#JGM), VIa y VIb
(IF-2020-16886600-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente
decisión administrativa.
ARTÍCULO 4º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel
operativo del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA, organismo
desconcentrado del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, de conformidad con el
Organigrama y las Acciones que, como ANEXOS VII
(IF-2020-16887525-APN-DNDO#JGM) y VIII (IF-2020-24746754-APN-DNDO#JGM),
forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 5º.- Incorpóranse, homológanse, reasígnanse y deróganse en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2098/08, los cargos pertenecientes al
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, de conformidad con el detalle obrante en la
PLANILLA ANEXA (IF-2020-25968848-APN-DNDO#JGM) al presente artículo,
que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 6º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas,
las que transitoriamente mantendrán las acciones y las dotaciones
vigentes con sus respectivos niveles, grados de revista y suplementos
vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 7º.- Facúltase al/a la Titular del MINISTERIO DE EDUCACIÓN a
modificar las estructuras aprobadas por los artículos 2º y 4º de la
presente decisión administrativa, sin que ello implique incremento de
las unidades organizativas que las componen ni de las correspondientes
partidas presupuestarias, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL
DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 8º.- Deróganse los artículos 1º a 5º de la Decisión Administrativa Nº 315 del 13 de marzo de 2018.
ARTÍCULO 9º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 70 –
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Nicolás A.
Trotta
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/08/2020 N° 31747/20 v. 11/08/2020