ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 863/2020
RESOL-2020-863-APN-ENACOM#JGM FECHA 08/08/2020 ACTA 62
EX-2018-34350612-APN-SDYME#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:
1.- Atribuir las bandas de frecuencias para el Sistema de
Radiocomunicaciones para uso Médico (SRMED), con categoría secundaria,
que figuran en el ANEXO “BANDAS DE FRECUENCIAS ATRIBUIDAS PARA SISTEMA
DE RADIOCOMUNICACIONES PARA USO MÉDICO (SRMED)”.
2.- Disponer que, para el uso de las bandas indicadas, se deberá
cumplir con las condiciones definidas en el ANEXO “DEFINICIONES Y
PARÁMETROS TÉCNICOS DEL SISTEMA DE RADIOCOMUNICACIONES PARA USO MÉDICO
(SRMED)”.
3.- Aprobar la Norma Técnica de homologación para los dispositivos del
Sistema de Radiocomunicaciones para uso Médico (SRMED) que obra como
ANEXO “Norma Técnica ENACOM- Q2- 60.15 V19.1 DISPOSITIVOS MÉDICOS”.
4.- Establecer que los modelos de equipos alcanzados por la presente, deberán estar inscriptos en el RAMATEL.
5.- Disponer que los dispositivos objeto de la presente podrán
utilizarse sin autorización individual para el uso de las bandas de
frecuencia en trato.
6.- Establecer que los dispositivos médicos implantables pasivos, que
requieran para su funcionamiento ser energizados por un dispositivo
lector, estarán exentos de la inscripción en el RAMATEL.
7.- Disponer que, hasta la fecha en que debidamente haya sido
habilitado al menos un Laboratorio Acreditado para realizar los ensayos
en base a la norma aprobada en el Artículo 3°, la Autoridad de
Aplicación aceptará, tanto en las solicitudes de inscripción como en
las de renovación, una Declaración de Conformidad en reemplazo al
informe de ensayos correspondiente. La misma será confeccionada según
lo indicado en el ANEXO “DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD”.
8.- Derogar las Resoluciones ENACOM N° 4.479, de fecha 5 de junio de 2017 y ENACOM N° 4.665, de fecha 24 de noviembre de 2017.
9.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.
Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom. gob.ar/normativas
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Sintetizada se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/08/2020 N° 31740/20 v. 12/08/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV)