MINISTERIO DE CULTURA
BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO
Resolución 198/2020
RESOL-2020-198-APN-BNMM#MC
Ciudad de Buenos Aires, 19/08/2020
VISTO, Expediente Electrónico N° 2020-51423745-APN-DGCA#BNMM la Ley de
Emergencia Sanitaria N° 27.541, los Decretos N°1386/1996, DNU N° 260/20
y N° 297/20 y sus complementarios, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 260/20 se amplió la emergencia sanitaria
establecida mediante la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia
declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con
el coronavirus COVID-19.
Que en atención a la evolución de la situación epidemiológica se dictó
el Decreto N° 297/2020, que dispuso el “aislamiento social, preventivo
y obligatorio” prorrogado por los Decretos N° 325/2020, N° 355/2020, N°
408/2020, N° 459/2020, N° 493/2020, N° 520/2020, N° 576/2020, N°
605/2020 y 641/2020.
Que, asimismo, el Artículo 6° del Decreto N° 297/20 estableció que
están exceptuados del cumplimiento del Aislamiento Social Preventivo y
Obligatorio y de la prohibición de circular las personas afectadas a
las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia,
entre las que incluyó las actividades y servicios efectuados por las
autoridades superiores del gobierno nacional y trabajadores del sector
público nacional convocados para garantizar actividades esenciales
requeridas por las respectivas autoridades.
Que, además, el citado artículo dispuso que los empleadores deben
garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el
MINISTERIO DE SALUD para preservar la salud de los trabajadores.
Que el Artículo 11 de la citada norma instruyó a los titulares de las
jurisdicciones y organismos comprendidos en los Incisos a), b) y c) del
Artículo 8° de la Ley N° 24.156, en el ejercicio de sus respectivas
competencias, a dictar las normas reglamentarias que estimen necesarias
para hacer cumplir el decreto.
Que a fin de proteger a los trabajadores de la BIBLIOTECA NACIONAL
DOCTOR MARIANO MORENO convocados para desarrollar actividades o
servicios esenciales de manera presencial durante el Aislamiento Social
Preventivo y Obligatorio, así como en atención a una eventual apertura
del organismo que implique el regreso paulatino a la prestación de
servicios presenciales, resulta necesario establecer un protocolo con
medidas de protección y prevención para el cuidado y bienestar de los
trabajadores y usuarios.
Que en ese marco, el Departamento de Medicina Laboral del organismo ha
elaborado el Protocolo de “MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES Y ESPECIFICAS
PARA EL PERIODO DE AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y
POSTERIOR AL MISMO” que como IF-2020-51662169-APN-DGCA#BNMM, es parte
integrante de la presente medida.
Que el DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS
JURÍDICOS de la BIBLIOTECA NACIONAL han tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto 1386/96 y el artículo 11° del DNU N°297/20.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Apruébese el Protocolo de “MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES
Y ESPECIFICAS PARA EL PERIODO DE AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y
OBLIGATORIO Y POSTERIOR AL MISMO” que como
IF-2020-51662169-APN-DGCA#BNMM, es parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a las áreas correspondientes para implementar
y dar el correspondiente seguimiento de lo establecido en el protocolo
aprobado mediante el Artículo 1°.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS, al
DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE, al DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA
Y SERVICIO y a la COMISIÓN DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO.
Publíquese en la Intranet de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO
MORENO. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y
archívese. Juan Sasturain
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/08/2020 N° 33648/20 v. 21/08/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)