MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 669/2020
RESOL-2020-669-APN-MT
Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2020
VISTO el Expediente Nº EX-2020-36322269--APN-DGDMT#MPYT, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (Texto Ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorias, los Decretos Nros. 7 del 11 de diciembre de 2019 y 50
del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución de la
ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO N° 9 del 12 de septiembre
de 2018, y la Resolución de la ex SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y
SERVICIOS FEDERALES Nº 2 del 14 de agosto de 2019; y,
CONSIDERANDO
Que por el Decreto N° 7/19 se adecuó la organización ministerial del
PODER EJECUTIVO NACIONAL, modificando la Ley de Ministerios Nº 22.520
(Texto Ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias. Que
mediante el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios se aprobaron el
Organigrama de Aplicación y los Objetivos de la Administración Nacional
centralizada hasta nivel de Subsecretaría, incluyendo los
correspondientes al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que el artículo 6º del Decreto mencionado precedentemente dispone que
se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel
inferior a Subsecretaría hasta tanto se concluya con la
reestructuración de las áreas afectadas.
Que por el Artículo 4° de la Resolución N° 9/18 de la entonces
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del ex MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se aprobaron las aperturas inferiores
correspondientes al nivel de Departamento de la ex SECRETARÍA DE
ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES de la entonces SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO,
actual SUBSECRETARIA DE ARTICULACIÓN TERRITORIAL del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que por la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y
SERVICIOS FEDERALES Nº 2/19, dependiente de la ex SECRETARIA DE
GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION Y
TRABAJO, se definió el área geográfica de incumbencia de las Agencias
Territoriales dependientes de las Direcciones Regionales de la entonces
SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES, actual
SUBSECRETARIA DE ARTICULACIÓN TERRITORIAL, con excepción de la AGENCIA
TERRITORIAL CONURBANO OESTE.
Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia resulta necesario
definir la incumbencia territorial de la AGENCIA TERRITORIAL CONURBANO
OESTE, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ARTICULACION TERRITORIAL de
este Ministerio, y rectificar el ámbito jurisdiccional de algunas
Agencias Territoriales, también dependientes de la citada
Subsecretaría, procediendo a modificar la distribución geográfica
establecida por la Resolución de la ex SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA
Y SERVICIOS FEDERALES Nº 2 /19.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL han tomado la
intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (Texto ordenado por Decreto Nº
438/92) y sus modificatorias y el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese, del ANEXO I de la Resolución de la entonces
SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES Nº 2 del 14 de
agosto de 2019, la parte correspondiente al área geográfica de
incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES Neuquén, San Carlos de
Bariloche y Comodoro Rivadavia, dependientes de la Dirección Regional
Austral de la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN TERRITORIAL de este
Ministerio, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa al
presente artículo (IF-2020-43188518-APN-SSAT#MT), que forma parte
integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Fíjase el área geográfica de incumbencia de la AGENCIA
TERRITORIAL CONURBANO OESTE y sustitúyese del ANEXO III de la
Resolución de la ex SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS
FEDERALES Nº 2 del 14 de agosto de 2019, la parte correspondiente al
área geográfica de incumbencia de las Agencias Territoriales La
Matanza, La Plata, San Martín y Moreno, dependientes de la Dirección
Regional CABA y Conurbano Bonaerense de la SUBSECRETARÍA DE
ARTICULACIÓN TERRITORIAL, de acuerdo al detalle obrante en la planilla
anexa al presente artículo (IF-2020-43188442-APN-SSAT#MT), que forma
parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese del ANEXO VII de la Resolución de la ex
SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES Nº 2 del 14 de
agosto de 2019, la parte correspondiente al área geográfica de
incumbencia de las Agencias Territoriales Junín, San Nicolás y Tandil,
dependientes de la Dirección Regional Pampeana de la SUBSECRETARÍA DE
ARTICULACIÓN TERRITORIAL, de acuerdo al detalle obrante en la planilla
anexa al presente artículo (IF-2020-43188301-APN-SSAT#MT), que forma
parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- Establécese que por el plazo de SESENTA (60) días hábiles
contados a partir de la firma del presente se mantendrán
transitoriamente los permisos y demás funciones vigentes a la fecha que
hagan a la gestión operativa y administrativas de las Agencias
Territoriales mencionadas, a los fines de adoptar medidas de transición
para la reorganización de las áreas afectadas.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. Claudio Omar Moroni
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/08/2020 N° 34337/20 v. 26/08/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)