MINISTERIO DE SALUD
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES
Disposición 2/2020
DI-2020-2-APN-DNRRII#MS
Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2020
VISTO la DI-2020-1-APN-DNRRII#MS, del registro de este MINISTERIO DE SALUD y
CONSIDERANDO:
Que por DI-2020-1-APN-DNRRII#MS de fecha 25 de Agosto de 2020 se
aprobaron las nuevas Normas de Funcionamiento e Inscripción del
REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL vinculadas con
la salud y se dejaron sin efecto las DI-2017-2-APN-DNROS#MS y
DI-2017-4-APN-DNROS#MS.
Que asimismo por error involuntario en el artículo 3° de dicha
Disposición, se omitió ordenar su publicación en el Boletín Oficial de
la República Argentina.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa de conformidad a lo dispuesto por la Resolución N° 1138 del Ministerio de Salud de fecha 2 de Julio de 2020
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la República
Argentina la Disposición DI-2020-1-APN-DNRRII#MS de fecha 25 de Agosto
de 2020, que como Anexo I (IF-2020-56753673-APN-DNRRII#MS) forma parte
integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2 º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido, archívese. Pablo Vizzotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/08/2020 N° 35301/20 v. 28/08/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)